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Última actualización: 27/03/2024 a las 17:47:00 (CET)

La policía sanciona a 25 instructores de esquí en Sierra Nevada por intrusismo

La policía sanciona a 25 instructores de esquí en Sierra Nevada por intrusismo
Antonio Sanz con agentes de la policía adscrita de Sierra Nevada
Los pillaron dando clases de esquí o snowboard en las pistas de Sierra Nevada sin estar dados de alta en la Seguridad Social. Esta es una de las actuaciones de la Policía Adscrita a Sierra Nevada, que vela por la seguridad y el cumplimiento de las normativas en el complejo invernal granadino.  

El consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, Antonio Sanz, ha visitado la estación de esquí de Sierra Nevada, donde ha querido agradecer la "magnífica labor" que realiza el Núcleo de Esquí de la Unidad de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, además de presentar el balance de actuaciones realizadas por este grupo especializado durante la presente temporada.

Así, Sanz ha desvelado que el Núcleo de Esquí ha realizado 1.600 actuaciones durante la temporada de esquí 2022-2023 que ya toca a su fin. En ese sentido, el consejero ha destacado las 312 inspecciones a establecimientos, con 32 actas de denuncia formuladas; o los 342 auxilios humanitarios, las 67 actas levantadas por conductas de riesgo de usuarios en las pistas de esquí, o las 31 registradas en relación con la protección de menores.

Por otro lado, el consejero ha valorado que la labor de la Unidad de Policía Adscrita en Sierra Nevada

"va más más allá de la vigilancia y supervisión de la práctica del esquí por parte de los usuarios y visitantes de la estación.

Uno de los objetivos durante esta campaña ha sido el control del intrusismo profesional entre los monitores de esquí: Se han realizado un total de 139 inspecciones a monitores de esquí dando como resultado un total de 25 propuestas de sanción a personas que actuaban como instructores, pero no estaban dados de alta en la seguridad social o no disponían de seguro de responsabilidad o ambas cosas".

Además, también ha destacado la labor policial en la lucha contra el consumo y posesión de estupefacientes en Sierra Nevada.

"Queremos que Sierra Nevada sea un espacio sano y libre de drogas, por lo que hemos intensificado el control por consumo o posesión de sustancias estupefacientes. Se han realizado 90 actas por este motivo, Algunas de ellas en pistas, otras en aparcamientos de vehículos y otras en la vía pública.

Con estos servicios se ha conseguido y se sigue trabajando en mantener un ambiente deportivo, saludable y familiar en toda la estación".

También el Núcleo de Esquí ha redactado diversas actas proponiendo para sanción por acampadas en lugares no autorizados y por vertidos y por estacionar en zona forestal y ha tenido presencia en todas las competiciones deportivas que se han realizado esta temporada, destacando la Copa del Mundo de Snowboard Cross 2023, donde el Núcleo de Esquí ha garantizado su normal desarrollo.

Policia Adscrita a Sierra Nevada
El consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, Antonio Sanz, durante su visita a la estación invernal de Sierra Nevada, junto a un grupo de miembros del Núcleo de Esquí de la Unidad de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

 

 

Reconocimiento al Núcleo de Esquí

El Núcleo de Esquí de la Unidad de Policía Adscrita fue creado en el año 2004 y en la actualidad está compuesto por 28 agentes de las plantillas de Granada, Sevilla, Cádiz, Córdoba, Jaén, Almería y Huelva.

Todos ellos cuentan con formación especializada y material apropiado para la práctica de esquí, que desempeñan su servicio durante todos los días de la temporada de esquí que la estación permanece abierta (desde el día 3 de diciembre hasta finales de abril).

Así, el consejero de la Presidencia ha querido resaltar el "gran prestigio y reconocimiento" del que goza el Núcleo de Esquí por parte de todos los colectivos que trabajan en Sierra Nevada como comerciantes, hoteleros, trabajadores de CETURSA y visitantes.

