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    <channel>
        <title>accidente</title>
        <description>Hola a todos, mi duda es cuando vas esquiando tranquilamente y viene una persona por detràs se te lleva por delante y se da a la fuga, con la consecuènica de la
rotura de los ligamento de los dedos pulgar de cada mano, que pasa con esto, en este caso que hay que hacer ?
gracias.</description>
        <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398078#msg-4398078</link>
        <lastBuildDate>Sat, 18 Apr 2026 15:32:08 +0200</lastBuildDate>
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            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4409180#msg-4409180</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>uno más de esta historia</strong><br/>
[<a href="https://www.lexartismontana.com/" target="_blank" rel="nofollow" >www.lexartismontana.com</a>]</div></blockquote>

El blog de montaña me parece de lo más sensato que he leído en mucho tiempo en la internete
]]></description>
            <dc:creator>madrileñ@</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Fri, 07 Oct 2022 17:11:14 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
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            <title>Re: accidente</title>
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            <description><![CDATA[
 [<a href="https://www.lexartismontana.com/" target="_blank" rel="nofollow" >www.lexartismontana.com</a>]
]]></description>
            <dc:creator>uno más de esta historia</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Wed, 05 Oct 2022 13:53:01 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
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            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4408593#msg-4408593</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>xao</strong><br/>
Si tenéis algún accidente esquiando poneos en contacto con esta persona
<br />


<br />


<br />

[<a href="https://www.lne.es/asturias/2014/12/14/llamazares-cuelga-botas-19899506.html" target="_blank" rel="nofollow" >www.lne.es</a>]
<br />


<br />


<br />

Nos dio alguna charla sobre el asunto en EDEPA, y según él, que algo sabe, las normas FIS y la normativa ATUDEM eran tenidas en cuenta por los jueces en caso de demandas por daños en estaciones de esquí al no haber una normativa más concreta con rango de ley
<br />


<br />

Hubo sentencias basadas en las normas FIS, y estoy hablando del año 2009, me imagino que todo seguirá igual
<br />


<br />

Este hombre es esquiador, montañero, fue GREIM y es abogado
<br />


<br />

Algo creo que sabrá</div></blockquote>


<br />

   Yo tuve un percance serio esquiando y me llevó el asunto un abogado de Jaca que también ha estado muchos años en el GREIM. En el juicio se comió con patatas al abogado de la estación y al perito embustero que puso la estación. Su despacho se llama lexartismontana.com
]]></description>
            <dc:creator>Indemnizado</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Wed, 05 Oct 2022 13:47:41 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4408490#msg-4408490</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4408490#msg-4408490</link>
            <description><![CDATA[
 Yo escribiendo en una noticia y hay un tema abierto :crazy2:
<br />


<br />

Que por una imprudencia esquiando se vaya por la vía penal es complicado, como han dicho, por la intervención mínima del mismo.
<br />


<br />

Tendría que ser una imprudencia grave o menos grave, art. 142 CP en caso de fallecimiento, y  152 en caso de lesiones. En este caso las lesiones son las previstas en los arts. 147 y siguientes. 
<br />


<br />

Pero complicado que se vaya por la vía penal.
<br />


<br />

En la vía civil es diferente, si existe culpa o negligencia habrá responsabilidad del esquiador (art. 1902 CC).
<br />


<br />

Si hay culpa o negligencia en último lugar decidirá el juez ¿Y como lo hará?  Pues en la mayoria de ocasiones se basan en las normas FIS. Las interpretarán y valorarán como estimen, pero vaya, más o menos lo mismo que hacen con el resto de leyes. Porque no olvidemos que los jueces interpretan y aplican las leyes. 
<br />


<br />

Cualquiera que quiera mirar un poco encontrará unas cuantas Sentencias que las aplican. 
<br />


<br />

Y las estaciones igual, responderán si tienen alguna clase de culpa o negligencia.
<br />


<br />

Lo de retener a alguien si no se quiere identificar, yo creo que se podría hacer... siempre se podrá decir que los hechos tenían la apariencia de un delito, que parece que se han causado lesiones de las que puede ser responsable y que quiere huir del lugar.  No creo que le pase a nada a quien le retiene...
<br />


<br />

Para acabar, yo tendría un seguro de Responsabilidad Civil, y no de 6.000 €, eso no vale para nada. Los seguros del hogar lo suelen cubrir,  a no ser que se excluya expresamente, así que hay que mirarlo. 
<br />


<br />

Los seguros mejor no tener que utilizarlos, pero menos mal que lo tienes cuando lo necesitas, que no es solo la indemnización, también todos los gastos judiciales.  Y estos seguros también suelen valer para hacer la reclamación...
]]></description>
            <dc:creator>favre</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 04 Oct 2022 21:12:20 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4408430#msg-4408430</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4408430#msg-4408430</link>
            <description><![CDATA[
 Me respondo:
<br />


<br />

<img src="https://www.nevasport.com/fotos/041022/960090.jpg" class="bbcode" border="0" />
<br />


