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Hnogueiram
Buenas!!
Hace ya un tiempo pregunté en este foro sobre unas dudas que tenía sobre convalidaciones internacionales y demás, y me fue de gran ayuda....ahora vuelvo por estos lares buscando pun poquto de vuestros conocimientos.
Mi duda es que en la montaña hay diferentes profesionales cualificados: Profesores, demostradores, guías de media y alta montaña...etc. pero por ejemplo, algunas estaciones ofertan ''clase de esqui con un profesor que te enseña la estación''. Vale, muy bien, pero ¿y si yo solo quiero que me enseñen la estación? ¿y si yo llevo 20 años esquiando en el mismo lugar, me la conozco de memoria y quiero enseñarle a los turi-esquiadores mi patio de recreo? ...¿necesitaría algún tipo de titulación?
A riesgo de sonar confusa, lo que pregunto es si es ''legal'' o si se necesita algún titulo en concreto para hacer como de Guía Turístico (q no de montaña) dentro siempre de la misma estación y respetando las pistas balizadas etc, sin llevar ningún tipo de riesgo.
En mi opinión, los profesores están para enseñar y mejorar nuestra técnica, no para hace de guías turísticos...porque de ser así, al final acabaremos haciendo exámenes de geología, geografía e historia antes que las tan ansiadas clases prácticas.
En fin, que my felices fiestas a todos y espero poder leer vuestras siempre interesantes respuestas.
Un saludo y gracias por su antención!!
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Profesional de nieve
Creo recordar que hace poco salió una noticia de un grupo de amigos que se perdió en una montaña (me suena que por mal tiempo), un par de personas se separaron del grupo y uno murió, y el responsable de esa muerte acabó siendo el que organizó la excursión, siendo solo uno mas de ese grupo de amigos, pero el que decidió el itinerario.
De acuerdo con esto, si no tienes ningún tipo de titulación y ningún tipo de RC y haces una excursión por una estación de esquí "guiando" a tu grupo de "amigos" y por error los metes por una pista para la que alguno no esté preparado, si a este le pasara algo tú serías el responsable.
El profesor, además de enseñar, es responsable de adaptar la clase al nivel del alumno, y en esto entra escoger pistas en las que no ponga en riesgo la integridad de ese alumno. Si es un cursillo siempre se tiene que rebajar al nivel más bajo. Si durante la clase de nivel B al profesor se le ocurre la lindeza de llevarles a una pista negra y alguno se descontrola y tiene un accidente.. puedes imaginar lo que le cae a ese profesor.
Saludos
Es que hay, al menos en Andalucia, regulación de las actividades deportivas en el medio natural(Turismo Activo), también una ley del deporte (aún pendiente de entrar en vigor por qué faltan desarrollar artículos...) además de titulaciones en las que se desarrollan las competencias profesionales y de momento la única formación que contempla la enseñanza de los deportes de invierno y el acompañamiento de usuarios dentro de los límites de la estación (incluidos los fuera de pista)es la que todos conocemos.Cita
DGATD1
Bueno,
Teniendo claro el riesgo al que cada uno puede exponerse, sabiendo cuales son sus propias capacidades, y partiendo de ahí... parece que sí que interesa saber si estamos limitados por algún tipo de burocracia o no.
Porque puedes estar muy preparado en la realidad, sabiendo que tus riesgos son mínimos, y con las responsabilidades cerradas, pero que "alguien" te venga diciendo que no puedes porque es su montaña o cosas similares. Esto es lo que genera dudas entre la gente, y lo que nadie quiere dejar claro. Parece que por alguna razón interesa divulgar una idea de que si no tienes todo lo que a algunos les gustaría, entonces es ilegal, cuando la realidad solo es que conlleva más o menos riesgo.
