MATERIAL DE ESQUÍ ALPINO

Enviado: 13-11-2009 17:36
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AVISO...para todo aquel que lleve los esquis dentro de su coche. Esta prohibido. Dentro de un coche no se puede llevar nada.
Si te multan, que no sea porque no se te ha avisado.

Yo tambien los llevo dentro risas pero eso no significa que sea legal y que se pueda hacerlo.

Hala......
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freeskirider
Pero que coño de carga transportada en un vehiculo ni leches!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Primero, enterate de que es un vehiculo y que es un coche. Se puede decir mas alto pero no mas claro!!!!!!

Solo falta que ahora cualquiera que tenga un coche quite los asientos para poder llevar cosas dentro y como digo, todos esos transportistas que pagan unos impuestos por poder llevar cosas dentro comen mierda verdad???

Un coche particular es un coche particular y no es un vehiculo para cargar nada!!!!!!!

Otra cosa es que sea un coche con las pegatinas de transporte, los rombos blancos, o coches acondicionados para transporte, furgonetas o coches sin cristales atras y que pagan impuestos, que llevan el rombo blanco. Eso no es un coche particular, es un vehiculo asociado a una empresa, que paga unos impuestos concretos.



Aqui otra foto para transportar personas.

En tu vehiculo puedes cargar lo que sea que para eso es tuyo. Como si quieres llevar ladrillos dentro.

Desde luego asi nos luce el pelo.

Ya vas cambaindo de idea de no transportar cosas a para cuanto esta homologado ejeme ejem.

El el astra de un amigo hemos llevado 8 pares de skis en sus respecrtivas bolsas sin problemas y con para incluida de la GC. Que tienen que ir en funda solo y simplemente eso.
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freeskirider
AVISO...para todo aquel que lleve los esquis dentro de su coche. Esta prohibido. Dentro de un coche no se puede llevar nada.
Si te multan, que no sea porque no se te ha avisado.

Yo tambien los llevo dentro risas pero eso no significa que sea legal y que se pueda hacerlo.

Hala......
f

Deja de decir mentiras y documentate un poco por favor.
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Enviado: 13-11-2009 17:39
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Freeskirider,

Oye, que creo que te confundes. Aquí nadie TRANSPORTA nada. Para eso existen los transportistas, como bien dices.
Aquí la gente simplemente lleva un par de esquís, igual que lleva una maleta, una bolsa o lo que sea.

Joder, que exageración ...

Al final que cada uno haga lo que le salga de los *** , nunca entenderé estas actitudes tan extremas.
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Enviado: 13-11-2009 17:40
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Yo no quiero entrar en esta polémica, entre otras cosas, por que nunca los he llevado dentro,

pero.... siempre hay un pero, mi coche tiene el reposabrazos abatible como el de la foto y con el coche, si quieres te venden la funda para llevar los esquis dentro (como en la fotografía).

No sé si será muy legal o muy ilegal, pero desde el momento en que te lo venden (sea o no marketing).....



Cristina2 - Shock-LM
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Enviado: 13-11-2009 17:42
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Ah, Freeskirider, añado,

Siguiendo tu mismo razonamiento, un coche tampoco está hecho para transportar personas !!!!

Para eso están los autobuses !!!!!! risasrisasrisasrisasrisas
,
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Enviado: 13-11-2009 17:48
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robertt
Freeskirider,

Oye, que creo que te confundes. Aquí nadie TRANSPORTA nada. Para eso existen los transportistas, como bien dices.
Aquí la gente simplemente lleva un par de esquís, igual que lleva una maleta, una bolsa o lo que sea.

Joder, que exageración ...

Al final que cada uno haga lo que le salga de los *** , nunca entenderé estas actitudes tan extremas.

Robertt, esque en el habitaculo tampoco puedes llevar una maleta. Te lo juro por la memoria de mi abuela.

El resto...que si en un avant bla bla bla...que si esas fotos que han puesto...no hacen sino corroborar lo que digo.

El habitaculo de un coche es para transportar personas y nada mas.
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Enviado: 13-11-2009 17:49
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robertt
Ah, Freeskirider, añado,

Siguiendo tu mismo razonamiento, un coche tampoco está hecho para transportar personas !!!!

Para eso están los autobuses !!!!!! risasrisasrisasrisasrisas
,


risasrisasrisasrisasrisasrisasrisas

Muy bueno, ahi le has dao pulgar arribapulgar arribapulgar arribapulgar arriba

risasrisasrisasrisasrisas
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ekt
ekt
Enviado: 13-11-2009 17:51
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Reglamento General de Vehículos
ANEXO II :DEFINICIONES Y CATEGORIAS DE LOS VEHICULOS
"Automóvil Vehículo de motor que sirve, normalmente, para el transporte de personas o COSAS, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin. Se excluyen de esta definición los vehículos especiales."



por favor freeskirider.... dime de donde sacas esas cosas... porque te he fundamentado mis opiniones, y tu de momento NO, y sigues diciendo que me documente.... no se documentanos tu... (en serio sin segundas)










de lo contrario (esto si va con segundas):
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Enviado: 13-11-2009 17:52
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ferdigoo
El circular sin respetar la distancia de seguridad ahora tambien esta penado.
El poner en peligro la vida de los demas tambien.

La distancia de seguridad se puede reducir en el momento en que se pretende adelantar a otro vehículo. Adelantar donde está permitido es algo que entra dentro de la legalidad, ponerlo mas complicado y peligroso de lo que es si que es poner en peligro a los demás y está expresamente regulado y penado como falta grave.

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ferdigoo

Ejemplo tipico:
Circulo a 100khm/h en carretera nacional cuesta arriba (puerto de montaña) y me intentan adelantar, el vehiculo me intenta adelantar no puede y tengo que acabar frenando yo para dejarle pasar o pegarnos el piñazo los 3.

En efecto, eso es lo que debes hacer según la ley, leetelo bien que me parece que no lo captas. Luego además está la educación y los buenos modales y si llevas a un vehículo detrás que te quiera adelantar ¿por que no hacerselo mas fácil? Si lo hicieras desde el principio esa situación tan "espantosa" que comentas no se llegaría a producir.

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ferdigoo

Segun tu esa es la interpretacion que hay que darle y eso me ha pasado muchas veces de Huesca a Cerler pero no una ni 2 ni 3 O ir adelantando y venir uno desde a tomar por culo dando rafagas.

Eso en autovía o autopista me parece mal, o en carretera, si estás adelantando estás adelantando, punto. Eso si, en cuanto acabes te vuelves a la derecha, como marca la ley, tanto en carretera como en vías de varios carriles para cada sentido de la marcha.

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ferdigoo

Que no se que se te ve el plumero majete.Por la manera de defender los adelantamientos "kamikaces" tu eres uno de esos que adelantan porque si y punto.

Mira, ves, yo en eso no soy tan osado como tu. Al menos te he dado el beneficio de la duda con palabras como "imagino", "es un suponer", etc, en ningún momento he dicho que "seas" aunque dada tu reacción empiezo a dudar de mis dudas. Y si, soy de esos que adelanta cuando le sale de los huevos si el vehiculo que me precede va mas despacio que yo y las sañalización tanto horizontal como vertical lo autorizan tal como indica el código de circulación.

Y pido disculpas al resto de foreros por haber sacado este tema aquí cuando el tema del hilo va de otra cosa. Lo siento.

Y sobre lo que nos ocupa, yo también los llevo dentro del coche, cruzados en el asiento de atrás y sujetos con el cinturon de seguridad. La ley así lo autoriza aunque en un momento dado podemos estar a expensas de la interpretación que el agente de turno haga de ello, aunque la verdad es que no suelen meterse con eso, a buen criterio según mi entender.



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Enviado: 13-11-2009 17:57
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Mad Max
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ferdigoo
El circular sin respetar la distancia de seguridad ahora tambien esta penado.
El poner en peligro la vida de los demas tambien.

La distancia de seguridad se puede reducir en el momento en que se pretende adelantar a otro vehículo. Adelantar donde está permitido es algo que entra dentro de la legalidad, ponerlo mas complicado y peligroso de lo que es si que es poner en peligro a los demás y está expresamente regulado y penado como falta grave.