<br />

Lesiones por imprudencia
<br />

Principio de intervención mínima. 
<br />

Via civil.
<br />


<br />

Solo cuando sea por algo manifiestamente temerario  o que tengas especial responsabilidad por el cargo que tengas en ese momento (un jefe de obra que omita las normas de riesgos laborales, o un técnico en pirotecnia,  etc),  te van a admitir unas lesiones imprudentes en via penal.
]]></description>
            <dc:creator>asturcbm</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 04 Oct 2022 16:48:59 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4408348#msg-4408348</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4408348#msg-4408348</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>eloy_85</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>asturcbm</strong><br/>
Un poco difícil....
<br />


<br />

Lo único penal perseguible es la omisión de socorro. 
<br />

Y por lo general... habría que demostrar,  o convencer al juez,  que realmente necesitabas socorro.
<br />


<br />

Aunque así fuera,  descripción del fulano y demás a la hora de poner la denuncia. Luego que haya cámaras en la estación,  y más concretamente en el parking,  donde le vean entrar en un coche... luego buscar matricula... si es que se ve.... etc etc,  o localizarlo pagando con una tarjeta en algún punto exacto.....
<br />


<br />

Si optas (o no te dejan alternativa) por la vía civil,  abogado + procurador.... pero misma película. 
<br />


<br />

Vamos,  que difícil... que denunciar es fácil... pero resolver el asunto no.</div></blockquote>


<br />

Creo que estás equivocado. En mi opinión, concurre en primer lugar un delito de lesiones, que como muy bien dices, habría que demostrar (como cualquier otro delito). 
<br />


<br />

En segundo lugar habría que valorar la concurrencia de la mencionada omisión del deber de socorro teniendo en cuenta el agravante de ser el causante del accidente.
<br />


<br />

Por otra parte, se me ocurre lo oportunos que pueden ser en estos casos, las cámaras para identificar si le dejas el forfait a un amigo o incluso si te has cambiado de chaqueta a media mañana, para ayudar a identificar al causante del accidente.</div></blockquote>


<br />

Cada fin de semana en los miles de parques,  canchas de fútbol, balonmano,  circuitos de velocidad,  de descenso en mtb hay entonces tropecientos delitos de lesiones. 
<br />

Vamos a judicializar la vida en general. 
<br />


<br />

Ni siquiera se instruyen como delito en  trafico,  mira tu...y siempre hay lesionados,  salvo cosas muy muy graves, drogas, kamikaces, etc. 
<br />

Mejor ejemplo que ese....
<br />

Si no prueba...a abrir diligencias penales por un collarín por alcance en un juzgado.
<br />


<br />

Estoy por colgar unos cuantos autos del jzdo, para que se vea..... autos que el jzdo de instrucción manda automáticamente al lesionado en un accidente al haber recibido (el jzdo) el parte del hospital. 
<br />


<br />

Lo del Forfait no entiendo a que te refieres. Salvo que sea un abono de temporada no son nominativos. No habría forma de identificar al titular de un FF de día salvo que haya pagado con tarjeta (que ciertamente, puede ser la mayoría).
<br />

Y aún así,  no se que seguimiento puede hacer la estacion a un FF, sabrá el remonte en el que sube,  pero no la pista por la que baja.
]]></description>
            <dc:creator>asturcbm</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 04 Oct 2022 13:10:44 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4408347#msg-4408347</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4408347#msg-4408347</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>asturcbm</strong><br/>
Un poco difícil....
<br />


<br />

Lo único penal perseguible es la omisión de socorro. 
<br />

Y por lo general... habría que demostrar,  o convencer al juez,  que realmente necesitabas socorro.
<br />


<br />

Aunque así fuera,  descripción del fulano y demás a la hora de poner la denuncia. Luego que haya cámaras en la estación,  y más concretamente en el parking,  donde le vean entrar en un coche... luego buscar matricula... si es que se ve.... etc etc,  o localizarlo pagando con una tarjeta en algún punto exacto.....
<br />


<br />

Si optas (o no te dejan alternativa) por la vía civil,  abogado + procurador.... pero misma película. 
<br />


<br />

Vamos,  que difícil... que denunciar es fácil... pero resolver el asunto no.</div></blockquote>


<br />

Creo que estás equivocado. En mi opinión, concurre en primer lugar un delito de lesiones, que como muy bien dices, habría que demostrar (como cualquier otro delito). 
<br />


<br />

En segundo lugar habría que valorar la concurrencia de la mencionada omisión del deber de socorro teniendo en cuenta el agravante de ser el causante del accidente.
<br />


<br />

Por otra parte, se me ocurre lo oportunos que pueden ser en estos casos, las cámaras para identificar si le dejas el forfait a un amigo o incluso si te has cambiado de chaqueta a media mañana, para ayudar a identificar al causante del accidente.
]]></description>
            <dc:creator>eloy_85</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 04 Oct 2022 12:57:36 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
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            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4407864#msg-4407864</link>
            <description><![CDATA[
 Excelente profesional y persona.:clap:
<br />

Tengo su libro dedicado.
<br />

Muy buen esquiador no solo de montaña, si no de pista.
]]></description>
            <dc:creator>uno más de esta historia</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Sat, 01 Oct 2022 10:05:48 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
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            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4407860#msg-4407860</link>
            <description><![CDATA[
 Si tenéis algún accidente esquiando poneos en contacto con esta persona
<br />


<br />


<br />

[<a href="https://www.lne.es/asturias/2014/12/14/llamazares-cuelga-botas-19899506.html" target="_blank" rel="nofollow" >www.lne.es</a>]
<br />


