PROFESIONALES DE LA NIEVE

Enviado: 13-10-2022 12:51
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Lo que hay que leer sorprendido

Un Real Decreto tiene rango del Ley, solo se trata de un matiz en su forma de aprobación.

Es una Ley en la materia concreta que regula

[es.wikipedia.org]

pulgar arriba

Yo rogaría a todo aquél que se documenta jurídicamente en la wikipedia y en lo que escarba penosamente en internet, que no hiciera ninguna valoración jurídica ni comentario alguno en temas legales. Solo sirve para confundir gratuitamente a la gente y emponzoñar los hilos.

Anda. Y se queda tan ancho smiling smiley

No me documento en la wikipedia. Pongo ese enlace para que se vea que esa información es de fácil acceso y comprension.

Confundir y emponzoñar serán otros que no saben de lo que hablan, sobre todo los que postean desde el anonimato o con múltiples nicks....

El que se ha quedao tan ancho eres tú al decir que es lo mismo un RD que una Ley, sumado a decir generalidades y banalidades como que "regula la materia" sin decir nada concreto, de forma que, lejos de aportar, tus últimos comentarios en este hilo solo sirven para confundir a la gente. No sé, quizá en otros lo haces mejor, pero aquí parece que te estás dejando llevar por algunos intereses oscuros y malignos...! jajajaj

Yo solo intento que lo que está escrito, se interprete de la forma objetiva, y mira que yo sería de los primeros interesados en que solo los titulados puedan ejercer la profesión de tan alto riesgo y responsabilidad de la enseñanza del esquí, para así tener más exclusividad, y poder subir la tarifa, y que la gente tenga que esperar su cita del día que le toca una clase, por los pocos titulados que hay, que se jodan, que paguen bien, y que esperen su turno., ¿verdad? Eso es lo que se consigue prohibiendo la actividad a los no titulados.
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Lo que hay que leer sorprendido

Un Real Decreto tiene rango del Ley, solo se trata de un matiz en su forma de aprobación.

Es una Ley en la materia concreta que regula

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Yo rogaría a todo aquél que se documenta jurídicamente en la wikipedia y en lo que escarba penosamente en internet, que no hiciera ninguna valoración jurídica ni comentario alguno en temas legales. Solo sirve para confundir gratuitamente a la gente y emponzoñar los hilos.

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Confundir y emponzoñar serán otros que no saben de lo que hablan, sobre todo los que postean desde el anonimato o con múltiples nicks....

El que se ha quedao tan ancho eres tú al decir que es lo mismo un RD que una Ley, sumado a decir generalidades y banalidades como que "regula la materia" sin decir nada concreto, de forma que, lejos de aportar, tus últimos comentarios en este hilo solo sirven para confundir a la gente. No sé, quizá en otros lo haces mejor, pero aquí parece que te estás dejando llevar por algunos intereses oscuros y malignos...! jajajaj

Yo solo intento que lo que está escrito, se interprete de la forma objetiva, y mira que yo sería de los primeros interesados en que solo los titulados puedan ejercer la profesión de tan alto riesgo y responsabilidad de la enseñanza del esquí, para así tener más exclusividad, y poder subir la tarifa, y que la gente tenga que esperar su cita del día que le toca una clase, por los pocos titulados que hay, que se jodan, que paguen bien, y que esperen su turno., ¿verdad? Eso es lo que se consigue prohibiendo la actividad a los no titulados.

Puf. En tu línea DormidoFacepalm

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Enviado: 13-10-2022 14:32
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Confundir y emponzoñar serán otros que no saben de lo que hablan, sobre todo los que postean desde el anonimato o con múltiples nicks....

El que se ha quedao tan ancho eres tú al decir que es lo mismo un RD que una Ley, sumado a decir generalidades y banalidades como que "regula la materia" sin decir nada concreto, de forma que, lejos de aportar, tus últimos comentarios en este hilo solo sirven para confundir a la gente. No sé, quizá en otros lo haces mejor, pero aquí parece que te estás dejando llevar por algunos intereses oscuros y malignos...! jajajaj

Yo solo intento que lo que está escrito, se interprete de la forma objetiva, y mira que yo sería de los primeros interesados en que solo los titulados puedan ejercer la profesión de tan alto riesgo y responsabilidad de la enseñanza del esquí, para así tener más exclusividad, y poder subir la tarifa, y que la gente tenga que esperar su cita del día que le toca una clase, por los pocos titulados que hay, que se jodan, que paguen bien, y que esperen su turno., ¿verdad? Eso es lo que se consigue prohibiendo la actividad a los no titulados.

