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Seiya
Vaya chiste: Gecobesa alquila el hotel del presidente de gecobesa...que alguien me lo explique.![]()
Con perdón de la expresión, mi pueblo es una casa de putas, aunque por otra parte no difiere del resto de este país...
No sé que semana será, lo que tengo claro es que nieve o no nieve con esos precios se van a meter un ostión precioso.
El año pasado tuvieron beneficios que sirvieron para reducir algo la deuda. Como ha dicho alguien, q un año sea bueno no quiere decir que las cosas se estén haciendo bien.
Lo de Gecobesa es lamentable, pero lo de cipri y sus colegas para hacerselo mirar. Es lo que tiene ganar unas elecciones por el simple hecho que el que estaba se llevó hasta el solar.
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Climberitos
Me acaban de decir, pero no lo puedo afirmar porque no tengo manera de contrastarlo, que el Hotel Real de Béjar está alquilado a Gecobesa, por bastante dinero al mes. Si Gecobesa no esta pagando ese alquiler, lo que es probable, en un hipotético concurso de acreedores, los principales acreedores de Gecobesa serían los propietarios del Hotel Real de Béjar. Con lo cual se podría llegar al caso de que como dice mrfchino Gecobesa se reduzca la deuda un 50%, y del resto de la deuda los principales acreedores serán los propietarios del Hotel.
Yo le he dicho al que me lo ha contao que ésto, de ser cierto, es un claro chanchullo que no podría hacerse. y que seguramente la legislación mercantil no permitira estas cosas. Como parece que mrfchino es un experto en este tipo de legislación, ¿Se podría hacer esto?
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vinson
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Climberitos
Me acaban de decir, pero no lo puedo afirmar porque no tengo manera de contrastarlo, que el Hotel Real de Béjar está alquilado a Gecobesa, por bastante dinero al mes. Si Gecobesa no esta pagando ese alquiler, lo que es probable, en un hipotético concurso de acreedores, los principales acreedores de Gecobesa serían los propietarios del Hotel Real de Béjar. Con lo cual se podría llegar al caso de que como dice mrfchino Gecobesa se reduzca la deuda un 50%, y del resto de la deuda los principales acreedores serán los propietarios del Hotel.
Yo le he dicho al que me lo ha contao que ésto, de ser cierto, es un claro chanchullo que no podría hacerse. y que seguramente la legislación mercantil no permitira estas cosas. Como parece que mrfchino es un experto en este tipo de legislación, ¿Se podría hacer esto?
Hola, pues si no lo puedes afirmar y no lo tienes cotrastado, no digas nada. A día de hoy yo te afirmo, y lo se, que no está alquilado. Tan sólo en un local del edificio (se accede por la calle de atrás, no por dentro del hotel) hay una pequeña oficina de gecobesa y no si quiera de quien será ese local. Si tienes forma de comprbarlo: te alojas una noche, pides la factura y mira quien la emite. Otra cosa los principales acreedores de Gecobesa son los bancos, como en todos los lados.Abrazos
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Gecobesa planteará a sus accionistas el alquiler con opción a compra de instalaciones hoteleras
Enviado por bejar-biz el Mar, 22/12/2009 - 11:41.
El próximo 29 de enero de 2010, tendrá lugar una Junta extraordinaria de accionistas de la S.A. GESTORA DE LA COVATILLA BÉJAR, que se convoca para subsanar los defectos indicados por el Registro Mercantil respecto a la Junta ordinaria de 24 de septiembre de 2009.
Lo más llamativo del orden del día es el punto tercero, en el que se propone ampliar el negocio de Gecobesa hacia la Gestión Hotelera, mediante el alquiler o alquiler con opción a compra de alguna instalación.
Fuentes bien informadas, nos cuentan que la intención del Sr. Montero, Presidente de Gecobesa y propietario de instalaciones hoteleras en la zona, es la de alquilar o vender a esta sociedad el Hotel Hospedería Real de Béjar.
El otro punto del orden del día, reduce a cero el valor de las antiguas acciones de la sociedad, para restablecer el equilibrio patrimonial y amplia capital en 654.000€, de los cuales 183.000 lo son en nuevas aportaciones dinerarias y 471.000€ en compensación de créditos.
Las nuevas acciones se ofrecen a los antiguos accionistas en régimen de prorrateo, con la proporción de una nueva acción por cada antigua.
CONVOCATORIA Y ORDEN DEL DIA DE LA JUNTA EXTRAORDINARIA DE GECOBESA
GESTORA DE LA COVATILLA BÉJAR, SOCIEDAD ANÓNIMA
Convocatoria de Junta General Ordinaria y Extraordinaria.
De conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de Gestora de la Covatilla Béjar, S.A., en reunión celebrada el pasado 24 de septiembre de 2009, se convoca a los Sres. Accionistas a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria (en este último caso con el fin de subsanar todos los defectos indicados por el Registro Mercantil de Salamanca) que se celebrará en los salones del Hotel Colón, situado en la C/ Colón, n.º 42, de Béjar, a las 17,00 horas del día 29 de enero de 2010, en primera convocatoria, o el siguiente día, 30 de enero de 2010, en el mismo lugar y a la misma hora, en segunda convocatoria, a fin de considerar y deliberar y, en su caso, adoptar acuerdos sobre los asuntos incluidos en los siguientes.
