360 euros de multa por el accidente mortal de Boí Taull
A pesar de que la acusación particular llamó a declarar a un testigo de los hechos que aseguró ante la policía haber visto cómo el monitor iba a gran velocidad y saltó al llegar a ese desnivel, en el día del juicio el testigo se desdijo parcialmente y aseguró no recordar haber visto que el imputado saltase al llegar a ese punto.
La juez también ha tenido en cuenta en su decisión que el monitor que precedía al imputado, que estaba haciendo una bajada en grupo después de su jornada laboral, se alarmó al rebasar el cambio de rasante y ver que había una pareja en el suelo, por lo que les pegó un grito de alerta.
Asimismo, destaca la juez que no ha quedado acreditado si el monitor golpeó en el impacto a la pareja con los esquís o con el cuerpo, aunque señala que de los peritajes se deduce que impactó con la rodilla en la cabeza del fallecido, ya que este no presentaba cortes en el cuerpo. Por todo ello, señala que "no se dan lo elementos imprescindibles para que los hechos se traten de una imprudencia grave", puntualizando en este sentido que el esquí es un deporte de riesgo y que el monitor había acabado sus clases, por lo que era normal que fuera a cierta velocidad.
La juez entiende sin embargo que el monitor debería haber adecuado su velocidad a la dificultad del punto que iba a rebasar, ya que conocía el lugar y la existencia de falta de visibilidad. "Debería haber extremado precauciones para tener margen de maniobra", señala.
Por ello, lo declara culpable de dos faltas de lesiones por imprudencia leve y le condena a pagar dos multas de 45 días a 6 euros por día por el fallecido y 15 días a 6 euros en el caso de su pareja.