Desconozco totalmente las condiciones de contratación que Cetursa impone en los FF de temporada que como tal será (supongo) un contrato de adhesión en el que seguramente Cetursa se reserve la posibilidad de variar ese calendario primigenio que sale en octubre/noviembre para motivar e incentivar la compra de los ff de temporada, en todo caso la teoria general de los contratos te dice que no se puede dejar el dominio completo del cumplimiento contractual en manos de una sola de las partes, precisamente para evitar actuaciones abusivas.
El artículo 1124 inciso segundo del Código civil te dice que "...El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimineto o la resolución de la obligación con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos...". El problema que yo veo es que esa clausula de "condiciones meteorológicas" es muy amplia, no solo se refiere a la cantidad de nieve, sino al esstado de la mismo, al viento, a la temperatura...
Aqui volvemos a la misma discusión que teníamos con Pepeski, ¿compensa meterse en un pleito conCetursa por una semana de ski? y sobre todo, y segun tengo entendido, cuando si se solicita a la propia cetursa por esta semana de cierre "anticipado" luego te dan un descuetno para el ff de la temporada siguiente?
Por lógica y siendo legalista, habría que denunciar a Cetursa en el juzgado, plantear la existencia de clausula abusiva del contrato segun la ley general de defensa de consumidores y usuarios (articulo 10 bis si mal nor ecuerdo), ya que la clausula de condiciones meteorológicas es demasiado amplia, oscura, etc...además reclamar daños y perjuicios por el hecho de que los compradores de los ff de temporada se han comprado atendiendo a un calendario preestablecido por la propia parte y ahciendo cuentas sobre él, si se ganara ese proceso (largo, muy largo ya que sería civil) se conseguiría algo pero nunca para esta temporada, salvo que como dedida cautelar se exiguiee que la estación no cerrase, pero la caución que se pediria por eso estoy por asegurar que sería tirando a "galactica", a su vez, y por rapidez, se podría iniciar un proceso penal por publicidad engañosa (articulo 282 del código penal, creo), para evitar que en otras temporadas se haga un calendario al alza, cuyo único fin es vender más ff de temporada y no ahcer una publicidad real de las posibilidades de ski en la estación
Juer que rollo he soltado, en definitiva, lo que hay que plantearse es si merece la pena enpantanarse en esto por una semana de ski, pensando además que el dinero "te lo devuelven o te lo rebajan del ff de la temporada siguiente" (lo pongo entre comillas pq es algo que he oido en este foro que cetursa hace pero no se si lo hace de verdad), en caso de que no lo haga, estoy seguro de que se puede reclamar judicialmente el apgo del tanto proporcional de ff de esa semana, pero veo realmente complicado que alguien pueda obligar a una estación a abrir si no quiere o a alargar la temporada si ya la ha dado por acbada; piensa en que se rescinden los contratos de los trabajadores fijos discontinuos pisteros, remonteros, personal de hoteles que cierran, contabilidades que se cuadran a fin de temporada...un juez debería tener muy clara la ilegalidad o quebranto contractual que supone el hecho en si para resolver a favor de los demandantes.
Es mi opinión "profesional"

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