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El que se ha quedao tan ancho eres tú al decir que es lo mismo un RD que una Ley, sumado a decir generalidades y banalidades como que "regula la materia" sin decir nada concreto, de forma que, lejos de aportar, tus últimos comentarios en este hilo solo sirven para confundir a la gente. No sé, quizá en otros lo haces mejor, pero aquí parece que te estás dejando llevar por algunos intereses oscuros y malignos...! jajajaj

Yo solo intento que lo que está escrito, se interprete de la forma objetiva, y mira que yo sería de los primeros interesados en que solo los titulados puedan ejercer la profesión de tan alto riesgo y responsabilidad de la enseñanza del esquí, para así tener más exclusividad, y poder subir la tarifa, y que la gente tenga que esperar su cita del día que le toca una clase, por los pocos titulados que hay, que se jodan, que paguen bien, y que esperen su turno., ¿verdad? Eso es lo que se consigue prohibiendo la actividad a los no titulados.

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Buen argumento ! Alabado
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xao
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Enviado: 13-10-2022 15:07
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risas

Y todo esto a cuenta de un post de 2014?

Yo hasta tenía pelo en la cabeza risas
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Enviado: 17-10-2022 14:37
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Y todo esto a cuenta de un post de 2014?

Yo hasta tenía pelo en la cabeza risas
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xao
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Y todo esto a cuenta de un post de 2014?

Yo hasta tenía pelo en la cabeza risas

Eso parece, quizá es que lo de evolucionar, desarrollarse, abrir la mente, y aprender a ver las cosas desde más puntos, no se da mucho por aquí...

Os animo a todos a comprobar lo que hay de intrínseco de envidia, celos, pique, sentimiento de inferioridad o... no sé como llamarlo, en el primero de todos los posts, el de 2014. Suena a rabieta de niño, lo de llamar listillos a aquellos que creen que ya ha sido más que suficiente la inversión realizada en el primer nivel.

Y a día de hoy, después de todos los análisis y las vueltas que se le ha dado, desde diferentes puntos de vista, aún debe quedar alguno que defiende esa postura.
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Enviado: 18-10-2022 09:02
Solo hay una cosa peor a no tener ni idea sobre algo; es saber cuatro tonterías y pensar que ya se sabe todo lo necesario. Los que han cursado el bloque común de la formación de técnico deportivo (eso que algunos llaman TD1) no saben más que cuatro tonterías y no, no tienen ninguna titulación que les sirva para ejercer ninguna profesión.

El bloque común solo sirve para que te lo convaliden cuando cursas otro título de técnico deportivo.
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Enviado: 18-10-2022 14:16
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Solo hay una cosa peor a no tener ni idea sobre algo; es saber cuatro tonterías y pensar que ya se sabe todo lo necesario. Los que han cursado el bloque común de la formación de técnico deportivo (eso que algunos llaman TD1) no saben más que cuatro tonterías y no, no tienen ninguna titulación que les sirva para ejercer ninguna profesión.

El bloque común solo sirve para que te lo convaliden cuando cursas otro título de técnico deportivo.
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Solo hay una cosa peor a no tener ni idea sobre algo; es saber cuatro tonterías y pensar que ya se sabe todo lo necesario. Los que han cursado el bloque común de la formación de técnico deportivo (eso que algunos llaman TD1) no saben más que cuatro tonterías y no, no tienen ninguna titulación que les sirva para ejercer ninguna profesión.

El bloque común solo sirve para que te lo convaliden cuando cursas otro título de técnico deportivo.

Ahora sí que me he perdido, ¿Por qué hablas del bloque común como algo separado? ¿Por qué das a entender que alguien en este hilo podría estar defendiendo que cursar el bloque común del TD1 tiene utilidad? Creo que nadie lo ha hecho. ¿Por qué dices que el bloque común de TD es llamado TD1 por algunos? ¿Dónde te has encontrado eso?
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Enviado: 18-10-2022 14:32
A ver. Para los que se líen con eso del TD1, TD2 y TD3. No existe esa nomenclatura de títulos TD1, TD2 y TD3. Los que existen son dos títulos, no tres, que se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo que vulgarmente llaman algunos TD1 es el bloque común que se cursa cuando estudias cualquier título de técnico deportivo y que en sí mismo considerado no es ningún titulo ni te habilita para absolutamente nada. Solo sirve para que te lo convaliden cuando estudias otra titulación deportiva.
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Enviado: 18-10-2022 15:14
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Si existen.

