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Jon Sanz
Siguiendo con el debate entre Pepe y Pincho y queriendo aportar mi humilde granito de arena al debate aquí iniciado...Creo que tanto Pepe como Pincho han acertado con sus 'consejos' (de ir o no encordados sin poner seguros), pero hay algo que no se ha dicho y me gustaría aclarar:
Es necesario diferenciar entre dos tipos de situaciones:
A) Situaciones de 'relación guía-cliente' (o entiendase también 'experto-novato')
Situaciones de 'relación compañeros de montaña' (donde no hay una persona experta o guía que conduzca al grupo)
En el segundo caso, entre compañeros de montaña, si ninguno del grupo asume el papel de guía pues lo mas adecuado es lo comentado por Pepe López: desencordarse y que cada uno asuma su propio riesgo. Aquí cada uno ha de saber autodetenerse de manera inmediata en caso de un resbalón, caída,...de ahí la importancia de practicar regularmente las técnicas de autodetención. Mientras que en el caso A se estaba seguro de que el guía/experto nunca se iba a caer, aquí hay que estar seguro de que NADIE SE VA A CAER y que SI SE CAE SABRÁ AUTODETENERSE. Si no se es capaz de asegurar esto último con certeza solo cabe la tercera posibilidad:
Hacer largos encordado y asegurado!
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Pincho
Bueno, compañeros, sin que sirva para desanimar , y solo para que tengamos en cuenta a lo que nos exponemos en determinadas condiciones , ya sea porque vamos con unos amigos novatos, salimos de forma "altruista" con un club, o por que nos encontramos a unos "montañeros desangelados" por el monte, ahí va un texto muy bueno, opino yo , sobre responsabilidad jurídica en nuestro medio, la montaña
Las cuestiones más desconocidas, o ignoradas, y que probablemente a nuestro nivel "usuario",las dejamos un poco de lado,las he remarcado, para que no vayamos a errores
Es un poco cilindro para el que no le vaya el rollo "legal", pero recomiendo su lectura a todos, para que nos pensemos muchas veces un poco lo fundamental de "dime con quién vas, y te diré donde acabas"
Ála, un saludo, y a disfrutar
Cita
Javier Rodríguez Escobar
CUESTIONES JURÍDICAS EN LAS ACTIVIDADES DE AIRE LIBRE
Javier Rodríguez Escobar
Unidad de Intervención en Desastres
Instituto de Psicoterapia Psicoanalítica de Sevila
[www.psinet-iberica.com]
jescobar@psinet-íberica.com
Fecha: 21/10/02
espeleolex@espeleoastur.as
La responsabilidad legal.
Jurídicamente existen tres tipos de hechos:
Dolosos: causar un daño intencionadamente.
Ej. Empujar a alguien en un precipicio.
Culposos: Acción imprudente que produce un daño, aunque no se tenga intención de hacerlo.
Ej Lanzar piedras desde una cima.
Irresponsables: Acción accidental que provoca un daño
Ej. Desprendimiento de piedras al escalar, no hay responsabilidad legal, pero sí civil.
La responsabilidad es la obligación moral o legal de aceptar las consecuencias de un hecho.
Puede llevar implícita la obligación de reparar o indemnizar los perjuicios causados.
Hay dos tipos:
Responsabilidad Contractual. La que se producen en el desarrollo de una acción jurídica (pactos o contratos).
Responsabilidad Extracontractual. La que tiene lugar en cualquier actividad humana.
La jurisprudencia actual tiende a considerar que el autor del daño responde de él, haya tenido culpa o no del mismo. Antes se solía considerar que estaba obligado a indemnizar solo quien actuó mal o cometió imprudencia en el obrar.
A la hora de considerar a alguien autor del daño hay que tener en cuenta que legalmente la culpa es la negligencia en el obrar lícito, y la diligencia en el obrar es hacer con cuidado y previsión todos los actos y los posibles efectos derivados de este. Por tanto, no hay culpa si se hacen las cosas correctamente y se prevén todos los posibles riesgos.
