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cayetano indignado
Enviado: 17-05-2020 18:13
Se puede circular dentro de la provincia
Actividades de naturaleza/turismo activo en grupos<10 personas permitido

Yo pienso/creo/interpreto que puedo coger el coche, subir a Pradollano y desde allï ascender al Veleta

Como lo veis?

La primavera se ha portado mas que bien, y la Sierra está mas que apta para el esqui de montaña
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Enviado: 18-05-2020 04:11
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Creo que no. El deporte individual, sigue siendo solo dentro de tu municipio y sin coger coche/transporte público. Las actividades que comentas tienen que ser con guía (si te sales del municipio es para consumir y así levantar la economía). Sí podrías hacerlo si en el veleta hubiera un bar y fueras a tomate unas cañas, o si allí vivieran amigos/familiares y fueras a visitarlos...
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Enviado: 18-05-2020 08:25
Admin
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Creo que en entre las novedades introducidas en el BOE de este fin de semana, se añadía la excepción para que los federados en la correspondiente federación deportiva puedan practicar su deporte dentro de su provincia aunque no sean profesionales, desde la fase 1. Eso si, vas a tener que seguir respetando las franjas horarias de tu municipio de origen y del municipio donde vayas a practicar el deporte.

También hay que tener en cuenta los deportes que incluyen tu licencia federativa, tendrás que leerte bien las pólizas para ver si el esquí de montaña está cubierto por tu licencia.





Editado 1 vez/veces. Última edición el 18/05/2020 08:29 por Miguel M..
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Enviado: 18-05-2020 09:01
Registrado: 12 años antes
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Al hilo de lo que dice Miguel: [canalfedme.es]
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pgr
pgr
Enviado: 18-05-2020 12:45
Registrado: 6 años antes
Mensajes: 129
Otro enlace:
[www.desnivel.com]

que resumo y corrijo:

Se permite igualmente que los deportistas puedan “acceder libremente a aquellos espacios naturales en los que deban desarrollar su actividad deportiva como mar, ríos, o embalses, entre otros”.

Tal y como nos confirma el experto en Derecho de Montaña Íñigo Ayllón, esta disposición entra en vigor a partir del lunes 18 de mayo y afecta a las provincias que están en la fase 0 y fase 1, puesto que modifica la normativa anterior.

Ante la pregunta de si nos trasladamos a un municipio que tenga menos de 10.000 habitantes para hacer deporte, se mantienen o no las franjas horarias, la respuesta es negativa: “Aunque nuestro municipio tenga más de 10.000 habitantes, y por tanto el deporte está limitado a las franjas horarias establecidas, si nos trasladamos a un municipio de menos de 10.000 habitantes, en el que se permite hacer deporte de 6 a 23 h, se aplica la norma del municipio en el que estemos practicando el deporte”.


Esta modificación, tal y como aparece claramente indicado en el BOE, afecta únicamente a los deportistas federados. No hay cambios para los no federados, que seguirán teniendo la limitación de la práctica deportiva individual a su municipio de residencia y dentro de las franjas horarias establecidas.
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