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SN es asín
Enviado: 14-02-2011 20:24
Friolero, me temo que eres tú quien retuerce los argumentos. La sierra no es solo una estación de esquí, ni los terrenos son propiedad de cetursa. Los terrenos sobre los que se asienta la estación son de titularidad pública y son también utilizados por muchas personas que practican otras actividades distintas al esquí alpino.

Si esquías en la sierra (cosa que dudo) habrás visto muchas veces a esquiadores de travesía, esquiadores de fondo, montaneros con raquetas o con crampones que pasan por las pistas de esquí pero que sin embargo no compran forfait ni hacen uso de los remontes de cetursa.Toda esta gente tienen derecho a deambular libremente por la sierra sin nadie les ponga trampas que pueda provocarles graves accidentes. Si cetursa quiere tender cables por las pistas para facilitar los trabajos de preparación y acondicionamiento debe hacerlo de tal manera que no ponga en peligro la integridad física de ninguna persona. Y si para ello es necesario poner una señal cada medio metro así debe hacerlo.
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Enviado: 14-02-2011 20:43
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friolero, como tienes tantos conocimientos de leyes, me gustaria saber en que ley, y artículo se regula el transito de personas por la zona de sierranevada, incluida la estación de esqui.
me gustaria saber donde pone que una parte de un parque natural esta cerrado al acceso de las personas sea la hora que sea, donde aparece que cetursa pueda abrir o cerrar la montaña cuando ellos quieram y en que ley aparece que cetursa puede tirar un cable que cruce media montaña el cual puede matar a un montañero o a cualquier animal que este pasando por la sierra.
no me parece normal que hayan 3 paginas con gente diciendo si se puede o no se puede andar por la sierra y que todabia NADIE haya expuesto una ley, un articulo o algo en el que se indique si se puede o no se puede andar por al sierra.
yo repito que no he encontrado nada, si he encontrado qe no se puede cazar, que no se pude pescar, que no se puede construir NADA, solamente los minimos remontes para poder acceder a las pistas.
¿El montañero que vuelva denoche y tenga que bajar por una pista es un loco? ¿incumple una norma?
Quienes incumplen la ley son los cientos personas que estan en sus telesillas y se dedican a tirar su colillas de cigarros y puros a la nieve, sus bolsas, las botellas y las miles de mierdas que veo cada vez que me subo a un telesilla.
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Enviado: 14-02-2011 21:25
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La sierra no es de Cetursa.
Cualquiera puede transitar (esquiador, montañero, o lo q sea) la montaña, a cualquier hora, al igual q en toda ciudad o lugar público.
En caso de accidente y si el cable no esta bien señalizado, el responsable es el que causa el daño. Lo mismo ocurre con los carteles de suelo mojado, si friegan el suelo, no lo señalizan y te resbalas, ya sabe que el q paga es el propietario de local.



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Enviado: 14-02-2011 21:31
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El uso del cable no solo sirve para que la maquina no retroceda, todos sabemos que durante el dia los esquiadores derrapan la nieve y la arrastran hasta el fondo de las pistas y gracias a la ajuda del cable es mucho mas facil remontar la nieve, alizar la pista y no dejar marcas de cadenas en los puntos que la maquina derrapa.

Yo no creo que sea necesario señalizar todas las pistas que se frezan, creo que es mucho mas facil que el montañero que transite de noche por la montaña se informe de los riesgos. Al igual que uno se informa antes de una ascencion del riesgo de aludes, del material necesario para realizar un corredor de hielo.....

Todos sabemos o deberiamos saber que durante la noche en una estacion de esqui trabajan las maquinas pisanieves y que ello conlleva un riesgo.

No solo es peligroso el uso del cable, tambien puede ser muy peligroso el estar por debajo de una pista negra o roja esquiando mientras por encima de nuestra cabeza tenemos una maquina trabajando a la cual se le puede escapar un bolo de nieve el que nos puede producir una buena fractura.

Por eso recomiendo que el que decida transitar de noche por una estacion de esqui se informe de los peligros, Porque no todos vamos a tener la suerte de solo impactar con la espinilla al cable.
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Enviado: 14-02-2011 23:14
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dabid 82, estoy deacuerdo contigo, cuando uno va a la montaña, tiene que conocer los riesgos y saber lo que le puede ocurrir, tiene que preveer la ruta de ida y de vuelta y los posibles peligros, pero tambien hay que comprender que las pistas de sierranevada ocupan un espacio enorme, y un montañero no puede dar un rodeo de nosecuantos kilometros denoche para regresar a su casa, por el hecho de que una empresa este pisando unas pistas de la forma mas comoda posible, sin advertir de los riesgos.
es como si en una carretera un camion ha volcado, se cae grava y no se señaliza, te sales de la carretera y te matas.
de quien es la culpa ¿del conductor por no preveer que circulan camiones con grava o del mantenimiento de carreteras?

si un maquinista no puede parar cada dos por tres para poner carteles de aviso, que cetursa contrate a mas personas para que se encarguen de ir colocando y quitando las señales de aviso, que para eso cobran tan caro el forfait.
las pistas en sieranevada estan muy juntas, asi qe no es dificil que una persona señalice un amplio rango de pistas.
Lo que no veo normal es que se llame a una persona incosciente por circula denoche por una montaña.
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Enviado: 14-02-2011 23:57
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victorvictor

Lo que no veo normal es que se llame a una persona incosciente por circula denoche por una montaña.

