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San Glorio: La estación de la discordia

San Glorio: La estación de la discordia
El proyecto de creación de una estación de esquí en el norte de la provincia de Palencia y en León sigue suscitando la división entre partidarios y de
El proyecto de creación de una estación de esquí en el norte de la provincia de Palencia y en León sigue suscitando la división entre partidarios y detractores. La polémica tiene un hondo calado, que enfrenta dos conceptos trascendentales: la defensa del medio ambiente, por un lado, y el desarrollo económico de la comarca, por otro.

En esta dualidad se están produciendo todas las manifestaciones públicas. La última es la de los defensores de la estación de esquí, que no dudan en calificar a los opositores de egoístas e insolidarios. El medio ambiente constituye uno de los recursos más revalorizados en los últimos años. No hay obra importante que no pase por la criba de las repercusiones que tendrá para la naturaleza. La Montaña Palentina posee una riqueza medioambiental que la estación de esquí recortaría.

Pero la segunda lectura de estos proyectos es el desarrollo económico de la comarca, que es el principal y casi único argumento de los defensores del proyecto. La Montaña Palentina ha sufrido en las últimas décadas una fuerte crisis por la decadencia de los sectores económicos que tradicionalmente han sostenido su economía, la agricultura y la minería. De esta decadencia no se ha recuperado aún, por lo que los vecinos norteños quieren aferrarse a todo proyecto que conlleve una mínima posibilidad de reactivar la economía y evitar la despoblación.

La estación de San Glorio se ha convertido en un tren que sus defensores no quieren dejar que pase de largo. Y no dudan en desacreditar a quienes desde sus cómodos despachos piensan en otros argumentos que nada tienen que ver con el desarrollo de la comarca para oponerse as la iniciativa. Los vecinos del norte piensan que primero es el pan y luego el oso pardo.

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14 Comentarios Escribe tu comentario

  • #1
    Fecha comentario:
    22/09/2006 17:44
    #1
    En León están mas acostumbrados a esto y por eso no son ni tan ilusos ni tan mal educados como sus vecinos palentinos. No se fían (mas sabe el diablo por viejo que por diablo) de estas cosas,de estas mentiras de Tres Provincias y demás. Y la prueba es que por ahora solo ha habido ruido, las nueces se las comen los de la Junta y los de 3P.
    Y todo esto mientras la montaña sigue bajando de poblacion, la Junta mira a otro lado y ni arregla carreteras, ni postes electricos, ni manda quitanieves en Febrero, ni facilita buses para los niños que van al colegio, ni paga por cosecha jodida , por jato muerto o por hornera maltrecha, ni pone hospital en Guardo ni UVIMOVIL en Riaño, ni apoya la autovía Aguilar-La Espina... Así no hacemos nada, y el ultimo culpable de esto es el ecologista de ciudad.
    Un dato, hace mas de medio año se voto cambiar la leyd e Fuetnes Carrionas, ¿porque oficialmente nose ha hecho? En el BOCyL no ha saldio publicado.La asociacion esa debería pedir explicaciones de porque si se voto a favor aun nose ha cambiado. Que cojan las bicis y marchen a las cortes...

    Independientemente del proyecto, el que pierde es el Montañés.

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  • #2
    Fecha comentario:
    23/09/2006 05:08
    #2
    DECRETO 13/2006, de 9 de marzo, por el que se modifica el Anexo I del Decreto 140/1998, de 16 de julio, BOCYL nº 52 de 15/3/2006

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  • #3
    Fecha comentario:
    23/09/2006 05:26
    #3
    Toooooma billy Joe a ver si te documentas mejor antes de hablar que estais acostumbrados a soltar la parrafada sin datos fiables y contrastados y despues te dejan en ridiculo jajajajajaja

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  • #4
    Fecha comentario:
    23/09/2006 08:35
    #4
    Genus, podrias darme informacion de de donde has sacado ese dato?

    Segúnla web oficial de la Junta:
    Medidas de protección existentes

    Parte del territorio afectado fue declarado Reserva Nacional de Caza de Fuentes Carrionas, mediante la Ley 37/1966. Por Orden de 27 de abril de 1992, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio dio iniciación al Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de este Espacio Natural que se aprobó mediante el Decreto 140/1998, de 16 de julio, por el que se aprueba el PORN de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina. El 5 de Julio de 2.000 se publicó en el BOCyL la Ley 4/2.000, de 27 de Junio, de declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina.

