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chiqui
Que canvien la silla del Cogulla
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surferin
Me han contado por ahi que para el año que viene nevadas de noche y sol y mucho frio de dia
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-Tipo de proyecto. La Memoria-Resumen remitida contempla la finalidad del proyecto, que es la construcción de una nueva cafetería/pizzería en la zona recientemente remodelada de Labert-Rincón del Cielo. Se prevé la construcción de una edificación, la acometida eléctrica necesaria, la ejecución de una captación de agua y la instalación de una depuradora de aguas residuales dimensionada para las necesidades actuales y futuras.
La ubicación se realizará en una zona llana en la parte intermedia del trazado del nuevo telesilla Rincón del Cielo, entre la confluencia de las pistas La Rabosa, Rincón del Cielo e inicio de Pinar. La plataforma sobre la que se instalará la edificación mide 360 m2. La acometida eléctrica se realizará desde la motriz del antiguo telesquí Rincón del Cielo donde llega la línea de alta tensión y se prevé la instalación de un nuevo centro de transformación, desde donde se conducirá hasta la cafetería una línea enterrada de baja tensión de 110 metros de longitud. Se realizará un pequeño azud que captará el agua desde un manantial situado a 50 metros de la futura edificación, la captación será de 2 l/s, el agua se utilizará para labores de limpieza.
Se instalará una depuradora que estará compuesta por una fosa integral y un filtro biológico percolador, incluidos en un sólo depósito de poliéster de 3.000 l de capacidad. Antes de la entrada de agua a la depuradora se dispondrá de un separador de grasas con decantador de 1.000 l de capacidad.
-Ubicación. El edificio proyectado se ubica en el área oeste de la estación flanqueada por los picos Punta Lavert I, II y Cogulla, concretamente en la zona de la estación de Rincón del Cielo que queda enmarcada entre los barrancos de Puimastre y Lavert.
La vegetación predominante en la zona se corresponde con céspedes densos de altura con formaciones de mosaico de Pinus uncinata hacia el barranco de Lavert y con formaciones mono-específicas de pino negro hacia el bosque del Lavert, aunque en el área afectada no hay ningún pie de pino negro, si bien hay algunos pies colindantes que se pretenden conservar.
Los terrenos donde se realizará la construcción de la instalación, no están catalogados como Lugares de Interés Comunitarios (L.I.C) en aplicación de la Directiva 92/43/CEE, ni declarados como Zona de Especial Protección para las Aves (Directiva 79/409/CEE). No se ubica sobre humedales del Convenio RAMSAR, ni pertenecen a ningún espacio protegido (Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón). La superficie afectada por el proyecto no está incluida en ninguna zonificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Posets-Maladeta, ámbito definido por Decreto 148/2005, de 26 de julio de 2005 del Gobierno de Aragón. La superficie sobre la que se localizará la futura cafetería se ubica sobre el Monte de Utilidad Pública CUP-30.
La ubicación propuesta se encuentra en el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación del Quebrantahuesos (Gypaetus barbatus), según el Decreto 45/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, localizándose en área crítica para la especie y a 1.200 metros de dos áreas de reproducción de urogallo (Tetrao urogallus), especie sensible a la alteración de su hábitat según el Catalogo Aragonés de especies amenazadas (Decreto 49/1995). No obstante, como la nueva edificación se encontrará anexa a otras instalaciones y dentro del perímetro de la estación de esquí, no se prevén nuevas afecciones significativas sobre dichas especies.
-Potenciales impactos. Considerando el tamaño del proyecto, que no se amplían los límites de la estación de Cerler, su ubicación en una zona ocupada por vegetación natural condicionada por la existencia de la zona de snowpark y telesilla, así como la adopción de adecuadas y concretas medidas correctoras y protectoras, el carácter de los impactos cuya extensión resulta reducida, la magnitud y complejidad no es alta y la posible reversibilidad de algunas actuaciones, se puede concluir que la valoración global del potencial de impacto es compatible si se cumplen durante la construcción y explotación las medidas protectoras y correctoras propuestas en la «Memoria-Resumen Ambiental» y en el condicionado de la resolución, las cuales deberán incorporarse al Proyecto definitivo.
Visto el expediente administrativo incoado, la propuesta formulada y los criterios establecidos en el anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, se puede concluir que para el «Proyecto de cafetería (pizzería Lavert) en la Estación de Esquí de Cerler Aramón, en el término municipal de Benasque (Huesca)», promovido por Fomento y Desarrollo del Valle de Benasque, S. A., no resulta necesaria la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
No obstante, se establece el siguiente condicionado de manera que se garantice la compatibilidad ambiental:
-La ocupación y/o utilización del dominio público hidráulico requerirá autorización o concesión de la Confederación Hidrográfica del Ebro; asimismo la realización de obras o trabajos en el dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre y de policía requerirá autorización administrativa previa del Organismo de Cuenca. El aprovechamiento de aguas superficiales requerirá concesión de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
-En caso de vertido directo o mediante infiltración de las aguas residuales, después de su paso por el sistema de depuración, el promotor deberá obtener la autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
-Dada la ubicación del proyecto dentro del ámbito del Plan de Recuperación del Hábitat del Quebrantahuesos (Decreto 45/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el quebrantahuesos y se aprueba el Plan de Recuperación) y la proximidad a una zona de reproducción de urogallo, las obras comprendidas en el proyecto se realizarán fuera del periodo de nidificación de dicha especie comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de junio……………..
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BUSCAPALIGRU TEAM
Pues que primero sea Ardonés y después telecabina
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