Circular de noche por una pista de ski cerrada no es que sea muy inteligente...
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Enviado: 15-02-2011 00:41
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dime en que articulo de que ley aparece que ese camino este cerrado al acceso y circulación de las personas.
cuando cetursa dice que cierra significa que ellos no suben a mas gente por los remontes y no se hacen responsables de lo le ocurra a las personas que circulen por la montaña, igual que no se hace responsable del que suba por su propio pie por la mañana y baje con sus esquies sin pagar forfait mientras cetursa tenga abierto sus remontes.
si tan inteligentes somos todos, por favor hagamos las cosas bien, existe un lugar donde todos los reglamentos estan publicados, muestrenme el reglamento donde aparezca que no se pueda circular libremente por esa zona, o que cetursa diga cuando se peude o cuando no se puede circular.
igual que si uno sube por sus propios medios, es responsable de los daños que pueda causar, si cetursa pone un cable enmedio de una montaña, es responsable del daño que pueda causar a las personas que circulen por la montaña.
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Enviado: 15-02-2011 02:38
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victorvictor
dime en que articulo de que ley aparece que ese camino este cerrado al acceso y circulación de las personas.
cuando cetursa dice que cierra significa que ellos no suben a mas gente por los remontes y no se hacen responsables de lo le ocurra a las personas que circulen por la montaña, igual que no se hace responsable del que suba por su propio pie por la mañana y baje con sus esquies sin pagar forfait mientras cetursa tenga abierto sus remontes.
si tan inteligentes somos todos, por favor hagamos las cosas bien, existe un lugar donde todos los reglamentos estan publicados, muestrenme el reglamento donde aparezca que no se pueda circular libremente por esa zona, o que cetursa diga cuando se peude o cuando no se puede circular.
igual que si uno sube por sus propios medios, es responsable de los daños que pueda causar, si cetursa pone un cable enmedio de una montaña, es responsable del daño que pueda causar a las personas que circulen por la montaña.

Vamos a ver, bajar una montaña de noche sin apenas visibilidad con unos esquís/tabla por zonas en las que desconocemos su estado (por posibles cables de seguridad, zanjas, placas de hielo, avalanchas, etc... ) no es muy inteligente, no importa que este prohibido o no, o que se pueda o no se pueda, o entrar en polémica con lo de quien puso el cable que me decapitó tenia la culpa... se trata de que estés dispuesto a correr riesgos imprevistos e innecesarios y que puedas morir por nada, y a esto se le llama ser un inconsciente.
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Enviado: 15-02-2011 10:16
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por la montaña no solo se circula con esquies, hay material perfecto para andar sobre hielo, para ver denoche en la montaña(la luna en ocasiones permite ver perfectamente).
las personas que mas sufren esto son los montañeros, personas preparadas, que entienden de montaña, la respetan y saben donde estan sus limites.
no veo normal que llamen incoscientes a personas que sufren peligro de sufrir un accidente por culpa de un cable que cruza una montaña.
incosciente es el que baja esquiando a altas velocidades por las pistas, el que viene a esquiar sin una mochila con agua, crema protectora, algo de azucar y lo minimo necesario por si te pierdes o te ocurre algo.
incosciente es el que se dedica a tirar botellas, papeles, envoltorios, colillas y mierdas en un parque natural.
si das una vuelta por el rincon montañero y ves las rutas que hacen, veras que andar denoche en una pista pisada con apenas hielo, es para ellos un paseo de niños, un modo rapido de salir en caso de tener que salir rapido del lugar.
si cetursa (no los pisapistas) quiere poner un cable que cruce la sierra, lo mínimo que tiene que hacer es avisar de ese cable de alguna forma, por que la montaña no es de ellos, y ellos no marcan los limites de lo que se puede y no se puede hacer.
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Enviado: 15-02-2011 20:51
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Alguien decía que no se ha expuesto nada sobre legalidad o reglamentación sobre la utilización de la estación en horas fuera de servicio, acceso a la misma y responsabildiades.

He ocupado un buenrato en revisar la legislación respectoa Parques Naturales y en concreto el de SN. De forma muy resumida, puesto que existe esa legislación en forma muy extensa.

Tenemos la Ley 3/1989, donde se declara SN como Reserva Natural, significando su protección como tal, avalada por la ley española, Unión Europea y la Unesco.

RD 64/1994 donde recoge el Pman Rector de Usos y Gestión de Sierra Nevada, ampliado en el año 2006, vigente.

En el Anexo II, Capítulo I, at. 29 a 36, en concreto el art. 32, recoge la reserva, autorización y accesos a los Parques Naturales o Reservas.

Despues de mucho leer he sacado una conclusión:

Los responsables de las Reservas o Parques Naturales poseen la facultad de autorizar o denegar los accesos a esos espacios, en función de las condiciones que consideren.

Las instalaciones de la estación de esquí está recogida, con sus delimitaciones, ubicada en lo que es Sierra Nevada. Que a su vez, posee su organismo particular de gestión, independiente del Parque o Reserva Natural.

Se generaliza mucho con los acceos y obligaciones. Atendiendo a ello, deduzco que todo acceso debe estar controlado, autorizado y con premisas:

Que se debe hacer por senderos o rutas determinadas.

Que no deben dañar el espacio natural, flora o fauna.

No realizar actividades que dañen el eco sistema.

No realizar acampadas en horario y número no autorizados.