Un TD1 o TD2, lo pueden serde diversas formaciones, como escalada y montaña, ahi si que el TD1 es igual para unos y otros. En el TD2 es cuando te titulas en montañismo o escalada. Donde escoges una opcion.

En esqui salvo error hay 3 TD1-TD2-TD3 :

TD1
¿QUÉ ES UN TD1 Y EN QUÉ CONSISTE?
PRUEBA DE ACCESO

TD2
¿QUÉ ES UN TD2 Y EN QUÉ CONSISTE?

TD3
¿QUÉ ES UN TD3 O GRADO SUPERIOR Y EN QUÉ CONSISTE?
¿QUÉ NECESITO PARA ACCEDER? Título de Técnico Deportivo de grado medio o titulacion LOE o LOGSE


Esto es al menos en SAFE, el año pasado en Astun. pulgar arriba
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AT
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Enviado: 18-10-2022 15:27
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Sí. TD1 es el primer año del grado medio y TD 2 cuando terminas el grado medio. TD 3 es el grado superior.

Y en todos hay distintos bloques, incluyendo el bloque común. Bloque común y complementario, bloque específico y prácticas en empresa.

[www.iesdomingomiral.com]
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Enviado: 18-10-2022 20:37
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A ver. Para los que se líen con eso del TD1, TD2 y TD3. No existe esa nomenclatura de títulos TD1, TD2 y TD3. Los que existen son dos títulos, no tres, que se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo que vulgarmente llaman algunos TD1 es el bloque común que se cursa cuando estudias cualquier título de técnico deportivo y que en sí mismo considerado no es ningún titulo ni te habilita para absolutamente nada. Solo sirve para que te lo convaliden cuando estudias otra titulación deportiva.
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A ver. Para los que se líen con eso del TD1, TD2 y TD3. No existe esa nomenclatura de títulos TD1, TD2 y TD3. Los que existen son dos títulos, no tres, que se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo que vulgarmente llaman algunos TD1 es el bloque común que se cursa cuando estudias cualquier título de técnico deportivo y que en sí mismo considerado no es ningún titulo ni te habilita para absolutamente nada. Solo sirve para que te lo convaliden cuando estudias otra titulación deportiva.

Quizá sepas más de escalada, de montaña, y de su formación, pero en esquí estás algo perdido.

Nadie en el sector del esquí llama TD1 a un bloque común. El TD1 tiene diversos bloques, uno de ellos es el específico y se imparte en pistas.

Y el nombre oficial es Técnico Deportivo en Esquí Alpino / Snowboard, de Nivel 1


Editado 2 vez/veces. Última edición el 18/10/2022 20:39 por DGATD1.
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Enviado: 19-10-2022 10:18
No. No estoy perdido y sé muy bien lo que me digo. En el Real Decreto 319/2000 que regula los títulos de técnico deportivo de deportes de invierno solo se establecen dos títulos. No tres. Se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo demás es poner motes a las cosas; ni TD1, ni TD2, ni TD3. El bloque común, que es lo que muchos llaman TD1, no es nada ni sirve para nada. Y si alguno al título de técnico deportivo de grado medio (ya sea de alpino, de fondo o de snowboard), le quiere llamar TD1...pues como si le llama TD7327,89.

Y lo demás son ganas de enredar y tonterías.
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Enviado: 19-10-2022 12:35
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No. No estoy perdido y sé muy bien lo que me digo. En el Real Decreto 319/2000 que regula los títulos de técnico deportivo de deportes de invierno solo se establecen dos títulos. No tres. Se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo demás es poner motes a las cosas; ni TD1, ni TD2, ni TD3. El bloque común, que es lo que muchos llaman TD1, no es nada ni sirve para nada. Y si alguno al título de técnico deportivo de grado medio (ya sea de alpino, de fondo o de snowboard), le quiere llamar TD1...pues como si le llama TD7327,89.

Y lo demás son ganas de enredar y tonterías.
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No. No estoy perdido y sé muy bien lo que me digo. En el Real Decreto 319/2000 que regula los títulos de técnico deportivo de deportes de invierno solo se establecen dos títulos. No tres. Se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo demás es poner motes a las cosas; ni TD1, ni TD2, ni TD3. El bloque común, que es lo que muchos llaman TD1, no es nada ni sirve para nada. Y si alguno al título de técnico deportivo de grado medio (ya sea de alpino, de fondo o de snowboard), le quiere llamar TD1...pues como si le llama TD7327,89.

Y lo demás son ganas de enredar y tonterías.

