Noticias La actualidad más blanca de la red
Última actualización: 02/05/2024 a las 18:55:00 (CET)

Reabrierto el caso por las obras del telesilla de La Covatilla

Reabrierto el caso por las obras del telesilla de La Covatilla
Iniciado por el ex concejal de IU José María García, fue archivado por el TSJCyL en junio de 2000 El Tribunal Supremo ha ordenado reabrir el caso a
Iniciado por el ex concejal de IU José María García, fue archivado por el TSJCyL en junio de 2000

El Tribunal Supremo ha ordenado reabrir el caso archivado por el Tribunal Superior de Justicia de Castila y León en junio de 2000 por las obras del telesilla de la estación de esquí La Covatilla, caso iniciado por José María García, ex concejal de IU.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) deberá reabrir el caso por las obras del telesilla de la estación de esquí La Covatilla, que fue archivado en el año 2000, según una reciente sentencia del Tribunal Supremo a la que ha tenido acceso en exclusiva este periódico.

La historia se remonta a los años 1998 y 1999, cuando siendo concejal del Ayuntamiento de Béjar por el grupo de Izquierda Unida el ahora ex edil José María García, reclamó primero y recurrió después contra los acuerdos de la comisión de Gobierno relativos a la convocatoria y adjudicación de las obras de construcción del Centro Turístico Sierra de Béjar, es decir, la estación de esquí La Covatilla y, más en concreto, su telesilla.

Dicho recurso contencioso administrativo ante el TSJCyL se fundamentó en que no se aportó en la tramitación de este proyecto ningún informe ni memoria técnica que garantizase su viabilidad técnica y económica. Pero el Tribunal regional decidió en junio del año 2000 archivar este recurso mediante un escrito que dirigió al Grupo municipal de Izquierda Unida en el Consistorio bejarano por el que José María García había dejado de ser concejal de dicho grupo político, el cual había decidido no continuar con el recurso.

El ex concejal decidió recurrir el archivo del recurso ante el Tribunal Supremo, que ahora, mediante sentencia, dice textualmente: «La legitimación que en él se reconoce a los concejales exige que éstos conserven su condición hasta que concluya el proceso o basta con que lo sean en el momento de interponerlo... Es absolutamente irrelevante a los efectos que aquí importan la posición que pueda mantener el Grupo Municipal o la fuerza política a la que representaba el señor García Gutiérrez en relación con el presente recurso.

Eso se debe a que el cargo de concejal pertenece a la persona titular del mismo y no al partido, federación, coalición o agrupación por la que se presentó... En consecuencia, es del todo improcedente el requerimiento hecho por la Sala de instancia (del TSJCyL) al Grupo municipal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Béjar para que efectuara la sucesión en la relación procesal».

Así pues, el Tribunal Supremo ordena al TSJCyL que reabra el procedimiento al considerar que se actuó indebidamente, ya que no se debió de consultar al grupo político sobre la continuidad o no del recurso dado que lo inició un concejal (sin que sea relevante la opinión del grupo político al que se adscribe, dado que la jurisprudencia señala que la condición de concejal es personal). Además, su especial legitimación para interponer el recurso no decae aunque deje de ser concejal, pues de otra forma (dados los plazos de los procedimientos judiciales y la duración de los cargos políticos) sería inviable ejercer este derecho.

0 Comentarios Escribe tu comentario


    Escribe tu comentario





     

    Si este mensaje tiene un solo insulto, no te molestes en enviarlo, porque será eliminado.
    AVISO: La IP de los usuarios queda registrada

    Los comentarios aquí publicados no reflejan de ningún modo la opinión de nevasport.com. Esta web se reserva el derecho a eliminar los mensajes que no considere apropiados para este contenido. AVISO: La IP de los usuarios queda registrada, cualquier comentario ofensivo será eliminado sin previo aviso.



    Lo más leído: