FORO GENERAL

FrAnKsNoW
Enviado: 22-02-2005 10:32
Pues después de leer el post de MERCE en Malalts de Neu y en Nevasport me he preguntado ¿hasta donde son responsables una estación frente un accidente sea del tipo que sea?

Bueno, lo primero que creo deberiamos tener en cuenta es que una estación de Esquí tal y como están organizadas y reguladas actualmente no son más que meras empresas de transporte por lo que se entendería que tan solo son responsables ante una incidencia/accidente con uno de sus remontes. ¿Quiere esto decir que entonces en caso de accidente en pistas la estación no está obligada a intervenir? Pues mucho me parece que así es si bien creo que sí están obligados a ofrecer un servicio médico y de rescate (que en realidad lo estamos pagando todos a través de una compañía de seguros). Esto nos lleva a que en realidad las estaciones no tendrían que pisar las pistas para seguir dando el servicio que dan actualmente ya que no entra en sus responsabilidades pero SÍ lo hacen ¿porque? porque les interesa para mantener la afluencia de personal. Así pues, si aceptan esa responsabilidad ¿porque no aceptan también la de incrementar la seguridad en pistas?

Muchos conocemos casos de pistas que discurren al ladito mismo de un precipicio con el peligro que esto conlleva y sin ningún tipo de protección pero, ¿al ir a esquiar buscamos un montaña llena de mallas de protección y vallas? yo en mi caso no busco eso, si no dispongo del nivel adecuado no me meto por ahí y listo.

Por otro lado tenemos el tema de material. Aiiiiins cuanta gente pillando el último grito en eskises y tablas de alta competición y prestaciones sin tener en cuenta lo más esencial en material y es que se debe adaptar a nuestro nivel. Señores y Señoras, tengan en cuenta que al igual que nosotros pillamos un material de nivel superior para exigirle más, éstos a su vez también requieren de nosotros mayor nivel para controlarlos y de no poder domar a ese material lo más fácil es que no disfrutemos, nos lesionemos u cosas peores así que mucho ojito con el material también.

Tengamos pues en cuenta que al ir a esquiar todos asumimos que estamos practicando un deporte de riesgo y que en cualquier momento nos puede suceder algo por lo que se impone la prudencia y el sentido común practicando estos deportes siempre acorde a nuestras posibilidades y nivel.

