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Rafaski
Lo que hay que leer
Un Real Decreto tiene rango del Ley, solo se trata de un matiz en su forma de aprobación.
Es una Ley en la materia concreta que regula
[es.wikipedia.org]
Yo rogaría a todo aquél que se documenta jurídicamente en la wikipedia y en lo que escarba penosamente en internet, que no hiciera ninguna valoración jurídica ni comentario alguno en temas legales. Solo sirve para confundir gratuitamente a la gente y emponzoñar los hilos.
Anda. Y se queda tan ancho
No me documento en la wikipedia. Pongo ese enlace para que se vea que esa información es de fácil acceso y comprension.
Confundir y emponzoñar serán otros que no saben de lo que hablan, sobre todo los que postean desde el anonimato o con múltiples nicks....
El que se ha quedao tan ancho eres tú al decir que es lo mismo un RD que una Ley, sumado a decir generalidades y banalidades como que "regula la materia" sin decir nada concreto, de forma que, lejos de aportar, tus últimos comentarios en este hilo solo sirven para confundir a la gente. No sé, quizá en otros lo haces mejor, pero aquí parece que te estás dejando llevar por algunos intereses oscuros y malignos...! jajajaj
Yo solo intento que lo que está escrito, se interprete de la forma objetiva, y mira que yo sería de los primeros interesados en que solo los titulados puedan ejercer la profesión de tan alto riesgo y responsabilidad de la enseñanza del esquí, para así tener más exclusividad, y poder subir la tarifa, y que la gente tenga que esperar su cita del día que le toca una clase, por los pocos titulados que hay, que se jodan, que paguen bien, y que esperen su turno., ¿verdad? Eso es lo que se consigue prohibiendo la actividad a los no titulados.
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DGATD1
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Un Real Decreto tiene rango del Ley, solo se trata de un matiz en su forma de aprobación.
Es una Ley en la materia concreta que regula
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Yo rogaría a todo aquél que se documenta jurídicamente en la wikipedia y en lo que escarba penosamente en internet, que no hiciera ninguna valoración jurídica ni comentario alguno en temas legales. Solo sirve para confundir gratuitamente a la gente y emponzoñar los hilos.
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No me documento en la wikipedia. Pongo ese enlace para que se vea que esa información es de fácil acceso y comprension.
Confundir y emponzoñar serán otros que no saben de lo que hablan, sobre todo los que postean desde el anonimato o con múltiples nicks....
El que se ha quedao tan ancho eres tú al decir que es lo mismo un RD que una Ley, sumado a decir generalidades y banalidades como que "regula la materia" sin decir nada concreto, de forma que, lejos de aportar, tus últimos comentarios en este hilo solo sirven para confundir a la gente. No sé, quizá en otros lo haces mejor, pero aquí parece que te estás dejando llevar por algunos intereses oscuros y malignos...! jajajaj
Yo solo intento que lo que está escrito, se interprete de la forma objetiva, y mira que yo sería de los primeros interesados en que solo los titulados puedan ejercer la profesión de tan alto riesgo y responsabilidad de la enseñanza del esquí, para así tener más exclusividad, y poder subir la tarifa, y que la gente tenga que esperar su cita del día que le toca una clase, por los pocos titulados que hay, que se jodan, que paguen bien, y que esperen su turno., ¿verdad? Eso es lo que se consigue prohibiendo la actividad a los no titulados.
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Es una Ley en la materia concreta que regula
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No me documento en la wikipedia. Pongo ese enlace para que se vea que esa información es de fácil acceso y comprension.
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El que se ha quedao tan ancho eres tú al decir que es lo mismo un RD que una Ley, sumado a decir generalidades y banalidades como que "regula la materia" sin decir nada concreto, de forma que, lejos de aportar, tus últimos comentarios en este hilo solo sirven para confundir a la gente. No sé, quizá en otros lo haces mejor, pero aquí parece que te estás dejando llevar por algunos intereses oscuros y malignos...! jajajaj
Yo solo intento que lo que está escrito, se interprete de la forma objetiva, y mira que yo sería de los primeros interesados en que solo los titulados puedan ejercer la profesión de tan alto riesgo y responsabilidad de la enseñanza del esquí, para así tener más exclusividad, y poder subir la tarifa, y que la gente tenga que esperar su cita del día que le toca una clase, por los pocos titulados que hay, que se jodan, que paguen bien, y que esperen su turno., ¿verdad? Eso es lo que se consigue prohibiendo la actividad a los no titulados.