Las funciones que llevan a cabo tanto en pistas como fuera de las mismas son garantizar el libre ejercicio de los derechos y libertades de los visitantes de la estación en la práctica del esquí y en otras actividades de ocio relacionadas con la nieve, proteger el medio ambiente y garantizar el cumplimiento de la normativa y comprobar el respeto de las normas de uso y medidas específicas que establece CETURSA para las instalaciones y actividades de la estación.

Policia Adscrita a Sierra Nevada
Policia Adscrita a Sierra Nevada
Sin título
Policia Adscrita a Sierra Nevada

Presentación de resultados de la Policía Adscrita de Sierra Nevada

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53 Comentarios Escribe tu comentario

  • #9
    Fecha comentario:
    27/03/2023 20:09
    #9
    Pero los manteros siguen vendiendo en todos lados incluso en el Parking.
    Y además están al descuido, y nadie les dice nada....

    karma del mensaje: 130 - Votos positivos: 11 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #2
    Fecha comentario:
    27/03/2023 17:53
    #2
    Que susto. Pensaba que iba a ser una redada de fumetas. En ése caso, no hubiesen sido 250, sinó 2.500... madre mía que ambiente más majo campa por SN hace ya años... :za!ar:

    P.D.- Mu bien por lo de proteger a las escuelas/profesores titulados, que su esfuerzo les ha costado. :+:

    karma del mensaje: 123 - Votos positivos: 10 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #6
    Fecha comentario:
    27/03/2023 18:16
    #6
    A ver cuando sancionan a las estaciones que emiten partes de apertura falsos, un delito taaan viejo como fácil de perseguir…

    karma del mensaje: 92 - Votos positivos: 7 - Votos negativos: 0

  • #4
    Fecha comentario:
    27/03/2023 18:04
    #4
    Además, también ha destacado la labor policial en la lucha contra el consumo y posesión de estupefacientes en Sierra Nevada.

    "Queremos que Sierra Nevada sea un espacio sano y libre de drogas, por lo que hemos intensificado el control por consumo o posesión de sustancias estupefacientes. Se han realizado 90 actas por este motivo, Algunas de ellas en pistas, otras en aparcamientos de vehículos y otras en la vía pública.

    Con estos servicios se ha conseguido y se sigue trabajando en mantener un ambiente deportivo, saludable y familiar en toda la estación".




    Me alegro muchísimo que se tomen medidas para erradicar el consumo de drogas en un sitio donde se viene a disfrutar de la naturaleza y a realizar un deporte de riesgo, incompatible con las drogas.

    Sierra Nevada 1 Porro Nevada 0

    karma del mensaje: 77 - Votos positivos: 6 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #26
    Fecha comentario:
    29/03/2023 08:49
    #26


    “Con estos servicios se ha conseguido y se sigue trabajando en mantener un ambiente deportivo, saludable y familiar en toda la estación".


    Por favor, dejad ya de manipular. Un ambiente deportivo, saludable y familiar, sobre todo por los negros que venden la aberración de los Trineos, y un ambiente súper deportivo, sobre todo en la chimenea, en el sohom y en el mango, donde se ponen hasta el culo de drogas y alcohol.

    “Así, el consejero de la Presidencia ha querido resaltar el "gran prestigio y reconocimiento" del que goza el Núcleo de Esquí por parte de todos los colectivos que trabajan en Sierra Nevada como comerciantes, hoteleros, trabajadores de CETURSA y visitantes.”


    Es muy feo ponerse una medalla tú mismo es como si yo dijera soy el mejor profesor de SierraNevada por la puta cara, porque lo digo yo.

    ¿No os dáis cuenta de que estos políticos os están manipulando?

    La guardia civil Salva vidas, antes de que llegaran estos engendros, la policía estaba formada por gente con experiencia que se conocía la estación y nos llevamos muy bien con ellos. La mierda esta de núcleo de Nieve, es otra palabrita absurda que se han inventado los políticos, una aberración grotesca.

    He preguntado a varia gente, profesores, remonteros y gente de CETURSA y los odian.