El Responsable
A efectos legales el guía profesional, guía benévolo, jefe de cordada, jefe de expedición, monitor, profesor, líder espontáneo, etc son exactamente lo mismo en cuanto a responsabilidad. Por tanto ha de entenderse que a la hora de generalizar las distintas sentencias que se han ido dictando, estas palabras pueden considerarse como sinónimo.
Se considera que legalmente el responsable es:
Guías profesionales. Son las personas contratadas como monitores o guías, tengan o no el titulo como tales.
Ej. Uno contrata a un guía para hacer una ascensión a una montaña.
Guías benévolos. Los que asumen dicha función sin tener titulo ni percibir remuneración económica alguna, o sea, el que se pone al mando del grupo.
Ej. Varios amigos van al campo y uno de ellos es el que dirige a los demás, sin ser nombrado por nadie, ni cobrar nada por ello; o se delega esta función en alguien porque el grupo lo considera el más experimentado..
Garante. La persona que tenga más experiencia en la actividad que se desarrolla, aunque no quiera asumir responsabilidad alguna. Si uno posee mayor experiencia en el campo es responsable de las personas que lo acompañen, los conozca o no.
Ej. Uno va haciendo senderismo y se encuentra con otras personas que hacen la misma ruta y deciden seguir juntos, la persona de más experiencia en senderismo es el responsable de lo que ocurra.
Organizadores. Cualquier persona o institución que organice la actividad, cobre o no por ello.
Ej Se contrata a una empresa de aire libre denominada para realizar una actividad con ellos; o se hace una salida con un club organizado de montaña o espeleo.
El Riesgo aceptado
Se considera que una persona que va al campo o la montaña asume que ello implica un riesgo, por tanto tiene que tomar las medidas adecuadas y dotarse del equipo necesario para la actividad que va a desarrollar. En caso de no ser así el asume toda la responsabilidad.
Ejemplos: no usar casco en zona de montaña y ser alcanzado por una piedra, no seguir las instrucciones de la persona de mayor experiencia, no llevar ropa equipo para pernoctar en caso de imprevistos, etc.
El Derecho en las actividades de Aire Libre.
No existe una legislación que regule dichas actividades, lo único que existe son sentencias judiciales y jurisprudencia sobre ciertas cuestiones. A continuación se exponen normas reguladoras extraídas de distintas sentencias judiciales:
Es responsabilidad de todo sujeto prever la posibilidad de causar lesiones a los otros, de no hacerlo incurre en culpa por imprudencia o negligencia.
Ej. Se pasa por un bloque de piedra inestable, se desprende y daña a otro sujeto que va por debajo nuestra, había que haber previsto dicha posibilidad y elegir otro paso.
Si el material que traen los participantes está en mal estado ellos asumen la responsabilidad.
Ej. Grupo contrata a un guía, ellos traen una cuerda, que aparentemente esta bien, la cuerda se rompe en un aseguramiento y una persona se mata, el responsable es el grupo que traía la
cuerda en mal estado, ya que el guía no tenía posibilidad de saber que dicha cuerda había sobrepasado el numero de caídas para la que está homologada.
La persona que asume la función de líder del grupo o primero de cordada es responsable del mismo.
Ej. En un grupo de amigos uno de ellos, por tener más experiencia, es el que decide la ruta a seguir, si ocurre un accidente el responsable es él.
En caso de accidente responde el miembro que tenga mayor experiencia y/o autoridad.
Ej. Un grupo de amigos sale juntos, ninguno de ellos asume el liderazgo, ocurre un accidente, el responsable es la persona que posee mayor experiencia.
El guía, monitor o jefe de cordada tiene la obligación de asegurar prioritariamente a sus propios compañeros, antes de iniciar cualquier salvamento de otras personas, esta es la denominada Ley Mazeaud.
