Dos recientes sentencias del Juzgado de Primera Instancia de Granada a las que ha tenido acceso el diario Granada Hoy han puesto de relieve cómo dos clientes de Sierra Nevada han visto resueltas de manera diferente sus reclamaciones por los días de forfait no disfrutados aquel año que se tuvo que cerrar abruptamente por la pandemia del Covid-19.
En el primer caso, A. Á. compró un forfait de diez días por un total de 382,81 euros. Debido al cierre anticipado, solo pudo utilizar seis días, por lo que reclamó la devolución de los cuatro días restantes, calculando una cantidad de 153,12 euros. Cetursa aplicó una retarificación que reducía el importe a 120,81 euros y finalmente abonó 120 euros, según se recoge en la sentencia. Inicialmente, la empresa solicitó la desestimación de la demanda alegando la excepción de cosa juzgada, lo que llevó al archivo del procedimiento. Sin embargo, tras la apelación de A. Á., la Audiencia Provincial devolvió el caso al Juzgado de Primera Instancia que ahora ha dictado sentencia a favor de la demandante.
Los magistrados basan su decisión en el principio de pacta sunt servanda, según el cual los acuerdos deben cumplirse y cualquier incumplimiento justifica la indemnización correspondiente. La sentencia considera que la pandemia constituye un caso de fuerza mayor que hizo imposible cumplir el contrato, y que la posibilidad de usar el forfait en la temporada siguiente no resuelve la finalidad del contrato. Así, se determinó que Cetursa debía abonar los 153,12 euros pendientes por los cuatro días no utilizados, restando los 120 euros ya pagados y sumando 13,30 euros en concepto de gastos, lo que da un total de 46,42 euros. La resolución subraya que no es aceptable que las alegaciones posteriores incrementen los gastos reclamados, ya que ello equivaldría a ampliar la demanda de manera unilateral.
En contraste, la demanda de C. R. no prosperó. El usuario reclamaba 247,71 euros por los días de forfait no disfrutados durante la misma temporada. En este caso, el tribunal consideró que el abono estaba “plenamente amortizado”, dado que la empresa había ofrecido un 20% de devolución y un descuento adicional para la compra de un nuevo forfait en la siguiente temporada. C. R. había adquirido un forfait de 60 días por 564 euros, del cual solo pudo disfrutar 27. Tras aplicar la retarificación correspondiente, la cifra resultante era de 1.363,5 euros, lo que llevó a los magistrados a absolver a Cetursa y desestimar la reclamación.
En otras palabras: la cifra de 1.363,5 € refleja lo que habría sido si no hubiera habido ninguna compensación, pero legalmente, los jueces entendieron que las medidas que sí ofreció Cetursa (20% y descuento) cubrían la reclamación. Por eso, no recibe más dinero.

Maquinas expendedoras de forfaits en Sierra Nevada