Creo que es importante que la gente sepa distinguir entre guiar en la montaña salvaje, y guiar dentro de un resort señalizado y con todos los servicios. Probablemente una persona local sin ningún tipo de preparación, te podrá aportar valor indicándote cuales son los rincones donde más puedes disfrutar, y tú que ya sabes esquiar, y eres responsable de ti mismo, y sabes leer las señales de peligro y de prohibido el paso, y de peligro avalanchas, tienes suficiente criterio como para entrar en esa zona independientemente de lo que te diga quien te está enseñando la estación.
Cita
Antonio Serrano
Es que hay, al menos en Andalucia, regulación de las actividades deportivas en el medio natural(Turismo Activo), también una ley del deporte (aún pendiente de entrar en vigor por qué faltan desarrollar artículos...) además de titulaciones en las que se desarrollan las competencias profesionales y de momento la única formación que contempla la enseñanza de los deportes de invierno y el acompañamiento de usuarios dentro de los límites de la estación (incluidos los fuera de pista)es la que todos conocemos.Cita
DGATD1
Bueno,
Teniendo claro el riesgo al que cada uno puede exponerse, sabiendo cuales son sus propias capacidades, y partiendo de ahí... parece que sí que interesa saber si estamos limitados por algún tipo de burocracia o no.
Porque puedes estar muy preparado en la realidad, sabiendo que tus riesgos son mínimos, y con las responsabilidades cerradas, pero que "alguien" te venga diciendo que no puedes porque es su montaña o cosas similares. Esto es lo que genera dudas entre la gente, y lo que nadie quiere dejar claro. Parece que por alguna razón interesa divulgar una idea de que si no tienes todo lo que a algunos les gustaría, entonces es ilegal, cuando la realidad solo es que conlleva más o menos riesgo.
Creo que es importante que la gente sepa distinguir entre guiar en la montaña salvaje, y guiar dentro de un resort señalizado y con todos los servicios. Probablemente una persona local sin ningún tipo de preparación, te podrá aportar valor indicándote cuales son los rincones donde más puedes disfrutar, y tú que ya sabes esquiar, y eres responsable de ti mismo, y sabes leer las señales de peligro y de prohibido el paso, y de peligro avalanchas, tienes suficiente criterio como para entrar en esa zona independientemente de lo que te diga quien te está enseñando la estación.
Yo tengo una escuela y tengo claro que necesitan mis trabajadores para poder prestar los servicios que vendo, y la responsabilidad civil y penal a la que me enfrento no te quepa duda que pesa y mucho a la hora de como hacer las cosas. Dormir tranquilo no tiene precio.
Después que cada cual haga lo que le parezca oportuno, pero eso de que alguien sin ningún tipo de preparación te puede aportar un plus, pues no lo veo, si hablamos de actividad comercial.
Un saludo,
Antonio Serrano
Cita
DGATD1
Cita
Antonio Serrano
Es que hay, al menos en Andalucia, regulación de las actividades deportivas en el medio natural(Turismo Activo), también una ley del deporte (aún pendiente de entrar en vigor por qué faltan desarrollar artículos...) además de titulaciones en las que se desarrollan las competencias profesionales y de momento la única formación que contempla la enseñanza de los deportes de invierno y el acompañamiento de usuarios dentro de los límites de la estación (incluidos los fuera de pista)es la que todos conocemos.Cita
DGATD1
Bueno,
Teniendo claro el riesgo al que cada uno puede exponerse, sabiendo cuales son sus propias capacidades, y partiendo de ahí... parece que sí que interesa saber si estamos limitados por algún tipo de burocracia o no.
Porque puedes estar muy preparado en la realidad, sabiendo que tus riesgos son mínimos, y con las responsabilidades cerradas, pero que "alguien" te venga diciendo que no puedes porque es su montaña o cosas similares. Esto es lo que genera dudas entre la gente, y lo que nadie quiere dejar claro. Parece que por alguna razón interesa divulgar una idea de que si no tienes todo lo que a algunos les gustaría, entonces es ilegal, cuando la realidad solo es que conlleva más o menos riesgo.