Ej. Una cordada esta en la montaña, otra cordada pide ayuda, si el jefe de cordada abandona la suya para prestar socorro a la otra y le ocurre algo a alguna de las personas que la forman, él es el responsable.
El asumir espontáneamente la dirección colectiva hace al sujeto responsable del grupo.
Ej. Los ya mencionados, una persona que asume la dirección de un grupo de amigos.
Cualquier persona, asociació n o entidad que organiza una actividad asume la responsabilidad, cuando se infringe una obligación general de prudencia.
Ej. Excursión a la montaña organizada por un una persona o asociación, no se lleva material para pernoctar y una tormenta los obliga a hacerlo, si alguien sufre algún daño la persona o
entidad es la responsable por no haber previsto dicha circunstancia.
El que crea una fuente de riesgos tiene el deber jurídico de adoptar las medidas necesarias para evitar los peligros.
Ej. Cuando alguien asume el liderazgo debe de asegurarse de llevar el material adecuado para asegurar y el equipo necesario para afrontar imprevistos, la obligación le corresponde a él, ya que en caso de no tener el equipo adecuado debería de haber desistido y dado media vuelta.
La responsabilidad penal no puede ser exonerada por cláusula contractual alguna.
Ej. Alguien organiza una actividad y obliga a firmar un documento a los participantes en los que ellos asumen toda la responsabilidad de lo que les ocurra. No sirve para nada, sigue siendo responsable el organizador.
El monitor no puede ser eximido por su falta de profesionalidad o por no recibir remuneración por sus servicios.
Ej. Se produce un accidente y el que dirigía al grupo alega que sus conocimientos eran los mismos que los de sus compañeros, no queda eximido de responsabilidad, ya que de ser así no tendría por que haber asumido dicho rol. Ocurriría exactamente igual si alegase que no
cobraba nada por hacer de guía.
Toda persona debe de obedecer al monitor o guía. Su responsabilidad cesaría en el caso de desobediencia, con excepción de tratarse de menores de edad.
Ej. Una persona decide dar la vuelta en una ruta, el monitor le advierte que es peligroso y se lo prohíbe y él hace caso omiso, el responsable es él por no hacer caso al monitor. Un caso similar ocurre si se le dice a un sujeto que se asegure para hacer un paso arriesgado y él no lo hace, o si se le dice que use caso y no se lo pone porque hace calor.
El guía está obligado a informar a los compañeros del riesgo que se a vivir, asegurándose de la capacidad física y técnica de estos.
Ej. Se hace una determinada ruta, un sujeto sufre un percance y el guía no había informado delos riesgos que podían existir en la ruta.
Nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse , o que previstos hubieran sido inevitables.
Ej. Una cordada es arrastrada por un alud, y el parte nivológico no indicaba riesgo de alud.
El guía debe de asegurarse de que el equipo individual es el adecuado (incluido el calzado), aunque no es responsable si dicho equipo presentase defectos que no hubiese sido posible apreciar (cuerdas con muchas caídas, suela de las botas con la goma caducada, etc).
Ej. El anteriormente expuesto de la cuerda que se rompe.
Es obligatorio dejar siempre al final de la marcha o del grupo a alguien que sea experto, estando obligado a ocuparse de que nadie quede rezagado. El monitor de cola sería el responsable en caso de que alguien sufra daños por quedar perdido o pasar por una zona
inadecuada, al quedar rezagado.
Ej. Un grupo de amigos hace una ruta por Cazorla, uno queda rezagado y sufre un percance, el responsable, como siempre, la persona de mayor experiencia, por no haber colocado al segundo mas experimentado al final del grupo.
El monitor comete imprudencia cuando se incurre en un error en la evaluación de los riesgos.
Ej. Una grupo es sorprendido en la montaña por un alud, el monitor suponía que no había riesgo, pero se equivoca, ya que el parte nivológico anunciaba riesgo de alud 4 (Fuerte).
El deber de socorro.