<br />


<br />

Nos dio alguna charla sobre el asunto en EDEPA, y según él, que algo sabe, las normas FIS y la normativa ATUDEM eran tenidas en cuenta por los jueces en caso de demandas por daños en estaciones de esquí al no haber una normativa más concreta con rango de ley
<br />


<br />

Hubo sentencias basadas en las normas FIS, y estoy hablando del año 2009, me imagino que todo seguirá igual
<br />


<br />

Este hombre es esquiador, montañero, fue GREIM y es abogado
<br />


<br />

Algo creo que sabrá
]]></description>
            <dc:creator>xao</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Sat, 01 Oct 2022 09:41:49 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4407816#msg-4407816</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4407816#msg-4407816</link>
            <description><![CDATA[
 Interesante hilo.
<br />

En mi opinión y en la línea de j.asturiano, es difícil que las cosas sean blanco o negro. 
<br />

La gente se para en mitad de las pistas en tramos en los que la gente va rápido (de quien es la culpa si pasa algo?)….., o se caen o descontrolan porque su nivel no es el adecuado para la dificultad de la pista o de la condición de la nieve y se los lleva por delante algún esquiador que tampoco tiene un nivel excelente,…… o en cruces de pistas donde la prioridad es discutible….o tenían mal atadas las botas o los DIN mal puestos lo que ha podido generar el accidente o las lesiones 
<br />

Al final con toda la información que le llegará al juez que será variopinta y distinta según las partes, éste dictará sentencia asesorándose, supongo,  todo lo que tenga a mano (FÍS, leyes, reglamentos….) y una de las partes involucradas  ganará y la otra no
<br />

En fin, que nos pase nada
]]></description>
            <dc:creator>50290849s</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Fri, 30 Sep 2022 20:53:11 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399414#msg-4399414</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399414#msg-4399414</link>
            <description><![CDATA[
 Yo del tema de responsabilidad no te comento nada, pero por si acaso la lesión que comentas en los dedos pulgares podría ser que llevaras los bastones mal colocados, es algo que pasa a bastante gente y la cinta que llevan les provoca lesiones en los pulgares. No digo que sea tú caso, pero si lo es para que no tengas es problema, te envío un enlace donde se ve la manera correcta de colocarlos y evitar ese tipo de lesión.
<br />


<br />

<br/><iframe width="560" height="315" src="https://www.youtube.com/embed/LoiE-0rntdk" class="youtube_embed" frameborder="0" allowfullscreen></iframe><br/>
<br />


<br />

Un slaudo
]]></description>
            <dc:creator>j.asturiano</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 16 Aug 2022 09:52:28 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399371#msg-4399371</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399371#msg-4399371</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>ReySalmon</strong><br/>
La verdad que el tema está interesante. Yo creo que hay dos situaciones muy claras:
<br />


<br />

1. RESPONSABILIDAD PENAL: en caso de dolo o daño intencionado. Es decir si se produce una lesión, atropello, etc. de manera intencionada, se pueden derivar responsabidades penales. Exactamente igual que si se agrede a alguien en una pelea, pero con un esquí, atropello, casco... Por supuesto habrá que demostrarlo, testigos, etc. pero responsabilidad penal hay.
<br />


<br />

2. RESPONSABILIDAD CIVIL: cualquier persona tiene responsabilidad civil frente a terceros por imprudencia. Ejemplo: inundo al vecino de abajo -&gt; tengo que pagar los daños ocasionados aunque haya sido involuntario. Igualmente si se lesiona a un tercero esquiando por una imprudencia, pueden derivarse responsabilidades civiles e indeminzación. (Hay varias sentencias).
<br />


<br />


<br />

Ahora vienen los dos casos que creo son menos claros:
<br />


<br />

<b>¿Puede haber responsabilidad penal por imprudencia?</b>  
<br />


<br />


<br />

Yo creo que si la puede haber contra la gestora de la estación (pe. mala señalización) o incluso contra un monitor por negligencia. A partir de aquí he hecho un poco de cuñao y buscado por google por lo interesante del tema y parece que, en el caso de que sea un esquiador quien produzca el daño, dependerá del grado de la lesión producida (imprudencia grave).
<br />


<br />

<b>¿Puede haber responsabilidad civil sin imprudencia?</b> 
<br />


<br />

Yo ahí es donde tengo más dudas y donde creo que son más necesarios los seguros: el seguro paga y no hay litigio. Fin de la historia. Bastantes aseguradoras tienen seguros específicos de responsabilidad civil para esquiadores.
<br />


<br />


<br />


<br />

Por todo esto, en cuanto al caso expuesto de &quot;hit and run&quot;, yo creo que si hay responsabilidad civil por imprudencia y podría haber responsabilidad penal si la lesión es grave o requería asistencia inmediata (imprudencia grave). 
<br />


<br />


<br />

Como nunca se sabe en qué lado de la historia podemos estar, mejor tener seguro que te cubra a ti y cubra a terceros. La gran duda que yo tengo es qué narices cubren los típicos seguros de pista de 3€... a ver si los sabios del foro se pronuncian.</div></blockquote>


<br />


<br />

A lo mejor no hay que ir al seguro de 3€. Es muy importante tener una responsabilidad civil. De hecho en Italia el seguro de responsabilidad civil es OBLIGATORIO.
<br />


