FORO GENERAL

Enviado: 17-06-2015 10:32
Registrado: 12 años antes
Mensajes: 7.267
Cita
ski-patrol



cuidado,el ski de travesia es como Nevasport,enganchasmiling smiley
así es,lo más lógico es iniciarse en lugares conocidos y controlados,nos ofrece confianzapulgar arriba

insisto deberia regularse,al igual qué existen circuitos de fondo tendrian qué facilitar zonas para travesia,no creo nadie tuviera problemas de pagar una cantidad más o menos simbólica,si continua creciendo el número de practicantes puede ser qué algún dia sea así,

Estoy de acuerdo en todo, no he entrado en otro hilo sobre el tema porque está ya muy liado, pero creo que, al igual que el de fondo, cuando de practica dentro de la estación, debe haber una regulación básica, ya que parece que no somos capaces de hacerlo por nosotros mismos dentro de las mas elementales normas de respeto y seguridad. Y esto debe llevar, si van aparejados unos servicios (zonas marcadas o segregadas, mantenimiento de las mismas, rescate.....) un cierto pago por su uso, como el resto de practicantes dentro del área de responsabilidad de la estación. Y mas adelante, pues al monte sin regular.

A ver como va lo del enganche, al paso que voy no va a haber tiempo para todo.

SL2, ratón
Karma: 14 - Votos positivos: 1 - Votos negativos: 0
TPM99
Enviado: 17-06-2015 11:25
Y lo divertido que es pasar cerca de los cañones de nieve encendidos. Eso cuanto va a costar para la temporada que viene?
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 11:35
Registrado: 12 años antes
Mensajes: 7.267
Cita
TPM99
Y lo divertido que es pasar cerca de los cañones de nieve encendidos. Eso cuanto va a costar para la temporada que viene?

Esto, por lo menos, a precio de SPA. De ahí, parriba.

SL2, ratón
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 11:42
Registrado: 10 años antes
Mensajes: 280
Cita
TPM99
Y lo divertido que es pasar cerca de los cañones de nieve encendidos. Eso cuanto va a costar para la temporada que viene?

Mucho me temo que la temporada que viene aún nada.
Si no quieres que te de la nieve de los cañones en la cara tienes dos opciones, o te vas al monte o te vienes a alto campoo que ese problema no lo vas a tener...
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 11:46
Registrado: 12 años antes
Mensajes: 7.267
Para eso, lo mejor de lo mejor, Fuentes de Invierno. Monte no urbanizado para aburrir, una estación sin cañones ni posibilidad cercana de tenerlos, otra al lado que si tiene por si hace falta el "momento SPA", a la que se llega por la parte "no urbanizada", en fin.....

SL2, ratón
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 13:13
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 16.841
Cita
david 82

La concesión creo que todos tenemos claro que es por explotar los remontes y la montaña, si no, no pisarian las pistas, montarian paravientos o cañones de nieve.

NEIN. La concesión es para explotar TODO el terreno. Enterito él, no los remontes. Lo comentábamos anteriormente o en otro hilo. Si al concesionario no se le obliga por contrato, si le sale de las pelotas, puede impedir el paso a los traveseros o cobrar por ello. Funciones de policía que mencionaba Xao.

Creo que en este aspecto os haces unas pajas mentales que casi llegáis al orgasmo risasrisasrisas

Cita
david 82

Y esta claro que si una estación de esquí, baliza unas pistas es la responsable de su seguridad.( assegurar los peligros naturales aludes) y los peligros artificiales, cañones, paravientos,taludes). Los arboles no hay obligación de protegerlos ( pero evidentemente si tenemos uno en medio de una pista no cuesta nada meter una colchoneta).

Un contrasentido con tu afirmación anterior. Los árboles, si están en mitad de pista, SI se tiene la obligación o de proteger o de desviar la pista para que la gente no choque con él. Palabrita del niño Jesús risasrisas

Cita
david 82
Una vez explicado esto, la práctica del esquí tiene dos partes.
La primera es el metodo de subida ( que es en realidad lo que pagamos) y despues existe la bajada esquiando ( donde estamos cubiertos por la estación siempre y cuando estemos dentro de pistas, y sea una negligencia de la estación.

Correcto.

Cita
david 82

En la subida, tenemos un billete de transporte público donde nos cubre un seguro de RC.
Si nos hacemos daño nos cubre el seguro, si nos rompemos o manchamos el pantalón nos cubre el seguro, si nos rompemos los esquís o palos lo cubre el seguro.

Correeeecto.

Cita
david 82

Durante la bajada estamos espuestos a muchos peligros y la estación no los cubre.
Solo cobraremos de la estación si se demuestra su negligencia ( por ejemplo choque con un cañon no protegido con colchoneta).
Si me rompo una pierna, como podria pasar en una piscina, gimnasio... No tengo un seguro que me cubriria como en esas instalaciones deportivas.
Aun peor si me rompo una pierna esquiando me cobraran el rescate de pistas + la factura del médico ( si estuviera al gim lo cubriria su seguro de RC).

Si me como un esquiador lo tendre de pagar de mi bolsillo, y si se me comen lo tendre que reclamar al otro esquiador y no a la estación.

Correcto. Es como si en carretera, si yo me golpeo con otro coche quisiéra reclamar a Fomento. No, es responsabilidad mía. Pero si hay un boquete y al pasar se me jode el coche, sí es responsabilidad de Fomento, aunque vaya a 150 km/h. Fomento tiene la obligación, por ley, de mantener las carreteras en buen estado y por tanto, si tienes una incidencia debida a un mal mantenimiento les puedes reclamar. Lo mismo ocurre en las estaciones de esquí.

Cita
david 82

Por eso digo que realmente pagamos por un transporte, y no por unas pistas abiertas.
El preció del forfet siempre va ligado al numero de remontes abiertos y no a las pistas.

Es que es ahí donde creo que estás equivocado.