TD1 no es el bloque común, es el primer curso del grado medio. En él hay varios bloques.
El bloque común está en todos los niveles.
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Enviado: 19-10-2022 13:26
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No. No estoy perdido y sé muy bien lo que me digo. En el Real Decreto 319/2000 que regula los títulos de técnico deportivo de deportes de invierno solo se establecen dos títulos. No tres. Se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo demás es poner motes a las cosas; ni TD1, ni TD2, ni TD3. El bloque común, que es lo que muchos llaman TD1, no es nada ni sirve para nada. Y si alguno al título de técnico deportivo de grado medio (ya sea de alpino, de fondo o de snowboard), le quiere llamar TD1...pues como si le llama TD7327,89.

Y lo demás son ganas de enredar y tonterías.
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No. No estoy perdido y sé muy bien lo que me digo. En el Real Decreto 319/2000 que regula los títulos de técnico deportivo de deportes de invierno solo se establecen dos títulos. No tres. Se llaman técnico deportivo y técnico deportivo superior. Lo demás es poner motes a las cosas; ni TD1, ni TD2, ni TD3. El bloque común, que es lo que muchos llaman TD1, no es nada ni sirve para nada. Y si alguno al título de técnico deportivo de grado medio (ya sea de alpino, de fondo o de snowboard), le quiere llamar TD1...pues como si le llama TD7327,89.

Y lo demás son ganas de enredar y tonterías.


No sé si estás de coña o qué risas
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Enviado: 19-10-2022 13:49
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DGATD1


Y el nombre oficial es Técnico Deportivo en Esquí Alpino / Snowboard, de Nivel 1


Y vuelta la burra al trigo.

El técnico deportivo ha terminado su formación como tal y se llama técnico deportivo (de alpino, snow o fondo). NO SE LLAMA OFICIALMENTE DE NINGUNA OTRA MANERA. No existe el título de técnico deportivo de nivel I.

Lo que existe es un CERTIFICADO (que no TÍTULO) de haber cursado el primer nivel.

Hay que saber distinguir entre un certificado y un título; y también hay que saber que lo que pone en un anexo de un Real Decreto no tiene valor normativo.
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Enviado: 19-10-2022 14:24
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Y el nombre oficial es Técnico Deportivo en Esquí Alpino / Snowboard, de Nivel 1


Y vuelta la burra al trigo.

El técnico deportivo ha terminado su formación como tal y se llama técnico deportivo (de alpino, snow o fondo). NO SE LLAMA OFICIALMENTE DE NINGUNA OTRA MANERA. No existe el título de técnico deportivo de nivel I.

Lo que existe es un CERTIFICADO (que no TÍTULO) de haber cursado el primer nivel.

Hay que saber distinguir entre un certificado y un título; y también hay que saber que lo que pone en un anexo de un Real Decreto no tiene valor normativo.
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Y el nombre oficial es Técnico Deportivo en Esquí Alpino / Snowboard, de Nivel 1


Y vuelta la burra al trigo.

El técnico deportivo ha terminado su formación como tal y se llama técnico deportivo (de alpino, snow o fondo). NO SE LLAMA OFICIALMENTE DE NINGUNA OTRA MANERA. No existe el título de técnico deportivo de nivel I.

Lo que existe es un CERTIFICADO (que no TÍTULO) de haber cursado el primer nivel.

Hay que saber distinguir entre un certificado y un título; y también hay que saber que lo que pone en un anexo de un Real Decreto no tiene valor normativo.

Nadie ha dicho que el TD1 sea un título, y nadie ha dicho que no sea un certificado. Eso lo sabemos todos.

Es cierto que tienes razón en que la nomenclatura TD1, 2 y 3 no es rigurosa, y por tanto, no es correcta, y no hay un título llamado "Técnico deportivo de nivel 1/2/3", pero en lo que dices del bloque común, te equivocas, puesto que ese "bloque común" se referiría a 65 horas cursadas (en el caso del esquí), cuando el primer nivel del Técnico Deportivo (nivel conocido como TD1) son 255 horas. Puedes verlo en este extracto del Decreto al que tú haces referencia:



Creo que no debes llamarle "bloque común", porque:
- Nadie en el sector del esquí lo hace
- Porque ni es común,(tiene partes específicas del esquí)
- Ni es un bloque (porque incluye otros bloques, entre ellos el común)

Podríamos llamarle "primera parte del título de Técnico deportivo", o "Primer curso de dos, del título de Técnico Deportivo", que una vez obtenido de forma completa, te da acceso al segundo curso (segundo nivel) para con ello completar la titulación de grado medio.