<br />

Hay seguros de semana que por ejemplo tienen 6000 € de RC y otros que tienes 60000 € o incluso más.
<br />


<br />

Conozco un ejemplo de dos foreros, que chocaron en una pista de esquí,  de los que evidentemente no voy a dar nombres que uno de ellos ha tenido que indemnizar al otro por decisión judicial con más de  40.000 €. Evidentemente hubo lesiones importantes y se trataba de un caso análogo al que estamos comentando. Uno que se lleva por delante al otro viniendo de arriba.
<br />


<br />

No subestimemos a los testigos y sobre todo la responsabilidad civil. Ese seguro es probablemente el regalo más grande que le han hecho al culpable y que ha permitido que sea el seguro el que pague.
<br />


<br />

Un abrazo a todos
<br />

Nacho Campos
]]></description>
            <dc:creator>Nacho Campos</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Mon, 15 Aug 2022 16:25:07 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399296#msg-4399296</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399296#msg-4399296</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>ReySalmon</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>FerranF</strong><br/>

<br />


<br />

Cubre el rescate en pistas y atención sanitaria en el centro de esquí.</div></blockquote>


<br />

Ferran y si rechazas el seguro adicional, el FF per se no cubre ya eso???</div></blockquote>


<br />


<br />


<br />


<br />

 Veo que Ratón ya te ha respondido 😜
]]></description>
            <dc:creator>FerranF</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Sun, 14 Aug 2022 11:09:27 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399290#msg-4399290</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399290#msg-4399290</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>ReySalmon</strong><br/>
La verdad que el tema está interesante. Yo creo que hay dos situaciones muy claras:
<br />


<br />

1. RESPONSABILIDAD PENAL: en caso de dolo o daño intencionado. Es decir si se produce una lesión, atropello, etc. de manera intencionada, se pueden derivar responsabidades penales. Exactamente igual que si se agrede a alguien en una pelea, pero con un esquí, atropello, casco... Por supuesto habrá que demostrarlo, testigos, etc. pero responsabilidad penal hay.
<br />


<br />

2. RESPONSABILIDAD CIVIL: cualquier persona tiene responsabilidad civil frente a terceros por imprudencia. Ejemplo: inundo al vecino de abajo -&gt; tengo que pagar los daños ocasionados aunque haya sido involuntario. Igualmente si se lesiona a un tercero esquiando por una imprudencia, pueden derivarse responsabilidades civiles e indeminzación. (Hay varias sentencias).
<br />


<br />


<br />

Ahora vienen los dos casos que creo son menos claros:
<br />


<br />

<b>¿Puede haber responsabilidad penal por imprudencia?</b>  
<br />


<br />

Yo creo que si la puede haber contra la gestora de la estación (pe. mala señalización) o incluso contra un monitor por negligencia. A partir de aquí he hecho un poco de cuñao y buscado por google por lo interesante del tema y parece que, en el caso de que sea un esquiador quien produzca el daño, dependerá del grado de la lesión producida (imprudencia grave).
<br />


<br />

<b>¿Puede haber responsabilidad civil sin imprudencia?</b> 
<br />


<br />

Yo ahí es donde tengo más dudas y donde creo que son más necesarios los seguros: el seguro paga y no hay litigio. Fin de la historia. Bastantes aseguradoras tienen seguros específicos de responsabilidad civil para esquiadores.
<br />


<br />


<br />


<br />

Por todo esto, en cuanto al caso expuesto de &quot;hit and run&quot;, yo creo que si hay responsabilidad civil por imprudencia y podría haber responsabilidad penal si la lesión es grave o requería asistencia inmediata (imprudencia grave). 
<br />


<br />


<br />

Como nunca se sabe en qué lado de la historia podemos estar, mejor tener seguro que te cubra a ti y cubra a terceros. La gran duda que yo tengo es qué narices cubren los típicos seguros de pista de 3€... a ver si los sabios del foro se pronuncian.</div></blockquote>


<br />

La responsabilidad penal (delito) por lesiones imprudentes,  tiene que ser lesiones graves y por imprudencia grave. 
<br />


<br />

Imprudencia grave normalmente la cometen aquellos que por su profesión o cargo,  omiten &quot;deberes&quot; para que las personas de las que son responsables no sufran el accidente o lesión. 
<br />

Por ejemplo,  un jefe de obra (responsable de riesgos laborales),  el técnico o encargado de una atracción de feria que se desarma....o, como bien dices,  un técnico de la estación por mala señalización....o incluso un monitor de esquí de un niño que se cae por un barranco. 
<br />


<br />

También cuando la irresponsabilidad es manifiesta,  por actos conscientes.... por ejemplo,  el conductor borracho como una cuba que atropella un peatón, o el que hace el kamikace en una autopista. 
<br />

Pero por un accidente por imprudencia &quot;normal&quot;, no se derivan responsabilidades penales, aunque haya lesiones.
]]></description>
            <dc:creator>asturcbm</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Sat, 13 Aug 2022 22:18:22 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399274#msg-4399274</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399274#msg-4399274</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>ReySalmon</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>FerranF</strong><br/>

<br />


<br />

Cubre el rescate en pistas y atención sanitaria en el centro de esquí.</div></blockquote>


<br />

Ferran y si rechazas el seguro adicional, el FF per se no cubre ya eso???</div></blockquote>


