Señor Director:
Impuestos de la nota publicada en la página 9 del día 9.7.09 de ese diario titulada como "Demandarán a AADIDES por discriminacion laboral", nos dirigimos a Ud. a efectos de efectuar algunas aclaraciones al respecto.
Si bien la noticia se funda en una referida nota o correo electrónico reservado aparentemente circulando entre quienes se dicen agraviados, la gravedad de la imputación obliga a nuestra institución a responder.
Se repite la situación de marzo de 2007 de la que dió noticia ese diario, que intentan Profesores de Educación Física egresados de la Universidad Nacional del Comahue, ahora acerca de una alegada discriminación, xenofobia o racismo hacia los mismos para ejercer actividad de instructores de esquí por parte de Catedral Alta Patagonia SA y por nuestra institución.
Nuestras observaciones al plan de estudios y nivel de capacitación de la Universidad del Comahue para los Profesores de Educación Física con atinencias en esquí se fundan no sólo en el análisis de los mismos sino también en dictámenes de la SIGEN de los años 2003 y 2005 que se expidieron al respecto.
Específicamente hacemos saber que:
a) Nuestra Asociación de manera alguna impide a nadie el ejercicio de la actividad que pretenda para la enseñanza del esquí y snowboard.
b) AADIDES es una asociación civil que entre otras actividades realiza cursos de formación de instructores de esquí y snowboard reconocida como INSTITUTO SUPERIOR DE ESQUI Y SNOWBOARD (Nivel II y III respectivamente), mediante Resolución del Ministerio de Educación de la provincia Nº 3663/2005 de fecha 6-12-05.
c) Que siendo nuestra Asociación el único ente nacional de enseñanza de esquí y snowboard de nuestro país reconocido por la ISIA (Asociación Internacional de Instructores de Esquí), debe cumplir con una serie de normas que imponen a los instructores un adecuado nivel y actualizaciones periódicas a tales efectos. En tal sentido se considera indispensable para un centro invernal de la importancia de Bariloche que quienes trabajen como instructores de esquí y/o de snowboard sean idóneos y responsables brindando sus servicios con eficiencia y calidad; por lo que los programas de enseñanza y los cursos de reentrenamiento obligatorios deben atenerse a las normas de la ISIA
Las escuelas de esquí y snowboard de nuestro país que pretendan obtener el reconocimiento de la ISIA, deben obligatoriamente adecuarse a las pautas de la misma, de allí la necesidad de que AADIDES compruebe el cumplimiento de tales parámetros como su único representante en el país. En tal sentido, no cumplen con las normas en cuestión quienes obtienen sus títulos en entes educativos que así no lo acrediten.
d) AADIDES otorga a las escuelas de esquí un plazo de dos años para que sus instructores con títulos no reconocidos puedan adecuarse a las pautas ISIA Vencido el plazo en cuestión, el reconocimiento de la escuela o del título dependerá del cumplimiento o no de tal requisito.
e) AADIDES no impide de manera alguna la actividad profesional de los alumnos y egresados de entes no reconocidos, ya que las normas municipales -que ésta institución no comparte- los habilitan para desempeñarse como independientes o en escuelas que no pretendan tener reconocimiento ISIA.
f) Resulta absurda la imputación de "conducta discriminatoria" que se achaca ya que no se excluye ni da trato de inferioridad por motivos raciales, religiosos, políticos ni ningún otro; sino simplemente que al no ajustarse los títulos de los profesores de Educación Física con atinencias en esquí a las normas ISIA, no se los reconocen como tales. Considerar ello como discriminatorio resulta tan absurdo como admitir que una persona que no da examen de ingreso a una universidad o escuela que así lo exija, se sienta discriminada por no querer rendirlo o no poder aprobarlo y que por ello no pueda ingresar.
h) Los egresados de la Universidad del Comahue pueden -reitero- desempeñar su actividad de acuerdo con las normas municipales, lo que no pueden es considerarse incluídos en los parámetros ISIA, cuyo cumplimiento en nuestro país está controlado por AADIDES.
Finalmente, el proceder reservado y secreto que se menciona en ese diario como exigido a quienes dicen sentirse discriminados, hace pensar que los mismos no desean llevar a un análisis abierto la situación, sino que pretenden mediante maniobras ocultas y sorpresivas intentar presionar a la opinión pública en aras a su improcedente pretensión: ser incluídos en pautas profesionales que no les corresponden, siendo así la imputación de discriminación, xenofobia o racismo meras calificaciones altisonantes para suplir la carencia de fundamentos válidos.
Saludo a Ud. muy atentamente.-
Martin Bacer
Presidente
AADIDES
Argentina
++54 2944 428789
www.aadides.org
Vice President
America
ISIA
www.isiaski.org