No me extiendo, pero por todo ello, y es el motivo de esto. Una persona que acceda al Parque o Reserva Natural debe cumplir con toda esta normativa y entendamos que cuando lo hace en horario fuera de servicio de la estación de esquí lo hace en un espacio natural protegido, con la singularidad de que existen instalaciones propias de ese deporte que puedan suponer riesgo de accidente en horas fuera de servicio público, instalaciones y actividades autorizadas. No accede a un espacio libre o desprotegido, por lo cual deduzco que es su responsabilidad en caso de sufrir un accidente, como pueda ser cruzarse con un cable cruzado en un determinado terreno, necesario para el mantenimiento de las instalaciones.

La verdad es que la legislación es muy compleja y extensa, y como digo, generaliza en los derechos de acceso y uso, dejando libre el criterio de los responsables de su gestión.

Algún letrado habrá que pueda interpretar algo tan extenso. Yo casi me pierdo en todo su articulado y he sacado esa conclusión, el usuario no tiene libre acceso a ese espacio natural y se debe a las obligaciones estipuladas. Cetursa está autorizada a gestionar el espacio de equí, estación, puede instalar equipamiento en la misma para su buena disposición, como puedan ser cables en pistas, claro, FUERA DE HORARIO DE SERVICIO ABIERTO, y si alguien fuera de ese horario se accidenta por esa causa debe ser bajo su responsablidad. No defiendo a Cetursa, interpreto la legislación vigente.

Un paquetón, pero un buen hilo legal para que alguien con mas criterio ratifique, o rectifque.
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Enviado: 16-02-2011 02:09
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estoy intentando que entre todos ( todos los que realmente tengan interes en saber como podemos movernos por nuestra sierra y quien nos lo indica) aclaremos por donde se puede circular, en que momentos y condiciones.
no quiero quitar ni dar la razon a una persona, simplemente que todos lleguemos a una conclusion acertada y conozcamos un poco mejor nuestros derechos y deberes.

a ver si consigo sacar algo del RD 64/1994 donde recoge el Pman Rector de Usos y Gestión de Sierra Nevada [reddeparquesnacionales.mma.es]

aqui lo teneis un poco mas legible, es una tesis doctoral [www.cea.es]

como bien has dicho :RD 64/1994 donde recoge el Pman Rector de Usos y Gestión de Sierra Nevada, ampliado en el año 2006, vigente. y Articulo 32.
La AMA se reserva el derecho de suspender provisionalmente la autorización de accesos o
acampadas a determinadas zonas del Parque Natural, si así lo aconsejara el interés de
conservación del mismo.

La AMA es quien suspende provisionalmente el acceso, no cetursa.

en el anexo II
SECCIÓN 3.ª DE LAS ACTIVIDADES DE USO PUBLICO

Articulo 29.
En el ámbito del Parque Natural sólo se podrá circular por las sendas y caminos especialmente
autorizados para el paso.

Es decir que se puede circular por los caminos autorizados y marcados, no indica nada de que solo se pueda circular con buen tiempo, nada de no circular denoche etcetc.


en este enlace en la tercera pagina aparece un mapa con algunas de las rutas que se pueden hacer, y pasan por la estacion.
no se si el mapa es fiable al 100 por 100 pero es el mejor que he encontrado
[www.deportesostenible.es]

Artículo 30.
La acampada, sea cual sea su modalidad, será regulada por la AMA.
Articulo 31.
Para las actividades de acampada se requerirá autorización de la AMA.
Articulo 32.
La AMA se reserva el derecho de suspender provisionalmente la autorización de accesos o
acampadas a determinadas zonas del Parque Natural, si así lo aconsejara el interés de
conservación del mismo.

Artículo 33.
Se permitirá la acampada en las zonas de protección de Grado A para actividades científicas y
deportivas con autorización de la AMA, de acuerdo con las normas específicas de estas áreas y
previa presentación de los programas y proyectos de desarrollo de dichas actividades.

este articulo muestra cual es la zona A

Artículo 172.
En aplicación de las determinaciones del artículo anterior se definen las siguientes zonas:
1. ZONAS DE PROTECCIÓN GRADO A
Se aplica a aquellos espacios de características excepcionales que engloban un conjunto de
ecosistemas de relevantes valores ecológicos, paisajísticos, científicos y que por su singularidad,
fragilidad o función requieren un nivel de conservación y protección especial quedando
excluidos de los mismos cualquier aprovechamiento productivo que ponga en peligro sus
características. Prevalecerán en esos espacios los objetivos de conservación, investigación e
interpretación de la naturaleza. Se diferencian en esta zona ocho subzonas:
a) Subzona A.1.-Las altas cumbres occidentales. Está formada por la unidad homogénea del
mismo nombre, que comprende las cimas más elevadas:El Veleta, Mulhacén, Alcazaba, El
Caballo, etcétera.
b) Subzona A.2.-La cabecera del río Genil. Encierra la cuenca alta de este río.
c) Subzona A.3.-La orla de los piornales occidentales. Rodea las altas cumbres occidentales y
se extiende hasta los 2.000 m aproximadamente.
d) Subzona A.4.-Las altas cumbres orientales. Se sitúa sobre los 2.000 m y recorre las líneas de
cumbres del sector Este de la Sierra, siendo el pico de San Juan su cima más destacada.
e) Subzona A.5.-Cabecera del río Alhama. Comprende la cuenca de este río, extendiéndose
desde los 2.000 m hasta los 1.200 m de altitud.
f) Subzona A.6.-Area del Trevenque. Encierra el pico del mismo nombre y sus alrededores.
g) Subzona A.7.-Montenegro. Se extiende por el pico de Montenegro, el más oriental de la
cadena y sus faldas.
h) Subzona A.8.-Humedales y turberas de Padul. Esta zona encierra el importante complejo
lagunas de Padul, situado en una posición relativamente excéntrica al Parque Natural, de un
interés naturalístico y paisajístico singular.


