Poner en riesgo la seguridad de otros usuarios o de bienes de terceros a las pistas de esquí estará sancionado con una multa de entre 3.001 y 12.000 euros, según el proyecto de ley de estaciones de montaña que el Gobierno de Andorra entrego el viernes a trámite parlamentario por la vía de urgencia.
El texto considera infracciones graves de los usuarios los incumplimientos de los deberes o prohibiciones impuestos por esta Ley que pongan en peligro la seguridad de las personas o de bienes de terceros. En particular, se señala en el proyecto de ley recogido por el Diari d'Andorra, que
"Constituyen infracciones graves las modalidades de uso de las áreas reguladas de actividad que generen riesgo de colisión con los usuarios que practiquen la actividad de conformidad con el uso previsto en el reglamento interno de las estaciones de esquí."
En áreas de actividades reguladas es necesaria la adquisición de un forfait.
El texto tiene un apartado dedicado al esquí de montaña en la que se especifica que si este deporte se practica en un área de actividad regulada por una estación de esquí, el paso se efectuará exclusivamente por los lugares establecidos por el explotador y en las condiciones exigidas en el reglamento interno del dominio.
Lo que viene a decir que el practicante debe estar en posesión del forfait natura, que permite hacer esquí de montaña en las estaciones, y que no llevarlo está sujeto a las sanciones que marca el reglamento de cada dominio.
Y es que el proyecto de ley señala en general que
"todo usuario debe adquirir la modalidad del forfait que le dé derecho a la práctica de la actividad que quiere hacer según el reglamento interno de la estación para practicar deportes y actividades de montaña, como el esquí de montaña.
No llevarlo se considera una infracción.
La práctica de cualquier actividad regulada en el dominio sin forfait, cuando el forfait sea preceptivo, conlleva la obligación del usuario de satisfacer un importe equivalente a tres veces el precio del forfait diario correspondiente a la actividad efectuada", indica el proyecto de ley, que añade que "en caso de una utilización abusiva o fraudulenta del forfait el personal acreditado de la estación puede retirarlo inmediatamente y puede prohibir la utilización de las instalaciones y la circulación por las pistas, sin perjuicio de las acciones legales que pueda ejercer la estación ".
Respecto al esquí de montaña, obliga quien lo practique de noche llevar una linterna frontal que genere un flujo luminoso de al menos 300. Para los menores de doce años que practiquen el esquí alpino es obligatorio el uso de casco.
Obligaciones
-Acceso a la estación
El usuario, para acceder a una estación, queda obligado a adecuar su comportamiento a las normas particulares de cada dominio.
-Responsabilidades
Los usuarios son responsables de su seguridad y de la idoneidad y utilización correcto de su equipamiento.
Animales en pistas
Salvada la autorización expresa del explotador, está prohibido el uso de las áreas reguladas de actividad acompañados de animales.
Vehículos de motor
Prohibida la circulación de vehículos a motor por el dominio en invierno, salvo las actividades y el personal de la estación en el ejercicio de sus funciones.
Medio de deslizamiento
Todo usuario que pretende acceder a una estación con un medio de deslizamiento diferente del esquí y el snowboard debe consultar si está permitido el uso en las pistas.
Casco para los menores
Los menores de 12 años deben llevar casco si practican esquí alpino.
Peatones a pistas
Queda prohibido el tránsito de peatones por las zonas no habilitadas para ello.
Un texto moderno para ser más competitivos
El ministro de Presidencia, Economía y Empresa, Jordi Gallardo, en la presentación ayer del proyecto de ley que recoge el Diari d'Andorra, manifestó que se trata de un texto "moderno" que debe ayudar a "este sector estratégico del país a ser aún más competitivo". Y es que, tal y como puso de relieve, se adaptan y actualizan los derechos y deberes de las estaciones y de sus usuarios después de que, en 2000, entrara en funcionamiento la Ley relativa a las estaciones de esquí y las instalaciones de transporte por cable.
Según el ministro, la novedad más destacada del proyecto de ley es la evolución del concepto de estación de esquí y actividades de montaña, teniendo en cuenta la diversificación de oferta de servicios durante todo el año. Así, se pasa de estaciones de esquí a estaciones de montaña.
""Las estaciones no sólo realizan actividades relacionadas con el esquí y el invierno. El peso de las actividades de verano es cada vez más importante.
Esta gran novedad tiene en consideración otras actividades de tipo turístico y lúdico no vinculadas necesariamente al concepto de esquí".