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Última actualización: 01/05/2024 a las 18:47:00 (CET)

El Juez absuelve a Cetursa en la demanda por un accidente de esquí

El Juez absuelve a Cetursa en la demanda por un accidente de esquí
Cuando la persona que causó el accidente huyó, la esquiadora trató de buscar responsabilidades en Cetursa y su compañía aseguradora. El juez ha desestimado la demanda, entendiendo que el esquí tiene un riesgo y que debía haberse hecho más por encontrar al culpable.

Hace poco más de cuatro años, una profesora de educación física fue arrollada en Sierra Nevada por otra persona mientras esquiaba en la pista El Zorro (azul), con la mala fortuna de que sufrió una rotura de ligamento cruzado anterior y un edema óseo. La persona que causó el choque huyó del lugar sin dejar rastro, por lo que la docente trató de culpar a Cetursa-Sierra Nevada de este siniestro, y pedir por tanto una compensación económica.

La historia la cuenta esta semana el Ideal.es, quién añade que tras una primera valoración judicial en primera instancia el 29 de octubre de 2021 que se le dio la razón a Cetursa, la profesora de educación física recurrió. Hace unos días la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Granada volvió a dar la razón a la estación de esquí, que queda de esta manera absuelta de tener que pagar los 30.000 euros que pedía de indemnización.

Los hechos ocurrieron el 24 de enero de 2019. Más de cuatro años en resolverse este entramado judicial en el que se involucraba no solo a Cetursa-Sierra Nevada, sino también a la compañía aseguradora de la estación de esquí.

En la resolución a la que ha tenido acceso el Ideal.es, se detallan argumentos a favor de aseguradora y estación de esquí que ya conocemos como que

«el deporte de esquí por sí mismo genera un riesgo que debe asumirse por la persona que lo practica, pero que no es especialmente anormal en relación con los estándares medios.

La caída nada tuvo que ver con el adecuado mantenimiento de las instalaciones, pistas y remontes de la estación de esquí de Sierra Nevada, ni con la intervención del socorrista».

Otros detalles a tener en cuenta de la sentencia es que la usuaria, que actualmente tiene 33 años, aportó el forfait de ese día para estudiar si ese documento equivale a una asunción de responsabilidad de todo lo que le pueda pasar a los/a usuarios/as. Pero la Audiencia determina que

«en el mismo no consta la inclusión de un seguro voluntario de accidentes, limitándose al obligatorio».

El Juez entiende que ese seguro se hace cargo de cualquier problema en el ámbito del transporte por cable, es decir, en los remontes, y el accidente se produjo en pista, no en un telesilla o telecabina. Y por tanto no se hace efectiva la responsabilidad del seguro obligatorio de viajeros.

El abogado de la accidentada también argumentó que el personal de pistas la auxilió y llevó a Pradollano. Pero la parte contraria argumentó que la joven esquiaba como usuaria y no en un evento, competición o actividad promovida por Cetursa y aún así,

«la única obligación del socorrista es la de localizar, evacuar y prestar los primeros auxilios al lesionado, algo que se realizó correctamente. También tenía que dar parte del accidente y lo hizo».

Al mismo tiempo se recrimina que la accidentada o su acompañante (otro docente) no identificaron a la usuaria que la arrolló. No se llamó a la Guardia Civil, Policía Nacional o seguridad privada de la estación para su identificación, ni se interpuso denuncia pese a existir Comandancia en la estación. Además, el socorrista llegó cuando ya se había marchado la esquiadora que colisionó con la demandante y no se pidieron las imágenes de las cámaras de videovigilancia.

Sin testigos directos y con unas 20.000 personas disfrutando de la nieve en Borreguiles ese días según detalla la sentencia, se recuerda que

«el esquí no es una actividad peligrosa, sino deportiva y con riesgo, que se asume por el esquiador al hacerlo de forma compartida».

Las conclusiones de esta sentencia es que en caso de accidente, si el causante desaparece sin dejar rastro, se debe interponer una denuncia, pedir si se puede hacer una identificación del presunto causante y dejar constancia de todos los movimientos para poder dar con el paradero del esquiadora o esquiadora con el que se ha accidentado.

