Hola a todos/as. A la vista de la gran controversia y confusión existente sobre la normativa de uso de las bicis en el interior de los parques tanto natural como nacional de Sierra Nevada, recientemente me puse en contacto tanto a nivel personal como profesional en nombre de Andalbike, con el área de uso público de ambos parques, con la intención de arrojar luz sobre este asunto. Os pego a continuación las dos respuestas remitidas desde este área competente (ya que se lo pregunté con anterioridad), y os subrayo en negrita lo más importante para a continuación comentarlo.
Buenas Miguel Ángel,
en respuesta a su correo le comentamos que sí existe una regulación sobre el uso de la bicicleta en Sierra Nevada, la principal norma que articula dicha regulación es el Decreto 238/2011 que establece la ordenación y gestión de Sierra Nevada, y contiene el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y los dos Planes Rectores de Uso y Gestión, el del Parque Natural y el del Parque Nacional.
Además existen otras normas que son de aplicación en este ámbito como el Decreto 15/2011 o la normativa de turismo activo.
Sobre la bicicleta, la normativa establece que en Parque Nacional sólo se puede circular en bicicleta por carriles y carreteras nunca por senderos o campo a través.
En Parque Natural no se puede ir en bicicleta ni campo a través ni en senderos de uso público exclusivamente peatonal, aunque sí por otros caminos que no sean de uso exclusivo peatonal como pueden ser las vías pecuarias y algunas sendas.
Es necesario solicitar autorización en lugares con limitación de acceso o de uso.
Mediante el Decreto 238/2011, de 12 de julio, se establece la ordenación y gestión de Sierra Nevada, tanto el PORN (Plan de Ordenación de los Recursos Naturales) como los PRUGS (Plan Rector de Uso y Gestión) de ambos parques, Natural y Nacional.
El PRUG del Parque Nacional establece que las bicicletas sólo podrán circular por pistas forestales y carreteras no habiendo en este momento ningún sendero señalizado para esta modalidad deportiva (porque TRANSNEVADA sólo circula por pistas). En cuanto al Parque Natural el PRUG establece que no se podrá circular campo a través ni por senderos de uso público exclusivamente peatonales (estos senderos son la red oficial de sendros de ambos parques que puede consultar en la ventana del visitante de la Junta de Andalucía). De cualquier manera se está trabajando en Parque Natural para determinar cuales serán los recorridos exclusivos para uso de bicicletas.
Documentación oficial aparte, la normativa dice que se podrá circular por senderos que no sean de uso exclusivo peatonal y que son los catalogados como senderos oficiales, estos se pueden consultar en la web de la ventana del visitante. Os adjunto el enlace [
www.juntadeandalucia.es] , de todos modos os he entresacado los más significativos para la práctica de la BTT que aparecen en esta web:
-Canal de la Espartera/-Cerro Huenes/-Del Aguadero/-Postero a Jeres/-La Cebadilla/-La Silleta/-Puente Palo/-Ragua a Aldeire/-Sulayr completo
Dicho esto creo que queda claro por donde si o no se puede dar pedales, teniendo en cuenta que dentro del parque nacional por ningún sitio mientras no lo digan.
Bueno, esto seguro que abre nuevo debate sobre el asunto, espero que esta información que comparto sea de ayuda para todos y nos permita saber con mayor certeza a que atenernos.
Os adjunto el correo donde dirigir las preguntas oficiales, que para las extra oficiales ya estamos por aqui
usopublico.sn.cma@juntadeandalucia.es
Saludos
Miguel Ángel