Que no tengan un seguro para el esquiador y sí para los remontes, que repito es porque les obliga la ley, no significa que no paguemos por las pistas. Evidentemente sí lo hacemos, porque del precio del forfait se saca el mantenimiento y además sí hay una responsabildad de la estación y es más, las estaciones suelen tener seguros de responsabilidad civil para cuando la cagan, por ejemplo, en Formigal tienen que achuchar pasta por los aludes que se produjeron sobre pistas que tenían abiertas. Ya veremos si se escaquean o acoquinan, pero obligación tienen.

Cita
david 82

Siempre que cierran nos dicen, nos queda tal remonte abierto.. Y nunca dicen tal pista, y eso es porque las estaciones saben que lo que realmente va a misa son los remontes.

Y también informan sobre qué pistas están abiertas y cuales no. Y es más, también se ponen cartelitos en las entradas de las pistas que están cerradas para que no te metas por equivocación y así, si te metes, la estación se descarga de responsabilidad. Por algo será.



Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 14:06
Registrado: 12 años antes
Mensajes: 2.138
Cita
Ludus Magnum


Cita
david 82

Y esta claro que si una estación de esquí, baliza unas pistas es la responsable de su seguridad.( assegurar los peligros naturales aludes) y los peligros artificiales, cañones, paravientos,taludes). Los arboles no hay obligación de protegerlos ( pero evidentemente si tenemos uno en medio de una pista no cuesta nada meter una colchoneta).

Un contrasentido con tu afirmación anterior. Los árboles, si están en mitad de pista, SI se tiene la obligación o de proteger o de desviar la pista para que la gente no choque con él. Palabrita del niño Jesús risasrisas
.

Pista del escaparate Navacerrada ¿cuantos arboles tiene sin proteger?



¿Y la del bosque?, no me diras que no tiene emoción llegar al cruce con el Schmidt y no saber que te vas a encontrar: gente que se ha resbalado, un perro cruzando, la famila telerin haciendose fotos, pelé melé o la sota de bastos DiablilloDiablillo

Salud



Ke Trabaje Rita
Karma: 26 - Votos positivos: 2 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 14:22
Registrado: 16 años antes
Mensajes: 4.027
Cita
pplui
Cita
Ludus Magnum


Cita
david 82

Y esta claro que si una estación de esquí, baliza unas pistas es la responsable de su seguridad.( assegurar los peligros naturales aludes) y los peligros artificiales, cañones, paravientos,taludes). Los arboles no hay obligación de protegerlos ( pero evidentemente si tenemos uno en medio de una pista no cuesta nada meter una colchoneta).

Un contrasentido con tu afirmación anterior. Los árboles, si están en mitad de pista, SI se tiene la obligación o de proteger o de desviar la pista para que la gente no choque con él. Palabrita del niño Jesús risasrisas
.

Pista del escaparate Navacerrada ¿cuantos arboles tiene sin proteger?



¿Y la del bosque?, no me diras que no tiene emoción llegar al cruce con el Schmidt y no saber que te vas a encontrar: gente que se ha resbalado, un perro cruzando, la famila telerin haciendose fotos, pelé melé o la sota de bastos DiablilloDiablillo

Salud



risasrisasrisas,muy bueno,aún así los de la verdad absoluta algo diránrisasrisasrisas
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 14:30
Registrado: 12 años antes
Mensajes: 2.138
Cita
ski-patrol

risasrisasrisas,muy bueno,aún así los de la verdad absoluta algo diránrisasrisasrisas

Verdad absoluta, no la tenemos nadie. Sentido común deberiamos tenerlo todos.

Venga a seguir discutiendo que no hay otra cosa que hacer risasrisas

Salud.



Ke Trabaje Rita
Karma: 28 - Votos positivos: 2 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 14:35
Registrado: 16 años antes
Mensajes: 4.027
Cita
pplui
Cita
ski-patrol

risasrisasrisas,muy bueno,aún así los de la verdad absoluta algo diránrisasrisasrisas

Verdad absoluta, no la tenemos nadie. Sentido común deberiamos tenerlo todos.

Venga a seguir discutiendo que no hay otra cosa que hacer risasrisas

Salud.




permiteme..qué insista...risasrisas
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 15:07
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 5.466
Cita
Ludus Magnum
Es que es ahí donde creo que estás equivocado.

Que no tengan un seguro para el esquiador y sí para los remontes, que repito es porque les obliga la ley, no significa que no paguemos por las pistas. Evidentemente sí lo hacemos, porque del precio del forfait se saca el mantenimiento y además sí hay una responsabildad de la estación y es más, las estaciones suelen tener seguros de responsabilidad civil para cuando la cagan, por ejemplo, en Formigal tienen que achuchar pasta por los aludes que se produjeron sobre pistas que tenían abiertas. Ya veremos si se escaquean o acoquinan, pero obligación tienen.

Cita
david 82

Siempre que cierran nos dicen, nos queda tal remonte abierto.. Y nunca dicen tal pista, y eso es porque las estaciones saben que lo que realmente va a misa son los remontes.

Y también informan sobre qué pistas están abiertas y cuales no. Y es más, también se ponen cartelitos en las entradas de las pistas que están cerradas para que no te metas por equivocación y así, si te metes, la estación se descarga de responsabilidad. Por algo será.

Pues yo no lo tengo tan claro:
Una cafetería monta una terraza en vía publica, para ello paga al ayto por la concesión de ese espacio público. Tiene que tener seguro para accidentes dentro de ese espacio. Como hace "musha caló" decide poner vaporizadores de agua y un toldo por si llueve.

1- No te pueden prohibir pasar por ese suelo aunque no seas su cliente.

2- Si como viandante vas dando collejas a los clientes, pueden llamar a los guardias para que te detengan o lo que sea menester. Pero ellos no te pueden tocar ni echar (de su local si, pero no de terraza en vía pública, donde no se puede aplicar el derecho de admisíón).

3- Si llueve (o no) y, como no cliente, te metes bajo su toldo no pueden exigirte pago por ello. Te aprovechas gratis de ese servicio para sus clientes, sí, pero no pueden cobrarte por ello.

