FORO GENERAL

Enviado: 19-10-2005 16:10
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hola haber que opinais.no se si poner porta esquis es reconmedable,ami me entran en el coche perfectamente eso si bajando un asiento trasero.pero claro no se si van mejor como dios manda en la vaca...la gente me dice k es mejor si van dentro y no les da el viento ni agua ni naaaaaaa pero no se k hacer.
solo vamos dos a esquiar tengo espacio de sobra.
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Enviado: 19-10-2005 16:15
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Hombre iendo dentro los esquis van muy bien lo malo, a parte de la incomodidez de llevarlos dentro, es que si tienes un accidente pueden llegar a ser peligrosos.





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No hay nieves dificiles, solo esquiadores inexpertos!!!!
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Enviado: 19-10-2005 16:20
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ostras es cierto no habia caido,puede ser peligroso si....lo tendre en cuenta,son cuchillas k pueden hacer una averia doble en caso de golpe.....
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Enviado: 19-10-2005 16:21
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Tu dejalos dentro si tienes espacio...lo del accidente mejor que no pase eh..!! los atas un poco.
pero dentro van mejor,paras en cualquier sitio y no te los puede pillar nadie,además,el porta esquis es un poco engorroso.
Y puedes corrermás,bueno,más tranquilo digo...a minunca me han volado,pero bueno...siempre q puedo los dejo dentro...
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Enviado: 19-10-2005 16:25
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De este tema ya se ha hablado mucho en el foro, no solo es peligroso llevarlos dentro, sino que si te trinca la guardia civil te multan porque está prohibido
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Enviado: 19-10-2005 16:28
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sorprendido sorprendido no jodas...!!! joer...pues....no lo sabia yo...
Y los "mossos d´esquadra"?¿¿?
esque quieren sacar dinero de todas partes coñe...
smiling smiley bueno d aigual la question es llevarlos...y que empiece ya a nevarrr!!! Enfadado - Angry deww
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Enviado: 19-10-2005 16:32
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A mi llevarlos en el portaesquis me resulta mas comodo, porque me caben hasta seis pares y porque aunque los seques siempre queda agua metida en las fijaciones y de esta manera gotea sobre el techo no dentro del coche.



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Enviado: 19-10-2005 16:42
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No está la normativa muy clara sobre lo de llevarlos dentro, si se llevan con dispositivos adecuados para ellos si que se puede, como te quieran buscar las cosquillas te las pueden buscar bien buscadas. La normativa dice que la carga debe ir debidamente sujeta .... quien dice que es "debidamente" ... el que te pone la multa ...

Lo suyo, es una buena baca portaesquís.




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Enviado: 19-10-2005 16:49
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Yo siempre los llevo dentro, eso si, en su bolsa correspondiente. Multan igualmente?


Salu2
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Enviado: 19-10-2005 17:06
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Yo hace poco me saque el carne de conducir y le pregunte a la de la autoescuela sobre este tema.Ella me dijo que tanto eskis como tablas de surf,snow o similares que no estaba prohibido o que por lo menos en el reglamento no hay nada que lo contradiga otra cosa es lo que digan los guardias civiles
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Enviado: 19-10-2005 17:40
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Hombre, los GC no se inventan el reglamento según les convenga .... la carga cuando comparta su espacio con los pasajeros debe ir debidamente sujeta. Otro tema son las interpretaciones del reglamento ... que ahí si que te pueden buscar las cosquillas.