<br />

En principio, y habría que ver caso por caso, no. El FF solo cubre accidentes en el transporte por cable.
<br />


<br />

Por eso ofrecen el adicioal.
<br />


<br />

SL2, ratón.
]]></description>
            <dc:creator>raton700</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Sat, 13 Aug 2022 18:58:54 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399273#msg-4399273</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399273#msg-4399273</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>FerranF</strong><br/>

<br />


<br />

Cubre el rescate en pistas y atención sanitaria en el centro de esquí.</div></blockquote>


<br />

Ferran y si rechazas el seguro adicional, el FF per se no cubre ya eso???
]]></description>
            <dc:creator>ReySalmon</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Sat, 13 Aug 2022 18:54:58 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399272#msg-4399272</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399272#msg-4399272</link>
            <description><![CDATA[
 Todo depende de la estación o de la empresa con la que lo contrates ( Racc, intermundial…).
<br />

Algunos solo cubren el rescate en pistas y la primera intervención,. Y otros cubren RC, repatriación…
<br />

Hay que leer lo que se contrata, aunque tengan precios parecidos no cubren lo mismo.
]]></description>
            <dc:creator>D@vid</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Sat, 13 Aug 2022 18:21:38 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399271#msg-4399271</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399271#msg-4399271</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>ReySalmon</strong><br/>

<br />


<br />

Como nunca se sabe en qué lado de la historia podemos estar, mejor tener seguro que te cubra a ti y cubra a terceros. La gran duda que yo tengo es qué narices cubren los típicos seguros de pista de 3€... a ver si los sabios del foro se pronuncian.</div></blockquote>


<br />


<br />


<br />


<br />

Cubre el rescate en pistas y atención sanitaria en el centro de esquí.
]]></description>
            <dc:creator>FerranF</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Sat, 13 Aug 2022 18:13:58 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399268#msg-4399268</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399268#msg-4399268</link>
            <description><![CDATA[
 La verdad que el tema está interesante. Yo creo que hay dos situaciones muy claras:
<br />


<br />

1. RESPONSABILIDAD PENAL: en caso de dolo o daño intencionado. Es decir si se produce una lesión, atropello, etc. de manera intencionada, se pueden derivar responsabidades penales. Exactamente igual que si se agrede a alguien en una pelea, pero con un esquí, atropello, casco... Por supuesto habrá que demostrarlo, testigos, etc. pero responsabilidad penal hay.
<br />


<br />

2. RESPONSABILIDAD CIVIL: cualquier persona tiene responsabilidad civil frente a terceros por imprudencia. Ejemplo: inundo al vecino de abajo -&gt; tengo que pagar los daños ocasionados aunque haya sido involuntario. Igualmente si se lesiona a un tercero esquiando por una imprudencia, pueden derivarse responsabilidades civiles e indeminzación. (Hay varias sentencias).
<br />


<br />


<br />

Ahora vienen los dos casos que creo son menos claros:
<br />


<br />

<b>¿Puede haber responsabilidad penal por imprudencia?</b>  
<br />


<br />

Yo creo que si la puede haber contra la gestora de la estación (pe. mala señalización) o incluso contra un monitor por negligencia. A partir de aquí he hecho un poco de cuñao y buscado por google por lo interesante del tema y parece que, en el caso de que sea un esquiador quien produzca el daño, dependerá del grado de la lesión producida (imprudencia grave).
<br />


<br />

<b>¿Puede haber responsabilidad civil sin imprudencia?</b> 
<br />


<br />

Yo ahí es donde tengo más dudas y donde creo que son más necesarios los seguros: el seguro paga y no hay litigio. Fin de la historia. Bastantes aseguradoras tienen seguros específicos de responsabilidad civil para esquiadores.
<br />


<br />


<br />


<br />

Por todo esto, en cuanto al caso expuesto de &quot;hit and run&quot;, yo creo que si hay responsabilidad civil por imprudencia y podría haber responsabilidad penal si la lesión es grave o requería asistencia inmediata (imprudencia grave). 
<br />


<br />


<br />

Como nunca se sabe en qué lado de la historia podemos estar, mejor tener seguro que te cubra a ti y cubra a terceros. La gran duda que yo tengo es qué narices cubren los típicos seguros de pista de 3€... a ver si los sabios del foro se pronuncian.
]]></description>
            <dc:creator>ReySalmon</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Sat, 13 Aug 2022 18:00:38 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399011#msg-4399011</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4399011#msg-4399011</link>
            <description><![CDATA[
 Siempre hace lo mismo. Defiende posiciones indefendibles  y cuando le muestras la realidad se empieza a inventar links a información confusa para dar la apariencia de que te ha contestado. Es su modus operandi habitual. Un claro signo de un trastorno de la personalidad grave.
]]></description>
            <dc:creator>mapamundi73</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Thu, 11 Aug 2022 11:54:45 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398774#msg-4398774</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398774#msg-4398774</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>asturcbm</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>GOOSE07</strong><br/>
No hay mayor ciego que el no quiere ver. Pero bueno con estos calores..... otro enterado. Date un baño refrescante. 
<br />


<br />

<b>Hace un monton de años, que la denuncia civil se pasa a la audiencia provincial por lo penal.</b> Pero te lo pongo par que lo leas.
<br />