4- Como cliente, abonas la consumición. Si quieren pueden ponerte un "complemento de terraza", pero debe estar desglosado en el ticket.
Nunca te pueden cobrar sólo el concepto terraza sin consumición porque su actividad económica y por la que tienen concesión del suelo público, es la restauración y no la hospedería (no te están alquilando el uso de silla y mesa).
El complemento de terraza es por el servicio de llevarte la consumición, no por el mobiliario o elementos de la terraza.
Evidentemente el gasto que supone la terraza con sus componentes, el empresario lo paga del beneficio de las consumiciones y servicio de atención en terraza.

5- Si friegan el suelo de la terraza (exigido por la concesión, el cuidado de ese suelo), no lo señalizan y como viandante te resbalas y esmoñas contra el suelo, deben tener un seguro y pueden tener que indemnizar. Y no eres su cliente!

Todo esto dicho por una amiga que tiene una terraza en concesión en vía pública.
Y a mi me parece que es bastante equiparable a las estaciones.


Editado 1 vez/veces. Última edición el 17/06/2015 15:16 por elnogue.
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 15:25
Registrado: 13 años antes
Mensajes: 28.342
Conclusión, te puedes tirar en trineo por donde te salga de las narices!! pulgar arriba
Karma: 43 - Votos positivos: 3 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 15:35
Registrado: 14 años antes
Mensajes: 9.464
Cita
Ludus Magnum
Cita
david 82

La concesión creo que todos tenemos claro que es por explotar los remontes y la montaña, si no, no pisarian las pistas, montarian paravientos o cañones de nieve.

NEIN. La concesión es para explotar TODO el terreno. Enterito él, no los remontes. Lo comentábamos anteriormente o en otro hilo. Si al concesionario no se le obliga por contrato, si le sale de las pelotas, puede impedir el paso a los traveseros o cobrar por ello. Funciones de policía que mencionaba Xao.

Creo que en este aspecto os haces unas pajas mentales que casi llegáis al orgasmo risasrisasrisas

Cita
david 82

Y esta claro que si una estación de esquí, baliza unas pistas es la responsable de su seguridad.( assegurar los peligros naturales aludes) y los peligros artificiales, cañones, paravientos,taludes). Los arboles no hay obligación de protegerlos ( pero evidentemente si tenemos uno en medio de una pista no cuesta nada meter una colchoneta).

Un contrasentido con tu afirmación anterior. Los árboles, si están en mitad de pista, SI se tiene la obligación o de proteger o de desviar la pista para que la gente no choque con él. Palabrita del niño Jesús risasrisas

Cita
david 82
Una vez explicado esto, la práctica del esquí tiene dos partes.
La primera es el metodo de subida ( que es en realidad lo que pagamos) y despues existe la bajada esquiando ( donde estamos cubiertos por la estación siempre y cuando estemos dentro de pistas, y sea una negligencia de la estación.

Correcto.

Cita
david 82

En la subida, tenemos un billete de transporte público donde nos cubre un seguro de RC.
Si nos hacemos daño nos cubre el seguro, si nos rompemos o manchamos el pantalón nos cubre el seguro, si nos rompemos los esquís o palos lo cubre el seguro.

Correeeecto.

Cita
david 82

Durante la bajada estamos espuestos a muchos peligros y la estación no los cubre.
Solo cobraremos de la estación si se demuestra su negligencia ( por ejemplo choque con un cañon no protegido con colchoneta).
Si me rompo una pierna, como podria pasar en una piscina, gimnasio... No tengo un seguro que me cubriria como en esas instalaciones deportivas.
Aun peor si me rompo una pierna esquiando me cobraran el rescate de pistas + la factura del médico ( si estuviera al gim lo cubriria su seguro de RC).

Si me como un esquiador lo tendre de pagar de mi bolsillo, y si se me comen lo tendre que reclamar al otro esquiador y no a la estación.

Correcto. Es como si en carretera, si yo me golpeo con otro coche quisiéra reclamar a Fomento. No, es responsabilidad mía. Pero si hay un boquete y al pasar se me jode el coche, sí es responsabilidad de Fomento, aunque vaya a 150 km/h. Fomento tiene la obligación, por ley, de mantener las carreteras en buen estado y por tanto, si tienes una incidencia debida a un mal mantenimiento les puedes reclamar. Lo mismo ocurre en las estaciones de esquí.

Cita
david 82

Por eso digo que realmente pagamos por un transporte, y no por unas pistas abiertas.
El preció del forfet siempre va ligado al numero de remontes abiertos y no a las pistas.

Es que es ahí donde creo que estás equivocado.

Que no tengan un seguro para el esquiador y sí para los remontes, que repito es porque les obliga la ley, no significa que no paguemos por las pistas. Evidentemente sí lo hacemos, porque del precio del forfait se saca el mantenimiento y además sí hay una responsabildad de la estación y es más, las estaciones suelen tener seguros de responsabilidad civil para cuando la cagan, por ejemplo, en Formigal tienen que achuchar pasta por los aludes que se produjeron sobre pistas que tenían abiertas. Ya veremos si se escaquean o acoquinan, pero obligación tienen.

Cita
david 82

Siempre que cierran nos dicen, nos queda tal remonte abierto.. Y nunca dicen tal pista, y eso es porque las estaciones saben que lo que realmente va a misa son los remontes.

Y también informan sobre qué pistas están abiertas y cuales no. Y es más, también se ponen cartelitos en las entradas de las pistas que están cerradas para que no te metas por equivocación y así, si te metes, la estación se descarga de responsabilidad. Por algo será.

Lo primero,ya te he dicho que te dan la explotación del monte.
Pero esa explotación no quiere decir quien puede y quien no puede entrar, en la montaña.

Un ejemplo es puedes explotar el derecho forestal de un monte, pero eso no indica para nada que no puedas cojer setas.
Puedes explotar el monte en verano para que las vacas coman, pero eso no va encontra de pasear en verano.