Puf. En tu línea
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Escarra
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Es una Ley en la materia concreta que regula
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Yo rogaría a todo aquél que se documenta jurídicamente en la wikipedia y en lo que escarba penosamente en internet, que no hiciera ninguna valoración jurídica ni comentario alguno en temas legales. Solo sirve para confundir gratuitamente a la gente y emponzoñar los hilos.
Anda. Y se queda tan ancho
No me documento en la wikipedia. Pongo ese enlace para que se vea que esa información es de fácil acceso y comprension.
Confundir y emponzoñar serán otros que no saben de lo que hablan, sobre todo los que postean desde el anonimato o con múltiples nicks....
El que se ha quedao tan ancho eres tú al decir que es lo mismo un RD que una Ley, sumado a decir generalidades y banalidades como que "regula la materia" sin decir nada concreto, de forma que, lejos de aportar, tus últimos comentarios en este hilo solo sirven para confundir a la gente. No sé, quizá en otros lo haces mejor, pero aquí parece que te estás dejando llevar por algunos intereses oscuros y malignos...! jajajaj
Yo solo intento que lo que está escrito, se interprete de la forma objetiva, y mira que yo sería de los primeros interesados en que solo los titulados puedan ejercer la profesión de tan alto riesgo y responsabilidad de la enseñanza del esquí, para así tener más exclusividad, y poder subir la tarifa, y que la gente tenga que esperar su cita del día que le toca una clase, por los pocos titulados que hay, que se jodan, que paguen bien, y que esperen su turno., ¿verdad? Eso es lo que se consigue prohibiendo la actividad a los no titulados.
Puf. En tu línea
Y todo esto a cuenta de un post de 2014?
Yo hasta tenía pelo en la cabeza
Cita
xao
Y todo esto a cuenta de un post de 2014?
Yo hasta tenía pelo en la cabeza
Solo hay una cosa peor a no tener ni idea sobre algo; es saber cuatro tonterías y pensar que ya se sabe todo lo necesario. Los que han cursado el bloque común de la formación de técnico deportivo (eso que algunos llaman TD1) no saben más que cuatro tonterías y no, no tienen ninguna titulación que les sirva para ejercer ninguna profesión.
El bloque común solo sirve para que te lo convaliden cuando cursas otro título de técnico deportivo.
Cita
Escarra
Solo hay una cosa peor a no tener ni idea sobre algo; es saber cuatro tonterías y pensar que ya se sabe todo lo necesario. Los que han cursado el bloque común de la formación de técnico deportivo (eso que algunos llaman TD1) no saben más que cuatro tonterías y no, no tienen ninguna titulación que les sirva para ejercer ninguna profesión.
El bloque común solo sirve para que te lo convaliden cuando cursas otro título de técnico deportivo.
A ver. Para los que se líen con eso del TD1, TD2 y TD3. No existe esa nomenclatura de títulos TD1, TD2 y TD3. Los que existen son dos títulos, no tres, que se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo que vulgarmente llaman algunos TD1 es el bloque común que se cursa cuando estudias cualquier título de técnico deportivo y que en sí mismo considerado no es ningún titulo ni te habilita para absolutamente nada. Solo sirve para que te lo convaliden cuando estudias otra titulación deportiva.
Cita
Escarra
A ver. Para los que se líen con eso del TD1, TD2 y TD3. No existe esa nomenclatura de títulos TD1, TD2 y TD3. Los que existen son dos títulos, no tres, que se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo que vulgarmente llaman algunos TD1 es el bloque común que se cursa cuando estudias cualquier título de técnico deportivo y que en sí mismo considerado no es ningún titulo ni te habilita para absolutamente nada. Solo sirve para que te lo convaliden cuando estudias otra titulación deportiva.
No. No estoy perdido y sé muy bien lo que me digo. En el Real Decreto 319/2000 que regula los títulos de técnico deportivo de deportes de invierno solo se establecen dos títulos. No tres. Se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo demás es poner motes a las cosas; ni TD1, ni TD2, ni TD3. El bloque común, que es lo que muchos llaman TD1, no es nada ni sirve para nada. Y si alguno al título de técnico deportivo de grado medio (ya sea de alpino, de fondo o de snowboard), le quiere llamar TD1...pues como si le llama TD7327,89.
Y lo demás son ganas de enredar y tonterías.
Cita
Escarra
No. No estoy perdido y sé muy bien lo que me digo. En el Real Decreto 319/2000 que regula los títulos de técnico deportivo de deportes de invierno solo se establecen dos títulos. No tres. Se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo demás es poner motes a las cosas; ni TD1, ni TD2, ni TD3. El bloque común, que es lo que muchos llaman TD1, no es nada ni sirve para nada. Y si alguno al título de técnico deportivo de grado medio (ya sea de alpino, de fondo o de snowboard), le quiere llamar TD1...pues como si le llama TD7327,89.
