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POLICIA EN PISTAS

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Enviado: 26-03-2019 17:16
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Llevo toda la vida esquiando en Sierra Nevada , y a mi edad (56 tacos) parece ingenuo , pero creo que hace falta de una vez un servicio de orden en las pistas.

Gente que se para en mitad de ninguna parte con o sin visibilidad , incluso en carriles estrechos , pastilleros borders con la tabla sin mirar, entrando y saliendo a la pista con el puto movil y bastón filmándose.

Los del esqui de travesia de conversación a cuatro por el Aguila , por supuesto en mitad de las pistas ( sin pagar forfait) , los de los trineos invadiendo el espacio esquiable , hasta he llegado a ver a un fulano esquiando con varios Malamute cada uno tirando de la correa por su lado, y acojonando al personal que pasaba al descender.

Ya que la educación y sentido común sencillamente no existen , y antes de que sea la ley de la selva , o del más fuerte, por favor ya una poli de pista que ponga orden cordura, y acabe o merme los abusos.


Editado 4 vez/veces. Última edición el 26/03/2019 17:22 por juan jimenez.
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Jackeline Kennedy
Enviado: 26-03-2019 17:30
Old man yells at cloud. pulgar arriba
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Enviado: 27-03-2019 15:46
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Tampoco es necesario que sean policías. Un servicio de seguridad dotado con la potestad de agente de la Autoridad es suficiente. Ante imprudencias leves suspensión temporal por horas de FF y ante las graves su requisa definitiva.
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Enviado: 28-03-2019 00:35
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Alto Policía, Documentación! Es verdad que en SN y en particular los fines de semana y fiestas se ven personajes de todo tipo, a saber que les pasa por la cabeza para en algunos casos tomar las decisiones que toman. Lo del musher con los perros me ha dejado loco, me recuerda un poco a los dibujos de los libros de ¿donde está Wally? Donde la escena era caótica y abarrotada de gente. Pero el resto de días no deja de ser como otra estación más.

Poner policía o vigilantes en un momento determinado puede diasudir a algún insensato de liarla. Pero en cuanto exista la certeza de que no está bajo vigilancia la seguirá liando ( exactamente igual que pasa con los radares de velocidad fijos, esos que sabes donde están colocados) este es el supuesto de alguien que sabe que hace algo que no debe. Pero es que luego hay otro tipo de personas que por desconocimiento o falta de experiencia crean situaciones de peligro.

Luego está la parte más complicada que es la objetividad. Y aquí todos los años se ven fotos y vídeos de personas que se quejan de que alguien les ha adelantado sin dejar suficiente espacio o de forma peligrosa en base a la velocidad o percepción que uno tiene en ese momento. Parece complicado dar autoridad a alguien para que retire un forfait o sancione conductas. Que es rápido y que es lento, que es cerca y que es lejos?

Yo tuve la suerte de aprender a esquiar de la mano de varios monitores hace ya algunos años y aparte de aprender a hacer la cuña, el paralelo, los colores de las pistas etc nos hablaban de seguridad, no exactamente con esta palabra sino con hechos, y no hablo de las normas fis que para alguno parece que son la panacea. Hoy en día demasiada gente se pone unos esquís por su cuenta y riesgo y que sea lo que Dios quiera y claro luego pasa lo que pasa.

Y digo yo, ¿porque no en lugar de policías las estaciones de esquí obligan a los usuarios a dar al menos una clase obligatoria al año? El primer día que saques el forfait cada temporada en lugar de 45€ un precio de 55 o 60 euritos con 3 horitas de clase en grupos de 5 alumnos.
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Dinosaurius.-park
Enviado: 28-03-2019 09:23
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Miguelbilbao
Tampoco es necesario que sean policías. Un servicio de seguridad dotado con la potestad de agente de la Autoridad es suficiente. Ante imprudencias leves suspensión temporal por horas de FF y ante las graves su requisa definitiva.

Para eso se necesita una ley orgánica. Ejercer la coacción y coerción sobre las personas, lo que supone, en definitiva privarles de sus derechos constitucionales, sólo está permitido a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, entre las que se encuentra la policía local.

Nadie te puede identificar ni parar en una pista si no son ellos

Y en cuanto a la retirada de un título de transporte, que has pagado , tendría que estar reglamentado por ley. Y la actividad sancionadora regulada igualmente por ley, con audiencia del interesado y defensa.

La democracia es así,

Saludos
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Enviado: 28-03-2019 15:04
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Dinosaurius.-park
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Miguelbilbao
Tampoco es necesario que sean policías. Un servicio de seguridad dotado con la potestad de agente de la Autoridad es suficiente. Ante imprudencias leves suspensión temporal por horas de FF y ante las graves su requisa definitiva.

Para eso se necesita una ley orgánica. Ejercer la coacción y coerción sobre las personas, lo que supone, en definitiva privarles de sus derechos constitucionales, sólo está permitido a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, entre las que se encuentra la policía local.