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ferdigoo

Ejemplo tipico:
Circulo a 100khm/h en carretera nacional cuesta arriba (puerto de montaña) y me intentan adelantar, el vehiculo me intenta adelantar no puede y tengo que acabar frenando yo para dejarle pasar o pegarnos el piñazo los 3.

En efecto, eso es lo que debes hacer según la ley, leetelo bien que me parece que no lo captas. Luego además está la educación y los buenos modales y si llevas a un vehículo detrás que te quiera adelantar ¿por que no hacerselo mas fácil? Si lo hicieras desde el principio esa situación tan "espantosa" que comentas no se llegaría a producir.

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ferdigoo

Segun tu esa es la interpretacion que hay que darle y eso me ha pasado muchas veces de Huesca a Cerler pero no una ni 2 ni 3 O ir adelantando y venir uno desde a tomar por culo dando rafagas.

Eso en autovía o autopista me parece mal, o en carretera, si estás adelantando estás adelantando, punto. Eso si, en cuanto acabes te vuelves a la derecha, como marca la ley, tanto en carretera como en vías de varios carriles para cada sentido de la marcha.

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ferdigoo

Que no se que se te ve el plumero majete.Por la manera de defender los adelantamientos "kamikaces" tu eres uno de esos que adelantan porque si y punto.

Mira, ves, yo en eso no soy tan osado como tu. Al menos te he dado el beneficio de la duda con palabras como "imagino", "es un suponer", etc, en ningún momento he dicho que "seas" aunque dada tu reacción empiezo a dudar de mis dudas. Y si, soy de esos que adelanta cuando le sale de los huevos si el vehiculo que me precede va mas despacio que yo y las sañalización tanto horizontal como vertical lo autorizan tal como indica el código de circulación.

Y pido disculpas al resto de foreros por haber sacado este tema aquí cuando el tema del hilo va de otra cosa. Lo siento.

Y sobre lo que nos ocupa, yo también los llevo dentro del coche, cruzados en el asiento de atrás y sujetos con el cinturon de seguridad. La ley así lo autoriza aunque en un momento dado podemos estar a expensas de la interpretación que el agente de turno haga de ello, aunque la verdad es que no suelen meterse con eso, a buen criterio según mi entender.

Buena lección para quienes estemos dispuestos a revisar nuestros conocimientos y aprenderpulgar arriba
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Enviado: 13-11-2009 17:57
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Cristina2
Yo no quiero entrar en esta polémica, entre otras cosas, por que nunca los he llevado dentro,

pero.... siempre hay un pero, mi coche tiene el reposabrazos abatible como el de la foto y con el coche, si quieres te venden la funda para llevar los esquis dentro (como en la fotografía).

No sé si será muy legal o muy ilegal, pero desde el momento en que te lo venden (sea o no marketing).....

Hola cristina2. Pero eso, no es de lo que trata el hilo...a que no!!!!

El hilo trata de si se pueden transportar los esquis dentro y la respuesta es no.

Que hoy en dia venden esos cacharros, (que habia que ver hasta que puento es legal), pues sinceramente no tenia ni puta idea. Pero no se trata de eso. Aqui no valen argumentos de que esto, o de que esto otro, es cuestion de legalidad, o se puede o no se puede.
Siempre he tenido entendido que dentro del coche no se puede llevar nada. Y no vale que me digan que fulanito lleva ladrillos, ni que echando los asientosm hacia delante...es que es un avant...etc
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Enviado: 13-11-2009 17:59
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David_rD
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konejero
Yo los llevo dentro, y a veces dentro de su maleta rígida (También dentro). Por Europa también lo hago así.
Ya he visto algún porta magnético con tablas en la cuneta (En el trayecto Huesca-Zaragoza)sorprendido

En ese mismo vi yo los primeros ... de un Mercedes que me había adelantado a tropocientos por hora pocos kms antes, al final, pasó lo que tenía que pasar, se fueron a tomar por culo y provocaron un accidente.