esto es lo que yo he conseguido deducir de esa ley, a ver si encuentro algo mas y mas claro.
el dominio esquiable perteneze a zona de protección de grado B, en el apartado c de las zonas de proteccion de grado B indica lo sigueinte :
c) Subzona B.3.-El área de esquí alpino. Se aplica al espacio en que se desarrollan las
actividades deportivas de esquí y donde se extienden las infraestructuras que éstas
requieren. Se corresponden con la superficie de la concesión actual a CERTUSA en los
municipios de Monachil y Dílar.
dice que la zona b3 es la superficie de la concesion a cetursa.

habra encontrar esactamente que zona es esa si todo el dominio esquiable o solo las pistas marcadas y que poderes tiene cetursa sobre esa zona y si cetursa es quien determina el acceso a los senderos que cruzan el dominio esquiable.
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Dinosaurius-park.
Enviado: 16-02-2011 13:54
Hola a todos: yo creo que estamos desenfocando el problema, que no es ni más ni menos que el que una persona con unos esquis tropieza con un cable que alguien ha tendido bajo su respoonsabilidad (también bajo sus esquis) , en un espacio abierto físcamente, aunque alguno dicen que está cerrado jurídicamente al estar sometido el paso por la zona donde estaba tendido el cable, a previa autorización administrativa.

Lo primero son hechos incontrovertibles, lo segundo son opiniones y conjeturas No entiendo

Mientras no haya un accidente, todo quedará redudcido a una mera disgresión jurídica o medioambiental, pero si hubiera habido un accidente hubiera intervenido un Juzgado de Instrucción, y lo primero que hubiera hecho es comprobar los hechos y determinar una víctima y un culpable.

A partir de ahí, y teniendo en cuenta que la jurisprudencia, incluso la del TC y TS no son fuentes del Derecho, ya que las únicas fuentes del Derecho son la ley, la costumbre y los pricipios generales del Derecho, pues S.Sª debería aplicarlos.

¿La víctima, en este caso el esquiador accidentado estaba haciendo algo ilegal? ¿estaba haciendo algo fuera de lo acostumbrado? No entiendo

Pero aunque así fuera, lo que se aplicaría, en todo caso, sería el derecho penal, que es preferente. Lo mismo procedería condenar al que ha puesto el cable sin señalizar, y poner una sanción administrativa a quien iba por donde administrativamente no debería ir.Si es que iba, que yo no lo sé.No entiendo

Las referencias jurisprudenciales a este respecto, según mi opinión, serían las dictadas por los tribunales del Orden Jurisdiccional Social respecto de los accidentes de trabajo, de las cuales me he lido una pocas Llorón y el criterio suele ser el de estricta responsabilidad objetiva del empresario en caso de accidente laboral, sólo eludible muy dificilmente ante actitudes claramente irresponsable de la víctima y demostrando que el empresario hizo todo lo posible para evitar ese accidente ( onus probandi).

Y si además, el o la jueza de instrucción es esquiador o esquiadora a ver quien le dice que esquiar en un parque nacional o natural es una conducta irresponsable por parte de la víctima y que el prsunto culpable hace bien en ir tirando cables sin señalizar y sin tomar TODAS las precauciones para que nadie tropiece con ellos.

En el derecho penal la línea divisoria entre el dolo y la culpa, incluso la "levis in abstracto" no autoriza a exclamar ante un cadáver decapitado: ¡que se joda por no ir por donde debía y además sin un permiso de los funcionarios del Parque! sorprendido

Mi opinión es pulgar abajo

Un saludo
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Enviado: 16-02-2011 14:02
Registrado: 15 años antes
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Dinosaurius-park.
Hola a todos: yo creo que estamos desenfocando el problema, que no es ni más ni menos que el que una persona con unos esquis tropieza con un cable que alguien ha tendido bajo su respoonsabilidad (también bajo sus esquis) , en un espacio abierto físcamente, aunque alguno dicen que está cerrado jurídicamente al estar sometido el paso por la zona donde estaba tendido el cable, a previa autorización administrativa.

Lo primero son hechos incontrovertibles, lo segundo son opiniones y conjeturas No entiendo

Mientras no haya un accidente, todo quedará redudcido a una mera disgresión jurídica o medioambiental, pero si hubiera habido un accidente hubiera intervenido un Juzgado de Instrucción, y lo primero que hubiera hecho es comprobar los hechos y determinar una víctima y un culpable.

A partir de ahí, y teniendo en cuenta que la jurisprudencia, incluso la del TC y TS no son fuentes del Derecho, ya que las únicas fuentes del Derecho son la ley, la costumbre y los pricipios generales del Derecho, pues S.Sª debería aplicarlos.

¿La víctima, en este caso el esquiador accidentado estaba haciendo algo ilegal? ¿estaba haciendo algo fuera de lo acostumbrado? No entiendo

Pero aunque así fuera, lo que se aplicaría, en todo caso, sería el derecho penal, que es preferente. Lo mismo procedería condenar al que ha puesto el cable sin señalizar, y poner una sanción administrativa a quien iba por donde administrativamente no debería ir.Si es que iba, que yo no lo sé.No entiendo

Las referencias jurisprudenciales a este respecto, según mi opinión, serían las dictadas por los tribunales del Orden Jurisdiccional Social respecto de los accidentes de trabajo, de las cuales me he lido una pocas Llorón y el criterio suele ser el de estricta responsabilidad objetiva del empresario en caso de accidente laboral, sólo eludible muy dificilmente ante actitudes claramente irresponsable de la víctima y demostrando que el empresario hizo todo lo posible para evitar ese accidente ( onus probandi).