Y lo demás son ganas de enredar y tonterías.
No. No estoy perdido y sé muy bien lo que me digo. En el Real Decreto 319/2000 que regula los títulos de técnico deportivo de deportes de invierno solo se establecen dos títulos. No tres. Se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo demás es poner motes a las cosas; ni TD1, ni TD2, ni TD3. El bloque común, que es lo que muchos llaman TD1, no es nada ni sirve para nada. Y si alguno al título de técnico deportivo de grado medio (ya sea de alpino, de fondo o de snowboard), le quiere llamar TD1...pues como si le llama TD7327,89.
Y lo demás son ganas de enredar y tonterías.
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Escarra
No. No estoy perdido y sé muy bien lo que me digo. En el Real Decreto 319/2000 que regula los títulos de técnico deportivo de deportes de invierno solo se establecen dos títulos. No tres. Se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo demás es poner motes a las cosas; ni TD1, ni TD2, ni TD3. El bloque común, que es lo que muchos llaman TD1, no es nada ni sirve para nada. Y si alguno al título de técnico deportivo de grado medio (ya sea de alpino, de fondo o de snowboard), le quiere llamar TD1...pues como si le llama TD7327,89.
Y lo demás son ganas de enredar y tonterías.
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DGATD1
Y el nombre oficial es Técnico Deportivo en Esquí Alpino / Snowboard, de Nivel 1
Cita
DGATD1
Y el nombre oficial es Técnico Deportivo en Esquí Alpino / Snowboard, de Nivel 1
Y vuelta la burra al trigo.
El técnico deportivo ha terminado su formación como tal y se llama técnico deportivo (de alpino, snow o fondo). NO SE LLAMA OFICIALMENTE DE NINGUNA OTRA MANERA. No existe el título de técnico deportivo de nivel I.
Lo que existe es un CERTIFICADO (que no TÍTULO) de haber cursado el primer nivel.
Hay que saber distinguir entre un certificado y un título; y también hay que saber que lo que pone en un anexo de un Real Decreto no tiene valor normativo.
Cita
Escarra
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DGATD1
Y el nombre oficial es Técnico Deportivo en Esquí Alpino / Snowboard, de Nivel 1
Y vuelta la burra al trigo.
El técnico deportivo ha terminado su formación como tal y se llama técnico deportivo (de alpino, snow o fondo). NO SE LLAMA OFICIALMENTE DE NINGUNA OTRA MANERA. No existe el título de técnico deportivo de nivel I.
Lo que existe es un CERTIFICADO (que no TÍTULO) de haber cursado el primer nivel.
Hay que saber distinguir entre un certificado y un título; y también hay que saber que lo que pone en un anexo de un Real Decreto no tiene valor normativo.
Pues eso, que ocho años después los que tienen su certificado TD1, no título, nadie ha dicho que lo sea, siguen trabajando legalmente gracias a las leyes del deporte, que se han basado para su confección en el famoso Real Decreto de enseñanzas deportivas, anexos incluidos
No se entiende si no que varias de esas leyes autonómicas hayan sido recurridas y modificadas, cuando no se encuentran paralizadas, al entrar en contradiccion con esos textos que no tienen valor normativo
Se trabaja en toda España, en varios países de la UE y en Sudamérica, con ese certificado de haber cursado y aprobado la primera parte del grado medio
Y seguirán trabajando
Todo esto me hace plantearme un tema:
El certificado de TD1... ¿de qué depende su existencia? Es decir...
¿Está registrado en alguna parte? Un título pude ser consultado en el Ministerio de Educación, pero... la superación de un primer curso, entiendo que no está registrada, más que en el centro de formación.
Si el centro de formación cierra:
- ¿cómo demuestras que tienes el primer nivel, para acceder a un nivel 2 en otro centro?
- ¿Cual es el documento acreditativo del nivel 1?
- ¿Y si se te quema o lo pierdes?
- ¿Cómo comprueba el centro de formación que el certificado del primer nivel es auténtico, para darte acceso a cursar el segundo nivel?
¿Alguien tiene respuesta a estas cosas?
Cita
DGATD1
Todo esto me hace plantearme un tema:
El certificado de TD1... ¿de qué depende su existencia? Es decir...
¿Está registrado en alguna parte? Un título pude ser consultado en el Ministerio de Educación, pero... la superación de un primer curso, entiendo que no está registrada, más que en el centro de formación.