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Enviado: 19-10-2005 17:53
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hombre no se...me parece excesivo k te multen yo llevo un asiento reclinado y puedo llevar lo k me parezca dentro de el.a quien molesto???? claro esta k van mejor en la vaca pero como han dicho por ahi es mas cantoso y te los pueden hacer cualkier perreria si vas a tomar un cafe o comer mismante no se....
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ELIN
Enviado: 19-10-2005 17:58
Una pregunta, conoceis a alguien multado por llevar los skies dentro del coche, yo siempre lo he oido pero no lo he visto.
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Enviado: 19-10-2005 18:03
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Mira este enlace [perso.wanadoo.es]
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Enviado: 19-10-2005 18:15
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pues cooper viendo ese enlaze k es muy completo se me han aclarado todas las dudas respecto a la legalidad y creo k es legal llevar los esquis en el interior siempre y cuando se cumplan una series de normas.yo los llevo asi abatiendo un asiento me entran perfectamente quedando en todo momento detras de mi asiento sin entorpecer a un tercer pasajer en la parte trasera.gracias
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Enviado: 19-10-2005 20:06
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Hombre, legal debe ser legal porque si te vas a comprar un coche, la mayoria te ofrecen como extras el hueco en el asiento central y la bolsa portaesquis. Si no fuera legal, no pasarían la homologación de trafico y no se podrían vender como accesorio.Vamos, digo yom es una opinión. Luego está el tema de los porta magneticos, hay gente a favor y gente en contra, yo particularmente llevo 2 años con uno del Norauto, y hasta la fecha ningun problema (eso si, cuando llegas a la estación hay que desmontarlos que hay mucho amigo de lo ajeno).
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Enviado: 19-10-2005 20:41
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si fuese ilegal, los picos de la aduana en andorra y demas gendarmeres de las fronteras se pondrian las botas multando, y que yo sepa, no se de nadie que le hayan multao..

A mi me han mirao maletero etc, en las fronteras, han visto los skis en las bolsas dentro y no han dicho nada.

otra cosa es que una vez en destino le pongo los portas para que sea mas comodo bajar y subir a pistas, si los skis estan mojados, etc.
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Enviado: 19-10-2005 20:46
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Siempre resultará más comodo un portaesquís bien puesto en la baca, además que tendrás más sitio en el coche para llevar gente o paquetes. Tambien es la opción más segura. El inconveniente es que son antiaerodinámicos y esto se nota en el consumo, sobre todo si realizas gran parte del trayecto por autopista.
Un saludo.
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Enviado: 20-10-2005 09:54
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Que no multen no quiere decir que sea legal llevarlos de cualquier manera dentro del coche. Normalmente si los llevas sujetos y en su bolsita es difícil que te multen, pero si te quieren buscar las vueltas te las pueden buscar.

Por cierto, los GC de la aduana en Andorra no pueden denunciarte por eso, ellos son de la "Agrupación Fiscal", no de la "Agrupación de Tráfico", como máximo podrán retenerte para entregarte a los Mossos d'Esquadra y que sean estos los que te denuncien.




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Enviado: 20-10-2005 10:21
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Yo creo que entra dentro de "leyendas urbanas", david, tu no crees que con la cantidad de gente que escribimos por aqui, si realmetne se pudiese multar, ¿no habria ya alguno que le hubiese pasado?, ademas yo creo que somos conscientes de que llevandolos dentro del coche hay que llevarlos en condiciones, si me apuras es peligroso dejar una carcasa de un cede o un bocata en la bandeja posterior, que unos skis bien colocados y en su bolsa.
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Enviado: 20-10-2005 10:29
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Raul, a mi estuvieron a puntito de multarme, al final el guardia civil se apiado de mi y no me puso la receta. Le comente que mucha gente llevaba los esquis dentro del coche y me remitio a que hay que llevar la carga o en el maletero o en una baca que no supere la proyeccion en planta del vehiculo, etc etc
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Enviado: 20-10-2005 10:49
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Yo tengo un coche tipo "familiar" (Laguna GTour) y los llevo dentro pero es su bolsa, con el asiento lateral izq. de atrás reclinado para que queden totalmente horizontales, y van perfectos. Apenas sobresalen 20cm del maletero sobre el asiento. Nunca me han dicho nada.
Eso si... no puedo llevar más que a dos personas, y delgaditas atrás risas risas

Antes teníamos un Ibiza y no había más narices que llevar portaesquís, y anda que no se notaba el consumo!! sorprendido

Solo vamos 2, pero si un día vamos más gente... pues compraremos la baca ajustada a nuestro coche.

Salu2
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Enviado: 20-10-2005 10:51
Registrado: 21 años antes
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Yo no digo que multen, yo lo que digo es que como queda a la libre interpretación de la autoridad si el GC o Mosso de turno te quiere tocar los OO te los puede tocar, la ley ni deja ni no deja, sencillamente dice:

"<b>Artículo 14. Disposición de la carga.

1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:

a) Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.

b) Comprometer la estabilidad del vehículo.

c) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.

d) Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.</b>", por tanto queda a la interpretación de quien te imponga la sanción, y ese señor/a tiene presunción de veracidad con lo que lo que él/ella diga va a misa, eso es lo que yo digo.

