Los inspectores supervisarán que los establecimientos cumplan la normativa de defensa de los consumidores y verificarán las condiciones de venta de los equipos de protección individual, esencialmente cascos y gafas. La reglamentación específica que regula la venta de estos elementos obliga a que estén clasificados con el sello CE, que certifica el cumplimiento de las normas de seguridad, y establece que deben ir acompañados de las instrucciones necesarias para su uso, mantenimiento y transporte.
En el caso de los cascos debe constar el fabricante, modelo, talla, peso, fecha de fabricación y el sistema de colocación. También debe indicarse que no deben volver a utilizarse si han sufrido un fuerte impacto. Con las gafas de sol se ha de facilitar información sobre el fabricante y el número y la categoría del filtro solar, mientras que en las gafas integrales para esquí alpino se debe añadir el aviso de que no deben usarse para la conducción de vehículos.
Contratos de Alquiler
Respecto a los contratos de alquiler y de reparación de equipos, los inspectores velarán para que no se incluyan cláusulas abusivas que sitúan a los establecimientos en una posición de fuerza frente al cliente. Uno de los ejemplos más habituales es la condición que obliga al usuario a someterse a la jurisdicción que decida la empresa cuando hay un conflicto.
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