FORO GENERAL

Enviado: 01-05-2020 08:50
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Jairo
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Pierre Nodoyuna

Pero vaya, aunque solo diese para llegar a la salida del Zayas, tiraba de cabeza, estando allí.

O aunque diese para hacer 300 metrosrisas

Sactamente Cool skier
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Enviado: 01-05-2020 10:03
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Se puede hacer deporte dentro del municipio y sin usar transporte público vehículos para desplazarse a realizar deporte. Que forma de complicar todo.


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Enviado: 01-05-2020 10:19
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No hay que tener en cuanta el municipio sino el núcleo de población:

Copiado del BOE:

2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El que viva en un pueblo de montaña de menos de 5.000 ( el municipio puede ser del tamaño que quiera ) puede salir a esquiar, hacer montaña, pasear desde las 6 a las 23 sin restricción de tiempo ni horario.
Lo que no se puede es usar coche moto etc. Bici sí.

Saludos
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Enviado: 01-05-2020 10:21
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Pero en caso de lastimarse esquiando o haciendo deporte, no le pidas nada a los seguros porque seguirán sin cubrir nada.
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xao
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Enviado: 01-05-2020 10:38
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D@vid
Pero en caso de lastimarse esquiando o haciendo deporte, no le pidas nada a los seguros porque seguirán sin cubrir nada.

Hay federaciones como la de ciclismo que han reactivado los seguros para la actividad legal
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Enviado: 01-05-2020 10:48
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JAVIER_AVILES
No hay que tener en cuanta el municipio sino el núcleo de población:

Copiado del BOE:

2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El que viva en un pueblo de montaña de menos de 5.000 ( el municipio puede ser del tamaño que quiera ) puede salir a esquiar, hacer montaña, pasear desde las 6 a las 23 sin restricción de tiempo ni horario.
Lo que no se puede es usar coche moto etc. Bici sí.

Saludos


Yo creo que no lo has interpretado bien.

Franjas horarias en ese caso no, pero limitación de tiempo la misma.

En teoría me refiero.

Y sólo creo.



¡¡ CARPE DIEM !!
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xao
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Enviado: 01-05-2020 10:50
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Donde pone el BOE que haya limitación de tiempo en la actividad física?
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Enviado: 01-05-2020 11:01
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Tuko
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JAVIER_AVILES
No hay que tener en cuanta el municipio sino el núcleo de población:

Copiado del BOE:

2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El que viva en un pueblo de montaña de menos de 5.000 ( el municipio puede ser del tamaño que quiera ) puede salir a esquiar, hacer montaña, pasear desde las 6 a las 23 sin restricción de tiempo ni horario.
Lo que no se puede es usar coche moto etc. Bici sí.

Saludos


Yo creo que no lo has interpretado bien.

Franjas horarias en ese caso no, pero limitación de tiempo la misma.

En teoría me refiero.

Y sólo creo.

Para el deporte y paseo no hay límite de tiempo, para paseos un km desde el domicilio.
Lo que no tengo claro es que es un " ente de ámbito territorial inferior al municipio.¿ Alguien sabe donde consultarlo ?

Saludos
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Enviado: 01-05-2020 11:04
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Solo con poder sentirla bajo los pies merece la pena aunque sean 100 metros,total no hay nada mejor que hacer Diablillo
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Enviado: 01-05-2020 11:09
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D@vid
Pero en caso de lastimarse esquiando o haciendo deporte, no le pidas nada a los seguros porque seguirán sin cubrir nada.

En el caso de la FEEC, se reactiva el seguro para accidentes para la actividad física siempre que suceda cumpliendo las condiciones del BOE.





OSCAR L.
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Enviado: 01-05-2020 11:11
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moshkis
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D@vid
Pero en caso de lastimarse esquiando o haciendo deporte, no le pidas nada a los seguros porque seguirán sin cubrir nada.

En el caso de la FEEC, se reactiva el seguro para accidentes para la actividad física siempre que suceda cumpliendo las condiciones del BOE.

Gracias!
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xao
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Enviado: 01-05-2020 11:13
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JAVIER_AVILES
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Tuko
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JAVIER_AVILES
No hay que tener en cuanta el municipio sino el núcleo de población:

Copiado del BOE:

2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El que viva en un pueblo de montaña de menos de 5.000 ( el municipio puede ser del tamaño que quiera ) puede salir a esquiar, hacer montaña, pasear desde las 6 a las 23 sin restricción de tiempo ni horario.
Lo que no se puede es usar coche moto etc. Bici sí.