Cuando se trata de bloques, tú puedes cursar diferentes bloques de forma simultánea, y no necesitas aprobar primero uno para acceder a otro, como en el caso del TD1, necesario para cursar el TD2. Se considera una formación completa, que tienes que terminar para pasar a la siguiente formación, por eso se la llaman "de primer nivel" y "de segundo nivel". Sería como el primer curso de la titulación. Sería como decir: no tienes el Bachiller, pero tienes 1º de Bachiller realizado, que para muchas cosas no es suficiente, pero para otras, podrían pedírtelo si quien te va a contratar, lo considera así.

Pero todos nos entendemos con nivel 1, 2 y 3, porque se corresponde con el primer nivel (primer curso del grado medio), con el segundo nivel (segundo curso del grado medio), y con el grado superior, que por seguir la misma línea, se le llama nivel 3. Hasta los Centros de formación le llaman así, y el Ministerio no parece haberles dicho que no lo hagan, porque existe una coherencia y una correspondencia entre ambas nomenclaturas. Un ejemplo: [www.tecnicosdeportivosmontessierra.com]


Editado 1 vez/veces. Última edición el 19/10/2022 14:35 por DGATD1.
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Enviado: 19-10-2022 14:26
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Pues eso, que ocho años después los que tienen su certificado TD1, no título, nadie ha dicho que lo sea, siguen trabajando legalmente gracias a las leyes del deporte, que se han basado para su confección en el famoso Real Decreto de enseñanzas deportivas, anexos incluidos

No se entiende si no que varias de esas leyes autonómicas hayan sido recurridas y modificadas, cuando no se encuentran paralizadas, al entrar en contradiccion con esos textos que no tienen valor normativo

Se trabaja en toda España, en varios países de la UE y en Sudamérica, con ese certificado de haber cursado y aprobado la primera parte del grado medio

Y seguirán trabajando
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Enviado: 19-10-2022 14:40
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Pues eso, que ocho años después los que tienen su certificado TD1, no título, nadie ha dicho que lo sea, siguen trabajando legalmente gracias a las leyes del deporte, que se han basado para su confección en el famoso Real Decreto de enseñanzas deportivas, anexos incluidos

No se entiende si no que varias de esas leyes autonómicas hayan sido recurridas y modificadas, cuando no se encuentran paralizadas, al entrar en contradiccion con esos textos que no tienen valor normativo

Se trabaja en toda España, en varios países de la UE y en Sudamérica, con ese certificado de haber cursado y aprobado la primera parte del grado medio

Y seguirán trabajando
Todo esto me hace plantearme un tema:

El certificado de TD1... ¿de qué depende su existencia? Es decir...

¿Está registrado en alguna parte? Un título pude ser consultado en el Ministerio de Educación, pero... la superación de un primer curso, entiendo que no está registrada, más que en el centro de formación.

Si el centro de formación cierra:
- ¿cómo demuestras que tienes el primer nivel, para acceder a un nivel 2 en otro centro?
- ¿Cual es el documento acreditativo del nivel 1?
- ¿Y si se te quema o lo pierdes?
- ¿Cómo comprueba el centro de formación que el certificado del primer nivel es auténtico, para darte acceso a cursar el segundo nivel?

¿Alguien tiene respuesta a estas cosas?
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Enviado: 19-10-2022 15:13
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Todo esto me hace plantearme un tema:

El certificado de TD1... ¿de qué depende su existencia? Es decir...

¿Está registrado en alguna parte? Un título pude ser consultado en el Ministerio de Educación, pero... la superación de un primer curso, entiendo que no está registrada, más que en el centro de formación.

Si el centro de formación cierra:
- ¿cómo demuestras que tienes el primer nivel, para acceder a un nivel 2 en otro centro?
- ¿Cual es el documento acreditativo del nivel 1?
- ¿Y si se te quema o lo pierdes?
- ¿Cómo comprueba el centro de formación que el certificado del primer nivel es auténtico, para darte acceso a cursar el segundo nivel?

¿Alguien tiene respuesta a estas cosas?
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DGATD1
Todo esto me hace plantearme un tema:

El certificado de TD1... ¿de qué depende su existencia? Es decir...

¿Está registrado en alguna parte? Un título pude ser consultado en el Ministerio de Educación, pero... la superación de un primer curso, entiendo que no está registrada, más que en el centro de formación.

Si el centro de formación cierra:
- ¿cómo demuestras que tienes el primer nivel, para acceder a un nivel 2 en otro centro?
- ¿Cual es el documento acreditativo del nivel 1?
- ¿Y si se te quema o lo pierdes?
- ¿Cómo comprueba el centro de formación que el certificado del primer nivel es auténtico, para darte acceso a cursar el segundo nivel?