En ese tramo se me quedaron a mi colgando los malditos. Aunque puedo asegurar que no fue por exceso de velocidad, más bien fuerte viento lateral y probable falta de limpieza o secado en las superficies.
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ekt
ekt
Enviado: 13-11-2009 17:59
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ekt

Artículo 14 del Reglamento General de Circulación:
“la carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos, de tal forma que no puedan: arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa; comprometer la estabilidad del vehículo; ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores”.

Reglamento General de Vehículos
ANEXO II :DEFINICIONES Y CATEGORIAS DE LOS VEHICULOS
"Automóvil Vehículo de motor que sirve, normalmente, para el transporte de personas o cosas, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin. Se excluyen de esta definición los vehículos especiales."





y si quiero hasta los llevo fuera como dice el articulo 15
" En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías, la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud y si fuera indivisible, un 15 por ciento."

sumandole esto:
"5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.
Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de “V” invertida. "


aqui la documentacion.

Si un agente del orden os decide multar, recordando que esta en el derecho inherente a cualquier agente,
y le enseñais esos dos articulos, probablemente no os multara, quedandose con las ganas,
si lo llevais todo bien puesto, o si no teneis el seguro vencido...etc


si alguien opina lo contrario que lo comente y DOCUMENTE
pero normalmente te multaran si no llevas funda... van sueltos o se mueven... etc
no por el hecho de llevarlos
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Enviado: 13-11-2009 18:02
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Hacia tiempo que no veia un post tan divertido.

Por cierto, segun la teoria de un popular forero, a partir de ahora, registro!! antes de entrar al habitáculo del coche (que no vehiculo) , señoras, dejen sus bolsos en el maletero!!. Niños, nada de consolas que pueden salir volando si papa frena!!, y lo de beber agua en el viaje, nada!!! las botellas al maletero también. Los moviles en una caja y tambien al maletero!!, no sea que alguien tenga la tentación de usarlos y puedan salir volando en cualquier momento. Y lo de comer , olvidaros que una galleta volando puede ser mortífera!!!
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Enviado: 13-11-2009 18:05
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Pues yo tuve un accidente en el que no llegamos a volcar, solo un par de trompos en la autovía, más topetazo por delante y topetazo por detrás, y sufrí un ataque de caramelos en la cabeza,
y os aseguro que duelen Llorón

Ah!!! y el móvil apareció en mi mano sorprendido



Cristina2 - Shock-LM
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ekt
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Enviado: 13-11-2009 18:07
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coche no - AUTOMOVIL

y una patata circulando por el coche a 80kmh puede ser una guillotina!
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Enviado: 13-11-2009 18:14
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Multarte si quieren te multan, luego te quedara poner los recursos corespondientes
y tener suerte que te lo admitan y si no otro y otro hasta que se acabe la vía administrativa y lo ultimo
en los juzgados maruja cabreada



un saludo
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ekt
ekt
Enviado: 13-11-2009 18:16
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de ahi lo de:
derecho inherente al agente

y lo de:
probablemente


pero normalmente pasaran de ti y buscaran a otro a quien clavarsela...
gente hay de sobra
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Enviado: 13-11-2009 18:30
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ekt
pero normalmente pasaran de ti y buscaran a otro a quien clavarsela...
gente hay de sobra

O se les hincharán las pelotas y te buscarán las cosquillas por todas partesEnfadado - Angry



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Enviado: 13-11-2009 19:38
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gracias a todos, no pensaba que iba a ser tan polémico este tema, pero bueno de vez en cuando hay que darle emoción a los foros.

sólo hay que tener sentido común con lo que se hace

saluditossssssssssssssss
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Enviado: 13-11-2009 22:43
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Ferdigoo
Las trampillas no sujetan los skis a no ser las de audi que viene con un saco hacia el interior.las demas pueden hacer que los skis salgan proyectados hacia delante por mucho que lleven funda.

Si supieras aparte de leer entender lo que lees si digo "trampillas preparadas a tal efecto en muchos coches con sus correspondientes fundas" es evidentemente una trampilla con su funda a tal efecto, no una bolsa de los esquís por un agujero sino que está preparada a tal efecto, si te fijas verás que esas bolsas cierran POR COMPLETO el acceso desde el maletero al habitáculo, pero en fin, está claro que no acabas de entender muchas cosas, esto como lo de los adelantamientos, pero no se de que me extraño si te permites saber como conduce la gente con sólo leer sus posts risasrisasrisas

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Ferdigoo
El llevarlos con el asiento abatido metidos en fundas y fijados con el cinturon o con las argollas del maletero no es lo mismo que llevarlos tirados como si nada. Si los llevas bien fijados vamos como si no llevas asiento trasero.