Saludos


Yo creo que no lo has interpretado bien.

Franjas horarias en ese caso no, pero limitación de tiempo la misma.

En teoría me refiero.

Y sólo creo.

Para el deporte y paseo no hay límite de tiempo, para paseos un km desde el domicilio.
Lo que no tengo claro es que es un " ente de ámbito territorial inferior al municipio.¿ Alguien sabe donde consultarlo ?

Saludos

Pedanía, por ejemplo
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Enviado: 01-05-2020 11:15
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moshkis
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Pero en caso de lastimarse esquiando o haciendo deporte, no le pidas nada a los seguros porque seguirán sin cubrir nada.

En el caso de la FEEC, se reactiva el seguro para accidentes para la actividad física siempre que suceda cumpliendo las condiciones del BOE.

Por lo que me han dicho, es así con todas la federaciones y seguros de actividad física.
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Enviado: 01-05-2020 11:44
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JAVIER_AVILES
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Tuko
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JAVIER_AVILES
No hay que tener en cuanta el municipio sino el núcleo de población:

Copiado del BOE:

2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El que viva en un pueblo de montaña de menos de 5.000 ( el municipio puede ser del tamaño que quiera ) puede salir a esquiar, hacer montaña, pasear desde las 6 a las 23 sin restricción de tiempo ni horario.
Lo que no se puede es usar coche moto etc. Bici sí.

Saludos


Yo creo que no lo has interpretado bien.

Franjas horarias en ese caso no, pero limitación de tiempo la misma.

En teoría me refiero.

Y sólo creo.

Para el deporte y paseo no hay límite de tiempo, para paseos un km desde el domicilio.
Lo que no tengo claro es que es un " ente de ámbito territorial inferior al municipio.¿ Alguien sabe donde consultarlo ?

Saludos



Edito:

Lo estoy leyendo y ahora creo que tienes razón.



¡¡ CARPE DIEM !!


Editado 1 vez/veces. Última edición el 01/05/2020 11:53 por Tuko.
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Enviado: 01-05-2020 11:48
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Lo único creo entendí que es que no puedes salir del termino municipal en los casos de menos de 5000h. Benasque por ejemplo.

Lo del tiempo en estos municipios no me queda claro si es una hora...... o mas.

pulgar arriba
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Enviado: 01-05-2020 11:54
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No puedes salir el término municipal, da igual el tamaño que tenga. Y creo que no hay limitación en cuanto a tiempo, solo atenerte a las franjas horarios, si fueran aplicables.

O eso entiendo yo...
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Enviado: 01-05-2020 11:56
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JAVIER_AVILES
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JAVIER_AVILES
No hay que tener en cuanta el municipio sino el núcleo de población:

Copiado del BOE:

2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El que viva en un pueblo de montaña de menos de 5.000 ( el municipio puede ser del tamaño que quiera ) puede salir a esquiar, hacer montaña, pasear desde las 6 a las 23 sin restricción de tiempo ni horario.
Lo que no se puede es usar coche moto etc. Bici sí.

Saludos


Yo creo que no lo has interpretado bien.

Franjas horarias en ese caso no, pero limitación de tiempo la misma.

En teoría me refiero.

Y sólo creo.

Para el deporte y paseo no hay límite de tiempo, para paseos un km desde el domicilio.
Lo que no tengo claro es que es un " ente de ámbito territorial inferior al municipio.¿ Alguien sabe donde consultarlo ?

Saludos



Edito:

Lo estoy leyendo y ahora creo que tienes razón.

menos mal

si es que estas cosas se evitan leyendo antes de creer

venga, que no hay excusas, a moverse tocan
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Enviado: 01-05-2020 11:58
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y a leer, que también toca


[boe.es]
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Enviado: 01-05-2020 12:08
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2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El tiempo y la zona están muy claros, pero no tan claro a quién se aplica

¿ que es ? entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados

Yo vivo en un pueblo de unos 2.000 habitantes, que pertenece a un municipio de 25.000, llamaría a la Guardia Civil a ver que cuentan, pero sospecho que ellos tampoco lo tengan claro.