Creo que es importante que la gente sepa distinguir entre guiar en la montaña salvaje, y guiar dentro de un resort señalizado y con todos los servicios. Probablemente una persona local sin ningún tipo de preparación, te podrá aportar valor indicándote cuales son los rincones donde más puedes disfrutar, y tú que ya sabes esquiar, y eres responsable de ti mismo, y sabes leer las señales de peligro y de prohibido el paso, y de peligro avalanchas, tienes suficiente criterio como para entrar en esa zona independientemente de lo que te diga quien te está enseñando la estación.
Yo tengo una escuela y tengo claro que necesitan mis trabajadores para poder prestar los servicios que vendo, y la responsabilidad civil y penal a la que me enfrento no te quepa duda que pesa y mucho a la hora de como hacer las cosas. Dormir tranquilo no tiene precio.
Después que cada cual haga lo que le parezca oportuno, pero eso de que alguien sin ningún tipo de preparación te puede aportar un plus, pues no lo veo, si hablamos de actividad comercial.
Un saludo,
Antonio Serrano
1. ¿Se puede considerar acompañar a una persona en una estación de esquí tipo Resort, organizar una actividad en el "medio natural"?
2. ¿A todo el mundo le gusta dormir tranquilo? Los hay intrépidos...! y son libres de serlo.
3. Con ningún tipo de preparación, me refería a preparación reglada con papelito.
¿te refieres al Decreto 26/2018, de 23 de enero y el DECRETO 20/2002, de 29 de enero, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo?
Así mirando por encima, no tengo claro que sea aplicable a lo que el autor de este hilo propone.
A ver, aunque el estatuto de los trabajadores es aplicable, en mi caso tenemos un convenio propio de empresa, es decir unas normas que regulan la relacion entre los trabajadores y la empresa, a todos los niveles , no solo el salarial.Cita
DGATD1
Por cierto, Antonio Serrano, ¿cumples con el estatuto de los trabajadores en esa parte que dice que el empresario dotará a sus empleados del material para la realización de sus tareas? Es decir, les proporcionas sin ningún coste esquís y equipación textil, de tu propiedad?
Cita
Antonio Serrano
A ver, aunque el estatuto de los trabajadores es aplicable, en mi caso tenemos un convenio propio de empresa, es decir unas normas que regulan la relacion entre los trabajadores y la empresa, a todos los niveles , no solo el salarial.Cita
DGATD1
Por cierto, Antonio Serrano, ¿cumples con el estatuto de los trabajadores en esa parte que dice que el empresario dotará a sus empleados del material para la realización de sus tareas? Es decir, les proporcionas sin ningún coste esquís y equipación textil, de tu propiedad?
En este sentido tenemos las condiciones establecidas en cuanto a meterial Epi que la empresa aporta a los trabajadores y que son propiedad de la escuela, a saber, chaqueta, pantalón, chaleco interior y capa, asi como crema protectora para toda la temporada. en nuestro caso los esquis no se incluyen por decision entre trabajadores y empresa. En cualquier caso si se decidiera entre las dos partes no habria ningún problema, de hecho este asunto ya lo valoramos y la propuesta de la empresa en cuanto a que tipo de esquis aportar para las clases, que en un 80% de ellas son niveles bajos y sólo se podria utilizar los esquis durante la jornada de trabajo, clases , entrenamientos porgramados, etc, no para el tiempo libre o los dias de descanso, llevó a la solución que te he comentado.
Yo no quiero dar consejos ni nada parecido, mi espiritu apostólico es cercano al cero, sólo aporto mi experiencia en el sector, y lo que mi gestor me ha recomendado una vez estudiada la reglamentación que nos compete y dejando en mis manos la decisión última de qué hacer y cómo, al final salvo cosas muy puntuales y banales, suelo hacer caso al legalitas, que para eso le pago, yo no soy un experto en leyes.
