Seguridad Vial en la Unión Europea
Muchos de nosotros en nuestros viajes de esquí alquilamos coches sabiendo que lo mas conveniente es el alquilar el coche con las ruedas de invierno, pero no sabemos la normativa exacta que rige en el país de destino.
Aquí os pongo tanto la web donde informarnos de las normativas de cada país respecto a seguridad vial como unos datos generales por si no tenéis tiempo de mirarlo en profundidad:
Muchos de nosotros en nuestros viajes de esquí alquilamos coches sabiendo que lo mas conveniente es el alquilar el coche con las ruedas de invierno, pero no sabemos la normativa exacta que rige en el país de destino.
Aquí os pongo tanto la web donde informarnos de las normativas de cada país respecto a seguridad vial como unos datos generales por si no tenéis tiempo de mirarlo en profundidad:
Cinturones de Seguridad:
La legislación de la UE obliga tanto a conductores como a pasajeros a ponerse el cinturón de seguridad en todos los asientos que dispongan del mismo. No llevar puesto el cinturón de seguridad es la segunda causa más importante de mortalidad en las carreteras, después del exceso de velocidad y por delante de la conducción bajo los efectos del alcohol.
ATENCIÓN: ¡El airbag no sustituye al cinturón de seguridad! Así que póngase siempre el cinturón de seguridad, aunque su coche esté provisto de airbags.
Luces de Conducción Diurna:
Las luces de conducción diurnas (LCD) son las que iluminan automáticamente al poner el motor del vehículo en marcha. Aumentan considerablemente la visibilidad de los vehículos motorizados.
A pesar de que en la mayoría de los países los conductores sólo están obligados a encender las luces por la noche, las LCD están concebidas para su uso diurno. A diferencia de los faros convencionales, las LCD no están pensadas para que los conductores vean la carretera sino para que los demás usuarios vean el vehículo que se aproxima. Las LCD sólo consumen un 25-30% del consumo de las luces cortas convencionales.
Legislación
A partir de 2011, las LCD serán obligatorias en todos los coches nuevos y las furgonetas pequeñas de transporte matriculados en la UE. En agosto de 2012 se sumarán los autobuses y los camiones. Será obligatorio retroadaptar los vehículos ya en circulación. En la actualidad, 17 países de ha UE han adoptado normas relativas a las LCD.
Cuando viajemos al extranjero deberíamos mirar primero la siguiente web para ver las indicaciones viales del país en el que vamos a conducir:
http://ec.europa.eu/transport/road_safety/going_abroad/index_es.htm
Solo hay que seleccionar el país al que vamos y nos saldrá un listado donde deberémos hacer click en "más información" y nos saldrá una lista como la siguiente:
El cuadro de seguridad vial para AUSTRIA sería el siguiente:
Límites legales de velocidad (km / h) salvo indicación contraria de las señales de tráfico:
• 130
• 100
• 50
Tasa de alcoholemia (mg / ml)
• General : 0,5
• Noveles : 0,1 *
• Profesionales: 0,1
* Hasta dos años de experiencia
Luces de conducción diurna
• Opcionales
Neumáticos de invierno
• Obligatorias *
* En todos los vehículos del 1 de noviembre al 15 de abril, pero solo en caso de condiciones meteorológicas invernales (por ejemplo, calzadas con nieve o hielo).
Equipo de emergencia a bordo
• Chaleco reflectante: sí
• Triángulo de señalización: sí
• Botiquín de primeros auxilios: sí
Equipo de seguridad para ciclistas
• Chaleco reflectante: no
• Casco de ciclista: no
Y el cuadro de seguridad vial para SUIZA sería el siguiente:
Límites legales de velocidad (km / h) salvo indicación contraria de las señales de tráfico
• 120
• 80
• 30 / 50
Tasa de alcoholemia (mg / ml)
• General : 0,5
• Noveles : 0,5
• Profesionales: 0 *
* Durante las horas de trabajo y seis horas antes de comenzar la jornada laboral está prohibido el consumo de alcohol.
Luces de conducción diurna
• Opcionales *
* Recomendadas
Neumáticos de invierno
• Opcionales
Equipo de emergencia a bordo
• Chaleco reflectante: no
• Triángulo de señalización: sí
• Botiquín de primeros auxilios: no
• Extintor: no
Equipo de seguridad para ciclistas
• Chaleco reflectante: no
• Casco de ciclista: no
Espero que con estos listados podais saber mas sobre las normativas vigentes sobre seguridad vial en los paises a los que vamos a esquiar.
Un saludo a todos!!