Nadie te puede identificar ni parar en una pista si no son ellos

Y en cuanto a la retirada de un título de transporte, que has pagado , tendría que estar reglamentado por ley. Y la actividad sancionadora regulada igualmente por ley, con audiencia del interesado y defensa.

La democracia es así,

Saludos

Tienes razón en parte. Depende del hecho causado y sus consecuencias.

Ante la acción temeraria de un esquiador, con riesgo físico para el resto de usuarios y sin mas consecuencias, no hay razones para proceder a su detención por no cometer acto ilícito o punible, que también sería discutible, puesto que la "actitud temeraria" con riesgo para las personas también podría tener cabida en el vigente Código Penal, bien como delito o como falta.

Ante un esquiador que por su actitud, negligente o imprudencia causare la lesión de otra persona puede incurrir en un presunto delito de lesiones en el caso mas leve, y si concurre el fallecimiento de esa otra pues es evidente que se trataría de un delito de homicidio imprudente. Y si una vez causada la lesión y siendo consciente abandonara el lugar del hecho, concurre en otro posible delito, omisión del deber de socorro.

En los casos citados anteriormente, cualquier persona puede detener al causante, los civiles pueden, no están obligados. Si fuere un vigilante de seguridad ejerciendo sus funciones debe, tiene la obligación de detener, comunicar inmediatamente a los agentes de policía correspondientes el hecho concurrente y el hecho de la detención, quienes se harán cargo del detenido y las investigaciones posteriores, así como recabar las pruebas o testimonios pertinentes para su esclarecimiento, con posterior puesta en conocimiento de la Autoridad Judicial. Si un vigilante de seguridad no actuara así, concurriría en una falta grave o incluso en un delito, tienen la potestad de agente de la autoridad.

Si observamos el artículo 490 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal lo veremos claro. Incluso, creo, en el artículo 11.1 del Reglamente de Seguridad Privada.

Por tanto, un vigilante de seguridad está capacitado y habilitado para proceder a la detención de cualquier persona que cometiera un presunto delito o incluso falta. En el primer caso si es infraganti o tuviere indicios suficientes de su comisión. En el segundo, comisión de una falta, si el autor no probara domicilio conocido.

Respecto a la requisa del FF, desconozco como está legislado, pero tampoco es muy difícil establecerlo en los reglamentos correspondientes y habilitar a los vigilantes de seguridad e incluso a los empleados de la estación para llevarlo a efecto. Hablamos de una instalación de acceso regulado, con unas normas a cumplir y en caso de incumplimiento es de lógica aplastante que se prohíba el acceso del presunto infractor.

Por supuesto que soy partidario de la permanencia de policía en las estaciones, especialmente para actuar en casos de accidentes graves con lesiones, que, por otra parte, es de actuación obligatoria, como en cualquier otra actividad cuando concurre esas circunstancias, evitando alteración del lugar o pérdida de pruebas. Las labores de vigilancia no debe recaer en esa policía, a costa de los impuestos, debe asumirla la empresa correspondiente.

La democracia es así, pero con leyes, reglamentos y normas a cumplir.

Un saludo y abierto a correcciones u objeciones.
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Dinosaurius.-park
Enviado: 28-03-2019 16:08
Te voy a poner un ejemplo que lo vas a entender hasta tu, como le dijo Rajoy a Pedro Sánchez Diablillo

La guardia civil detiene a un coche que va conduciendo a una velocidad temeraria, lo detiene, pero no le dice que se baje del coche y le retira el permiso de conducir, sino que lo denuncia y le da la oportunidad de defenderse. .El derecho sancionador del Estado esta regulado por ley y es garantista .Los seguratas son colaboradores de la cuerpos y fuerzas de seguridad, pero en absoluto están autorizados a detener a nadie ni a pedirle la documentación, la prueba es que en lo aeropuertos tienen a la guardia civil para que ejerzan una función que ellos no pueden hacer, porque incurrirían en detección ilegal o en el delito de coacciones.

Por otro lado, no hay un reglamento que codifique que está permitido ni que no está permitido en las pistas. Hay unas normas FIS que sólo servirían como referencia a un juez en caso de que el asunto llegase a los tribunales y quisiera aplicarlas.

Claro que en caso de flagrante delito se puede detener a alguien, no solo por los seguratas, sino por cualquier persona, pero ¿quien dice lo que es un delito en una pista de esquí?. .¿Como se sabe se si alguien ha bebido o consumido drogas cuando esta en las pistas?. ¿Donde esta prohibido esquiar bebido o drogado?

Esto no es USA.