Saludos Reflexivos,
FrAnK

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elvarea
Enviado: 22-02-2005 10:41
OK
responsabilidad+material adecuado+conocer y respetar tus limites= esqui mas seguro para todos
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Para franksnow:
Me parece un tema francamente interesante el que planteas, ya que hasta las propias estaciones de esquí se quejan del vacío legal que existe en cuanto a legislación referente a la explotación, gestión y responsabilidades de un dominio esquiable. En este país tan sólo existe una orden ministerial del 14 de enero de 1998 que regula las condiciones técnicas para la construcción y explotación de remontes mecánicos, la cual sustituye a la orden del ministerio de transportes y comunicaciones de 30 de marzo de 1979 en la que se establecían las condiciones técnicas para la construcción y explotación de las instalaciones de teleféricos. Esta es la única LEY que existe en España, en la cual no se definen términos tan importantes como pista de esquí, dominio esquiable, responsabilidades de las empresas explotadoras, responsabilidades de los esquiadores, riesgos inherentes al deporte del esquí, etc, etc, etc.
Existe un REGALMENTO de funcionamiento de estaciones de esquí alpino españolas publicado por la asociación turística de estaciones de esqui y montaña (ATUDEM). En el preámbulo de dicho reglamento, la propia ATUDEM reconoce que : "LA PROBLEMATICA ACTUAL DE LAS ESTACIONES DE ESQUI ESPAÑOLAS TIENE SU ORIGEN ULTIMO EN LA AUSENCIA DE UNA DEFINICION LEGAL DEL PROPIO CONCEPTO DE ESTACION DE ESQUI QUE, DE FORMA GLOBAL, DELIMITE EL AMBITO EN QUE TIENE QUE DESENVOLVERSE SU ACTIVIDAD. LA NORMATIVA ESPAÑOLA APLICABLE A LAS ESTACIONES DE ESQUI, EN AUSENCIA DE UNA LEY GENERAL DE LA MONTAÑA, ES SECTORIAL, DISPERSA Y, A MENUDO, OBSOLETA E INADECUADA. LA CONSECUENCIA QUE FACILMENTE PUEDE EXTRAERSE DE LO ANTERIOR ES LA INSEGURIDAD JURIDICA QUE ENVUELVE A UNO DE LOS SECTORES ECONOMICOS IMPORTANTES DEL TURISMO ESPAÑOL...." Si aparte de esto añadimos que :
- no todas las estaciones de esquí españolas pertenecen a la ATUDEM
- el reglemento no es ley ni orden ministerial, y transcribo de nuevo: "ATUDEM ES CONSCIENTE DE QUE EL PRESENTE REGLAMENTO DE FUNCIONEMIENTO INTERNO NO TIENE MAS VALOR NORMATIVO QUE EL CONSENSO ALCANZADO POR LAS ESTACIONES DE ESQUI ESPAÑOLAS EN ELLA INTEGRADAS, PARA SOMETERSE AL MISMO, ASI COMO DEL HECHO DE QUE RECOGE USOS Y COSTUMBRES DEL SECTOR, QUE SON TAMBIEN FUENTE DE DERECHO"
¿Y pretendemos organizar unos juegos olímpicos de invierno en el pirineo? Cada vez que escucho lo de la candidatura de Jaca, me rio las tripas. (De la EEE, a la cual pertenezco en la noble categoría de auxiliar desde 1993, mejor no hablar)
Perdona por el rollo, pero me parecia importante dejar claro cómo están las cosas antes de contestar a tu pregunta. El artículo 6 del reglamento dice que: "EN LAS PISTAS SEÑALIZADAS Y ABIERTAS, ASI COMO EN LAS AREAS ASIMILADAS A ESTAS (???), LA PRESTACION DEL SERVICIO DE SOCORRO ESTARA ASEGURAD POR LA ESTACION, BIEN DIRECTAMENTE O A TRAVES DE TERCEROS". Articulo 7:" EN LOS ITINERARIOS DE ESQUI, LA ESTACION NO SERA RESPONSABLE DEL ESTADO NI CONDICIONES DELA NIEVE, Y PUESTO QUE AQUELLOS SOLO SON APTOS PARA USUARIOS EXPERTOS (???), TAMPOCO SERA RESPONSABLE DE LOS POSIBLES DAÑOS SUFRIDOS POR ESTOS"
Articulo 8. "EN LA ZONA "FUERA DE PISTAS" Y EN LAS PISTAS SEÑALIZADAS Y DECLARADAS CERRADAS POR LA ESTACION, EL USUARIO ES EL UNICO RESPONSABLE DE SU PROPIA SEGURIDAD; ELLO NO OBSTANTE, LA ESTACION AVISARA DE FORMA GENERICA(???) DEL PELIGRO QUE SUPONE ESQUIAR FUERA DE PISTAS, ASI COMO DE LA PROHIBICION DE UTILIZAR LAS PISTAS CERRADAS, Y PODRA EFECTUAR EL SOCORRO EN DICHAS ZONAS, SIEMPRE QUE ELLO SEA POSIBLE SIN RIESGO PARA LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DE RESCATE O A TERCEROS"·

Por otra parte, el artículo 12 dice que: "LAS PISTAS DE ESQUI SERAN PREPARADAS, SIEMPRE QUE LAS CONDICIONES DEL TERRENO LO PERMITAN, EN NUMERO SUFICIENTE Y CON LA ANCHURA ADECUADA PARA LA PRACTICA DEL ESQUI Y DEMAS DEPORTES CONEXOS OFRECIDOS POR CADA ESTACION"
En la práctica, las estaciones pisan sus pistas por múltiples razones como pueden ser:
- preservar el manto de nieve el mayor tiempo posible,
- evitar peligros a los esquiadores ofreciendo una superficie homogénea y sin irregularidades,
- satisfaccion de los esquiadores,
- marketing,
- competencia de calidad de servicio con otras estaciones,