    O sea, que la realidad es que no tienen ningún tipo de reconocimiento y prestigio, al revés, son el colectivo más odiado de Sierra Nevada a día de hoy, por su actitud, porque no ayudan a la gente, sino que ponen problemas a todo el mundo intentando a multar.

    Desde que está el patético cuerpo de nieve, todo son problemas, los policías son arrogantes, prepotentes y chulos. Evidentemente, no saben nada de esquí. Siempre están dando por saco, poniendo problemas y dejando a los profesores en evidencia, cachándolos como si fueran delincuentes. Es bochornoso.

    Sus dirigentes son engendros, son patéticos políticos que no quieren que Sierra Nevada tenga un ambiente deportivo y saludable. Lo único que les interesa es recaudar con las multas. Que al final del día se recaude el máximo de dinero para las multas es lo único que piensan. Ese es su único interés, no quieren que al ciudadano le vayan las cosas bien.

    Cuando hay un accidente, nunca los he visto, cuando hay algún problema nunca los he visto, cuando la gente necesita ayuda nunca los veo.

    El otro día me contó un turista en la cabina que a una chica se le cayó el teléfono y la vieron desde muy lejos y empezaron a gritarla para avisarla, pero no los oía y entonces había un grupo de policías y les dijeron a los policías que avisaran a la chica que se le había caído el móvil y se les quedaron mirando con cara de póquer y no hicieron absolutamente nada así que tuvieron que ir corriendo a buscar a la chica a recogerle el móvil y dárselo mientras a la policía miraba la escena sin hacer nada.

    Son nuestra ruina .



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    • Gracias!
  • #5
    Fecha comentario:
    27/03/2023 18:09
    #5
    #4 de acuerdo con todo, mas deporte y menos marchica, remascaro y etc.

    karma del mensaje: 52 - Votos positivos: 5 - Votos negativos: 0

  • #10
    Fecha comentario:
    27/03/2023 21:49
    #10
    #9
    Si no es blanquito no es delito

    karma del mensaje: 49 - Votos positivos: 4 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #7
    Fecha comentario:
    27/03/2023 18:33
    #7
    #3 Debe de tratarse de eso, de gente autónoma que trabaja sin darse de alta ni tener seguro.

    Lo que me lleva a dudar de si está bien empleada la palabra "intrusismo". Ya que esta profesión no está reglada todavía en Andalucía (quedó en suspenso justamente ese título de la Ley del Deporte). Tal vez usen esa palabra por simple despiste o para darle más importancia de lo que tiene la cosa, o tal vez sí ha entrado ya en vigor y no nos hemos enterado, juas.

    De cualquier modo, dar clases piratas es un clásico en Sierra Nevada. Supongo que el que las da sabe a lo que se arriesga, sobre todo, si lo hace sin un buen seguro de RC.

    karma del mensaje: 42 - Votos positivos: 3 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #30
    Fecha comentario:
    29/03/2023 12:33
    #30
    #29 siento desilusionarte, pero lo que regula el RD 319/2000 es la formación de los técnicos, no el ejercicio de la profesión

    No tiene nada que ver.

    Algunas CCAA han regulado el ejercicio, Andalucía, no. Sacó una ley del deporte cuyo título que regulaba eso específicamente (de memoria hablo, creo que el VII) quedó en suspenso.

    No tengo noticias de que haya entrado en vigor.

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    • Gracias!
  • #8
    Fecha comentario:
    27/03/2023 18:46
    #8
    28 agentes en una comunidad con un unico centro invernal de esqui alpino?? no se pero a mi me parece una barbaridad de recursos, además parece que alguno vive en Huelva, que va cada dia hasta granada o encima pagamos dietas...en fin...

    karma del mensaje: 33 - Votos positivos: 2 - Votos negativos: 0

  • #50
    Fecha comentario:
    29/03/2023 19:59
    #50
    Por ayudar un poco, el legislador en España no se suele caracterizar por una redacción clara , por lo que es difícil interpretar lo que quiere decir, y más a alguien que no esté habituado a interpretar textos jurídicos.