Esto es algo que se suele hacer. En los Alpes la policía incluso se ha llegado a ir a buscar al causante al hotel donde se alojaba.

Letrero de pista El Zorro
El accidente ocurrió en la Pista Zorro de Borreguiles

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  • Incautan toda una pista de esquí de Alagna Valsesia (Italia) por un accidente Publicado el 16/12/2023

16 Comentarios Escribe tu comentario

  • #1
    Fecha comentario:
    14/06/2023 22:20
    #1
    ¿Y el abogado no supo decirle que estas reclamaciones le van a costar dinero y que no sacaría nada?

    karma del mensaje: 40 - Votos positivos: 3 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #2
    Fecha comentario:
    15/06/2023 08:03
    #2
    #1 hombre Lawrence…. El abogado si que ha sacado su beneficio 😈

    Los abogados siempre ganan

    Pepe

    karma del mensaje: 35 - Votos positivos: 3 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #3
    Fecha comentario:
    15/06/2023 09:52
    #3
    Preocupante que el causante del accidente se de a la fuga... algo desgraciadamente habitual en nuestras pistas. Como en cualquier sitio donde se reúnen miles de personas, deberá incrementarse la presencia policial, desgraciadamente es habitual ver altos consumos de drogas y alcohol en personas que luego van a bajar por pistas llenas de niños. En fin, otro reflejo más de la estupenda sociedad que se nos esta quedando.

    karma del mensaje: 37 - Votos positivos: 3 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #4
    Fecha comentario:
    15/06/2023 10:52
    #4
    Gran fiasco de abogado por meter a la esquiadora en una guerra que estaba claro que iba a perder y pequeño fiasco de la sentencia por mencionar siquiera las normas ATUDEM, que no sirven para nada.

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  • #5
    Fecha comentario:
    15/06/2023 13:52
    #5
    Las leyes son la que son y están como están, además si a esto unimos un sistema cuanto menos cuestionable y que en alguna que otra ocasión los que juzgan son para darle de comer aparte.... :za!ar: pero este es otro tema.

    Centrando sobre la seguridad en las pistas, creo que se debería reflexionar sobre si las empresas que explotan y gestionan las pistas deberían tener responsabilidad sobre el comportamiento y estado psicofísico de los usuarios.

    «el deporte de esquí por sí mismo genera un riesgo que debe asumirse por la persona que lo practica, pero que no es especialmente anormal en relación con los estándares medios.

    Según esta lógica en un trabajo o en la carretera también se asume un riesgo pero sin embargo si cometes una imprudencia, vas drogado etc, te penalizan dado que existen un conjunto de leyes que se pueden aplicar.

    Resumiendo, al final todo es relativo y si tienes una ley a la que agarrarte bien, de lo contrario estás fastidiado. :frown:

    Imaginemos que dentro de unos años la sociedad cambió sus valores éticos y morales o de conocimientos, dando lugar a que el atropello de un esquiador sea duramente castigado.
    Sin ir más lejos, aún recuerdo siendo yo adolescente cuando delante de mí casa un guardia civil en un control le decía a un conductor, "ha dado 0,7 puede usted continuar".

    Lo que a buen seguro no cambiará aunque pase un millón de años, es el gran interés que tienen unos pocos en controlar y tener bien atado el monopolio de la "justicia".

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    • Gracias!
  • #6
    Fecha comentario:
    15/06/2023 23:46
    #6
    #5
    Cogiendo tu símil.

    Como si tienes un accidente en coche, y el otro conductor (culpable) se da a la fuga y no tienes sus datos.

    Y luego vas y reclamas una indeminación al propietario de la vía (el estado, la CCAA o el Ayto)

    No tiene ningún sentido.

    Yo si veo razonable la sentencia.
    El que acude a esquiar a una estación, sabe donde se mete y asume cierto riesgo.
    Independientemente que ante un accidente pueda reclamar algo al causante, si es que lo tiene identificado y tiene todos los informes y testigos a su favor.