Y si además, el o la jueza de instrucción es esquiador o esquiadora a ver quien le dice que esquiar en un parque nacional o natural es una conducta irresponsable por parte de la víctima y que el prsunto culpable hace bien en ir tirando cables sin señalizar y sin tomar TODAS las precauciones para que nadie tropiece con ellos.

En el derecho penal la línea divisoria entre el dolo y la culpa, incluso la "levis in abstracto" no autoriza a exclamar ante un cadáver decapitado: ¡que se joda por no ir por donde debía y además sin un permiso de los funcionarios del Parque! sorprendido

Mi opinión es pulgar abajo

Un saludo

Lo más coherente de todo pulgar arribapulgar arribapulgar arriba

Debe ser Cetursa la que ponga todos los medios posibles para protegernos de estos cables, y la pregunta es lo ha hecho?, a la vista esta que no Triste
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The Cowboy
Enviado: 16-02-2011 14:13
Dino pulgar arriba .

Pero servidor, como Rey de los peros, tengo uno.

Los maquinistas, toman sus medidas para evitar riesgos. Entre esas medidas, se suelen poner muros de nieve para evitar en la medida de lo posible la entrada de "intrusos". Se coloca un cartel y a veces también se coloca un pirulo con lucecita, señalizando el peligro. Esto ya lo sabes tú mejor que yo.

El problema es el cable que no se ve. Lo más que se podría hacer es pintarlo con algún producto que no afecte al cable, me refiero a corrosiones, etc y que tenga un cierto grado de luminiscencia. O bien que a la vez que se despliegue el cable, de él, cuelgue cada X metros, unos banderines, rojos, etc, etc.

A mí, no se me ocurren más medidas preventivas. Si bien se puede juzgar todo lo que tú quieras (no tú, es una forma de hablar), hay límites en la posibilidad de prevención. No tiene lógica poner una red si esta te la van a poder desmontar, saltar, o pasar por debajo. Si ya te saltan los muros de nieve... ¿Me sigues?

Total. ¿Qué te voy a contar que ya no sepas? Ná. Si acaso voy a poner yo la oreja. Pero esto de que si el obstáculo es artificial, ya la tenemos liada 100% a mí hay veces que me deja flipao.

Pregunto, a ver si tú sabes o conoces. ¿En el mar cómo se las apañan? Las redes, ¿van siempre con boyas? ¿Las de arrastre también?

En escalada. ¿Hay algún tipo de jurisprudencia, o lo que sea, con el tema del material de seguridad (anclajes, parabolts, espits, buriles, etc)? Yo voy a escalar en deportiva. Me subo a un 6a+ que está equipado hace 15 años con parabolts. Me caigo en la penúltima chapa y me hago una cremallera de puta madre, hasta dos chapas del suelo. Me quedo lelo o me mato. ¿Qué?

Yo pienso que en el caso de la escalada estoy metiendo la pata y es mega-demagógico, ya que:

a) No se trata de un obstáculo.

b) Es un elemento de seguridad que falla.

c) El escalador debe conocer mínimamente (ya me dirás cómo) si el material al que se "encomienda" está en condición de servicio.

d) El escalador asume el riesgo inherente a una práctica deportiva "peligrosa".

¿No?
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Enviado: 16-02-2011 14:21
Registrado: 15 años antes
Mensajes: 85
Sobre si es necesario o no el uso de los cables no voy a opinar puesto que no conozco lo suficiente de la materia como para opinar al respecto. Imagino que si los está usando, es porque les hacen falta.

En cualquier caso, dentro de mi espiritu preventivo, considero que, como muchos han dicho ya, deberia de avisarse de alguna manera. Está claro que no se deben usar las pistas fuera de horario y tal, tampoco voy a entrar a eso, cada uno es libre y el monte es de todos. PERO... he tenido oportunidad de observar que, por las noches, cuando van a encender los cañones de nieve y durante su funcionamiento, se les encienden unas luces rojas, como de gálibo, destellantes que se ven desde bastante lejos.

En el punto donde se anclan al cable, una viga bastante grande (habreis visto alguna, imagino) podian poner una señal luminosa similar. El cable no creo que sea de mas de 500 metros, por lo que cuando vieses y/o escuchases la señal de este, deberias (si está haciendo el gamba por las pistas de noche) estar alerta y pensar que una maquina pisapistas puede estar cerca.

Lo que está claro es que las maquinas no las vamos a quitar y los cables (si verdaderamente son tan necesarios o imprescindibles) tampoco. Por tanto, propongo mi idea en materia de prevención.
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Enviado: 16-02-2011 15:20
Registrado: 13 años antes
Mensajes: 41
the cowboy

en mi opinion en el mar por lo que yo conozco la cosa esta mucho mas regulada y sobre todo mucho más clara, sierranevada es parque natural y nacional y est aprotegido.
Se puede navegar si no recuerdo mal desde una hora despues de la salida del sol a una hora antes de la puesta del sol siempre que no se posean las señales adecuadas, es decir, barcos a vela sin luces, tablas de windsurf etc
para circular denoche hay que llevar luces, segun qué estes haciendo( estar fondeado, buceando..) hay una serie de luces y señaes con bolas negras rombos y otras señales.
En barcos a motor, segun el título que poseas (titulin, per etc) puedes llevar un limite de motor y de longitud del barco, y navegar a una distancia de costa.
Las redes van marcadas con bollas con banderines, en los cuales tiene que venir la matrícula del dueño de la red.
las zonas peligrosas viene marcadas en las cartas nauticas, tambien suelen venir marcadas con bollas con luces o por un faro.
Las entradas y salidas por zonas de baño estan limitadas a una velocidad especifica, igual que la entrada, salida y circulación por dentro de un puerto.