El problema, de nuevo, por si lo quieres intentar entender es que no llevas TODO atado en el maletero, ¿o si?, y la carga tiene que ir debidamente separada de los pasajeros, de nuevo demuestras un absoluto desconocimiento del reglamento general de circulación, pero este ya no es mi problema, es el tuyo.

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Ferdigoo
Ahora si quieres te lees el primer post en el que digo como los llevo y me argumentas que para buscar normas eres un hacha pero para interpretarlas y leer tienes mas problemas.

Te lo argumentaría, pero no creo que lo entendieras.

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Ferdigoo
Agur!!!

Hasta nunca!!




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Enviado: 13-11-2009 22:47
Moderador
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Freeskirider, con esas bolsas se cierra el acceso al maletero, van enganchadas de forma que aunque lo que lleves en el maletero salte no sale por ahí, pero hay algún enterado que piensa que eso es lo mismo que llevar 1/3 de maletero abierto hacia el habitáculo ... y obviamente NO LO ES.




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Enviado: 13-11-2009 22:50
Moderador
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ekt
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ekt

Artículo 14 del Reglamento General de Circulación:
“la carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos, de tal forma que no puedan: arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa; comprometer la estabilidad del vehículo; ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores”.

Reglamento General de Vehículos
ANEXO II :DEFINICIONES Y CATEGORIAS DE LOS VEHICULOS
"Automóvil Vehículo de motor que sirve, normalmente, para el transporte de personas o cosas, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin. Se excluyen de esta definición los vehículos especiales."





y si quiero hasta los llevo fuera como dice el articulo 15
" En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías, la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud y si fuera indivisible, un 15 por ciento."

sumandole esto:
"5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.
Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de “V” invertida. "


aqui la documentacion.

Si un agente del orden os decide multar, recordando que esta en el derecho inherente a cualquier agente,
y le enseñais esos dos articulos, probablemente no os multara, quedandose con las ganas,
si lo llevais todo bien puesto, o si no teneis el seguro vencido...etc


si alguien opina lo contrario que lo comente y DOCUMENTE
pero normalmente te multaran si no llevas funda... van sueltos o se mueven... etc
no por el hecho de llevarlos

Eso es así para los esquís, si no fuera por que el maletero seguro que llevas más cosas con un asiento abatido no lo llevas perfectamente cerrado y, por ejemplo, la bolsa de las botas no la llevas atada con lo cual por ejemplo eso se puede arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa.

No se trata de otro artículo, se trata de ese mismo, que sólo lo interpretais para los esquís unicamente y en el maletero hay (O al menos yo cuando voy a esquiar) más cosas, con lo cual no os podrán multar POR los esquís, pero si por el resto de cargas del maletero, cosa que no pasa con las trampillas y bolsas preparadas para eso.






Editado 1 vez/veces. Última edición el 13/11/2009 22:53 por David_rD.
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Enviado: 14-11-2009 01:44
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Buenas noches

Entonces si no abato asientos y coloco los esquies en un asiento de atras, como si fueran una persona, las colas donde van los pies y las puntas donde la cabeza (con su funda) y les paso el cinturón... creo que cumplo todos los artículos que ahí habéis puesto. En esa posición caben perfectamente en cualquier coche, como mucho hay que quitar el reposacabezas, que podemos dejar en casa o meter en el maletero sin abatir ningún asiento... Con este método caben perfectamente 3 pares de esquís en un C3 o ZX (los tres ocupando una plaza trasera) y 3 personas cómodamente sentadas con todo el maletero libre y sin abatir ningún asiento.

