PROFESIONALES DE LA NIEVE

Jhayber82
Enviado: 31-12-2012 09:12
Hola:
El caso es que en nuestra estación (empresa pública con derecho privativo sobre el suelo público en el que está) nos cobran un canon por dar clases no vendidas en ese mismo recinto. ¿Tiene derecho a hacernos eso o se está pasando?
Otra duda. ¿Es cierto que las colas preferentes son ilegales? En caso de serlo, ¿alguien puede poner un enlace con la sentencia que así lo declara? Es que mucho oigo sobre lo de Baqueira, pero nunca encuentro nada.
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Enviado: 02-01-2013 14:25
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Jhayber82
Hola:
El caso es que en nuestra estación (empresa pública con derecho privativo sobre el suelo público en el que está) nos cobran un canon por dar clases no vendidas en ese mismo recinto. ¿Tiene derecho a hacernos eso o se está pasando?
Otra duda. ¿Es cierto que las colas preferentes son ilegales? En caso de serlo, ¿alguien puede poner un enlace con la sentencia que así lo declara? Es que mucho oigo sobre lo de Baqueira, pero nunca encuentro nada.

¿Hablas de Baqueira? Quieres decir que os cobran un canon por impartir clases no vendidas, ¿no? Es decir: se da por hecho que por estar allí ofreciéndolas, las estáis dando... Es posible que así sea, supongo que si ofreces/vendes clases en la estación, tendrás algun tipo de autorización o acuerdo, y será lo que diga. Si no las ofertas ni vendes en la estación, sino que haces tus grupos fuera de ella (por ejemplo un club), y vas a la estación con tu grupo y les das clases, no deberían ni cobrarte ni impedírtelo, a menos que exista alguna ley de la comunidad que diga lo contrario, pero en ese caso aplicaría a todas las estaciones de esquí de la comunidad por igual...

Lo de las colas preferentes es algo que cada estación puede gestionar según una normativa, como quiera siempre que respete las normas de no discriminación, igualdad de oportunidades, y de ese estilo... Por tanto si en el acuerdo (o normativa) que pueda existir para establecerse como actividad de enseñanza de esquí en la estación, pone que tienes colas preferentes, pues las tendrás. Eso sí, todos deberían tener las mismas oportunidades de tener una cola preferente, si cumplen los mismos requisitos.
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Jhayber82
Enviado: 06-01-2013 13:26
Gracias por la respuesta. Las clases las vendemos en una tienda deportiva fuera de la propia estación, ya que se nos prohibió hacerlo en la propia estación, y no lo hemos hecho. Sólo impartimos las clases que vendemos fuera de allí.
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paredes
Enviado: 07-01-2013 10:23
Me da a mi que eres un listo. O es que sólo yo huelo que no quieres pagar un duro a la empresa que tiene los derechos de explotación de unos terrenos en los que tú realizas una actividad lucrativa, y no contento con eso te quieres cargar las colas preferentes?
El perro del hortelano versión 2.0
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Jhayber82
Enviado: 07-01-2013 10:33
De perro del hortelano nada, lo que no me parece lógico es pagar por algo que no debo. En ningún caso quiero dañar las preferentes, sólo esclarecer si las puedo usar o no. Unos me dicen sí y otros no, lo que me ataca es que la estación mantiene una postura ambigua a casi todos los respectos, pero bien que nos hace pasar por caja para todo lo que puede, y lo que creemos que no puede, eso queremos aclarar, nada más.
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paredes
Enviado: 07-01-2013 21:07
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Jhayber82
no me parece lógico es pagar por algo que no debo.

¿Estás seguro?, porque tú mismo has dicho que la estación es una "empresa pública con derecho privativo sobre el suelo público en el que está", y yo eso lo entiendo como que está en todo su derecho de cobrar un canon a todo aquel que realice una actividad comercial en esos terrenos. Vamos, que es de cajón. Otra cosa es que pagues ese canon y no te permitan utilizar las colas preferentes, colas que esa empresa tiene derecho a crear y a gestionar en base a sus necesidades. ¿Es eso entonces?, ¿pagas y no te dan derechos?, ¿o no pagas y quieres los derechos?. Es que no lo acabo de entender
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Enviado: 08-01-2013 16:49
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paredes
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Jhayber82
no me parece lógico es pagar por algo que no debo.

¿Estás seguro?, porque tú mismo has dicho que la estación es una "empresa pública con derecho privativo sobre el suelo público en el que está", y yo eso lo entiendo como que está en todo su derecho de cobrar un canon a todo aquel que realice una actividad comercial en esos terrenos. Vamos, que es de cajón. Otra cosa es que pagues ese canon y no te permitan utilizar las colas preferentes, colas que esa empresa tiene derecho a crear y a gestionar en base a sus necesidades. ¿Es eso entonces?, ¿pagas y no te dan derechos?, ¿o no pagas y quieres los derechos?. Es que no lo acabo de entender

paredes, una cosa es que la empresa cobre un canon por un servicio ofrecido, de una forma regulada y para todos igual (sin discriminación ni favoritismos, ya que no deja de ser suelo público) y otra cosa es que la empresa sobre un canon según le venga a su antojo, cosa que no creo que sea legal. Para hacerlo, debería redactar una normativa que sea aplicable a todos por igual, y asi cada uno podrá organizar su actividad para ajustarse a esa normativa. En el caso de esta estación, habría que ver como tiene por escrito la gestión de esas colas preferentes. Por poner un ejemplo: Si una empresa queda con sus alumnos de clases de patinaje en una zona de un parque municipal, los domingos por la tarde, ¿debe el ayuntamiento cobrar una tasa si no hay ningún tipo de regulación? ¿qué importe tendría esa tasa? ¿la que se le antoje al secretario en ese momento? ¿y para la competencia? ¿sería la misma tasa? ¿podría cambiar según antojo del funcionario? La única solución es que si no hay regulación, o bien no se debe cobrar nada, o bien se debe aprobar una normativa.