    El Artículo 86. 5 de la Ley, regula las exclusiones, lo que interesa es el aparado c ; que dice:
    “(…) 5. Quedan fuera del ámbito de esta ley:
    c) Aquellas actividades relacionadas con actividades o modalidades deportivas en las que se determine por la Consejería competente en materia de deporte, mediante el procedimiento que se establecerá reglamentariamente, que no existe riesgo objetivo para la seguridad y la salud de los consumidores destinatarios de los servicios deportivos.

    Partiendo de lo fijado en el Artículo 86.5, nos tenemos que ir a la disposición final primera, que fija:

    “Habilitación general para el desarrollo y aplicación de esta ley y dice:
    1. El desarrollo reglamentario de esta Ley se llevará a efecto de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 119.3 (....) El desarrollo reglamentario de los Títulos VII y IX deberá estar aprobado antes del 1 de abril de 2019.

    2. Mediante Decreto del Consejo de Gobierno, se aprobarán las actualizaciones necesarias de las modalidades y especialidades reguladas en el Anexo de esta Ley.

    Si interpretamos el Artículo 86.5 apartado c; junto con la Disposición final primera en su párrafo segundo, se puede llegar a la siguiente conclusión; el legislador ha establecido que las actividades que aparecen en el anexo están excluidas del ámbito de la Ley, porque van a ser desarrolladas reglamentariamente.

    Y por último dentro del Anexo de la Ley, se fija en el apartado c) los deportes de inverno.

    El resumen es que la enseñanza de los deportes de invierno no está reglada en Andalucía, porque se encuentra pendiente desarrollo reglamentario, al estar incluida en el anexo, como pacientemente ha expuesto Carolo.

    Por lo tanto, al no existir una reglamentación específica por la Comunidad autónoma Andaluza que regule la enseñanza de deportes de invierno, no se puede sancionar por la Comunidad Autónoma a aquellas personas que impartan clases de esquí y no tengan un título habilitado para su enseñanza.
    Desde la Comunidad Autónoma no se ha reglado cual es el título que te habilita para poder ejercer la enseñanza del esquí. Si la sanción es por ese motivo y se presenta un recurso en plazo y bien motivado, la sanción quedará sin efecto.

    Si el policía en cuestión exige al profesor su alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, (RETA), el profesor puede argumentar que no está obligado a estar dado de alta en el RETA, al no superar con las clases privadas que imparte el 75 % del SMI anual.
    Existen varias Sentencias del Tribunal Supremo al respecto, la más relevante de 20 de marzo de 2007 que establece que aquellos autónomos que no ganen más del 75 % del SMI, no se encuentran obligados a darse de alta en Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos;
    Eso sí esos profesores deben de cursar el alta correspondiente en actividades económicas en la Agencia tributaria a través de la correspondiente declaración censal y emitir y declarar las correspondientes facturas por cada una de las clases que impartan.

    Desde mi humilde criterio lo único para lo que están habilitados los agentes de la autoridad es; si el profesor no les acredita que está dado de alta en el censo de actividades económicas; comunicar a la Agencia Tributaria Estatal, que es el organismo que tiene competencia en materia de IVA e IRPF, que existen indicios de que ese profesor está ejerciendo una actividad en negro a los efectos de que la Agencia Tributaria abra al profesor un procedimiento de comprobación limitada sobre IVA o IRPF.

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    • Gracias!
  • #20
    Fecha comentario:
    28/03/2023 11:51
    #20
    La nota dice "el consejero de la Presidencia ha querido resaltar el "gran prestigio y reconocimiento" del que goza el Núcleo de Esquí por parte de todos los colectivos que trabajan en Sierra Nevada como comerciantes, hoteleros, trabajadores de CETURSA y visitantes".