    Decreto 196/2001, de 19 de julio, por el que se regula la composición de la Junta Rectora del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia). (BOCyL 25-7-01)
    Decreto 196 (31232 bytes)

    LEY 4/2000, de 27 de junio, de Declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia). (BOCyL 05-7-00)
    LEY 4/2000 (45056 bytes)

    Decreto 140/1998, de 16 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina. (Palencia). (BOCyL 21-7-98)
    Decreto 140 (97540 bytes)
    Corrección Decreto 140 (2272 bytes)

    Ordenes de 27 de abril de 1.992, de iniciación de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales de Hoces del Río Riaza, Sitio Paleontológico de Cerro Pelado, Sierras de la Paramera y Serrota, Montes Obarenes, Valle de San Emiliano, Sabinar de Calatañazor, Ojo Guareña, Sierra de Gredos, El Rebollar, Sierra de la Culebra, Sierra de Ancares, Las Médulas, Las Batuecas, Puerto de Orduña, Fuentes Carrionas y Fuente Cobre, Sierra de la Demanda, La Fuentona, La Yecla, Lagunas de Villafáfila, Valle de Iruelas, Covalagua, Pinar de Hoyocasero y Las Tuerces (BOCyL 5-5-92)
    Ordenes (228352 bytes)

    http://www.jcyl.es/jcyl-client/jcyl/cmaot/tkContent?idContent=14974&locale=es_ES&textOnly=false

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  • #5
    Fecha comentario:
    23/09/2006 08:41
    #5
    Mira en el bocyl de esa fecha. La web que citas estara sin actualizarse pero lo que va a misa es lo que dice el bocyl no una pagina web.

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  • #6
    Fecha comentario:
    23/09/2006 08:56
    #6
    http://bocyl.jcyl.es:80/pls/bocyl/JCYLLISTA.DameListaSumario?idUsuario=1&idArchivo=2&fechaPubl=15%2D03%2D2006&primeraCarpeta=1&enlace=1&nCarp=15

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  • #7
    Fecha comentario:
    23/09/2006 09:15
    #7
    Genus, la correcion de la que hablas es esta:

    CORRECCION de errores del Decreto 140/1998, de 16 de
    julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los
    Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña
    Palentina (Palencia).

    Advertidos errores en el texto remitido para su
    publicación del Decreto 140/1998, de 16 de julio, por el que se
    aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de
    Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña (Palencia), publicado
    en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 137 de 11 de
    julio, se procede a efectuar las oportunas correcciones:

    En la página 6670, artículo 3 en su penúltimo párrafo, donde
    dice: «Después remonta el arroyo de Valdehaya, para ascender
    finalmente por el límite del monte Peñas Lampas, n.º 338 bis del
    C.U.P., ...», debe decir: «Después remonta el arroyo de
    Valdehaya, para ascender finalmente por el límite del monte
    Peñas Lampas, n.º 318 bis del C.U.P., ...».

    En la página 6671, artículo 13,2 tercera línea, donde dice: «y
    sean imprescindibles para alcanzar los objetivos previstos. En
    cualquier caso ...», debe decir: «y sean imprescindibles para
    alcanzar los objetivos previstos en las directrices incluidas en
    el Art. 29.5 y 29.6. En cualquier caso ...».

    En la página 6672, artículo 15.8 segunda línea, donde dice:
    «Estado Natural, salvo ...», debe decir: «Espacio Natural, salvo
    ...».

    En la página 6678, artículo 45.8 que dice «La utilización de
    vehículos a motor en ...,», debe decir: «La utilización de motos
    todoterreno salvo en ...».

    En la página 6678, artículo 49, deben adicionarse los apartados
    3.2 y 3.3 de la normativa específica.

    Aquellas modificaciones del dominio público hidráulico ...

    Para la realización de vertidos es necesaria ...

    En la página 6680, artículo 62.B, donde dice: «cuando existan
    amenazadas para su adecuada conservación», debe decir: «cuando
    existan amenazas para su adecuada conservación».

    En la página 6680, artículo 63 3, donde dice: «La realización de
    otras competiciones deportivas deberá constar con la
    autorización ...», debe decir: «La realización de otras
    competiciones deportivas deberá contar con la autorización ...».

    y no pone nada de lo que nos atañe.

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  • #8
    Fecha comentario:
    23/09/2006 09:35
    #8
    Billy Joe, mira el enlace que te he puesto

    http://bocyl.jcyl.es:80/pls/bocyl/JCYLLISTA.DameListaSumario?idUsuario=1&idArchivo=2&fechaPubl=15%2D03%2D2006&primeraCarpeta=1&enlace=1&nCarp=15

    BOCYL nº 52 de 15 de marzo de 2006 (decreto 13/2006). Que si esta aprobado hombre. Se modifican los artículos 12, 17, 23, 27, 29, 47 y 63.