Si el centro de formación cierra:
- ¿cómo demuestras que tienes el primer nivel, para acceder a un nivel 2 en otro centro?
- ¿Cual es el documento acreditativo del nivel 1?
- ¿Y si se te quema o lo pierdes?
- ¿Cómo comprueba el centro de formación que el certificado del primer nivel es auténtico, para darte acceso a cursar el segundo nivel?
¿Alguien tiene respuesta a estas cosas?
Todo esto me hace plantearme un tema:
El certificado de TD1... ¿de qué depende su existencia? Es decir...
¿Está registrado en alguna parte? Un título pude ser consultado en el Ministerio de Educación, pero... la superación de un primer curso, entiendo que no está registrada, más que en el centro de formación.
Si el centro de formación cierra:
- ¿cómo demuestras que tienes el primer nivel, para acceder a un nivel 2 en otro centro?
- ¿Cual es el documento acreditativo del nivel 1?
- ¿Y si se te quema o lo pierdes?
- ¿Cómo comprueba el centro de formación que el certificado del primer nivel es auténtico, para darte acceso a cursar el segundo nivel?
¿Alguien tiene respuesta a estas cosas?
El Centro de formacion es el que emite un certificado de superación del Nivel I completo , y que está validado por la Consejería de educación de cada autonomía.Cita
DGATD1
Todo esto me hace plantearme un tema:
El certificado de TD1... ¿de qué depende su existencia? Es decir...
¿Está registrado en alguna parte? Un título pude ser consultado en el Ministerio de Educación, pero... la superación de un primer curso, entiendo que no está registrada, más que en el centro de formación.
Si el centro de formación cierra:
- ¿cómo demuestras que tienes el primer nivel, para acceder a un nivel 2 en otro centro?
- ¿Cual es el documento acreditativo del nivel 1?
- ¿Y si se te quema o lo pierdes?
- ¿Cómo comprueba el centro de formación que el certificado del primer nivel es auténtico, para darte acceso a cursar el segundo nivel?
¿Alguien tiene respuesta a estas cosas?
Todos los centros de formación tienen que estar adscritos a un IES, y éstos tienen todos los historiales académicos de los alumnos
Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?
Mira que eres retorcido
Cita
xao
Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?
Mira que eres retorcido
Hoy en día los expedientes académicos están guardados en formato electrónico, y diría que en bases de datos centralizadas. Si un IES cierra la información está en las bases de datos de las Consejerías de educación.
En archivos de papel y sin informatizar hay expedientes de muchos años. No sé qué pasaría si un IES cerrara, si irían al archivo de otro instituto. Yo de adulta he tenido que pedir un certificado de notas de BUP y COU y han tenido que ir a buscar mi expediente al archivo. A pesar de tener mi título de BUP, mi papeleta de la selectividad y mi título universitario lo necesitaba para solicitar plaza en una FP de grado superior. Si hubiera cerrado el instituto no sé donde lo hubiera tenido que pedir, pero se plantearía el mismo problema que comentas.
Es decir no es un tema específico de los técnicos deportivos, sino que será lo mismo que puede pasar con otros estudios. Pero vamos, que hoy en día al guardarse digitalizado parece menos problema si cierra un instituto.
Cita
AT
Hoy en día los expedientes académicos están guardados en formato electrónico, y diría que en bases de datos centralizadas. Si un IES cierra la información está en las bases de datos de las Consejerías de educación.
En archivos de papel y sin informatizar hay expedientes de muchos años. No sé qué pasaría si un IES cerrara, si irían al archivo de otro instituto. Yo de adulta he tenido que pedir un certificado de notas de BUP y COU y han tenido que ir a buscar mi expediente al archivo. A pesar de tener mi título de BUP, mi papeleta de la selectividad y mi título universitario lo necesitaba para solicitar plaza en una FP de grado superior. Si hubiera cerrado el instituto no sé donde lo hubiera tenido que pedir, pero se plantearía el mismo problema que comentas.
Es decir no es un tema específico de los técnicos deportivos, sino que será lo mismo que puede pasar con otros estudios. Pero vamos, que hoy en día al guardarse digitalizado parece menos problema si cierra un instituto.
Buen dato, gracias.
Pero, y si el IES cierra? porque no son eternos. Las titulaciones son remitidas al ministerio, que registra los títulos, pero... supongo que los expedientes académicos no son registrados ni almacenados, y se podrían perder si el IES cierra, ¿no es así?