Dime una sola estación donde el terreno no sea propiedad de la propia estación y donde diga que no puede pasar por su area esquiable?

Otra cosa no compares una pista de esquí y una carretera.
Yo en una carretera no espero encontrar arboles, en una estación de esquí yo si.

Y lo de la potestad del pister como policia es de risa. Un pister no puede retirar un forfet a un cliente.
Imaginate lo que pasa cuando hablas con alguien que no lo es. Mas te dire, pobre de ti que retengas alguien contra su voluntad, que el problema lo tienes tu.

Y lo de los arboles es de traca, creo que todos conocemos pistas con arboles, y ello forma parte de su encanto.
Y antes de que me digas lo de antes, yo he ido a juició por un arbolito y la culpa fue del esquiador.
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 16:13
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 5.466
Cita
bolibud
Conclusión, te puedes tirar en trineo por donde te salga de las narices!! pulgar arriba
Tampoco.

Te puedes tirar con trineo por donde quieras siempre que:

- esa actividad esté permitida y regulada , en cuyo caso deberás ceñirte a dicha regulación. Aquí se abren básicamente dos caminos:
Si es en suelo público será la administración pública competente la que regule (aytos, diputaciones, cc.aa, estado, CE,...)
Si es en suelo privado, siempre según sus normas. Siempre y cuando no contravengan una superior de la administración pública.


- esa actividad no esté regulada o expresamente prohibida en suelo público y no suponga un peligro para los demás. Qué actividad o actuación supone un peligro lo determinará, primero las fuerzas de seguridad del estado competentes en cada caso y en ultima instancia la justicia.

Aquí es donde entran en juego las normas FIS o de ATUDEM como referencia para la justicia pero, en mi opinión, esas normas presentan puntos contradictorios y discriminatorios al respecto.

Por ejemplo, según FIS:
7. Ascensos y descensos a pie.
El esquiador o snowboarder que ascienda o descienda a pie debe hacerlo por el lateral de la pista


Esto es contradictorio con lo que propone ATUDEM que es que, si vas con esquís de travesía o raquetas, debes hacerlo por fuera. ¿Qué juez daría por válido que alguien que asciende con raquetas es más peligroso para un esquiador que baja, que alguien que lo hace a píe?
La "norma" de ATUDEM es en este caso discriminatoria y contradictoria a la norma FIS, que también forma parte de las normas de ATUDEM.

a la norma 7 de la FIS, se le añade un comentario que explica el sentido de la norma:
Norma 7.
El movimiento en sentido contrario al de la circulación general supone obstáculos imprevisibles para los esquiadores y snowboarders.
Las huellas de pies dañan la pista y son peligrosas para los esquiadores y snowboarders.


Es decir que el peligro que supone alguien que asciende es, por un lado que supone un obstáculo para el que baja (sentido de la circulación general) y por otro que deja huellas que dañan la pista y son peligrosas para quien baja.....este ultimo detalle no es baladí.
Un travesero apenas deja ninguna huella cuando asciende por pistas, no así un esquiador que sube a pie.

Teniendo esto en cuenta, ATUDEM (que incluye las normas FIS en su reglamento):
- estima que un esquiador que sube a pie supone dos peligros, 1 que es un obstáculo para el que baja y 2 que deja huellas que estropean la pista y pueden ser peligrosas. En consecuencia regula que debe ascender por el lateral para minimizar ese riesgo.

Sin embargo ATUDEM pretende prohibir (ni siquiera regular) que un travesero o raquetista ascienda por ningún punto dentro de la pista balizada. Y eso, que un travesero o raquetista, objetivamente, solo supone un único peligro: el ser un obstáculo y que no supone un peligro por sus huellas.

Así pues la normativa ATUDEM por la que supuestamente se rigen las estaciones de esquí y a la que algunos tratarían de acogerse ante un juez, es contradictoria y discriminatoria, más aun cuando regula mas restrictivamente a un colectivo que objetivamente representa un peligro menor que otro.


Ya digo, en mi opinión nos la cogemos con papel de fumar con este tema, y si hay que regular, no estoy en contra si no mas bien a favor.

De lo que estoy en contra y mucho es de que lo haga quien no debe ni puede y por otro lado, si se regula, que se haga bien, por que lo de ATUDEM es una chapuza que genera inseguridad y confusión a la gente.


Editado 1 vez/veces. Última edición el 17/06/2015 16:16 por elnogue.
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
xao
xao
Enviado: 17-06-2015 16:13
Registrado: 17 años antes
Mensajes: 58.075
¿yo he hablado de funciones de policía?

no recuerdo
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 16:17
Registrado: 13 años antes
Mensajes: 28.342
Vale, esquiadores para arriba si, trineos para abajo no, entendido pulgar arriba
Karma: 28 - Votos positivos: 2 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 16:20
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 5.466
Cita
bolibud
Vale, esquiadores para arriba si, trineos para abajo no, entendido pulgar arriba

no, no, esquiadores para abajo, trineos para arriba!!risas
Karma: 8 - Votos positivos: 1 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 16:30
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 16.841
Cita
elnogue

Pues yo no lo tengo tan claro:
Una cafetería monta una terraza en vía publica, para ello paga al ayto por la concesión de ese espacio público. Tiene que tener seguro para accidentes dentro de ese espacio. Como hace "musha caló" decide poner vaporizadores de agua y un toldo por si llueve.

1- No te pueden prohibir pasar por ese suelo aunque no seas su cliente.

Sí pueden y de hecho lo hacen. En muchos casos hasta se ponen vallas.

Cita
elnogue

2- Si como viandante vas dando collejas a los clientes, pueden llamar a los guardias para que te detengan o lo que sea menester. Pero ellos no te pueden tocar ni echar (de su local si, pero no de terraza en vía pública, donde no se puede aplicar el derecho de admisíón).