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  • #9
    Fecha comentario:
    23/09/2006 10:06
    #9
    He visto ese enlace y hay solo veo esto:
    DECRETO 13/2006, de 9 de marzo, por el que se modifica el Anexo I del Decreto 140/1998, de 16 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia).

    que es lo que has puesto tú.

    Pero esa modificacion es referida a esto:
    CORRECCION de errores del Decreto 140/1998, de 16 de
    julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los
    Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña
    Palentina (Palencia).

    Advertidos errores en el texto remitido para su
    publicación del Decreto 140/1998, de 16 de julio, por el que se
    aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de
    Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña (Palencia), publicado
    en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 137 de 11 de
    julio, se procede a efectuar las oportunas correcciones:

    En la página 6670, artículo 3 en su penúltimo párrafo, donde
    dice: «Después remonta el arroyo de Valdehaya, para ascender
    finalmente por el límite del monte Peñas Lampas, n.º 338 bis del
    C.U.P., ...», debe decir: «Después remonta el arroyo de
    Valdehaya, para ascender finalmente por el límite del monte
    Peñas Lampas, n.º 318 bis del C.U.P., ...».

    En la página 6671, artículo 13,2 tercera línea, donde dice: «y
    sean imprescindibles para alcanzar los objetivos previstos. En
    cualquier caso ...», debe decir: «y sean imprescindibles para
    alcanzar los objetivos previstos en las directrices incluidas en
    el Art. 29.5 y 29.6. En cualquier caso ...».

    En la página 6672, artículo 15.8 segunda línea, donde dice:
    «Estado Natural, salvo ...», debe decir: «Espacio Natural, salvo
    ...».

    En la página 6678, artículo 45.8 que dice «La utilización de
    vehículos a motor en ...,», debe decir: «La utilización de motos
    todoterreno salvo en ...».

    En la página 6678, artículo 49, deben adicionarse los apartados
    3.2 y 3.3 de la normativa específica.

    Aquellas modificaciones del dominio público hidráulico ...

    Para la realización de vertidos es necesaria ...

    En la página 6680, artículo 62.B, donde dice: «cuando existan
    amenazadas para su adecuada conservación», debe decir: «cuando
    existan amenazas para su adecuada conservación».

    En la página 6680, artículo 63 3, donde dice: «La realización de
    otras competiciones deportivas deberá constar con la
    autorización ...», debe decir: «La realización de otras
    competiciones deportivas deberá contar con la autorización ...».

    Entoces tu hablas de los artículos: 12, 17, 23, 27, 29, 47 y 63.
    Y pregunto yo ¿de donde los has sacado? Yo tengo los borradores de la modificacion de esos artículos (previos a la votación) sin embargo aun no he visto que hayan sido cambiados ya que el articulo que citas modifica las partes que yo he puesto.
    ¿Las modificacines de tus artículos donde están?

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  • #10
    Fecha comentario:
    23/09/2006 10:13
    #10
    Vale. Mea culpa. Todo aclarado.Y encima sin insultos! Menos mal que no hay muchos como tu, que sino San Glorio estaría hecho hace tiempo
    Saludos.

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  • #11
    Fecha comentario:
    23/09/2006 10:35
    #11
    Vale. Mea culpa. Todo aclarado.Y encima sin insultos! Menos mal que no hay muchos como tu, que sino San Glorio estaría hecho hace tiempo
    Saludos.

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  • #12
    Fecha comentario:
    23/09/2006 10:48
    #12
    Es necesario documentarse con rigor antes de hablar como si se estuviera en la unica y verdadera posesion de la verdad. A ver si aprendes.

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  • #13
    Fecha comentario:
    24/09/2006 13:50
    #13
    No quiero entrar en polemica pero lo que pone el nuevo decreto es muy clarito. San Glorio Ya!

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  • #14
    Fecha comentario:
    29/09/2006 10:35
    #14
    Un par de personas muy solventes de la Junta comentaron el otro día en una reunión que con toda seguridad San Glorio no se iba a hacer (algo absolutamente aplastante por otro lado pues la Comisión Europea ya ha dicho al Gobierno español y castellanoleonés que se olviden) y que en Valladolid están buscando una "salida digna" con un proyecto gordo que calme los animos para cuando se diga la verdad a la opinión pública.

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