Por otro lado, el certificado, es fácilmente falsificable. Si el centro de formación sigue existiendo, siempre se puede contrastar el certificado con el centro de formación, que tendrá el expediente, pero... si ese centro de formación ya no está, ¿cómo puede demostrar un titular de un certificado de nivel 1 que es auténtico? Si el segundo centro quiere dudar de si es falso... ¿cómo podemos obligarle a que lo acepte demostrando que no lo es? es decir, ¿cómo podemos demostrarlo? Bueno, supongo que con la firma del director del centro y el secretario, con un peritaje caligráfico, pero... y si perdemos el original (y ya no hay centro de formación), ¿nos quedamos sin título?
Cita
DGATD1
Buen dato, gracias.
Pero, y si el IES cierra? porque no son eternos. Las titulaciones son remitidas al ministerio, que registra los títulos, pero... supongo que los expedientes académicos no son registrados ni almacenados, y se podrían perder si el IES cierra, ¿no es así?
Por otro lado, el certificado, es fácilmente falsificable. Si el centro de formación sigue existiendo, siempre se puede contrastar el certificado con el centro de formación, que tendrá el expediente, pero... si ese centro de formación ya no está, ¿cómo puede demostrar un titular de un certificado de nivel 1 que es auténtico? Si el segundo centro quiere dudar de si es falso... ¿cómo podemos obligarle a que lo acepte demostrando que no lo es? es decir, ¿cómo podemos demostrarlo? Bueno, supongo que con la firma del director del centro y el secretario, con un peritaje caligráfico, pero... y si perdemos el original (y ya no hay centro de formación), ¿nos quedamos sin título?
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xao
Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?
Mira que eres retorcido
No quiere responder solo porque te caigo mal?
O por que no sabes la respuesta?
;-)
A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.
Cita
DGATD1
Cita
xao
Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?
Mira que eres retorcido
No quiere responder solo porque te caigo mal?
O por que no sabes la respuesta?
;-)
A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.
Cita
DGATD1
Buen dato, gracias.
Pero, y si el IES cierra? porque no son eternos. Las titulaciones son remitidas al ministerio, que registra los títulos, pero... supongo que los expedientes académicos no son registrados ni almacenados, y se podrían perder si el IES cierra, ¿no es así?
Por otro lado, el certificado, es fácilmente falsificable. Si el centro de formación sigue existiendo, siempre se puede contrastar el certificado con el centro de formación, que tendrá el expediente, pero... si ese centro de formación ya no está, ¿cómo puede demostrar un titular de un certificado de nivel 1 que es auténtico? Si el segundo centro quiere dudar de si es falso... ¿cómo podemos obligarle a que lo acepte demostrando que no lo es? es decir, ¿cómo podemos demostrarlo? Bueno, supongo que con la firma del director del centro y el secretario, con un peritaje caligráfico, pero... y si perdemos el original (y ya no hay centro de formación), ¿nos quedamos sin título?
Le has dado la vuelta a tu título de la EGB?
Cita
Carl-Inox
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DGATD1
Buen dato, gracias.
Pero, y si el IES cierra? porque no son eternos. Las titulaciones son remitidas al ministerio, que registra los títulos, pero... supongo que los expedientes académicos no son registrados ni almacenados, y se podrían perder si el IES cierra, ¿no es así?
Por otro lado, el certificado, es fácilmente falsificable. Si el centro de formación sigue existiendo, siempre se puede contrastar el certificado con el centro de formación, que tendrá el expediente, pero... si ese centro de formación ya no está, ¿cómo puede demostrar un titular de un certificado de nivel 1 que es auténtico? Si el segundo centro quiere dudar de si es falso... ¿cómo podemos obligarle a que lo acepte demostrando que no lo es? es decir, ¿cómo podemos demostrarlo? Bueno, supongo que con la firma del director del centro y el secretario, con un peritaje caligráfico, pero... y si perdemos el original (y ya no hay centro de formación), ¿nos quedamos sin título?
Le has dado la vuelta a tu título de la EGB?
Cita
DGATD1
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xao
Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?
Mira que eres retorcido
No quiere responder solo porque te caigo mal?
O por que no sabes la respuesta?
;-)
A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.
A lo de prevenir caídas de asteroides?
Cita
Carl-Inox
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DGATD1
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xao
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No quiere responder solo porque te caigo mal?
O por que no sabes la respuesta?
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A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.
A lo de prevenir caídas de asteroides?
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Mira que eres retorcido
No quiere responder solo porque te caigo mal?
O por que no sabes la respuesta?
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A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.
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No quiere responder solo porque te caigo mal?
O por que no sabes la respuesta?
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