¿Alguien tiene respuesta a estas cosas?

Imagino que igual que si tienes aprobados ciertos cursos de otras titulaciones. Con el expediente académico y certificados.
En caso de centros privados pues no sé, lo que yo conozco es un instituto público e imagino que guardan los expedientes académicos de las enseñanzas deportivas igual que los de bachillerato o la ESO.
En centros privados pues imagino que estarán regulados y será lo mismo que si estudias una FP de lo que sea en un centro privado y te trasladas a otro centro.

Aquí viene la documentación que piden para matricularse del TD2, en concreto dice

En caso de haber terminado la formación (TD1) en otro centro, aportar certificado de superación además del resto de la documentación detallada arriba...


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Enviado: 19-10-2022 15:36
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Todos los centros de formación tienen que estar adscritos a un IES, y éstos tienen todos los historiales académicos de los alumnos
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Enviado: 19-10-2022 15:37
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Todo esto me hace plantearme un tema:

El certificado de TD1... ¿de qué depende su existencia? Es decir...

¿Está registrado en alguna parte? Un título pude ser consultado en el Ministerio de Educación, pero... la superación de un primer curso, entiendo que no está registrada, más que en el centro de formación.

Si el centro de formación cierra:
- ¿cómo demuestras que tienes el primer nivel, para acceder a un nivel 2 en otro centro?
- ¿Cual es el documento acreditativo del nivel 1?
- ¿Y si se te quema o lo pierdes?
- ¿Cómo comprueba el centro de formación que el certificado del primer nivel es auténtico, para darte acceso a cursar el segundo nivel?

¿Alguien tiene respuesta a estas cosas?
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Todo esto me hace plantearme un tema:

El certificado de TD1... ¿de qué depende su existencia? Es decir...

¿Está registrado en alguna parte? Un título pude ser consultado en el Ministerio de Educación, pero... la superación de un primer curso, entiendo que no está registrada, más que en el centro de formación.

Si el centro de formación cierra:
- ¿cómo demuestras que tienes el primer nivel, para acceder a un nivel 2 en otro centro?
- ¿Cual es el documento acreditativo del nivel 1?
- ¿Y si se te quema o lo pierdes?
- ¿Cómo comprueba el centro de formación que el certificado del primer nivel es auténtico, para darte acceso a cursar el segundo nivel?

¿Alguien tiene respuesta a estas cosas?
El Centro de formacion es el que emite un certificado de superación del Nivel I completo , y que está validado por la Consejería de educación de cada autonomía.
Los que tienen el Nivel I , pueden trabajar porque así lo contempla el Real Decreto que refleja expresamente cuáles son sus competencias profesionales y en qué estructuras deportivas deben ejercer por que también necesitan de supervisión técnica , hasta que tengan el Nivel II y ya tenga un título como tal .
Así que eso de que el Nivel I no sirve de nada es poco riguroso y muy inexacto .
Incluso hay normas que otorgan una certificación profesional a profesores que han ejercido sin titulación y que pueden demostrar cotizaciones por ejercer en escuelas , y a antiguas titulaciones (,colaborador , auxiliar, cursos de distintas federaciones...) con los mismos requisitos de demostrar ejercicio y alta en la seguridad social.
Cuando se desarrolló el decreto de formación, el nivel I se diseñó para dar salida a futuros profesores sin una necesidad de tener que pasar varias temporadas en obtener el título y no poder ejercer con niveles bajos , teniendo formación suficiente, comparado con los que hasta ese momento ejercían en las escuelas ,con un cursillo de una semana o dos, en el mejor de los casos, como colaboradores.
Un saludo,
Antonio Serrano
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Enviado: 19-10-2022 20:34
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Todos los centros de formación tienen que estar adscritos a un IES, y éstos tienen todos los historiales académicos de los alumnos
Buen dato, gracias.

Pero, y si el IES cierra? porque no son eternos. Las titulaciones son remitidas al ministerio, que registra los títulos, pero... supongo que los expedientes académicos no son registrados ni almacenados, y se podrían perder si el IES cierra, ¿no es así?

Por otro lado, el certificado, es fácilmente falsificable. Si el centro de formación sigue existiendo, siempre se puede contrastar el certificado con el centro de formación, que tendrá el expediente, pero... si ese centro de formación ya no está, ¿cómo puede demostrar un titular de un certificado de nivel 1 que es auténtico? Si el segundo centro quiere dudar de si es falso... ¿cómo podemos obligarle a que lo acepte demostrando que no lo es? es decir, ¿cómo podemos demostrarlo? Bueno, supongo que con la firma del director del centro y el secretario, con un peritaje caligráfico, pero... y si perdemos el original (y ya no hay centro de formación), ¿nos quedamos sin título?
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xao
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Enviado: 19-10-2022 20:52
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Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?