Espero haberte sido de ayuda.
LUIS
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cerlino
Enviado: 22-02-2005 15:28
Para todos y particularmente para Luis:

Muy interesante el tema y el articulo de Luis, hace tiempo que me preguntaba si el seguro que cada vez pagamos mas caro cubriria en caso de accidente "fuera de pistas" ya que en ningun mapa de pistas de las estaciones aclara el concepto, yo he preguntado en taquillas y o lo desconocen o se desentienden.

Si entiendo bien:
Según articulo 6 "Asi como en las areas asimiladas a estas" no hay definicion concreta por lo tanto es la estacion ya que decide del servicio de socorro.

Según articulo 7, la estacion no es responsable de los posibles daños sufridos por los usuarios "expertos" mayor indefinicion si cabe por lo tanto quedamos completamente al criterio de la estacion.

Según articulo 8, una vez que la estacion indica del peligro, prohibicion y pista cerrada, podrá efectuar el socorro siempre que ello sea posible sin riesgo, aún mas expuestos al criterio de la estacion.

Si esto ocurre en pistas y areas asimiladas, ¿que ocurrira lejos de ellas por ej. en fuera pista?

¿Sirve para algo útil ademas de acallar la conciencia el seguir pagando nuestro seguro diario "por si ocurre algun accidente"?.
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[Free-Ski]
Enviado: 22-02-2005 15:38
Yo muchas veces bajo acojonado por la típica pista paralela al precipicio, que en cualquier momento te despistas y te vas ladera bajo, como por ejemplo: Peña Labra (A. Campoo) y según sales a la derecha del telesilla Dera Reina (Baqueira Beret)
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FrAnKsNoW
Enviado: 22-02-2005 16:38
Luís, muy interesante tu respuesta/artículo. Mi idea más que la de obtener respuestas concretas, que ya tenía conocimiento del vacío legal, era la de abrir un debate sobre un tema que a todos nos concierne y muy pocos somos conscientes, y no siempre, de lo que conlleva la práctica de este deporte.

Mi intención sobre todo es la de despertar un poquito de conciencia entre todos l@s forer@s de lo que implica el ir a pasar un día de esquí. Cuando veo a verdaderas máquinas de matar en las pistas me hago esa pregunta con mucha más fuerza ¿que protección y medidas de seguridad tenemos en las pistas? sí, sí ya se que yo soy un caso de prudencia extrema y para más descojone del personal pues Surfero pero es importante hacer ver a todos que somos muchos en las pistas y que hay que ir con prudencia y controlando porque aunque nos parece estar cubiertos y seguros ante un accidente, la simple declaración de un testigo afirmando "nuestra" conducta temeraría en pistas podría dar al traste con nuestro seguro así como recaer en nosotros toda la responsabilidad legal y penal de un accidente.

Por otro lado será del clamor popular de donde salga la iniciativa de regular esta situación y práctica ya que ni a las estaciones les interesa cargarse con más responsabilidad ni a las compañías de seguros ya que éstos últimos ante un vacío legal siempre tienen por donde escaparse.

En respuesta a cerlino, sobre el tema seguro, creo que únicamente con el seguro de la federación estás 100% cubierto y tan solo en según que modalidad siempre teniendo en cuenta que hay de cobertura Nacional, Europea e Internacional. No estoy muy versado en el tema pero alguien que esté federado seguramente nos pueda arrojar algo de luz sobre esto.

Seguimos pues con el tema.