seria algo magnifico que entre todos consigamos sacar por donde puede circular cada uno (esquiadores, montañeros) quien manda sobre cada zona y donde hay que ver cómo nos podemos comportar en la montaña y los derechos y deberes que tenemos.

si encuentro quien manda sobre la zona del dominio esquiable y que normas hay en esa zona aviso.
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Dinosaurius-park.
Enviado: 16-02-2011 19:24
Hola cowboy, hola victor.

Yo soy esquiador de diciembre a mayo y navegante a vela, de junio a noviembre, y la verdad, no se qué me gusta más smiling smiley

La ventaja que tiene la mar océana es que sus pistas son igual de largas que de anchas y ocupan las tres cuartas partes de la Tierra.Tampoco hay colas en los remontes, aunque en la mar si hay "carvinistas" de esos que le gustan a Jinm: son los que yo llamo "camioneros del mar" que cuando estás durmiendo la siesta en verano, fondeado, se acercan a toda leche a ver si el barco está lleno de tías en pelota Enfadado - Angry

En mi caso, el que salgo soy yo, por supuesto en pelota, gritando y haciendo gestos obscenos Enfadado - AngryEnfadado - Angry por haberme jodido la siesta veraniega Triste

Tampoco hay que pisar las pistas, y por supuesto, no se puede prohibir navegar a nadie. A lo más que llegan las Capitanías Marítimas es a los llamaods "avisos para navegantes".Diferente es el que patronea sin las debidas autorizaciones administrativas para manejar la embarcación, que será objeto de una sanción de este tipo o incluso en caso de daños a terceros podría agravar su responsabilidad civil y/o penal y por spuesto que el obligatorio seguro de responsabilidad civil no le cubriría Llorón

Navego en una zona muy conflictiva, en canales, con fuertes mareas, prácticas de tiro desde tierra, plataformas de extración de cosas del fondo del mar, barcos arrastreros, dragas fijas o móviles, etc.. En fin, una especie de sitio peligroso en el que afotunadamente nunca he tenido ningúna accidente que lamentar.

Me remito a las reglas para prevencíón de abordajes en el mar, de rango internacional.

Pero hay una regla de oro en la señalización de obstáculos y peligros en el mar: es obligatoria absolutamente una señalización de día y de noche que indique en cualquier circunstancia climatológica la situación y naturaleza tanto de los barcos fondeados o parados, como de cualquier "artefacto flotante" que esté situado en el espacio marítimo.Y esa señalización es responsabilidad exclusiva del propierario del barco o artefacto.

Cuando hacen prácticas de tiro desde Arenosillo, la guardia civil del mar se sitúa al borde del perímetro de caída de los proyectiles y no dejan pasar absolutamente a nadie, eso, claro está, aparte de anunciar en medios de comunicación, clubs marítimos, puertos y demás el día la hora y las coordenadas pulgar arriba

Las almadrabas de Barbate se señalizan en cartas marítimas y con boyas adecuadas.Lo mismo sucede con unas instalaciones mejilloneras que hay en el Cabo de Santa María en el Algarve portugués smiling smiley

En definitiva, que en el mar no existe eso del no pasar y la responsabilidad de señalizar debidamente corresponde al propietario del barco o de la instalción smiling smiley

Lo cual no debe confundirse con la zona de exclusión para determiandas operaciones marítimas que hay establecidas frente a las costas del Coto de Doñana.

Todo está señalizado, todo está programado, todo está avisado, y sin embargo ocurren accidentes

De todas fomas, correspondería al juez, en caso de accidente en el caso de los cables de las máquinas pisapistas, determinar si por parte de su propietario se establecieron o no las debidas señalizaciones y se tomaron las pertinentes medidas en orden a evitar el posible, y espero que no ocurra nunca, accidente. accidente Llorón

Un saludo
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Enviado: 16-02-2011 20:40
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hombre dinosaurio, yo tambine navego, llevo desde pequeño navegando en al zona de cadiz, mas concretamente empece en chipiona y sanlucar. He estado compitiendo en vela liguera y tambien practico windsurf y en verano soy monitor de vela y windsurf por al costa de cadiz, somos unos cuantos los que navegamos en el foro.
actualmente hago windsurf windsurf y mas windsurf en invierno y en verano a trabajar de monitor.
por la zona de chipiona tambien tengo zonas conflictivas, canales, corriente del rio, corrales, salmedina etcetc.
bueno no desvio el tema que es sobre los calbes
un saludo
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Enviado: 16-02-2011 23:44
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Pues bien, hemos conseguido que de un simple tropiezo con un cable, por suerte, pasemos a cátedras en derecho aplicadas a ese simple tropiezo. Alguien lo pretendia y lo ha conseguido. Con Dino seguimos cultivándonos, chapó, dificil contestarle, pero nos falta llegar al fondo, saber, y no en este caso, (si en supuestos de especial gravedad), las responsabilidades en las cuales pudieran concurrir la empresa (Cetursa o AMA) y el usuario. Bien dices que en ese caso intervendrian las autoridades judiciales, y con aplicación del derecho actuarian. Es dificil sondear en el derecho, reglamentos, normas o leyes para aplicarlos ante cualquier suceso, al alcance de los prefesionales, y no lo somos, bueno, excepto Dino, por ello hay que considerar en sumo grado su opinión, pero como simples mortales y con un mínimo de raciocinio tenemos la opción opinión. No cabe duda que ante un accidente se dilucidan las responsabilidades penales y/o civiles, y que una simple infracción administrativa por parte del perjudicado no exime de esa responsabilidad a los agentes causantes, pero eso es materia de instrucción, investigación, enjuiciamiento y sentencia, condenatoria o absolutoria, y como digo, es la Autoridad Judicial quien tiene esa potestad con su conocimiento.