Mira que eres retorcido
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Enviado: 19-10-2022 20:58
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Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?

Mira que eres retorcido
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xao
Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?

Mira que eres retorcido

No quiere responder solo porque te caigo mal?

O por que no sabes la respuesta?

;-)

A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.
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AT
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Enviado: 19-10-2022 20:59
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Hoy en día los expedientes académicos están guardados en formato electrónico, y diría que en bases de datos centralizadas. Si un IES cierra la información está en las bases de datos de las Consejerías de educación.
En archivos de papel y sin informatizar hay expedientes de muchos años. No sé qué pasaría si un IES cerrara, si irían al archivo de otro instituto. Yo de adulta he tenido que pedir un certificado de notas de BUP y COU y han tenido que ir a buscar mi expediente al archivo. A pesar de tener mi título de BUP, mi papeleta de la selectividad y mi título universitario lo necesitaba para solicitar plaza en una FP de grado superior. Si hubiera cerrado el instituto no sé donde lo hubiera tenido que pedir, pero se plantearía el mismo problema que comentas.
Es decir no es un tema específico de los técnicos deportivos, sino que será lo mismo que puede pasar con otros estudios. Pero vamos, que hoy en día al guardarse digitalizado parece menos problema si cierra un instituto.
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Enviado: 19-10-2022 21:09
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Hoy en día los expedientes académicos están guardados en formato electrónico, y diría que en bases de datos centralizadas. Si un IES cierra la información está en las bases de datos de las Consejerías de educación.
En archivos de papel y sin informatizar hay expedientes de muchos años. No sé qué pasaría si un IES cerrara, si irían al archivo de otro instituto. Yo de adulta he tenido que pedir un certificado de notas de BUP y COU y han tenido que ir a buscar mi expediente al archivo. A pesar de tener mi título de BUP, mi papeleta de la selectividad y mi título universitario lo necesitaba para solicitar plaza en una FP de grado superior. Si hubiera cerrado el instituto no sé donde lo hubiera tenido que pedir, pero se plantearía el mismo problema que comentas.
Es decir no es un tema específico de los técnicos deportivos, sino que será lo mismo que puede pasar con otros estudios. Pero vamos, que hoy en día al guardarse digitalizado parece menos problema si cierra un instituto.
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AT
Hoy en día los expedientes académicos están guardados en formato electrónico, y diría que en bases de datos centralizadas. Si un IES cierra la información está en las bases de datos de las Consejerías de educación.
En archivos de papel y sin informatizar hay expedientes de muchos años. No sé qué pasaría si un IES cerrara, si irían al archivo de otro instituto. Yo de adulta he tenido que pedir un certificado de notas de BUP y COU y han tenido que ir a buscar mi expediente al archivo. A pesar de tener mi título de BUP, mi papeleta de la selectividad y mi título universitario lo necesitaba para solicitar plaza en una FP de grado superior. Si hubiera cerrado el instituto no sé donde lo hubiera tenido que pedir, pero se plantearía el mismo problema que comentas.
Es decir no es un tema específico de los técnicos deportivos, sino que será lo mismo que puede pasar con otros estudios. Pero vamos, que hoy en día al guardarse digitalizado parece menos problema si cierra un instituto.

Me refiero a los TD porque, cuando tienes un título completo, éste se registra en el Ministerio de Educación o consejerías, como dices. Pero... cuando no tienes el título entero, ¿también se registra todo el expediente?

Yo puedo consultar en la sede del Ministerio mi título de bachiller y universitario, pero no mi Nivel 1 del TD. Será que no lo tienen... ¿?
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Enviado: 19-10-2022 21:49
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Buen dato, gracias.

Pero, y si el IES cierra? porque no son eternos. Las titulaciones son remitidas al ministerio, que registra los títulos, pero... supongo que los expedientes académicos no son registrados ni almacenados, y se podrían perder si el IES cierra, ¿no es así?

Por otro lado, el certificado, es fácilmente falsificable. Si el centro de formación sigue existiendo, siempre se puede contrastar el certificado con el centro de formación, que tendrá el expediente, pero... si ese centro de formación ya no está, ¿cómo puede demostrar un titular de un certificado de nivel 1 que es auténtico? Si el segundo centro quiere dudar de si es falso... ¿cómo podemos obligarle a que lo acepte demostrando que no lo es? es decir, ¿cómo podemos demostrarlo? Bueno, supongo que con la firma del director del centro y el secretario, con un peritaje caligráfico, pero... y si perdemos el original (y ya no hay centro de formación), ¿nos quedamos sin título?
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DGATD1
Buen dato, gracias.