Si pueden y de hecho lo hacen Diablillorisasrisasrisas Vete tú dando collejas en algunas terrazas del Paseo de Pintor Rosales en Madrid y verás las hostias que te llevas. Y luego, si quieres tú, llama a la policía, que a lo mejor te llevas más risasrisasrisas

Cita
elnogue

3- Si llueve (o no) y, como no cliente, te metes bajo su toldo no pueden exigirte pago por ello. Te aprovechas gratis de ese servicio para sus clientes, sí, pero no pueden cobrarte por ello.

El colmo de la argumentación absurda. Pues sí, probablemente recojan los toldos.

Cita
elnogue

4- Como cliente, abonas la consumición. Si quieren pueden ponerte un "complemento de terraza", pero debe estar desglosado en el ticket.
Nunca te pueden cobrar sólo el concepto terraza sin consumición porque su actividad económica y por la que tienen concesión del suelo público, es la restauración y no la hospedería (no te están alquilando el uso de silla y mesa).
El complemento de terraza es por el servicio de llevarte la consumición, no por el mobiliario o elementos de la terraza.
Evidentemente el gasto que supone la terraza con sus componentes, el empresario lo paga del beneficio de las consumiciones y servicio de atención en terraza.

Pagas por el servicio y por la licencia que le concede el ayuntamiento. Además, el concepto del que partes está mal, nadie se hospeda por sentarse en una silla risasrisasrisasrisasrisas

Cita
elnogue

5- Si friegan el suelo de la terraza (exigido por la concesión, el cuidado de ese suelo), no lo señalizan y como viandante te resbalas y esmoñas contra el suelo, deben tener un seguro y pueden tener que indemnizar. Y no eres su cliente!

Un motivo más para impedirte el paso.



Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 16:41
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 16.841
Cita
david 82

Lo primero,ya te he dicho que te dan la explotación del monte.
Pero esa explotación no quiere decir quien puede y quien no puede entrar, en la montaña.

Depende de lo que diga el contrato de concesión. Tú, a todos los efectos, has alquilado un terreno y si no se dice nada en el condicionado SI puedes.

Cita
david 82

Un ejemplo es puedes explotar el derecho forestal de un monte, pero eso no indica para nada que no puedas cojer setas.

No viene implícito pero sí puedes impedir coger setas, y de hecho hay muchos montes donde tienes que sacar una licencia al ayuntamiento si quieres coger setas y si no lo haces los forestales te requisan la recolecta y te ponen una multa.

Cita
david 82

Dime una sola estación donde el terreno no sea propiedad de la propia estación y donde diga que no puede pasar por su area esquiable?

Pues hace muy poquito que pusieron una foto con un cartel gordo y hermoso. Si quieres lo buscas tú que yo paso risasrisas Y que yo sepa, casi todas las estaciones están sobre el terreno que NO son de su propiedad Diablillorisasrisasrisas

Cita
david 82

Otra cosa no compares una pista de esquí y una carretera.
Yo en una carretera no espero encontrar arboles, en una estación de esquí yo si.

¿Y? Pues los hay. Ejemplo, en la Casa de Campo en Madrid. Evidentemente, la carretera lo esquiva y es lo que se debería hacer en las pistas.

Cita
david 82

Y lo de la potestad del pister como policia es de risa. Un pister no puede retirar un forfet a un cliente.
Imaginate lo que pasa cuando hablas con alguien que no lo es. Mas te dire, pobre de ti que retengas alguien contra su voluntad, que el problema lo tienes tu.

Me parece que el concepto de funciones de policía no lo has entendido muy bien. No se trata de hacer de agente de seguridad precisamente risasrisasrisas



Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 16:52
Registrado: 14 años antes
Mensajes: 9.464
No es lo mismo alquilar una propiedad. Que tener un derecho de explotación.
Por eso en el mismo bosque producen biomasa y pastan las vacas en verano.

Una cosa es poner un cartel que indique prohibido el esquí de monte en las pistas, que uno de propiedad privada, cosas muy distintas.

p.d: me bajo del post.
Karma: 14 - Votos positivos: 1 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 17:05
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 5.466
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue

Pues yo no lo tengo tan claro:
Una cafetería monta una terraza en vía publica, para ello paga al ayto por la concesión de ese espacio público. Tiene que tener seguro para accidentes dentro de ese espacio. Como hace "musha caló" decide poner vaporizadores de agua y un toldo por si llueve.

1- No te pueden prohibir pasar por ese suelo aunque no seas su cliente.

Sí pueden y de hecho lo hacen. En muchos casos hasta se ponen vallas.
Las vallas las ponen para delimitar un espacio, para "sugerir" que la gente no circule por entre las mesas, pero una empresa no te puede prohibir entrar en la vía pública.
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue

2- Si como viandante vas dando collejas a los clientes, pueden llamar a los guardias para que te detengan o lo que sea menester. Pero ellos no te pueden tocar ni echar (de su local si, pero no de terraza en vía pública, donde no se puede aplicar el derecho de admisíón).

Si pueden y de hecho lo hacen Diablillorisasrisasrisas Vete tú dando collejas en algunas terrazas del Paseo de Pintor Rosales en Madrid y verás las hostias que te llevas. Y luego, si quieres tú, llama a la policía, que a lo mejor te llevas más risasrisasrisas
Una cosa es que te lleves unas hostias y otra muy distinto que sea legal que un empresario o trabajador de empresa privada te eche de la vía pública. Si te echan a hostias en lugar de acerlo las fuerzas de seguridad del estado que son quienes deben hacerlo, en un juicio lo llevan crudo. Tu por dar collejas a los clientes también, pero ellos no se van de rositas. Sin embargo, en el interior del local si pueden echarte a la fuerza, pero solo un guarda jurado (segurata) con titulación oficial.
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue

3- Si llueve (o no) y, como no cliente, te metes bajo su toldo no pueden exigirte pago por ello. Te aprovechas gratis de ese servicio para sus clientes, sí, pero no pueden cobrarte por ello.