<br />

Para ti el duro.
<br />


<br />

[A partir de la última reforma del Código Penal, operada por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de Marzo, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, en aquellos casos en que el esquiador sufra una caída tanto a causa del mal estado de las instalaciones de la Estación de esquí, como por la actuación negligente de otro esquiador o de uno de los operarios de la instalación, el afectado solo podrá denunciar penalmente los daños sufridos en dos casos. Casos recientes Formigal caida del telesilla Sra. en la salida del Telesilla, Baqueira por la caida provocada por un palo no protejido  en su totalidad. POR LO PENAL AMBOS, JP&quot;
<br />

Cuando hubiera habido imprudencia grave del causante del  daño pudiendo ser retenido por los empleados de la estacion y identificado.
<br />

O cuando las lesiones fueran de tal magnitud que alcancen gran gravedad, .
<br />


<br />

En una accidente de trafico que no tiene nada que ver, la ley ya marca como delito art. 129 recoge que los usuarios de las vías que se vean implicados en un accidente de tráfico, lo presencien o tengan conocimiento de él estarán obligados a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimasa omision del deber de auxiliar
<br />


<br />


<br />

AMEN. Tu sales a la calle..... ?. Espero lo entienda y si no Google, que esto ya huele. Buenas vacaciones.</div></blockquote>


<br />

Te veo perdidisimo,  sinceramente,  cogiendo textos inconexos de uno y otro lugar. Hasta son difíciles de leer. 
<br />

El 129CP hasta lo copias mal, son penas accesorias, muestras de ADN..... no se ni lo que quieres poner ni de donde lo sacas. 
<br />

Te ayudo un poco:
<br />

[<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-3439" target="_blank" rel="nofollow" >www.boe.es</a>]
<br />


<br />

Pero,  que ya está,  no voy a discutir contigo. Tu ve deteniendo por ahí por accidentes de tráfico o de esquí a quien quieras oiga.</div></blockquote>


<br />

No le des importancia, no sabe lo que hace.
]]></description>
            <dc:creator>Yuri</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 17:40:55 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398771#msg-4398771</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398771#msg-4398771</link>
            <description><![CDATA[
 Solamente indicar que las estaciones se rigen por la Ley de Transporte por cable,
<br />

y que las mismas, tienen muchísimas similitudes al transporte de viajeros por carretera.
<br />

Citar ya para acabar, que los tribunales sí tienen en cuenta y mucha, las indicaciones de las normas 
<br />

FIS y de ATUDEM, para la resolución de conflictos.
<br />

Lo qué seguramente no está ni escrito ni regulado, es el sentido común y de responsabilidad
<br />

de quién acude a una estación, que es personal e intransferible, y qué debe ser lo primero que 
<br />

hay que llevar a una estación.
]]></description>
            <dc:creator>uno más de esta historia</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 17:03:00 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398768#msg-4398768</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398768#msg-4398768</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>GOOSE07</strong><br/>
No hay mayor ciego que el no quiere ver. Pero bueno con estos calores..... otro enterado. Date un baño refrescante. 
<br />


<br />

<b>Hace un monton de años, que la denuncia civil se pasa a la audiencia provincial por lo penal.</b> Pero te lo pongo par que lo leas.
<br />


<br />

Para ti el duro.
<br />


<br />

[A partir de la última reforma del Código Penal, operada por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de Marzo, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, en aquellos casos en que el esquiador sufra una caída tanto a causa del mal estado de las instalaciones de la Estación de esquí, como por la actuación negligente de otro esquiador o de uno de los operarios de la instalación, el afectado solo podrá denunciar penalmente los daños sufridos en dos casos. Casos recientes Formigal caida del telesilla Sra. en la salida del Telesilla, Baqueira por la caida provocada por un palo no protejido  en su totalidad. POR LO PENAL AMBOS, JP&quot;
<br />

Cuando hubiera habido imprudencia grave del causante del  daño pudiendo ser retenido por los empleados de la estacion y identificado.
<br />

O cuando las lesiones fueran de tal magnitud que alcancen gran gravedad, .
<br />


<br />

En una accidente de trafico que no tiene nada que ver, la ley ya marca como delito art. 129 recoge que los usuarios de las vías que se vean implicados en un accidente de tráfico, lo presencien o tengan conocimiento de él estarán obligados a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimasa omision del deber de auxiliar
<br />


<br />


<br />

AMEN. Tu sales a la calle..... ?. Espero lo entienda y si no Google, que esto ya huele. Buenas vacaciones.</div></blockquote>


<br />

Te veo perdidisimo,  sinceramente,  cogiendo textos inconexos de uno y otro lugar. Hasta son difíciles de leer. 
<br />

El 129CP hasta lo copias mal, son penas accesorias, muestras de ADN..... no se ni lo que quieres poner ni de donde lo sacas. 
<br />

Te ayudo un poco:
<br />

[<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-3439" target="_blank" rel="nofollow" >www.boe.es</a>]
<br />


<br />

Pero,  que ya está,  no voy a discutir contigo. Tu ve deteniendo por ahí por accidentes de tráfico o de esquí a quien quieras oiga.
]]></description>
            <dc:creator>asturcbm</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 16:30:06 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398763#msg-4398763</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398763#msg-4398763</link>
            <description><![CDATA[
 Jairo, no seas un vul YURI  con su sindrome de procusto.  
<br />