Casi cualquier pueblo de montaña estaría en el mismo caso que el mío, el pueblo es de menos de 5.000 pero el municipio es mayor.
Ejemplo Sierra Nevada pertenece a Monachil que tiene unos 8.000 habitantes, pero Sierra Nevada no creo que llegue a los 5.000. ¿ Hay limitaciones para los residentes en Sierra Nevada ?

Saludos
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Enviado: 01-05-2020 12:21
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2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El tiempo y la zona están muy claros, pero no tan claro a quién se aplica

¿ que es ? entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados

Yo vivo en un pueblo de unos 2.000 habitantes, que pertenece a un municipio de 25.000, llamaría a la Guardia Civil a ver que cuentan, pero sospecho que ellos tampoco lo tengan claro.

Casi cualquier pueblo de montaña estaría en el mismo caso que el mío, el pueblo es de menos de 5.000 pero el municipio es mayor.
Ejemplo Sierra Nevada pertenece a Monachil que tiene unos 8.000 habitantes, pero Sierra Nevada no creo que llegue a los 5.000. ¿ Hay limitaciones para los residentes en Sierra Nevada ?

Saludos

No tiene que ser de montaña, en Asturias o Galicia te encuentras multitud de municipios que tienen un montón de aldeas diseminadas por todo el término. En el concejo donde resido hay mas de once mil habitantes, en la capital en torno a cinco mil, y el resto, desde la costa hasta la braña, en aldeas diversas muy poco pobladas. en donde yo vivo, doce casas, mas o menos.

¿Puedo salir sin limitación de horario por todo el término, o solo por mi aldea?

¿Puedo yo ir al pueblo "capitalino" a cualquier hora, pero los residentes allí solo salir en su horario, al tener mas de cinco mil residentes?

¿Dependo de la interpretación de los agentes de la autoridad?

SL2, ratón.
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Enviado: 01-05-2020 12:28
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¿Dependo de la interpretación de los agentes de la autoridad?

SL2, ratón.
Sí. Ese es el quid. Pero como en todo, luego ya te tocará recurrir si procede.



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Enviado: 01-05-2020 12:30
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JAVIER_AVILES
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2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El tiempo y la zona están muy claros, pero no tan claro a quién se aplica

¿ que es ? entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados

Yo vivo en un pueblo de unos 2.000 habitantes, que pertenece a un municipio de 25.000, llamaría a la Guardia Civil a ver que cuentan, pero sospecho que ellos tampoco lo tengan claro.

Casi cualquier pueblo de montaña estaría en el mismo caso que el mío, el pueblo es de menos de 5.000 pero el municipio es mayor.
Ejemplo Sierra Nevada pertenece a Monachil que tiene unos 8.000 habitantes, pero Sierra Nevada no creo que llegue a los 5.000. ¿ Hay limitaciones para los residentes en Sierra Nevada ?

Saludos

No tiene que ser de montaña, en Asturias o Galicia te encuentras multitud de municipios que tienen un montón de aldeas diseminadas por todo el término. En el concejo donde resido hay mas de once mil habitantes, en la capital en torno a cinco mil, y el resto, desde la costa hasta la braña, en aldeas diversas muy poco pobladas. en donde yo vivo, doce casas, mas o menos.

¿Puedo salir sin limitación de horario por todo el término, o solo por mi aldea?

¿Puedo yo ir al pueblo "capitalino" a cualquier hora, pero los residentes allí solo salir en su horario, al tener mas de cinco mil residentes?

¿Dependo de la interpretación de los agentes de la autoridad?

SL2, ratón.

Consúltalo ésta noche con la almohada !!risassmiling smiley

Vaya lío risas





OSCAR L.
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Enviado: 01-05-2020 12:36
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moshkis
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JAVIER_AVILES
BOE

2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos
municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de
población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la
práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre
las 6:00 horas y las 23:00 horas

El tiempo y la zona están muy claros, pero no tan claro a quién se aplica

¿ que es ? entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados

Yo vivo en un pueblo de unos 2.000 habitantes, que pertenece a un municipio de 25.000, llamaría a la Guardia Civil a ver que cuentan, pero sospecho que ellos tampoco lo tengan claro.

Casi cualquier pueblo de montaña estaría en el mismo caso que el mío, el pueblo es de menos de 5.000 pero el municipio es mayor.
Ejemplo Sierra Nevada pertenece a Monachil que tiene unos 8.000 habitantes, pero Sierra Nevada no creo que llegue a los 5.000. ¿ Hay limitaciones para los residentes en Sierra Nevada ?