La omisión del deber de socorro. El Art. 195 del Código Penal regula el deber de socorro, por el que uno esta obligado a socorrer a cualquier persona que lo necesitase, siempre y cuando no entrañe riesgo para uno mismo o terceros. Si no se puede prestar auxilio, por existir riesgo, se está obligado a demandar auxilio ajeno.
Consejos prácticos.
De lo anteriormente expuesto se deduce que cualquier organización o cualquier persona que sea la más experimentada dentro de un grupo debe de tomar ciertas precauciones para disminuir al máximo su responsabilidad. Esta són:
1. Informar con todo detalle de la ruta o actividad que se va a realizar, los riesgos que implica, la forma física necesaria para llevarla a cabo y el material personal a llevar.
2. Inspeccionar el material que lleva cada miembro del grupo y no permitir que hagan la ruta o actividad aquellos que no vayan correctamente equipados.
3. Llevar el equipo necesario para cualquier tipo de imprevisto: material ligero para pernoctar, raciones de supervivencia, agua, cuerdas, etc.
4. Advertir a todas las personas que lo acompañen que están obligados en todo momento a seguir sus instrucciones.
5. Informar de todas las medidas de seguridad que hay que adoptar (aseguramiento, arnés, casco, etc), en caso de que alguien no las siga el guía queda exento de responsabilidad.
P.D. F.W., amigo, ya me estás haciendo un estudio legal comparativo y me lo mandas jajajajajajajaja
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Escayola-man
A ver quién organiza ahora una quedada forera
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f.dedieu
PD: joee, como esta el patio
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ALPAMAYO
Pincho ,en la realidad despues de un accidente ( me refiero a "guias benebolos " alguien del grupo va ha culpar ha "alguien " ? no creo ,para todos yo creo que ha sido un accidente y se acabo , no crees?
Cita
ALPAMAYO
Una pregunta he visto en algunos ,reportajes del foro ,que los piolets traccion ,algunos no se los aseguran a la mano o al budrier,es esto correcto ? yo he visto en algunas escaladas en el Hielo que si los llevan con fijacción en la muñeca , es opccional ?
Cita
Pincho
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ALPAMAYO
Pincho ,en la realidad despues de un accidente ( me refiero a "guias benebolos " alguien del grupo va ha culpar ha "alguien " ? no creo ,para todos yo creo que ha sido un accidente y se acabo , no crees?
No lo creo al 100%, amigo Alpamayo
Hay familias resabiadas, y son las peores, por experiencia te lo digo.
No ya el "accidentado", si no, los que "andan detrás"
Cita
ALPAMAYO
Una pregunta he visto en algunos ,reportajes del foro ,que los piolets traccion ,algunos no se los aseguran a la mano o al budrier,es esto correcto ? yo he visto en algunas escaladas en el Hielo que si los llevan con fijacción en la muñeca , es opccional ?
Yo no gasto dragoneras con los técnicos
Lo de asegurarlos al arnés, quedó un poco "anticuado", ya no se lleva, ya sabes
Y el tema dragoneras, algo muy personal, si estás a 250 metros del suelo, y se te cae, pábajo seguramente.
Pero por contra, para tornillear, mixtear, travesear, lo mejor sin duda
Un saludo
Cita
ALPAMAYO
Cita
Pincho
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ALPAMAYO
Pincho ,en la realidad despues de un accidente ( me refiero a "guias benebolos " alguien del grupo va ha culpar ha "alguien " ? no creo ,para todos yo creo que ha sido un accidente y se acabo , no crees?
No lo creo al 100%, amigo Alpamayo
Hay familias resabiadas, y son las peores, por experiencia te lo digo.
No ya el "accidentado", si no, los que "andan detrás"
Cita
ALPAMAYO
Una pregunta he visto en algunos ,reportajes del foro ,que los piolets traccion ,algunos no se los aseguran a la mano o al budrier,es esto correcto ? yo he visto en algunas escaladas en el Hielo que si los llevan con fijacción en la muñeca , es opccional ?