Pero, y si el IES cierra? porque no son eternos. Las titulaciones son remitidas al ministerio, que registra los títulos, pero... supongo que los expedientes académicos no son registrados ni almacenados, y se podrían perder si el IES cierra, ¿no es así?

Por otro lado, el certificado, es fácilmente falsificable. Si el centro de formación sigue existiendo, siempre se puede contrastar el certificado con el centro de formación, que tendrá el expediente, pero... si ese centro de formación ya no está, ¿cómo puede demostrar un titular de un certificado de nivel 1 que es auténtico? Si el segundo centro quiere dudar de si es falso... ¿cómo podemos obligarle a que lo acepte demostrando que no lo es? es decir, ¿cómo podemos demostrarlo? Bueno, supongo que con la firma del director del centro y el secretario, con un peritaje caligráfico, pero... y si perdemos el original (y ya no hay centro de formación), ¿nos quedamos sin título?

Le has dado la vuelta a tu título de la EGB?
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Enviado: 19-10-2022 21:50
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Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?

Mira que eres retorcido

No quiere responder solo porque te caigo mal?

O por que no sabes la respuesta?

;-)

A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.
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xao
Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?

Mira que eres retorcido

No quiere responder solo porque te caigo mal?

O por que no sabes la respuesta?

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A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.

A lo de prevenir caídas de asteroides?
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Enviado: 19-10-2022 21:56
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DGATD1
Buen dato, gracias.

Pero, y si el IES cierra? porque no son eternos. Las titulaciones son remitidas al ministerio, que registra los títulos, pero... supongo que los expedientes académicos no son registrados ni almacenados, y se podrían perder si el IES cierra, ¿no es así?

Por otro lado, el certificado, es fácilmente falsificable. Si el centro de formación sigue existiendo, siempre se puede contrastar el certificado con el centro de formación, que tendrá el expediente, pero... si ese centro de formación ya no está, ¿cómo puede demostrar un titular de un certificado de nivel 1 que es auténtico? Si el segundo centro quiere dudar de si es falso... ¿cómo podemos obligarle a que lo acepte demostrando que no lo es? es decir, ¿cómo podemos demostrarlo? Bueno, supongo que con la firma del director del centro y el secretario, con un peritaje caligráfico, pero... y si perdemos el original (y ya no hay centro de formación), ¿nos quedamos sin título?

Le has dado la vuelta a tu título de la EGB?
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Carl-Inox
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Buen dato, gracias.

Pero, y si el IES cierra? porque no son eternos. Las titulaciones son remitidas al ministerio, que registra los títulos, pero... supongo que los expedientes académicos no son registrados ni almacenados, y se podrían perder si el IES cierra, ¿no es así?

Por otro lado, el certificado, es fácilmente falsificable. Si el centro de formación sigue existiendo, siempre se puede contrastar el certificado con el centro de formación, que tendrá el expediente, pero... si ese centro de formación ya no está, ¿cómo puede demostrar un titular de un certificado de nivel 1 que es auténtico? Si el segundo centro quiere dudar de si es falso... ¿cómo podemos obligarle a que lo acepte demostrando que no lo es? es decir, ¿cómo podemos demostrarlo? Bueno, supongo que con la firma del director del centro y el secretario, con un peritaje caligráfico, pero... y si perdemos el original (y ya no hay centro de formación), ¿nos quedamos sin título?

Le has dado la vuelta a tu título de la EGB?

No te entiendo... Llorón
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Enviado: 19-10-2022 21:57
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Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?

Mira que eres retorcido

No quiere responder solo porque te caigo mal?

O por que no sabes la respuesta?

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A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.

A lo de prevenir caídas de asteroides?
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Carl-Inox
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Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?

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O por que no sabes la respuesta?

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A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.

A lo de prevenir caídas de asteroides?

Sí, y fallos en las vacunas
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Enviado: 19-10-2022 21:59
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Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?

Mira que eres retorcido

No quiere responder solo porque te caigo mal?

O por que no sabes la respuesta?

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A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.
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Y si cae un asteroide y se va medio planeta a la mierda?

Mira que eres retorcido

No quiere responder solo porque te caigo mal?

O por que no sabes la respuesta?

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A ver, que nunca pasa nada , nunca pasa nada, hasta que pasa. Yo me dedico a eso... así que es deformación profesional.

Te dedicas a que no pase nada o a que pase?
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