FrAnK

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caballero
Enviado: 22-02-2005 19:36
mmm, es cierto que existe una falta de regulación específica, pero no siempre la hiperregulación es buena.. conceptos como los usos y costumbres, toooda la legislación de protección de consumidores, el código civil y el penal (v.gr. denegación de auxilio), y un poquito de analogía, deberían bastar... aunque como casi siempre se tratará de un problema de prueba y de apreciación de conceptos no definidos legalmente por parte del juez.

existe abundante doctrina y jurisprudencia sobre el llamado derecho de daños, que tratan de lesiones, daños y responsabilidades en sitios y actividades que no están reguladas. quizás una tipificación limitada no sería mala, sobre todo para definir conceptos, pero yo defendería perfectamente a las normas FIS como aplicables como costumbre.

¿y si esa tipificación empieza a regular el uso de casco, el seguro obligatorio, etc.?

el forfait es un contrato de transporte (mutas mutandi) y el esquiador no contrata el derecho a esquiar, sino a usar los medios mecánicos de remonte.

ahora bien, en muchos casos (creo que en casi todos) las sociedades titulares de las estaciones son concesionarias, es decir, sometidas al derecho administrativo, de unos montes, generalmente de propiedad municipal o comunales, para la construcción y explotación de una estación de esquí. no he visto un pliego de concesión de una estación, pero estoy seguro de que algunos de ellos recogerán exahustivamente todo tipo de obligaciones para la estación, tanto de mantenimiento de pistas como de seguridad. incluso rizando el rizo se podría ver la aplicabilidad de la legislación sobre instalaciones deportivas...

otra idea más: si hay un boquete en una autopista y tu coche se revienta la suspensión, la concesionaria es responsable.... si hay un boquete en un pista y te revientas la pierna... ¿la concesionaria es responsable?

¿qué opináis?
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Enviado: 31-12-2005 16:56
Registrado: 18 años antes
Mensajes: 1.691
Retomo este hilo con motivo de los accidentes sufridos por esquiadores de diversa condicion y en diferentes circunstancias.

Totalmente de acuerdo en que hay una indefinicion legal con respecto a las estaciones de esqui con la consiguiente inseguridad juridica que hay creada, pero lo que no es admisible es que la unica normativa que intentan aplicar las estaciones es el reglamento de ATUDEM, que curiosamente es la patronal del sector.

Vamos que es lo mismo que si una Asociacion de Esquiadores (que por cierto en Sierra Nevada estan intentado echar a andar una) dicta un reglamento sobre las condiciones que deben de reunir las estaciones de Esqui.

De la comision que hay creada en el Senado muy pronto tendremos sus conclusiones, pero me da a mi que mejor no hacerse demasidas alusiones, los proximos dias 13/15 veran la luz sus conclusiones.
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Al final habrá que sacarse el carnet de esquiador, como el de conducir, y tener un seguro privado para poder esquiar. Yo personalemte, estoy federado en montaña, con lo que me cubre el esquí de montaña y las rutas fuera de pistas, y con el suplemento de esqui, además, el esquí alpino en estaciones, y lo considero una buena solución. Sin que por ello tenga permiso para hacer el "cafre".

Y sobre los reglamentos, porque no se hace un regalmento de las conductas que tienen que seguir los usuarios de las estaciones de esqui? tanto esquiadores como snowboarders?.

Saludos y buenas huellas

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Enviado: 01-01-2006 16:10
Admin
Registrado: 19 años antes
Mensajes: 7.668
Buena reflexión que no había visto. Yo tampoco quiero ver una montaña llena de vallas de protección.

Debemos ser nosotros mismos quien sepamos ver que si una pista tiene la nieve dura (algo que se ve sin que nos lo diga el parte de nieve), debemos tener mas cuidado. NO esquiar al revés, no salirse de la pista, tener el material a punto y en general comportarse como es debido.

La mayoría de accidentes en las pistas son debidos a irresponsabilidades por parte de los usuarios...

Un esquiador que muere practicando fuera pistas, otro, tambien con experiencia son controlar sus esquies en una pista con nieve dura, etc...

La mayor seguridad es la que podemos practicar nosotros mismos. Saber donde debe ir una valla de protección en medio centenar de kilómetros de pistas es muy difícil...
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