Un saludo

P.D. Me ha parado la guardia civil con este sistema, y también con los asientos abatidos y nunca me han puesto pegas
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Enviado: 14-11-2009 08:17
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Yo siempre he llevado los esquís en sus respectivas fundas con una tercera parte del maletero abierta saliendo solo las puntas y siempre que me han parado no me han multado ni advertido sobre los esquís .
Otra cosa es que todos los objetos que hay en el habitáculo del automóbil y no en el maletero sean un peligro potencial en caso de accidente , eso no significa que no podamos llevar nada en el habitáculo . Tal ley seria una absurdidad ya que el peligro está inherente en la carretera, no podemos eliminar todo los riesgos pero si minimizarlos . Sobretodo sentido común !
Saludos y salut i neu!
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Enviado: 14-11-2009 11:15
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David_rD
Freeskirider, con esas bolsas se cierra el acceso al maletero, van enganchadas de forma que aunque lo que lleves en el maletero salte no sale por ahí, pero hay algún enterado que piensa que eso es lo mismo que llevar 1/3 de maletero abierto hacia el habitáculo ... y obviamente NO LO ES.

Claro.
Mira, ayer me ralle un poco la verdad, pero hace años es lo que habia, y me da que hoy en dia sigue siendo asi. La cuestion es que los fabricantes y la sociedad avanzamos de tal forma que se crean vacios legales y ni la misma GC o quies sea ertzantza, mosos, no saben si han de multar o no.

Cuando dice alguien que un coche es para transportar personas y cosas, claro que es asi, las personas el el habitaculo, diseñado para elo, y las cosas en el maletero, diseñado para tal fin.
Siempre he entendido que dentro del habitaculo no se pueden llevar nada. Ni perros, ni maletas, ni nada.
Los cinturones de seguridad estan pensado para amarrar personas, no para amarrar esquis, por seguros que vayan.
Y lo del avant (que yo tengo un puto avant de esos y hago lo mismo, ayer mismo los lleve asi y hoy volvere a llevarlos asi), prohibido totalmente aunque se amarren con el cinturon. Como bien dice david, entre el maletero y el habitaculo no debe de haber comunicacion, tienen que ir ambos compartimentos bien separados.

Eso es lo que yo he entendido toda la vida.

Hace 40 años tambien habia coches en los que se podian meter los esquis dentro. Curiosamente todo dios los llevaba en el techo, con unos portaesquis del todo rudimentarios.
Hoy en dia la cosa ha cambiado, y bien por moda, bien por que mola maas, mucha gente los lleva dentro. Yo he llevado 2 pares de esquis y dos tablas en el coche, una temeridad, pues en caso de un frenazo fuerte, con el peso que tiene ese material revienta el asiento delantero.

Cada uno que haga lo que quiera, pero la forma de llevar los esquis en el coche es con un "portaesquis" que estan diseñados para tal fin.

PD: Y la DGT ya podia aclarar todos estos puntos en los que no sabemos, ni lo pone en ningun lado, y asi ir a esquiar o a donde sea, con todas las garantias, y como dicen por ahi, no estar a expensas del dia que tiene el agente.
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Enviado: 14-11-2009 14:20
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freeskirider
PD: Y la DGT ya podia aclarar todos estos puntos en los que no sabemos, ni lo pone en ningun lado, y asi ir a esquiar o a donde sea, con todas las garantias, y como dicen por ahi, no estar a expensas del dia que tiene el agente.

Si pillas al guripa de turno con el día torcido si te quiere multar te va a multar por A o por B, seguro que acaban encontrando algo para recetarte TristeTristeTriste




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Enviado: 14-11-2009 18:19
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Hoy he vuelto a pasar la frontera de andorra y el guardia civil, como siempre, sólo me ha preguntado si los esquis eran nuevos...
Pero supongo que llegará el dia que pillaré un Guardia Civil "cruzado" y me meterá una multa por llevarlos dentro.
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Enviado: 14-11-2009 19:55
Moderador
Registrado: 21 años antes
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Taco, los GC de la frontera son de la agrupación fiscal y no de la de tráfico, además la GC ya no tiene competencias en materia de tráfico, así que a no ser una barbaridad lo que estés haciendo difícilmente te van a decir nada, en cualquier caso no pueden recetarte pero si dar aviso a los Mossos que son los que tienen las competencias en materia de tráfico guiño




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