La resolución judicial del pasado mes de febrero, anula el acuerdo de la comisión de Urbanismo de Aran que aprobó el documento al considerar que
no tiene los estudios ambientales y sobre movilidad necesarios.
Este es el último capítulo de una larga serie de litigios durante
más de una década. La nueva sentencia no incide en los edificios residenciales, comerciales y hoteleros de la urbanización de Ruda, pero
sí en el telecabina y el estacionamiento, ambos ya construidos y en funcionamiento. Sobre el remonte, considera que la modificación de normas debería haber incluido un proceso de evaluación ambiental estratégica, lo exigida por la normativa sobre transporte por cable. En cuanto al parking, valora que el cambio de normas tenía el propósito de
"legitimar zonas de aparcamiento (una de las cuales, de 1.500 plazas al servicio de la estación)" y que debería ir acompañado de estudios de movilidad.
Recurso y posible corrección
Fuentes cercanas al proceso judicial indicaron que esta sentencia
ya ha sido objeto de un recurso de casación ante el Supremo, por lo que su ejecución queda a la espera de la decisión del Alto Tribunal. Así, la administración aranesa no teme que afecte al funcionamiento del remonte a corto plazo. Por su parte, el Consejo General de Aran indicó que podría tramitarse una
nueva modificación de la normativa urbanística municipal de Naut Aran que solucione las deficiencias que han llevado al TSJC a anular la del año 2009.