Recordemos las Normas FIS

Recordemos las Normas FIS
La Federación Internacional de Esquí (FIS) fue fundada en 1924. A ella están afiliadas 54 federaciones nacionales. Su sede está en Oberhofen, Suiza. Las normas FIS se aplican a todos los esquiadores, “snowboarders” o cualquiera otros que se deslicen por la nieve.

En Mevoyaformigal.com también queremos recordar estas normas básicas de conducta en una estación de esquí.

FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ESQUÍ

1.- Respeto de los otros.
El esquiador o snowboarder debe comportarse de manera que no ponga en peligro o perjudique a los demás.

2.- Control de la velocidad y el comportamiento.
El esquiador o snowboarder debe esquiar de forma controlada. Debe adaptar su velocidad y forma de esquiar o deslizarse en snowboard a su habilidad personal y a las condiciones generales del terreno, nieve y tiempo así como la densidad del tráfico en las pistas.

3.- Elección de la ruta.
El esquiador o snowboarder que viene de atrás debe elegir su camino de forma que no ponga en peligro al esquiador o snowboarder de delante.

4.- Adelantamientos.
El adelantamiento puede efectuarse por arriba o abajo, derecha o izquierda, pero siempre de manera que se deje espacio suficiente para prevenir las evoluciones voluntarias o involuntarias del esquiador o snowboarder adelantado.

5.- Entrar en la pista, comenzar a deslizar y girar hacia arriba.
Todo esquiador y snowboarder que penetra en una pista, reanuda su marcha después de parar o evoluciona hacia arriba debe mirar arriba y abajo de la pista para asegurarse que puede hacerlo sin provocar peligro para él o los demás.

6.- Parar en la pista.
Todo esquiador o snowboarder debe evitar estacionarse sin necesidad en los pasos estrechos o sin visibilidad de las pistas. En caso de caída en uno de estos lugares, debe apartarse y dejar libre la pista lo antes posible.

7.- Subir y bajar a pie.
El esquiador o snowboarder que suba o baje a pie debe hacerlo por el lateral de la pista.

8.- Respeto del balizaje y la señalización.
Todo esquiador o snowboarder debe respetar el balizaje y la señalización.

9.- Prestación de ayuda.
En caso de accidente todo esquiador o snowboarder debe prestar socorro.

10.- Identificación.
Todos los esquiadores o snowboarders que sean testigos de un accidente, sean o no responsables del mismo, deben identificarse e intercambiar nombres y direcciones.

COMENTARIOS GENERALES SOBRE LAS NORMAS FIS.

El esquí y el snowboard, como todos los deportes, implican riesgos.

Las Normas FIS deben considerarse como un modelo ideal de conducta para el esquiador y el snowboarder responsable y su objetivo es evitar accidentes en las pistas.

Las reglas FIS conciernen a todos los esquiadores y snowboarders, que deben conocerlas y respetarlas.

Quien provoca un accidente por haber infringido las Normas, puede ser responsable civil o penalmente.

Norma 1.
El esquiador y el snowboarder son responsables, no sólo de su propia conducta, sino también de su material defectuoso. Esto también se aplica a los materiales recientemente desarrollados.

Norma 2.
Las colisiones son a menudo la consecuencia de velocidad excesiva, comportamiento incontrolado u observación insuficiente de la circulación sobre la pista. El esquiador y el snowboarder deben ser capaces de pararse, girar o moverse dentro de su campo de visión.
Debe circularse lentamente en las áreas saturadas o sitios donde la visibilidad es reducida y especialmente en los cambios de rasante, al final de las pistas y en los accesos a los remontes.

Norma 3.
El esquí y el snowboard son deportes de evolución libre donde cada uno puede ir donde le parezca respetando las normas y teniendo en cuenta su capacidad personal y las condiciones dominantes en la montaña.
El esquiador o snowboarder que está delante tiene preferencia. El esquiador o snowboarder que viene por detrás de otro en la misma dirección debe mantener una distancia suficiente entre él y el otro esquiador o snowboarder de forma que deje al que le precede espacio suficiente para moverse libremente.

Norma 4.
Un esquiador o snowboarder que adelanta a otro es completamente responsable hasta acabar la maniobra de forma que no cause ninguna dificultad al esquiador o snowboarder adelantado. Esta norma se aplica incluso al adelantar un esquiador o snowboarder parado.

Norma 5.
La experiencia prueba que entrar en una pista o reanudar la bajada tras una parada pueden ser causa de accidentes. Es pues absolutamente esencial que un esquiador o snowboarder que se encuentre en esta situación se introduzca en la pista sin causar obstrucciones y sin peligro para él o los otros.
Cuando un esquiador o snowboarder se encuentra en movimiento -aunque sea lentamente- se beneficia de nuevo del privilegio previsto en la norma 3 en relación con los esquiadores y snowboarders más rápidos que vienen de arriba o por detrás.
El desarrollo de los esquís carving y las tablas de snowboard permite a los que las utilizan ejecutar virajes subiendo hacia arriba por las pistas. En este caso, los usuarios se desplazan en dirección contraria al movimiento general de descenso. Es pues obligado que se aseguren con tiempo por un examen hacia arriba de que pueden hacerlo sin provocar peligro para ellos mismos o los demás.

Norma 6.
Excepto en las pistas anchas, las paradas deben hacerse en los bordes de la pista. No debe pararse en sitios estrechos o donde sea difícil ser visto desde arriba.

Norma 7.
Moverse al contrario de la circulación general pone obstáculos perturbadores e imprevisibles a los esquiadores y snowboarders.
Las huellas profundas hechas por los pies dañan la pista y son peligrosas para los esquiadores o snowboardes.

Norma 8.
Las pistas están balizadas según su grado de dificultad decreciente en negro, rojo, azul y verde. El esquiador o snowboarder es libre de elegir su pista.
Las pistas están también equipadas con otras señales que muestran la dirección y avisan de peligro o cierre. Estas señales deben ser respetadas imperativamente en beneficio de los esquiadores y snowboarders.

Norma 9.
La asistencia a un esquiador o snowboarder en peligro es una obligación de moral deportiva cuando no una obligación legal. Consiste en prestar primeros auxilios al accidentado, informar al servicio de salvamento y señalizar el lugar del accidente para alertar a otros esquiadores y snowboarders.
La FIS espera que el delito de fuga esquiando o en snowboard será sancionado penalmente como el delito de fuga en carretera en todos los países donde la legislación no lo prevé ya.

Norma 10.
Las relaciones de los testigos son de gran importancia para redactar un informe del accidente completo y acertado. Todo el mundo debe cumplir con este deber moral de persona responsable e informar como testigo.
Los informes de los servicios de salvamento y la policía así como las fotos ayudan considerablemente a determinar las eventuales responsabilidades.

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