A mi no me han multado jamás ni tan siquiera me han dicho nada las dos veces que me han parado los Mossos, pero me planteo si alguna vez habeis visto a alguien con una luz fundida circular delante de la GC o la urbana y no lo han parado/multado? Pues yo si, ¿es legal circular sin la correcta iluminación? <b>NO</b>, pero eso no indica que siempre los vayan a multar, la autoridad competente es caprichosa y actúa según le sale de los OO.

Yo los llevo dentro si voy solo o con otro (Con su bolsa y sujetos con el cinto y dos pulpos), si vamos más gente llevo baca.




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Enviado: 20-10-2005 10:56
Registrado: 21 años antes
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Dos cosillas, puse < b > en vez de [ b ] para la negrita, perdón guiño .

Y la importante, ese artículo esta sacado del:

Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (BOE núm. 63, de 14 de marzo; corrección de errores en BOE, núm. 185, de 3 de agosto).




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gagaiwas
Enviado: 20-10-2005 11:44
Hola Dankar:

Si los llevas en la cabina, han de ser plegables..... smiling smiley

Bromas a parte:

1.- La cabina de los vehículos es de uso exclusivo para personas y NO pueden llevarse objetos o animales en la misma, salvo que el vehículo esté expresamente preparado para ello (por ejemplo un asiento trasero reclinable o los famosos y caros portaesquís interiores (la famosa funda).

2.- Efectivamente es MUY peligroso llevar los esquís o bastones en la cabina si no están bien sujetos y/o la cabina no está preparada para ello.

3.- En cuanto a sanciones, SI, la guardia Civil puede imponer sanción, por esto y por al menos 20 o 30 razones más si nos paran.


Conclusión: Mejor llévalos con portaesquís que no les pasa nada ni a los esquís ni al coche. Más sufren los esquís cuando los guardamos en casa.

Salu2

Santiago


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Enviado: 20-10-2005 12:36
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A mí me voló un portaesquís (Bueno a mí no por que yo iba de paquete).


No eran magnéticos.


Lo más grave es que eran los de la marca del coche comprados en concesionario oficial, pero bueno, FIAT es así y yo haría lo del pollo.

Afortunadamente sólo saltó la parte de alante y la de atrás aguanto mientras parábamos en el arcén y no pasó nada.

Con los magnéticos de Aurgi no he tenido nunca ningún problema.
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Enviado: 20-10-2005 12:45
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Pero serían defectuosos o mal montados, no?

No se como irán sujetos los de Fiat, pero en mi antiguo Astra con vierteaguas aquello no saltaba ni de coña, y con el Octavia aún menos, vas atornillados al techo.




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Enviado: 20-10-2005 12:54
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David_rD Escribió:
-------------------------------------------------------
> Pero serían defectuosos o mal montados, no?
>
> No se como irán sujetos los de Fiat, pero en mi
> antiguo Astra con vierteaguas aquello no saltaba
> ni de coña, y con el Octavia aún menos, vas
> atornillados al techo.
>
> -----------
> Saludos,
> David rD


Eran de Fiat uno e iban bien montados. En los uno de tres puertas, la parte de alante del porta se enganchaba en una ranura ridícula en el marco de la puerta, creo que debajo de la goma.

EL sistema estaba pensado con la parte final de la espalda y no aguantó. Fiat y sus fiatadas.


88 Km duraron.

En los heróicos tiempos de mi citroënjeese los portas del vierteaguas no los movías ni con grúa.

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Enviado: 20-10-2005 13:01
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Pues vaya tela!!! sorprendido sorprendido sorprendido sorprendido




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Enviado: 20-10-2005 13:07
Registrado: 21 años antes
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La normativa a la que hacéis referencia ha sido modificada (tened cuidado cuando miréis normativa antigua en el BOE, que no se ven las modificaciones posteriores).

De todas formas, me temo que has confundido un artículo de la Ley con un artículo del Reglamento que la desarrolla (tampoco tiene mayor importancia, es un apunte sin más) smiling smiley

En la Ley, todo se resume a un escueto artículo 11.2 que dice lo siguiente:

Artículo 11. Normas generales de conductores.

1...

2. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencias entre el conductor y cualquiera de ellos.


En su Reglamento General de Circulación es donde se especifica lo antes citado:

[www.mir.es]


Podéis consultar la normativa actualizada, libremente, aquí: [www.mir.es]


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