Yo no gasto dragoneras con los técnicos
Lo de asegurarlos al arnés, quedó un poco "anticuado", ya no se lleva, ya sabes
Y el tema dragoneras, algo muy personal, si estás a 250 metros del suelo, y se te cae, pábajo seguramente.
Pero por contra, para tornillear, mixtear, travesear, lo mejor sin duda
Un saludo
Ok. Gracias, creo que tienes razón no toda la gente va con buena fé
! me tengo que poner un poco al dia en cuestion de tecnicas verdad ¿
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f.dedieu
ya, ya. Pero..................................tu y yo salimos a la montaña, si, si, tampoco te vas a escapar este año. Tu me quieres encordar por que soy un matao, y tu lo sabes, pero yo me creo un makina y te digo que la cuerda es pa colgar jamones.
me caigo y me hago un chichon, por no decir otra cosa
Cita
f.dedieu
ya, ya. Pero..................................tu y yo salimos a la montaña, si, si, tampoco te vas a escapar este año. Tu me quieres encordar por que soy un matao, y tu lo sabes, pero yo me creo un makina y te digo que la cuerda es pa colgar jamones.
me caigo y me hago un chichon, por no decir otra cosa
Te denuncio, porque tu eres mas experto que yo y no me salvaste del coscorron. Tu dices en un juicio que tu me queria atar y yo no me deje, y yo digo que yo queria atarme y tu pasaste de mi. Mi palabra contra la tuya. Quien sale perjudicado???????
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f.dedieu
Pero, ¿en que podria basarse un juez para determinar de quien fue culpa.
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f.dedieu
Ya digo ahora que los dos. Tu no me vuelves a mirar a la cara, eso ya lo tengo claro. Y yo me quedo con mi chichon y un amigo menos.
Seguramente esto acabaria conmigo en el hospital, tu preocupado por mi, y al salir del hospital me darias tres collejas bien merecidas y nos hiriamos a tomar unas cañas ¿no?
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Sanjuu
Es muy interesante ese artículo.
A mí me preocupa especialmente lo que dice f.dedieu. Yo no dejo de ser un "domingüero" pero ha habido veces que he ido con gente y ha llegado un grupo de "despistaos" y se han acoplado sin más, seguro que a más de uno os ha pasado alguna vez. Supongo que estas cosas tendrán una serie de matices que depuren responsabilidades. Porque estaría bueno que uno sea culpable de que un agregao la líe. No se supone que al ser mayor de edad una persona y va por voluntad propia... ¿o estoy equivocado?
Cita
Pincho
El deber de socorro.
La omisión del deber de socorro. El Art. 195 del Código Penal regula el deber de socorro, por el que uno esta obligado a socorrer a cualquier persona que lo necesitase, siempre y cuando no entrañe riesgo para uno mismo o terceros. Si no se puede prestar auxilio, por existir riesgo, se está obligado a demandar auxilio ajeno.
Cita
ya, ya. Pero..................................tu y yo salimos a la montaña, si, si, tampoco te vas a escapar este año. Tu me quieres encordar por que soy un matao, y tu lo sabes, pero yo me creo un makina y te digo que la cuerda es pa colgar jamones.
me caigo y me hago un chichon, por no decir otra cosa
Cita
Choto
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ya, ya. Pero..................................tu y yo salimos a la montaña, si, si, tampoco te vas a escapar este año. Tu me quieres encordar por que soy un matao, y tu lo sabes, pero yo me creo un makina y te digo que la cuerda es pa colgar jamones.
me caigo y me hago un chichon, por no decir otra cosa
perfecto!!!! Pincho si estas federado tienes un seguro de responsabilidad civil, no?? pues te demandamos y a repartir las ganancias!
Bueno....aparte de ilegal, y de ético ya ni hablamos, pero este caso tambien podría pasar, no? Vamos que si eres de "etica distraida" (yo tambien se ser politicamente correcto), si me rompo algo algun día, digo que estaba en el monte, denuncio algun voluntario con seguro.. y a ganar pasta?!