El colmo de la argumentación absurda. Pues sí, probablemente recojan los toldos.

okey, que los recojan, pero no pueden cobrarte por ello.
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue

4- Como cliente, abonas la consumición. Si quieren pueden ponerte un "complemento de terraza", pero debe estar desglosado en el ticket.
Nunca te pueden cobrar sólo el concepto terraza sin consumición porque su actividad económica y por la que tienen concesión del suelo público, es la restauración y no la hospedería (no te están alquilando el uso de silla y mesa).
El complemento de terraza es por el servicio de llevarte la consumición, no por el mobiliario o elementos de la terraza.
Evidentemente el gasto que supone la terraza con sus componentes, el empresario lo paga del beneficio de las consumiciones y servicio de atención en terraza.

Pagas por el servicio y por la licencia que le concede el ayuntamiento. Además, el concepto del que partes está mal, nadie se hospeda por sentarse en una silla risasrisasrisasrisasrisas

No, no pagas por la licencia, la licencia la paga el empresario. Otra cosa es que para pagarla utilice parte del beneficio obtenido con el servicio y la consumición.
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue
5- Si friegan el suelo de la terraza (exigido por la concesión, el cuidado de ese suelo), no lo señalizan y como viandante te resbalas y esmoñas contra el suelo, deben tener un seguro y pueden tener que indemnizar. Y no eres su cliente!

Un motivo más para impedirte el paso.
Pero no pueden y por eso deben avisar. Para poder tener descargo de responsabilidad
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 17:20
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 1.374
Cita
elnogue
Cita
bolibud
Conclusión, te puedes tirar en trineo por donde te salga de las narices!! pulgar arriba
Tampoco.

Te puedes tirar con trineo por donde quieras siempre que:

- esa actividad esté permitida y regulada , en cuyo caso deberás ceñirte a dicha regulación. Aquí se abren básicamente dos caminos:
Si es en suelo público será la administración pública competente la que regule (aytos, diputaciones, cc.aa, estado, CE,...)
Si es en suelo privado, siempre según sus normas. Siempre y cuando no contravengan una superior de la administración pública.


- esa actividad no esté regulada o expresamente prohibida en suelo público y no suponga un peligro para los demás. Qué actividad o actuación supone un peligro lo determinará, primero las fuerzas de seguridad del estado competentes en cada caso y en ultima instancia la justicia.

Aquí es donde entran en juego las normas FIS o de ATUDEM como referencia para la justicia pero, en mi opinión, esas normas presentan puntos contradictorios y discriminatorios al respecto.

Por ejemplo, según FIS:
7. Ascensos y descensos a pie.
El esquiador o snowboarder que ascienda o descienda a pie debe hacerlo por el lateral de la pista


Esto es contradictorio con lo que propone ATUDEM que es que, si vas con esquís de travesía o raquetas, debes hacerlo por fuera. ¿Qué juez daría por válido que alguien que asciende con raquetas es más peligroso para un esquiador que baja, que alguien que lo hace a píe?
La "norma" de ATUDEM es en este caso discriminatoria y contradictoria a la norma FIS, que también forma parte de las normas de ATUDEM.

a la norma 7 de la FIS, se le añade un comentario que explica el sentido de la norma:
Norma 7.
El movimiento en sentido contrario al de la circulación general supone obstáculos imprevisibles para los esquiadores y snowboarders.
Las huellas de pies dañan la pista y son peligrosas para los esquiadores y snowboarders.


Es decir que el peligro que supone alguien que asciende es, por un lado que supone un obstáculo para el que baja (sentido de la circulación general) y por otro que deja huellas que dañan la pista y son peligrosas para quien baja.....este ultimo detalle no es baladí.
Un travesero apenas deja ninguna huella cuando asciende por pistas, no así un esquiador que sube a pie.

Teniendo esto en cuenta, ATUDEM (que incluye las normas FIS en su reglamento):
- estima que un esquiador que sube a pie supone dos peligros, 1 que es un obstáculo para el que baja y 2 que deja huellas que estropean la pista y pueden ser peligrosas. En consecuencia regula que debe ascender por el lateral para minimizar ese riesgo.

Sin embargo ATUDEM pretende prohibir (ni siquiera regular) que un travesero o raquetista ascienda por ningún punto dentro de la pista balizada. Y eso, que un travesero o raquetista, objetivamente, solo supone un único peligro: el ser un obstáculo y que no supone un peligro por sus huellas.

Así pues la normativa ATUDEM por la que supuestamente se rigen las estaciones de esquí y a la que algunos tratarían de acogerse ante un juez, es contradictoria y discriminatoria, más aun cuando regula mas restrictivamente a un colectivo que objetivamente representa un peligro menor que otro.


Ya digo, en mi opinión nos la cogemos con papel de fumar con este tema, y si hay que regular, no estoy en contra si no mas bien a favor.

De lo que estoy en contra y mucho es de que lo haga quien no debe ni puede y por otro lado, si se regula, que se haga bien, por que lo de ATUDEM es una chapuza que genera inseguridad y confusión a la gente.

que parte de que esta prhobida la practica del esqui de montaña por edicto municipal (propietaria de los terrenos) no se entiende?????????


la anterior esta en la entrada del dominio esquiable de Porte Puymorens, bien a la vista, la siguiente en TODAS las entradas del dominio esquiable de Masella

Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 17:35
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 5.466
Cita
Frigola
Cita
elnogue
Cita
bolibud
Conclusión, te puedes tirar en trineo por donde te salga de las narices!! pulgar arriba
Tampoco.

Te puedes tirar con trineo por donde quieras siempre que:

- esa actividad esté permitida y regulada , en cuyo caso deberás ceñirte a dicha regulación. Aquí se abren básicamente dos caminos:
Si es en suelo público será la administración pública competente la que regule (aytos, diputaciones, cc.aa, estado, CE,...)
Si es en suelo privado, siempre según sus normas. Siempre y cuando no contravengan una superior de la administración pública.


- esa actividad no esté regulada o expresamente prohibida en suelo público y no suponga un peligro para los demás. Qué actividad o actuación supone un peligro lo determinará, primero las fuerzas de seguridad del estado competentes en cada caso y en ultima instancia la justicia.

