Así figuraba en el fallo del TSJCyL, que anuló el decreto de la Junta de Castilla y León para modificar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina. La sentencia explicaba que la anulación del decreto se basaba en que no había informes o estudios técnicos que avalaran que hubieran variado las circunstancias medioambientales y socioeconómicas que, en su día, motivaron la redacción del PORN.
Tras presentar la Junta el correspondiente recurso de casación, éste no ha prosperado, según el dictamen del Alto Tribunal de la nación, que mantiene que las estaciones de esquí alpino «eran incompatibles con la conservación del Espacio Natural», informa Efe.
El Supremo anula la norma de la Junta para construir en San Glorio
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que ratifica otra del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en enero de 2008, que a su vez anuló la norma que permitía instalar una estación de esquí en el puerto leonés de San Glorio.