Simplemente, si una noche me meto en el Aguila y bajo con mis esquis soy consciente de que no estoy actuando conforme a la lógica y seguro que estoy incumpliendo algo estipulado legalmente o administrativamente, además, dentro de unas instalaciones que conforman todo tipo de equipamientos, maquinaria u otro tipo de elementos propios de esas instalaciones, por tanto, en mucha parte seré responsable de cuanto me acontezca.

Gracias Dino por esa lección pulgar arriba
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Dinosaurius-park.
Enviado: 17-02-2011 09:22
Hola MikelBilbö: De la responsabilidad penal, vamos a dejar que se ocoupe el Poder( que no la Autoridad) judicial. Es curioso que en la Constitución Española, de los tres poderes, el legislativo, el ejecutivo y el judicial, sólo se le llame Poder al judicial, que además lleva implícito el ejercicio de la "auctoritas". Ellos, dicen los jueces, son el Poder, los otros dos son la Autoridad.

Contaba José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del T.S. que cuando estaba terminando la carrera le preguntó a un catedrático que qué oposiciones le recomendaba hacer. El magistrado le dijo: hágase Vd. juez.Sus hijos podrán mear a los vecinos desde el el balcón de su casa sorprendido

Dice el art 1.902 del C.C. (creo que es, no me voy a poner a mirar) donde se regula la llamada responsabilidad civil extracontractual o aquiliana que el que por acción u omisión, mediando negligencia, cuasare daño a a otro, tendrá la obligación de reparar el daño.

Pero la acción u omisión a que se refiere el C.C. es la del que causa el daño, no se refiere para nada al que recibe el daño No entiendo

Si hay un daño y se prueba que la persona física o jurídica responsable de tal daño ha actuado o dejado de actuar, con negligencia, y se prueba que de ese hacer o no hacer negligente se ha derivado directamente un daño pues deberá reparlo.

Yo creo que de esa responsabilidad no le eximría más que una conducta totalmente irresponsable y casi suicida, como por ejemplo el que se sube a una torre de alta tensión a pesar de la advertencias y de la dificultad que ello conlleva. Pero que yo sepa, esquiar en pistas cerradas o incluso fuera de pistas es una actitud bastante normal en una estación de esquí.

Yo creo, por tanto, que en el campo de la responsabilidad civil tampoco se iría de rositas la estación de esquí pulgar abajo

Queda la otra rama del derecho, la contencioso-administrativa, e incluso otro análisis en el campo del ámbito social del Derecho: ¿puede considerarse accidente de trabajo cuando un pistero o empleado de la estación choca con ese cable? No entiendo

Saludos
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unaesquiadora
Enviado: 17-02-2011 18:29
Sres.
Estoy abrumada con tanta narrativa. Tema escabroso el de juzgar y ser juzgado.
Creo que al margen de dilucidar de quién sería la responsabilidad en caso de accidente, lo más importante es evitarlo y para ello nada mejor que aplicar el SENTIDO COMUN (por otro lado lado, el menos común de los sentidos) por parte de unos y de otros.
Sin dar la razón a nadie, pues se ha visto que no es fácil determinar quién la podría tener.
Particularmente considero una temeridad esquiar de noche y el que lo practique debe saber a lo que se expone.
Un saludo.
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Enviado: 17-02-2011 20:17
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unaesquiadora
Sres.
Estoy abrumada con tanta narrativa. Tema escabroso el de juzgar y ser juzgado.
Creo que al margen de dilucidar de quién sería la responsabilidad en caso de accidente, lo más importante es evitarlo y para ello nada mejor que aplicar el SENTIDO COMUN (por otro lado lado, el menos común de los sentidos) por parte de unos y de otros.
Sin dar la razón a nadie, pues se ha visto que no es fácil determinar quién la podría tener.
Particularmente considero una temeridad esquiar de noche y el que lo practique debe saber a lo que se expone.
Un saludo.

