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Última actualización: 08/05/2024 a las 20:16:46 (CET)

Enganchado al telesilla

Enganchado al telesilla
Los niños viven la mejor edad para iniciarse en cualquier modalidad deportiva. Algunos, una vez han visto de que va la cosa, lo dejan correr y otros s
Los niños viven la mejor edad para iniciarse en cualquier modalidad deportiva. Algunos, una vez han visto de que va la cosa, lo dejan correr y otros se quedan enganchados . En la Muntanya Sagrada de la Molina, un niño de 7 años se quedó enganchado al telesilla, pero quedó enganchado literalmente con el cordón del anorak cogido al asiento cuando se diponía a bajar. Se acusó y juzgó al encargado del telesilla porque no lo paró antes, cosa que habría evitado la caida.

Un niño de 7 años y una niña de 13, viajavan juntos en el telesilla de la Muntanya Sagrada, de las pistas de esquí de la Molina el 2 de Diciembre del 2000.

El monitor de esquí de los niños subía en la silla de detrás, y cuando llegaron a una estación intermedia, la que les correspondía bajar, la nena lo hizo normalmente, pero el niño no lo pudo hacer porque quedó enganchado a la silla por el cordón del anorak que llevaba puesto. Aún así, el niño intentó bajar, pero solo conseguió quedar colgado del cordón por debajo de la silla hasta que el cordón se rompió y el niño cayó de una altura de unos 4 metros al suelo, fué a parar sobre un pilón de piedras y se hizo lesiones en la cara y la cabeza.

Los familiares del niño, que denunciaron los hechos, acusaron al encargado del telesilla de haber actuado de forma negligente y lo acusaron en un juicio de faltas por imprudencia porque consideraban que debería haber vigilado que el niño pudiese bajar o que debería haber parado el telesilla para que no se enfilase más arriba.

El juzgado de Puigcerdà absolvió al encaregado del telesilla porque consideró que actuó correctamente parando el telesilla cuando oyó los gritos del niño que colgaba del cordón del anorak. Según la sentencia, fué cuando el telesilla se paró que se rompió el cordón del anorak y el niño cayó al suelo.

Los familiares del niño presentaron recurso contra la sentencia absolutoria y el tribunal de la sección penal de la Audiència de Girona ha mantenido la absolución dictada por el juzgado de Puigcerdà. Según la sentència de apelación, la actitud del hombre que hacía funcionar el telesilla fué correcta porque tanto la niña que acompañaba al niño como el monitor que iba a la silla siguiente sostuvieron en el juicio que solo oirse los gritos del niño el encargado paró el telesilla.

No se puede parar de golpe
La resolució de la Audiència rechaza el argumento de la família del niño que se basaba en el hecho de que el telesilla no se paró immediatamente y que aún hizo unos dos o tres metros más, cosa que hizo que con el desnivel que había la silla se enfilase a unos 4 metros de altura. La sentencia señala que la forma como paró el telesilla es la correcta porque, de acuerdo con la normativa vigente, estos aparatos no pueden pararse de golpe porque podrian causar daños al resto de usuarios.

Según la normativa vigente, una vez se ha apretado el botón de parada el telesill ha de avanzar aún entre 1 y 5 metros, «cosa normal y exigible», dice la sentencia, lo que, por otra parte considera que al responsable del telesilla le era «imposible de evitar» que el telesilla recorriese aún entre 3 y 3 metros tras apretar el botón y también «imposible de evitar» que el niño quedase colgado a unos 4 metros de altura y después cayese.

No hacen falta redes
La sección penal de la Audiència también desestima el argumento que aportaron los denunciandos en el recurso de apelación, según el cual la estación de esquí debería haber tenido instaladas redes por debajo del trazado de los telesillas para evitar que se pudiesen producir este tipo de accidentes. Según la sentencia, este tipo de accidentes «son absolutamente excepcionales y, por tanto, no previsibles.»

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