Creo le pongo la referencia de donde puede mirar lo que indica la ley. Incluso 2 sentencias, la de formigal de no hace mucho.
]]></description>
            <dc:creator>GOOSE07</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 15:22:17 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398760#msg-4398760</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398760#msg-4398760</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Yuri</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Jairo</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>GOOSE07</strong><br/>
No hay mayor ciego que el no quiere ver. Pero bueno con estos calores..... otro enterado. Date un baño refrescante. 
<br />


<br />

Hace un monton de años, que la denuncia civil se pasa a la audiencia provincial por lo penal. Pero te lo pongo par que lo leas.
<br />


<br />

Para ti el duro.
<br />


<br />

<b>A partir de la última reforma del Código Penal, operada por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de Marzo, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, en aquellos casos en que el esquiador sufra una caída tanto a causa del mal estado de las instalaciones de la Estación de esquí, como por la actuación negligente de otro esquiador o de uno de los operarios de la instalación, el afectado solo podrá denunciar penalmente los daños sufridos en dos casos. Casos recientes Formigal caida del telesilla Sra. en la salida del Telesilla, Baqueira por la caida provocada por un palo no protejido  en su totalidad. POR LO PENAL AMBOS, JP&quot;
<br />

Cuando hubiera habido imprudencia grave del causante del  daño pudiendo ser retenido por los empleados de la estacion y identificado.
<br />

O cuando las lesiones fueran de tal magnitud que alcancen gran gravedad, .</b>
<br />


<br />

En una accidente de trafico que no tiene nada que ver, la ley ya marca como delito art. 129 recoge que los usuarios de las vías que se vean implicados en un accidente de tráfico, lo presencien o tengan conocimiento de él estarán obligados a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimasa omision del deber de auxiliar
<br />


<br />


<br />

AMEN. Tu sales a la calle..... ?. Espero lo entienda y si no Google, que esto ya huele. Buenas vacaciones.</div></blockquote>


<br />

Igual de este tema en concreto Asturcbm está bastante enterado...;)</div></blockquote>


<br />

Calla coño!! :smoke:</div></blockquote>


<br />

Si da igual, va como toro sin picar
]]></description>
            <dc:creator>Jairo</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 15:11:15 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398743#msg-4398743</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398743#msg-4398743</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Jairo</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>GOOSE07</strong><br/>
No hay mayor ciego que el no quiere ver. Pero bueno con estos calores..... otro enterado. Date un baño refrescante. 
<br />


<br />

Hace un monton de años, que la denuncia civil se pasa a la audiencia provincial por lo penal. Pero te lo pongo par que lo leas.
<br />


<br />

Para ti el duro.
<br />


<br />

<b>A partir de la última reforma del Código Penal, operada por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de Marzo, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, en aquellos casos en que el esquiador sufra una caída tanto a causa del mal estado de las instalaciones de la Estación de esquí, como por la actuación negligente de otro esquiador o de uno de los operarios de la instalación, el afectado solo podrá denunciar penalmente los daños sufridos en dos casos. Casos recientes Formigal caida del telesilla Sra. en la salida del Telesilla, Baqueira por la caida provocada por un palo no protejido  en su totalidad. POR LO PENAL AMBOS, JP&quot;
<br />

Cuando hubiera habido imprudencia grave del causante del  daño pudiendo ser retenido por los empleados de la estacion y identificado.
<br />

O cuando las lesiones fueran de tal magnitud que alcancen gran gravedad, .</b>
<br />


<br />

En una accidente de trafico que no tiene nada que ver, la ley ya marca como delito art. 129 recoge que los usuarios de las vías que se vean implicados en un accidente de tráfico, lo presencien o tengan conocimiento de él estarán obligados a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimasa omision del deber de auxiliar
<br />


<br />


<br />

AMEN. Tu sales a la calle..... ?. Espero lo entienda y si no Google, que esto ya huele. Buenas vacaciones.</div></blockquote>


<br />

Igual de este tema en concreto Asturcbm está bastante enterado...;)</div></blockquote>


<br />

Calla coño!! :smoke:
]]></description>
            <dc:creator>Yuri</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 14:10:21 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398721#msg-4398721</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398721#msg-4398721</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>GOOSE07</strong><br/>
No hay mayor ciego que el no quiere ver. Pero bueno con estos calores..... otro enterado. Date un baño refrescante. 
<br />


<br />

Hace un monton de años, que la denuncia civil se pasa a la audiencia provincial por lo penal. Pero te lo pongo par que lo leas.
<br />


<br />

Para ti el duro.
<br />


<br />

<b>A partir de la última reforma del Código Penal, operada por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de Marzo, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, en aquellos casos en que el esquiador sufra una caída tanto a causa del mal estado de las instalaciones de la Estación de esquí, como por la actuación negligente de otro esquiador o de uno de los operarios de la instalación, el afectado solo podrá denunciar penalmente los daños sufridos en dos casos. Casos recientes Formigal caida del telesilla Sra. en la salida del Telesilla, Baqueira por la caida provocada por un palo no protejido  en su totalidad. POR LO PENAL AMBOS, JP&quot;
<br />

Cuando hubiera habido imprudencia grave del causante del  daño pudiendo ser retenido por los empleados de la estacion y identificado.
<br />