Lo que para uno es una temeridad, para otros es una actividad mas, si alguna vez esquías a la luz de la luna lo sobras, por supuesto que uno conoce los riesgos, de ahi a que te corten la cabeza, pues hay un trecho, vamos digo yo. guiño
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unaesquiadora
Enviado: 18-02-2011 10:04
Claro, por supuesto. Cada uno es libre de practicar la actividad que guste, faltaría más.
Solo pienso, y es una opinión, que utilizando un poquito el sentido común, los responsables de la estación deberían poner todos los medios a su alcance para evitar accidentes e igualmente los que esquian ó transitan por la sierra, a la luz de la luna ó como bien puedan, deberían considerar que quizá no se hayan puesto, por lo que deberían ir con más precaución. Sin saltarse carteles y muros de nieve, por ejemplo.
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Enviado: 18-02-2011 11:29
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esquiadora el problema no es que te saltes un muro y pases por alto un cartel, el problema es que en otras zonas pasan montañeros, andando o esquiando, y no hay carteles ni muros ni nada, simplemente un bonito cable que sin aviso ninguno puede acabar con tu vida.
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unaesquiadora
Enviado: 18-02-2011 11:46
Si estamos de acuerdo.
Por eso digo que los responsables de la estación deberían contemplar incluso la más inverosímil de las situaciones y poner los medios para evitarlas, usando
para ello, después ó antes, de las normas y leyes establecidas al respecto, un poco de sentido común.
Y luego está la responsabilidad del que va por la Sierra, que debería pensar que quizá esas medidas no se han tomado y entonces ir con más cuidado. Por si acaso.
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Enviado: 18-02-2011 14:19
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Dinosaurius-park.
Hola MikelBilbö: De la responsabilidad penal, vamos a dejar que se ocoupe el Poder( que no la Autoridad) judicial. Es curioso que en la Constitución Española, de los tres poderes, el legislativo, el ejecutivo y el judicial, sólo se le llame Poder al judicial, que además lleva implícito el ejercicio de la "auctoritas". Ellos, dicen los jueces, son el Poder, los otros dos son la Autoridad.

Contaba José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del T.S. que cuando estaba terminando la carrera le preguntó a un catedrático que qué oposiciones le recomendaba hacer. El magistrado le dijo: hágase Vd. juez.Sus hijos podrán mear a los vecinos desde el el balcón de su casa sorprendido

Dice el art 1.902 del C.C. (creo que es, no me voy a poner a mirar) donde se regula la llamada responsabilidad civil extracontractual o aquiliana que el que por acción u omisión, mediando negligencia, cuasare daño a a otro, tendrá la obligación de reparar el daño.

Pero la acción u omisión a que se refiere el C.C. es la del que causa el daño, no se refiere para nada al que recibe el daño No entiendo

Si hay un daño y se prueba que la persona física o jurídica responsable de tal daño ha actuado o dejado de actuar, con negligencia, y se prueba que de ese hacer o no hacer negligente se ha derivado directamente un daño pues deberá reparlo.

Yo creo que de esa responsabilidad no le eximría más que una conducta totalmente irresponsable y casi suicida, como por ejemplo el que se sube a una torre de alta tensión a pesar de la advertencias y de la dificultad que ello conlleva. Pero que yo sepa, esquiar en pistas cerradas o incluso fuera de pistas es una actitud bastante normal en una estación de esquí.

Yo creo, por tanto, que en el campo de la responsabilidad civil tampoco se iría de rositas la estación de esquí pulgar abajo

Queda la otra rama del derecho, la contencioso-administrativa, e incluso otro análisis en el campo del ámbito social del Derecho: ¿puede considerarse accidente de trabajo cuando un pistero o empleado de la estación choca con ese cable? No entiendo

Saludos

Si discrepo contigo en materia de derecho seguro que es como golpearme contra un muro, un enano ante Gulliver. Pero es por mantener el dialogo y lo que nos puede reportar.

Sin ser un "docto" en la materia, los tres "Poderes" del Estado, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, como entes se les denomina así, pero siempre he entendido que un juez es la Autoridad Judicial, así como un agente de policía no es la "Autoridad", como en tiempos pasados( por suerte) se autoproclamaban, son "agentes de la Autoridad", o sea, actúan bajo supervisión y bajo las órdenes de esa Autoridad, incluso por encima de cualquier orden o disposición del "poder ejecutivo". Por eso la opinión generalizada de los jueces son "Dios", si mi hijo hubiera ido por esa rama también le animaría a que llegase a Juez.

No cabe duda, en este tipo de accidentes, es ineludible la responsabilidad civil del causante, como dices, salvo que el dañado haya cometido tal acción de suma gravedad o negligencia, inscluso así habría dudas.

No he conseguido encontrar las directrices que debe seguir Cetursa para con el espacio que está autorizado a gestionar y cuidar, si puede o no impedir a cualquier usuario el paso a personas que lo deseen hacer fuera de servicio de la estación, y, claro, que medios debe disponer para informar a todo el que se le ocurra entrar en la estación en esas condiciones. Bien dices, cualquier sentencia contra Cetursa, condenatoria, no es bueno para nadie, significa que cometen imprudencias o negligencias en detrimento de los usuarios.

Un saludo, maestro.
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Enviado: 18-02-2011 17:54
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Mensajes: 264
De nada nos sirve tener razón a dos metros bajo tierra, así que, antes de cruzar la calle, hay que mirar bien aunque el semáforo este en verde... por si acaso... saludos...

Pd: Verde pa los peatones, claro...
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Enviado: 18-02-2011 18:55
Registrado: 15 años antes
Mensajes: 688
Pues eso es precisamente lo que se pide, que haya buenos semáforos guiño
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Enviado: 19-02-2011 11:54
Registrado: 15 años antes
Mensajes: 264
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01iver
Pues eso es precisamente lo que se pide, que haya buenos semáforos guiño

Y dale... que siiiiii... pero el semáforo no te va a sacar de agujeroooo...!!! tu verás... ya se ha visto que la gente se los salta tan ricamente....


Editado 1 vez/veces. Última edición el 19/02/2011 11:56 por paqueton.
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Enviado: 20-02-2011 11:44
Registrado: 19 años antes
Mensajes: 4.969
Si no existiese la Estación de Esquí, no habría cables Diablillo



Fin de los problemas, para esquiadores alpinos y demás fauna Diablillorisasrisasrisasrisas



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