Aquí es donde entran en juego las normas FIS o de ATUDEM como referencia para la justicia pero, en mi opinión, esas normas presentan puntos contradictorios y discriminatorios al respecto.

Por ejemplo, según FIS:
7. Ascensos y descensos a pie.
El esquiador o snowboarder que ascienda o descienda a pie debe hacerlo por el lateral de la pista


Esto es contradictorio con lo que propone ATUDEM que es que, si vas con esquís de travesía o raquetas, debes hacerlo por fuera. ¿Qué juez daría por válido que alguien que asciende con raquetas es más peligroso para un esquiador que baja, que alguien que lo hace a píe?
La "norma" de ATUDEM es en este caso discriminatoria y contradictoria a la norma FIS, que también forma parte de las normas de ATUDEM.

a la norma 7 de la FIS, se le añade un comentario que explica el sentido de la norma:
Norma 7.
El movimiento en sentido contrario al de la circulación general supone obstáculos imprevisibles para los esquiadores y snowboarders.
Las huellas de pies dañan la pista y son peligrosas para los esquiadores y snowboarders.


Es decir que el peligro que supone alguien que asciende es, por un lado que supone un obstáculo para el que baja (sentido de la circulación general) y por otro que deja huellas que dañan la pista y son peligrosas para quien baja.....este ultimo detalle no es baladí.
Un travesero apenas deja ninguna huella cuando asciende por pistas, no así un esquiador que sube a pie.

Teniendo esto en cuenta, ATUDEM (que incluye las normas FIS en su reglamento):
- estima que un esquiador que sube a pie supone dos peligros, 1 que es un obstáculo para el que baja y 2 que deja huellas que estropean la pista y pueden ser peligrosas. En consecuencia regula que debe ascender por el lateral para minimizar ese riesgo.

Sin embargo ATUDEM pretende prohibir (ni siquiera regular) que un travesero o raquetista ascienda por ningún punto dentro de la pista balizada. Y eso, que un travesero o raquetista, objetivamente, solo supone un único peligro: el ser un obstáculo y que no supone un peligro por sus huellas.

Así pues la normativa ATUDEM por la que supuestamente se rigen las estaciones de esquí y a la que algunos tratarían de acogerse ante un juez, es contradictoria y discriminatoria, más aun cuando regula mas restrictivamente a un colectivo que objetivamente representa un peligro menor que otro.


Ya digo, en mi opinión nos la cogemos con papel de fumar con este tema, y si hay que regular, no estoy en contra si no mas bien a favor.

De lo que estoy en contra y mucho es de que lo haga quien no debe ni puede y por otro lado, si se regula, que se haga bien, por que lo de ATUDEM es una chapuza que genera inseguridad y confusión a la gente.

que parte de que esta prhobida la practica del esqui de montaña por edicto municipal (propietaria de los terrenos) no se entiende?????????


la anterior esta en la entrada del dominio esquiable de Porte Puymorens, bien a la vista, la siguiente en TODAS las entradas del dominio esquiable de Masella


Joder Frigola, que parece que no sales de esas estaciones. Esas estaciones son la excepción en cuanto a regulación estando en suelo público.

Estas hablando de dos estaciones en las que la administración pública competente (los ayuntamientos en este caso) han regulado el uso del suelo y además lo han hecho , por lo menos uno, con coherencia al prohibir ascender por pista a TODOS independientemente del medio utilizado. no solo a los traveseros.

Esto, es justo lo que digo que se debería hacer.
En mi opinión, no se debería prohibir a nadie, pero esa es mi opinión. Que no esté de acuerdo en la regulación no quita para que este de acuerdo en cómo está hecha. El caso de Porte me parece perfecto.

Yo de lo que me quejo, y estoy ferozmente en contra, es de que se haga como se ha pretendido hacer por ejemplo en Astún: por parte de una asociación privada (ATUDEM), en base a unas normas de ámbito privado que se contradicen y discriminan subjetivamente una practica, la travesía y sin que la regulación de usos del suelo por parte de la administración publica de la que depende el suelo, prohíba el ascenso con esquís o raquetas.

Y esto es lo que pasa en la mayoría de las estaciones, que no hay una regulación y mientras no la haya, habrá libertad legal por mucho que un ente privado trate de imponer su opinión.
Karma: 13 - Votos positivos: 1 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 18:31
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 1.374
el dia que hice esa foto en Porte, conte 47 elementos subiendo por las pistas en una sola bajada. De propina llevanban 5 perros, tres de ellos sueltos

bajá a direccion y le dije al serñor Erik, director de la estacion si los llamaba el o los llamaba yo ( a los gendarmes) los llamo el, vinieron y desalojaron a los traveseros, previa filiacion de datos

PD- en Eyne, sant Pierre, hay un camino definido por edicto del ayuntamiento que la gente se lo pasa directamente por los gueebs
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 17-06-2015 18:36
Registrado: 14 años antes
Mensajes: 9.464
Cita
Frigola
el dia que hice esa foto en Porte, conte 47 elementos subiendo por las pistas en una sola bajada. De propina llevanban 5 perros, tres de ellos sueltos

bajá a direccion y le dije al serñor Erik, director de la estacion si los llamaba el o los llamaba yo ( a los gendarmes) los llamo el, vinieron y desalojaron a los traveseros, previa filiacion de datos

PD- en Eyne, sant Pierre, hay un camino definido por edicto del ayuntamiento que la gente se lo pasa directamente por los gueebs

Del cartel de Masella entiendo que en una parte se puede realizar esquí de monte, ya que el edicto es de dos municipios y Masella lo forman tres. Diablillo

Y lo que no me queda claro es porque en Masella, se prohibe según el edicto de Alp y en la parte de la Molina que forma parte del municipio de Alp se permite y existe un mapa por las pistas que se puede foquear, que cosas mas raras!
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
TPM0099
Enviado: 18-06-2015 03:15
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 18-06-2015 09:02
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 16.841
Cita
elnogue
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue

Pues yo no lo tengo tan claro:
Una cafetería monta una terraza en vía publica, para ello paga al ayto por la concesión de ese espacio público. Tiene que tener seguro para accidentes dentro de ese espacio. Como hace "musha caló" decide poner vaporizadores de agua y un toldo por si llueve.