Y las propuestas simplistas para resolver problemas que supongan limitar derechos reconocidos a los ciudadanos na pasarían de ser lo que son: temas de conversación en un foro o red social, que como dijo Umberto son el rincón de los imbéciles (con perdón), risas

Saludos
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Enviado: 28-03-2019 21:31
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Dinosaurius.-park
Te voy a poner un ejemplo que lo vas a entender hasta tu, como le dijo Rajoy a Pedro Sánchez Diablillo

La guardia civil detiene a un coche que va conduciendo a una velocidad temeraria, lo detiene, pero no le dice que se baje del coche y le retira el permiso de conducir, sino que lo denuncia y le da la oportunidad de defenderse. .El derecho sancionador del Estado esta regulado por ley y es garantista .Los seguratas son colaboradores de la cuerpos y fuerzas de seguridad, pero en absoluto están autorizados a detener a nadie ni a pedirle la documentación, la prueba es que en lo aeropuertos tienen a la guardia civil para que ejerzan una función que ellos no pueden hacer, porque incurrirían en detección ilegal o en el delito de coacciones.

Por otro lado, no hay un reglamento que codifique que está permitido ni que no está permitido en las pistas. Hay unas normas FIS que sólo servirían como referencia a un juez en caso de que el asunto llegase a los tribunales y quisiera aplicarlas.

Claro que en caso de flagrante delito se puede detener a alguien, no solo por los seguratas, sino por cualquier persona, pero ¿quien dice lo que es un delito en una pista de esquí?. .¿Como se sabe se si alguien ha bebido o consumido drogas cuando esta en las pistas?. ¿Donde esta prohibido esquiar bebido o drogado?

Esto no es USA.

Y las propuestas simplistas para resolver problemas que supongan limitar derechos reconocidos a los ciudadanos na pasarían de ser lo que son: temas de conversación en un foro o red social, que como dijo Umberto son el rincón de los imbéciles (con perdón), risas

Saludos

No me hacen falta ejemplos para entender situaciones, solo me baso en la Ley, sea la de Enjuiciamiento Criminal, Ley de Seguridad Privada o Reglamento de Seguridad Privada. Sin ser catedrático, hasta llego a entender lo que dictan esas leyes y reglamento.

Solo hay que observar los siguientes preceptos legales, y en ellos me baso para afirmar lo que expongo.

Ley de Enjuiciamiento Criminal, art. 490.
Ley de Seguridad Privada, art. 32.1 d)
Reglamento de Seguridad Privada, art. 86.3; 89; 138.1 d) y 151.5

En el supuesto que expones, un presunto delito contra la seguridad vial (conducción temeraria), los agentes de la autoridad, Policía o Guardia Civil u otros Cuerpos policiales, pueden detener, es mas, deben proceder a la detención del infractor y tienen la potestad de prolongar esa detención hasta las 72 horas. Y si esto ocurre, no solo le requisan temporalmente el permiso de conducción, lo hacen con todos los efectos que disponga esta persona en caso de pasar a lugar de custodia de detenidos. Si un conductor, en vía cuya velocidad esté limitada a 50 km/hora y circule a 150 está incurriendo en este delito. Los agentes no solo proceden a su identificación y le dejan seguir circulando, proceden a su detención en tiempo que consideren sin exceder esas 72 horas, pudiendo ponerlo en libertad antes de ese tiempo si así lo consideran, con la preceptiva comparecencia ante la Autoridad Judicial para cuando sea citado. Y cumpliendo con todos los preceptos de la detención, no se vulnera ningún derecho de las personas, simplemente cumple con la Ley.

En el caso que nos ocupa. En pista de esquí, en caso de disponer de "securatas", vigilantes de seguridad privada es mas correcto, si es testigo de un accidente provocado por un esquiador con daños físicos o lesiones a otro usuario y mas cuando se observen lesiones graves, (son indicios claros de la posible existencia de un presunto delito) o bien sin ser testigo directo es informado del causante de estas lesiones, tiene la potestad y obligación de detener a ese presunto autor y con mas razón si esta persona ha abandonado la zona del hecho, puesto que puede haber incurrido en un segundo ilícito, la omisión del deber de socorro, como ya dije anteriormente. Y a partir de ahí informar de forma inmediata a los agentes de policía que corresponda. Está claro que cualquiera puede detener ante la observación de un delito, la diferencia es que un civil puede hacerlo, sin estar obligado, un componente de seguridad privada debidamente habilitado está obligado a ello.

En un aeropuerto, o cualquier centro de transporte donde concurran miembros de Guardia Civil o Policía junto a efectivos de Seguridad Privada, cada uno tiene su cometido, pero si en zona donde no se encuentran los agentes de policía y sí los de seguridad privada presenciando la comisión de un delito, por ejemplo, sustracción hurto o robo de una maleta, están obligados a actuar y en su caso a proceder a su detención. La Guardia Civil tiene la competencia de control y seguridad en los aeropuertos, pero no pueden estar controlando físicamente todo el recinto.

No voy a dejar de saludar y admitir correcciones, claro, con el debido respeto, ni sé ni me interesa lo que le dijo Rajoy a Sánchez, ni si el foro es un rincón de propuestas simplistas...cada uno hasta donde llegamos. Considero y estoy seguro que posees cultura, educación, conocimiento y experiencia muy sobrada como para obviar connotaciones "inadecuadas".
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