Un saludo,
Antonio Serrano
Cita
carolo
La respuesta es compleja y, antes de nada, lo mejor es asesorarte profesionalmente caso por caso ya que:
1. Las legislaciones cambian constantemente cada pocos años, más en España donde hay una fiebre legisladora debida a nuestro sistema político (los parlamentarios tienen que justificar sus sueldazos legislando constantemente, así de simple).
2. Por razones parecidas las legislaciones cambian de una comunidad a otra, y con frecuencia de un municipio a otro.
3. Las legislaciones son variadísimas para ejercer la profesión: laborales, fiscales, de educación (si los títulos profesionales están regulados), de medio ambiente y un larguísimo etcétera.
4. No solo te afectan legislaciones Europeas, nacionales, de comunidades autónomas y de municipios, sino también normativas privadas de las estaciones donde puedas estar.
Como norma general (insisto, asesórate caso por caso), la jurisprudencia española (y la europea en general) contempla la figura del llamado "guía benévolo", es decir, alguien que con titulación o sin ella, cobrando o sin cobrar, lidera a un grupo con menor experiencia. O sea, te crujirán sí o sí si tienes el más mínimo percance, sea culpa tuya o no, ya que existe otra figura jurídica que es la responsabilidad (que no es lo mismo que la culpa, como solemos confundir los que no entendemos de esto). Un seguro de responsabilidad civil puede correr con eso, con la responsabilidad civil que tengas cubierta en el contrato, la penal será otra cosa. Además puede que el seguro decida no cubrirte, aunque lo tengas, si no tenías las competencias necesarias para ese caso concreto o no has procedido con la debida diligencia.
Y ya me estoy enrollando mucho. Conclusión: no guíes ni a tus amigos si no confías ciegamente en ellos. Y en ti misma.
Suerte y felices fiestas
Cita
carolo
Disculpad que me autocite para recordar lo obvio:
Son tantas las legislaciones que afectan a una actividad en montaña que suponer cosas es un error fatal. Desde multazos al talego hay un abanico inmenso donde caer, suponiendo cosas que se ignoran.
hay que preguntrar a un profesional, o a varios, caso por caso
Cita
carolo
La respuesta es compleja y, antes de nada, lo mejor es asesorarte profesionalmente caso por caso ya que:
1. Las legislaciones cambian constantemente cada pocos años, más en España donde hay una fiebre legisladora debida a nuestro sistema político (los parlamentarios tienen que justificar sus sueldazos legislando constantemente, así de simple).
2. Por razones parecidas las legislaciones cambian de una comunidad a otra, y con frecuencia de un municipio a otro.
3. Las legislaciones son variadísimas para ejercer la profesión: laborales, fiscales, de educación (si los títulos profesionales están regulados), de medio ambiente y un larguísimo etcétera.
4. No solo te afectan legislaciones Europeas, nacionales, de comunidades autónomas y de municipios, sino también normativas privadas de las estaciones donde puedas estar.
Como norma general (insisto, asesórate caso por caso), la jurisprudencia española (y la europea en general) contempla la figura del llamado "guía benévolo", es decir, alguien que con titulación o sin ella, cobrando o sin cobrar, lidera a un grupo con menor experiencia. O sea, te crujirán sí o sí si tienes el más mínimo percance, sea culpa tuya o no, ya que existe otra figura jurídica que es la responsabilidad (que no es lo mismo que la culpa, como solemos confundir los que no entendemos de esto). Un seguro de responsabilidad civil puede correr con eso, con la responsabilidad civil que tengas cubierta en el contrato, la penal será otra cosa. Además puede que el seguro decida no cubrirte, aunque lo tengas, si no tenías las competencias necesarias para ese caso concreto o no has procedido con la debida diligencia.
Y ya me estoy enrollando mucho. Conclusión: no guíes ni a tus amigos si no confías ciegamente en ellos. Y en ti misma.
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