1- No te pueden prohibir pasar por ese suelo aunque no seas su cliente.

Sí pueden y de hecho lo hacen. En muchos casos hasta se ponen vallas.
Las vallas las ponen para delimitar un espacio, para "sugerir" que la gente no circule por entre las mesas, pero una empresa no te puede prohibir entrar en la vía pública.

Que no coño, que en muchos casos sí lo pueden hacer, por muy público que sea el espacio. Es más, en muchos sitios, al menos en Madrid, se han puesto hasta una especie de pérgolas con paredes de tela a modo de caseta y si no eres cliente directamente te echan y si llamas a los muncipales les darán la razón. Con derechos de admisión y algunos hasta con "seguratas".

Yo creo que lo que tú tienes en mente es el típico bar que pone cuatro mesas en mitad de la calle, donde si cortas el paso, cortas la calle y ahí no pueden hacerlo, pero hay muchos formatos y en la vía pública

Cita
elnogue
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue

2- Si como viandante vas dando collejas a los clientes, pueden llamar a los guardias para que te detengan o lo que sea menester. Pero ellos no te pueden tocar ni echar (de su local si, pero no de terraza en vía pública, donde no se puede aplicar el derecho de admisíón).

Si pueden y de hecho lo hacen Diablillorisasrisasrisas Vete tú dando collejas en algunas terrazas del Paseo de Pintor Rosales en Madrid y verás las hostias que te llevas. Y luego, si quieres tú, llama a la policía, que a lo mejor te llevas más risasrisasrisas

Una cosa es que te lleves unas hostias y otra muy distinto que sea legal que un empresario o trabajador de empresa privada te eche de la vía pública. Si te echan a hostias en lugar de acerlo las fuerzas de seguridad del estado que son quienes deben hacerlo, en un juicio lo llevan crudo. Tu por dar collejas a los clientes también, pero ellos no se van de rositas. Sin embargo, en el interior del local si pueden echarte a la fuerza, pero solo un guarda jurado (segurata) con titulación oficial.

Te vuelvo a repetir el caso anterior. En muchos sitios sí te pueden echar, eso sí, suelen ser vigilantes jurados y si la cosa se pone chunga, se llama a la policía.

Cita
elnogue
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue

4- Como cliente, abonas la consumición. Si quieren pueden ponerte un "complemento de terraza", pero debe estar desglosado en el ticket.
Nunca te pueden cobrar sólo el concepto terraza sin consumición porque su actividad económica y por la que tienen concesión del suelo público, es la restauración y no la hospedería (no te están alquilando el uso de silla y mesa).
El complemento de terraza es por el servicio de llevarte la consumición, no por el mobiliario o elementos de la terraza.
Evidentemente el gasto que supone la terraza con sus componentes, el empresario lo paga del beneficio de las consumiciones y servicio de atención en terraza.

Pagas por el servicio y por la licencia que le concede el ayuntamiento. Además, el concepto del que partes está mal, nadie se hospeda por sentarse en una silla risasrisasrisasrisasrisas

No, no pagas por la licencia, la licencia la paga el empresario. Otra cosa es que para pagarla utilice parte del beneficio obtenido con el servicio y la consumición.

risasrisasrisas ¿Y quién crees que paga la licencia? TU con el precio de las consumiciones. Es decir pagas por el servicio y por la licencia. Perogrullo rules guiño

Cita
elnogue
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue
5- Si friegan el suelo de la terraza (exigido por la concesión, el cuidado de ese suelo), no lo señalizan y como viandante te resbalas y esmoñas contra el suelo, deben tener un seguro y pueden tener que indemnizar. Y no eres su cliente!

Un motivo más para impedirte el paso.
Pero no pueden y por eso deben avisar. Para poder tener descargo de responsabilidad

Pues lo mismo que en una estación. Te avisan si la pista está helada. Y sí, en algunos casos SI pueden impedirte la entrada.



Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 18-06-2015 09:05
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 16.841
Cita
elnogue

Joder Frigola, que parece que no sales de esas estaciones. Esas estaciones son la excepción en cuanto a regulación estando en suelo público.

Es decirrrr, que SÍ pueden hacerlo y es suelo público guiño AHÍ quería yo llegar risasrisasrisas



Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 18-06-2015 10:01
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 5.466
Cita
Ludus Magnum
Cita
elnogue

Joder Frigola, que parece que no sales de esas estaciones. Esas estaciones son la excepción en cuanto a regulación estando en suelo público.

Es decirrrr, que SÍ pueden hacerlo y es suelo público guiño AHÍ quería yo llegar risasrisasrisas

Anda que solo lees lo que quieres risas
Claro que se puede regular! pero no lo hacen las estaciones, ni los bares.
El suelo público lo regula la administración pública.
Ni ATUDEM ni la Asociación Madrilena De Empresarios De Restaurantes Y Cafeterías.

Si revisas en ningún caso digo que no se pueda regular el uso del suelo público. Lo que digo es que no pueden hacerlo los entes privados.
Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Enviado: 18-06-2015 10:11
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 16.841
Que sí coño, que si a tí te dan una concesión, te permiten regularla como quieras siempre que no esté en contra de la ley o del contrato de concesión. Por tanto, si quieren impedirte el paso, pueden hacerlo.



Karma: 0 - Votos positivos: 0 - Votos negativos: 0
Escribe tu respuesta






AVISO: La IP de los usuarios queda registrada. Los comentarios aquí publicados no reflejan de ningún modo la opinión de nevasport.com. Esta web se reserva el derecho a eliminar los mensajes que no considere apropiados para este contenido. Cualquier comentario ofensivo será eliminado sin previo aviso.