O cuando las lesiones fueran de tal magnitud que alcancen gran gravedad, .</b>
<br />


<br />

En una accidente de trafico que no tiene nada que ver, la ley ya marca como delito art. 129 recoge que los usuarios de las vías que se vean implicados en un accidente de tráfico, lo presencien o tengan conocimiento de él estarán obligados a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimasa omision del deber de auxiliar
<br />


<br />


<br />

AMEN. Tu sales a la calle..... ?. Espero lo entienda y si no Google, que esto ya huele. Buenas vacaciones.</div></blockquote>


<br />

Igual de este tema en concreto Asturcbm está bastante enterado...;)
]]></description>
            <dc:creator>Jairo</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 13:14:21 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398720#msg-4398720</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398720#msg-4398720</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Rafaski</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Yuri</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Rafaski</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Yuri</strong><br/>
Como tú quieras, está claro.
<br />


<br />

Lo que quiero decir es que no es obligatorio conocerlas y por lo tanto veo difícil que sean de obligatorio cumplimiento o se puedan utilizar legalmente. El papel lo aguanta todo, y todo se puede recurrir.</div></blockquote>


<br />

Y dale! :lol2:
<br />


<br />

Tampoco es obligatorio conocer el Código Penal, y si cometes un delito o una falta te empuran. &quot;El desconocimiento de la Ley (norma en este caso) no exime de su cumplimiento&quot;
<br />


<br />

Las Normas FIS y su &quot;lógica&quot; se utilizan casi siempre para resolver accidentes de esquí. 
<br />


<br />

Eso del papel?....Y que tendrá que que ver el posible Recurso? :oh!::lol2:
<br />


<br />

Yo lo dejo eh ;).:+:</div></blockquote>


<br />

Lo que está publicado en el BOE es de obligado conocimiento, como lo que tú dices del código penal.
<br />

Pero que si, que tienes razón.</div></blockquote>


<br />


<br />

:oh!::oh!:
<br />


<br />

Pero todo, todo el BOE? Ostras, yo voy con mucho atraso :lol2:</div></blockquote>


<br />

Tu y todos, pero se presume su conocimiento. Vamos, lo de que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Y las normas FIS no son ley, a eso me refiero desde el principio.
]]></description>
            <dc:creator>Yuri</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 13:10:43 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398719#msg-4398719</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398719#msg-4398719</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Yuri</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Rafaski</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Yuri</strong><br/>
Como tú quieras, está claro.
<br />


<br />

Lo que quiero decir es que no es obligatorio conocerlas y por lo tanto veo difícil que sean de obligatorio cumplimiento o se puedan utilizar legalmente. El papel lo aguanta todo, y todo se puede recurrir.</div></blockquote>


<br />

Y dale! :lol2:
<br />


<br />

Tampoco es obligatorio conocer el Código Penal, y si cometes un delito o una falta te empuran. &quot;El desconocimiento de la Ley (norma en este caso) no exime de su cumplimiento&quot;
<br />


<br />

Las Normas FIS y su &quot;lógica&quot; se utilizan casi siempre para resolver accidentes de esquí. 
<br />


<br />

Eso del papel?....Y que tendrá que que ver el posible Recurso? :oh!::lol2:
<br />


<br />

Yo lo dejo eh ;).:+:</div></blockquote>


<br />

Lo que está publicado en el BOE es de obligado conocimiento, como lo que tú dices del código penal.
<br />

Pero que si, que tienes razón.</div></blockquote>


<br />


<br />

:oh!::oh!:
<br />


<br />

Pero todo, todo el BOE? Ostras, yo voy con mucho atraso :lol2:
]]></description>
            <dc:creator>Rafaski</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 13:09:01 +0200</pubDate>
        </item>
        <item>
            <guid>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398718#msg-4398718</guid>
            <title>Re: accidente</title>
            <link>https://www.nevasport.com/phorum/read.php?3,4398078,4398718#msg-4398718</link>
            <description><![CDATA[
 <blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Rafaski</strong><br/>
<blockquote class="bbcode"><div><small>Cita<br/></small><strong>Yuri</strong><br/>
Como tú quieras, está claro.
<br />


<br />

Lo que quiero decir es que no es obligatorio conocerlas y por lo tanto veo difícil que sean de obligatorio cumplimiento o se puedan utilizar legalmente. El papel lo aguanta todo, y todo se puede recurrir.</div></blockquote>


<br />

Y dale! :lol2:
<br />


<br />

Tampoco es obligatorio conocer el Código Penal, y si cometes un delito o una falta te empuran. &quot;El desconocimiento de la Ley (norma en este caso) no exime de su cumplimiento&quot;
<br />


<br />

Las Normas FIS y su &quot;lógica&quot; se utilizan casi siempre para resolver accidentes de esquí. 
<br />


<br />

Eso del papel?....Y que tendrá que que ver el posible Recurso? :oh!::lol2:
<br />


<br />

Yo lo dejo eh ;).:+:</div></blockquote>


<br />

Lo que está publicado en el BOE es de obligado conocimiento, como lo que tú dices del código penal.
<br />

Pero que si, que tienes razón.
]]></description>
            <dc:creator>Yuri</dc:creator>
            <category>General</category>
            <pubDate>Tue, 09 Aug 2022 13:07:10 +0200</pubDate>
        </item>
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