Jhayber82, ¿te importaría decirnos qué estación es? Yo diría que si te han prohibido ofrecer las clases dentro de la estación, no deberías tener derecho a utilizar las colas preferentes. Por otra parte, ¿cómo habéis llegado a pagar ese canon? ¿bajo qué normativa? ¿existe? ¿la normativa es para todos los interesados igual? El caso de Nieve León (San Isidro y Leitariegos), es parecido en cuanto a características: la Diputación, gestora de estas dos estaciones, siempre ha informado afirmando que está prohibido impartir clases sin autorización, pero no había ninguna normativa donde se definiera la forma de obtener esa autorización (esto lo he comprobado de primera mano). En los 2-3 últimos años, han llegado a conseguir parte de esa normativa (imagino que dejó de ser efectivo el hecho de dar información falso a posibles emprendedores), y ahora en San Isidro, hay una normativa que, si la cumples, tendrás derecho a vender clases en la estación, y a las colas preferentes. En Leitairegos que yo sepa aún no se ha definido la normativa, por lo que se entendería que no puedes vender las clases en la estación, por un tema de responsabilidad, o incluso podría considerarse venta ambulante, que suele estar prohibida. Pero no hay nada que te impida dar clases en la estación igual que si dieras clases de patinaje en un parque municipal, o si alguien tiene conocimiento de algún enlace donde podamos comprobar que no es así, agradeceríamos mucho ese dato.

Extrapolando esto a otros sectores, cuando una empresa utilice una infraestructura de servicio público para lucrarse, debe cumplir con una normativa y pagar las tasas que estén definidas al Organismo X encargado de gestionar esa infraestructura. Pero... ¿y cuando no hay normativa? ¿qué hacemos? ¿existe exclusividad para las empresas pertenecientes al Organismo X? ¿o también para el primo del jefe de servicio del Organismo X? ¿O para todos? ¿Cómo creéis que debe ser? Ejemplos donde parece no haber normativa:
- Clase de patinaje en un parque municipal
- Clases particulares de tenis en un polideportivo municipal
- Rutas guiadas en bicicleta por la calzada de una ciudad (desconozco si hay normativa)
- Viajes guiados de cicloturismo haciendo uso de las carreteras provinciales
- Clases de conducir en una carretera provincial (supongo que para esto sí hay una normativa, que es igual para todos).
- Clases de figuras con globos de agua haciendo uso de una fuente municipal risas

Si a alguien se le ocurren más ejemplos...
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Enviado: 21-01-2013 00:23
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Jhayber82
Hola:
El caso es que en nuestra estación (empresa pública con derecho privativo sobre el suelo público en el que está) nos cobran un canon por dar clases no vendidas en ese mismo recinto. ¿Tiene derecho a hacernos eso o se está pasando?
Otra duda. ¿Es cierto que las colas preferentes son ilegales? En caso de serlo, ¿alguien puede poner un enlace con la sentencia que así lo declara? Es que mucho oigo sobre lo de Baqueira, pero nunca encuentro nada.

Te dejo un enlace a un foro donde hablan del tema de las colas preferentes, hay referencias a una sentencia sobre este tema para la estación de Baqueira, pero la sentencia no esta puesta. Ahora bien por los mensajes parece que hay personas que tienen conocimiento de la misma. Investiga con algun forero de alli.

[www.san-isidro.net]



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Enviado: 21-01-2013 01:11
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Jhayber82, te pongo algo que acabo de encontrar en la WWW, lo primero es una denuncia contra Baqueira ante el Tribunal de defensa de la Competencia de Cataluña, es el siguiente; EXP_02_03-ESP.pdf, esta en; www.gencat.cat
lo segundo es contra Cetursa ante el Tribunal de Defensa de la Competencia, esta publicada en el Boletin Economico de ICE nº 2675,
del 11 al 17 de Diciembre de 2000, lo he visto aqui; www.revistasice.com/.../BICE_2675_33-39__...
en ambos casos fallan en contra de las estaciones e imponiendo una multa o las costas.

Espero que te valga.

P.D. si estuvieras registrado te hubiera mandado los documentos.



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paredes
Enviado: 21-01-2013 19:23
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Jusama
Jhayber82, te pongo algo que acabo de encontrar en la WWW, lo primero es una denuncia contra Baqueira ante el Tribunal de defensa de la Competencia de Cataluña, es el siguiente; EXP_02_03-ESP.pdf, esta en; www.gencat.cat
lo segundo es contra Cetursa ante el Tribunal de Defensa de la Competencia, esta publicada en el Boletin Economico de ICE nº 2675,
del 11 al 17 de Diciembre de 2000, lo he visto aqui; www.revistasice.com/.../BICE_2675_33-39__...
en ambos casos fallan en contra de las estaciones e imponiendo una multa o las costas.

Espero que te valga.

P.D. si estuvieras registrado te hubiera mandado los documentos.

Muy interesante. Y que conclusiones se sacan de esatas dos sentencias?. Pues en el caso de Baqueira que se suprimieron las colas preferentes, mas o menso como decir quereis dar el coñazo? pues para nadie. En el caso de Sierra Nevada sigue habiéndolas aunque con otra denominación, y el derecho se lo dan a quien la empresa gestora le parece bien. El caso es que la primera estacion es privada y la segunda publica, que no se si tendra algo que ver o no.
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