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FEDAMON
B )RESPONSABILIDAD CIVIL DE CADA FEDERADO.
La FAM , tiene suscrito a través de la Compañía FIATC, un seguro de R.C. General para cada federado que suscriba su Licencia Federativa con los siguientes límites y coberturas:
-Responsabilidad Civil : *Límite máximo por siniestro y año: 600.000 €.
-Fianzas Civiles y Penales, Defensa Criminal.
Cita
CALI
El garante en actividades entre amigos, es el que mas sabe. Aquí entra otra figura que es "la buena fé" y que no se le pueda imputar negligencia o imprudencia temeraria. La buena fé le exculpa cuando, sabiendo que no es un profesional, ha puesto todos los medios para evitar el accidente. Logicamente no puede saber todo lo que sabe un guía, pero lo mas basico lo domina. Ej: si invita a escalar a unos amigos, sabe hacerles el ocho, ponerles el casco y cómo pasar la cuerda por el mosquetón, pero no sabe rescatarlos. NO se le puede pedir mas
Besos
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Escayola-man
Pues hablando de responsabilidades y del deber de auxilio...tengo unas duditas que de vez en cuando me vuelven a dar vueltas por el cabezorro
Desde hace tiempo cada vez son más las estaciones de esquí que cobran un seguro de accidentes "optativo" en el que está incluido el rescate en pistas. Que yo sepa, Sierra Nevada es una de las pocas estaciones españolas en el que el rescate en pistas está incluido en el forfait.
Cita
Escayola-man
Bueno, el supuesto es el siguiente....Me voy a Formigal y no pago el seguro de accidentes. Me caigo en una pista balizada y me hago daño en una rodilla...
a) ¿ Puedo llamar al GREIM para que me saquen ? El terreno de la pista es público.
b) Si me rescata el personal de pistas ¿ tendré que pagar ? Se supone que están obligados al auxilio ¿ previo pago ?
Lamentablemente, hace unos días se produjo un accidente de alpinismo en SN donde el personal de Cetursa evacuó a los heridos. Si hubiera pasado en Formigal ¿ les hubieran cobrado ?
Bueno, pues esas dudillas a los expertos legales, a ver si me puedo ahorrar unas pelillas con el forfait
Saludos
Cita
Pincho
En el accidente de SN, lo mismo, deber de auxilio
Cita
Escayola-man
Hola
Muchas gracias por la info ...pero ahora sí que la voy a liar gorda !!!!! En Alto Campoo en el "seguro optativo" lo pone muy claro: gastos de primeros auxilios en pista incluido. Y la tipa que te vende el forfait te dice que la asistencia en pistas no está incluida (el año pasado sí estaba incluida). ¿ Sabes a quién tengo que escribir para quejarme ?
Y en Formigal mira lo que dice el seguro de asistencia: [www.formigal.com]
Específicamente pone los primeros auxilios en pistas.
¿ Es publicidad engañosa o EFECTIVAMENTE como te caigas tienes que apoquinar ?
La información que me das es la que pensaba, pero al preguntar en las taquillas y negarme el derecho al auxilio en pistas me quedé mosca
Lo lógico es que si explotas y acondicionas una pista cobrando por ello, como mínimo que te lleven al coche si te caes.
Muchas gracias....y si puedes preguntar en una taquilla para verificarlo, me voy a la estación que tu me digas que es fiable
Saludos
Cita
Formigal
Tarifas de asistencia sanitaria
La asistencia Sanitaria en sus distintas modalidades, incluye:
a) La asistencia en rescate y la prestación de los primeros auxilios en pistas.
b) El traslado al centro médico de la estación.
c) La prestación de la asistencia sanitaria básica en el centro médico y el traslado al hospital más cercano a criterio facultativo.
Cita
Federarme no puedo porque entonces no me cubre el seguro de vida
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