Saludos

No tiene que ser de montaña, en Asturias o Galicia te encuentras multitud de municipios que tienen un montón de aldeas diseminadas por todo el término. En el concejo donde resido hay mas de once mil habitantes, en la capital en torno a cinco mil, y el resto, desde la costa hasta la braña, en aldeas diversas muy poco pobladas. en donde yo vivo, doce casas, mas o menos.

¿Puedo salir sin limitación de horario por todo el término, o solo por mi aldea?

¿Puedo yo ir al pueblo "capitalino" a cualquier hora, pero los residentes allí solo salir en su horario, al tener mas de cinco mil residentes?

¿Dependo de la interpretación de los agentes de la autoridad?

SL2, ratón.

Consúltalo ésta noche con la almohada !!risassmiling smiley

Vaya lío risas

Menos mal que en mi caso es hipotético, porque yo ando confitado en Madrid, y MSE, que si está en casa, no va a salir mucho de nuestro prau.

Pero seguro que hay mas de unos, además de JAVIER AVILES, que se encuentra en situaciones parecidas.

SL2, ratón.
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Enviado: 01-05-2020 14:09
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Yo en concreto es para hacer Surf, vivo a 15 minutos andando de la playa, y somos menos de 5.000 habitantes, pero el concejo tiene 25.000.
Lo de ir de montaña de momento lo tengo difícil, de todas formas en Asturias para foquear ya casi no hay nieve.

La cosa es que de 6 a 10 no es la mejor hora para meterse en el mar y de 8 a 11 ni te cuento. Amanece a la 7,15 y se hace de noche sobre las 9,15. vamos que parece que lo han hecho para que no salgamos después de todo.

De no haber restricciones horarias lo tendría mucho mejor.

Saludos
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Enviado: 01-05-2020 15:14
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Este hilo ha degenerado Diablillo
Mañana agroski risas
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Enviado: 01-05-2020 19:13
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stemboat
Lo único creo entendí que es que no puedes salir del termino municipal en los casos de menos de 5000h. Benasque por ejemplo.

Lo del tiempo en estos municipios no me queda claro si es una hora...... o mas.

pulgar arriba

5000 horas¿¿¿¿¿¿?????



GLOB
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Enviado: 01-05-2020 19:48
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He podido hablar con la Guardia Civil y se puede hacer deporte sin limitación horaria en cualquier núcleo urbano de menos de 5.000 habitantes aunque pertenezca a un municipio de más como es Castrillón al que pertenezco. La Delegación de Gobierno de Asturias así lo dice en twitter.
No se puede salir del concejo ni usar vehículos a motor. ( andando o en bici )

Es decir que el que viva en un pueblo de montaña de menos de 5.000 habitantes no tiene problemas en hacer ski senderismo, etc a cualquier hora del día.
Lo mismo en pueblos pequeños para otros deportes aunque pertenezcan a un municipio mayor.

Por lo tanto la respuesta a la pregunta a si se puede hacer ski el 2 de mayo es si. ( los que vivan en estaciones de ski )

Saludos
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Enviado: 01-05-2020 19:48
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Mensajes: 993
Aclaración de la Delegación del Gobierno de Asturias sobre las poblaciones de menos de 5000 habitantes.





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Enviado: 01-05-2020 20:34
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Alberto_C
Aclaración de la Delegación del Gobierno de Asturias sobre las poblaciones de menos de 5000 habitantes.

Seria extrapolable a los que residimos en Sierra Nevada?
Como interpretarlo?



Juan Luis Miembro de la "Familia Carrión"
"No empujes la nieve....córtala¡¡¡"
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Enviado: 01-05-2020 20:37
Registrado: 12 años antes
Mensajes: 993
Cita
juan luis
Cita
Alberto_C
Aclaración de la Delegación del Gobierno de Asturias sobre las poblaciones de menos de 5000 habitantes.

Seria extrapolable a los que residimos en Sierra Nevada?
Como interpretarlo?

Aquí la duda surgió por el término entidad local más pequeña que el municipio, entonces se sabía que parroquias o pedanías podían acceder a la regulación de ayuntamientos de menos de 5000 habitantes.

Si Sierra Nevada se considera parroquia o pedanía seguro que si, sino tendrá que interpretar las autoridades locales



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