Orden del día
JUNTA ORDINARIA
Primero.- Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
Segundo.- Examen y aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales(Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria) de Gestora de la Covatilla Béjar, S.A., correspondientes al ejercicio económico comprendido entre el 1 de octubre del año 2008 y el 30 de septiembre del año 2009, así como de la propuesta de aplicación de resultados (dicho balance ha sido aprobado por los auditores).
Tercero.- Informe de Gestión.
Cuarto.- Propuesta de ampliación y expansión del negocio empresarial de la Sociedad Gestora de la Covatilla de Béjar, S.A., incorporando a su actividad principal la explotación hotelera. Dicha actividad podrá realizarse por la Sociedad mediante alquiler o alquiler con opción a compra, autorizando en su caso, al Consejero Delegado o miembros del órgano de Administración para ejecutar dichos acuerdos.
Quinto.- Nombramiento de dos interventores para aprobar el acta.
Sexto.- Otorgamiento de facultades para la formalización y ejecución de los acuerdos que se adopten.
Séptimo.- Ruegos y Preguntas.
Orden del día
JUNTA EXTRAORDINARIA
Primero.- Reducción de Capital Social de la Entidad a cero (0) con la finalidadde restablecer el equilibrio entre Capital y Patrimonio Neto, disminuido comoconsecuencia de pérdidas. La reducción se efectuará mediante el procedimientode amortizar todas las acciones de la Entidad. El balance que sirva de base a laoperación de reducción de capital para compensar pérdidas será el aprobado por
la Junta General, previa su verificación por los auditores de cuentas de lasociedad.
Segundo.- Posterior aumento de capital en la cifra de 654.000 €, de los que 183.000 € lo serán mediante aportaciones dinerarias con puesta en circulación de 183 nuevas acciones, representadas por títulos nominativos de igual valor nominal y contenido de derechos que las anteriores y se numerarán correlativamente de la 1 a la 183, ambas inclusive. Las nuevas acciones se emitirán por su valor nominal y deberán ser íntegramente desembolsadas en el momento de la suscripción mediante aportaciones dinerarias. Se reconoce a los socios el derecho a suscribir un número de las nuevas acciones proporcional al valor nominal de las que poseen. El ejercicio de este derecho se ajustará a las siguientes normas:Relación de cambio: Una acción nueva por cada una antigua. Plazo: un mes desde el envío de la comunicación escrita que el órgano de Administración efectuará a los accionistas y usufructuarios inscritos en el LibroRegistro de acciones nominativas, en los términos previstos por el artículo 158.2 de la Ley.Acciones no suscritas. Las acciones no suscritas serán ofrecidas nuevamentea los restantes accionistas, procediéndose, en su caso, al prorrateo entre ellos tomando como base la proporción que les corresponde en el capital social antes del presente acuerdo. En defecto de accionistas interesados podrán ofrecerse por el órgano de Administración a terceras personas. Se autoriza expresamente la suscripción parcial o incompleta.
Tercero.- El resto del aumento de capital, por importe de 471.000,- €, será porcompensación de créditos, mediante la emisión y puesta en circulación de 471nuevas acciones, representadas por títulos, nominativas, de igual valor nominal y contenido de derechos que las anteriores, y numeradas correlativamente del 184al 654 ambos inclusive. Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal ydeberán ser íntegramente desembolsadas en el momento de la suscripciónmediante compensación de créditos a cargo de la sociedad.A tal fin, previa su presentación por el órgano de Administración, la Juntaaprobará la relación de los créditos a compensar, en la que se expresará respectode cada uno de ellos su cuantía, acreedor, fecha en la que fue contraído, liquidez,vencimiento y exigibilidad.Se pondrá a disposición de todos los accionistas certificación del Auditor decuentas, acreditativo de la exactitud de los datos ofrecidos por los Administradores,tanto para la reducción como para el aumento de capital.
Cuarto.- Facultar al órgano de Administración para determinar las condiciones del acuerdo en lo no específicamente previsto, así como para hacer constar, una vez ejecutados la reducción y el aumento, la nueva redacción en los Estatutos Sociales de la cifra de capital social, para que quede establecido en la cantidad de seiscientos cincuenta y cuatro mil euros, modificando el artículo 8.º de los Estatutos Sociales, cuya nueva redacción será la siguiente: "Artículo 8. Acciones.-El capital social se haya representado y dividido en 654 acciones nominativas de una sola serie, por un valor nominal, cada una de ellas, de mil euros, numeradas correlativamente del uno al seiscientos cincuenta y cuatro, ambos inclusive. Este capital social puede ser objeto de aumento o reducción por decisión de la Junta General de accionistas, adoptada con las formalidades establecidas en los presentes Estatutos.".
Quinto.- Facultar a todos y cada uno de los miembros del órgano de Administración para que, indistintamente, puedan comparecer ante Notario y elevara público los presentes acuerdos adoptados, otorgando para ello las escrituras públicas correspondientes (incluso de subsanación, aclaración o rectificación), así como para realizar cuantas actuaciones sean precisas o convenientes para la plena eficacia de los acuerdos.
Sexto.- Nombramiento de dos interventores para aprobar el acta.
Séptimo.- Ruegos y preguntas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de los Estatutos Sociales, podrán asistir a la Junta los titulares de acciones que las tuvieran inscritas en el Libro Registro de Acciones. Los accionistas con derecho a asistencia a la Junta podrán hacerse representar por otra persona.Cualquier accionista podrá obtener de la Sociedad para su examen en el domicilio social, previa solicitud por escrito, los documentos que se someten a la aprobación de la Junta.
Béjar, 7 de diciembre de 2009.- El Presidente del Consejo de Administración.
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