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    • Gracias!
  • #7
    Fecha comentario:
    15/06/2023 23:48
    #7
    #2 +1000

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    • Gracias!
  • #8
    Fecha comentario:
    16/06/2023 10:21
    #8
    #6 El darse a la fuga en un accidente de tráfico es un agravante, así que te emplazo a que intentes darte a la fuga a ver que tal te va y ver si te buscan o no.



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    • Gracias!
  • #9
    Fecha comentario:
    16/06/2023 10:24
    #9
    #3 Hacer controles de alcohol y drogas sería para plantearlo seriamente. Como mínimo en pista de esquiadores noveles, o que son muy concurridas por niños.

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    • Gracias!
  • #10
    Fecha comentario:
    16/06/2023 11:39
    #10
    #8

    pero un agravante..... de que exactamente??

    A ver.

    No es agravante de nada.

    Puede ser un delito de omisión del socorro (y no siempre, ojo).
    La responsabilidad por los daños es irrelevante de esto.

    Y en todo caso, no procede de ninguna manera hacer una reclamación económica civil al propietario de la carretera, que es lo que , más o menos, a hecho la protagonista del artículo.
    Además, las propia sentencia "echa en cara" que en ningún momento solicitó a la estación u autoridades la identificación del culpable de algún modo.

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    • Gracias!
  • #11
    Fecha comentario:
    16/06/2023 12:08
    #11
    #3 especialmente en sierra petada

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    • Gracias!
  • #12
    Fecha comentario:
    16/06/2023 14:02
    #12
    #10 Que el árbol no te impida ver el bosque.

    Te quedaste con un con ejemplo, en lugar de la reflexión expuesta.

    "Resumiendo, al final todo es relativo y si tienes una ley a la que agarrarte bien, de lo contrario estás fastidiado". :frown:

    Eso es lo que expuse con un ejemplo incluso y tú hiciste "un simil", yo lo llamaría analogía. ;)

    Así que repito el ejemplo, hace no tanto tiempo con las tasas de alcohol con las que hoy se es duramente castigado, antes se podía seguir conduciendo. Lo único que ha cambiado es la percepción que tiene la sociedad del hecho además de sus consecuencias y que existen leyes específicas para estos casos.

    El que hoy jurídicamente se tenga una idea de la responsabilidad y hasta donde aplica, no impide que la sociedad evolucione y demande en un futuro leyes que se puedan aplicar a estos casos.

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    • Gracias!
  • #13
    Fecha comentario:
    21/06/2023 18:12
    #13
    Copio y pego.
    Las conclusiones de esta sentencia es que en caso de accidente, si el causante desaparece sin dejar rastro, se debe interponer una denuncia, pedir si se puede hacer una identificación del presunto causante y dejar constancia de todos los movimientos para poder dar con el paradero del esquiadora o esquiadora con el que se ha accidentado.

    Esto es algo que se suele hacer. En los Alpes la policía incluso se ha llegado a ir a buscar al causante al hotel donde se alojaba.

    Si la policia, identifica al causante del accidente y va a buscarlo en SN, seguro que la reciben a botellazos :grrr!: :frown:

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    • Gracias!
  • #14
    Fecha comentario:
    22/06/2023 10:01
    #14
    En España, lo que ocurre con los accidentes en pistas de esquí es penoso. No se avisa a los policías que hay en pistas, no se investiga nada y sobre todo, como la estación tenga alguna responsabilidad, lo que hace a continuación traspasa con mucho la línea roja del delito.



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  • #15
    Fecha comentario:
    02/07/2023 10:16
    #15
    Desde este punto de vista, si a Cetursa le eximen de cualquier responsabilidad sobre los accidentes ocurridos en "sus" pistas, tampoco tiene potestad para quitarle el forfait a un usuario por cometer alguna "infracción" en las pistas. Solo podría hacerlo si se hace "un mal uso de los remontes" puesto que se trata de un mero "bonotransporte" similar al de un autobús.

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  • #16
    Fecha comentario:
    02/07/2023 12:48
    #16
    #15
    Seguro que no, cuando compras el forfait aceptas las condiciones, con lo cual, y si así lo consideran, te quedas sin ff sí o sí.
    Por supuesto luego puedes contratar un buen bufete y pleitear contra CETURSA en los tribunales... :lol2: :lol2:

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    • Gracias!

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