    La verdad es que estas personas se han ganado la fama de arrogantes en el poco tiempo que llevan y que se dedican a chorradas en vez de a cosas importantes que de verda afectan a la comunicada como manteros o seguriad ciudadana. Esa es la verdad entre comerciantes y trabajadores y visitantes. Al contrario que la Guardia Civil que siempre ha tenido buena fama merecida, estos nuevos recuerdan por desgracia a la policía local de Monachil que siempre ha tenido mala fama porque se han limitado toda la vida a poner multas y recaudar y nada más.

    Asi que si acosar a los visitantes y hacer la vista gorda con todo lo demás es ganarse el prestigio de los comerciantes y los visitantes vale, pero me parece raro. Otra cosa es que un dia empiecen a rescatar accidentados y pedidos como hace la Guardia Civil y que or eso se la aprecia, pero para eso lo del nucleo tendrán que ganarse el aprecio de la gente de verdad, no de boquilla.

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  • #3
    Fecha comentario:
    27/03/2023 18:00
    #3
    #1 Pues a ver si alguien lo explica. Pero la lógica me dice que la sanción es para el que le han pillado. Imagino que gente que se anuncia en redes y cobra en negro.

    karma del mensaje: 32 - Votos positivos: 2 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #13
    Fecha comentario:
    28/03/2023 09:10
    #13
    #12 ¿A partir de que edad se supone que es un menor que no puede ir solo? Porque un tío con 16 años no lo vas a tener ahí hasta que venga sus padres....

    karma del mensaje: 30 - Votos positivos: 2 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #12
    Fecha comentario:
    28/03/2023 08:09
    #12
    #11 pues la mayoría son por menores esquiando Solos, terminan el curso y si no están los padres se lanzan a esquiar solos mientras llegan, muchos no están ni en Borreguiles, y si los detectan los incoan para sanción, no es nuevo pero ahora lo persiguen, nosotros terminamos curso y no los dejamos salir del cuarto hasta que llegue el padre por si acaso 😎

    karma del mensaje: 27 - Votos positivos: 2 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #17
    Fecha comentario:
    28/03/2023 10:48
    #17
    #14 Nos llevan tantos años y son tan Listos que se puede ir con un Rifle de Asalto o una Pistola y es lo más normal (Solo miremos las noticias) Pero Snowboard=Drogas. Hay que ser "Cortito" :frown:

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  • #15
    Fecha comentario:
    28/03/2023 09:22
    #15
    #14 totalmente de acuerdo, a ver si prohiben de una vez por todas la vebta y consumo de alcohol en estaciones de esquí…

    karma del mensaje: 19 - Votos positivos: 2 - Votos negativos: 0

  • #28
    Fecha comentario:
    29/03/2023 11:24
    #28
    #25 No entiendo tu pregunta. tal vez me he expresado mal o no lo has leído bien.

    En SN hay cientos de autónomos. Es pionera en ello, creo yo. Incluso tiene un pase especial para ellos. Yo he sido uno de ellos.

    Lo que digo es que confunden "intrusos" con gente que trabaja en negro y sin seguro. No es lo mismo.

    El intrusismo tiene que ver con las profesiones reguladas para su ejercicio (médicos, ingenieros, abogados... cosas así). La enseñanza del esquí no lo está. Que yo sepa, claro, como dije. Por eso me inclino a pensar que usan la palabra "intrusismo" bien por despiste, o bien con la intención (que sea) de despistar.

    Lo que están multando es a gente sin seguro y sin estar dadas de alta, es decir, lo que haría un inspector de trabajo, lo que pasa es que a los autónomos no se les puede pillar en la oficina, porque normalmente no tienen.

    Me parece bien. No se debe trabajar en esto sin seguro, es una irresponsabilidad hacia los clientes, los demás usuarios y hacia uno mismo. Pero ir sin seguro o no estar dado de lata no es intrusismo profesional, es otra cosa. Peor, en mi opinión, por cierto.

    karma del mensaje: 18 - Votos positivos: 2 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #32
    Fecha comentario:
    29/03/2023 13:30
    #32
    #31 Y dale:

    Que el título VII de esa Ley, que es el que regula el ejercicio de la profesión, quedó en suspenso y no ha entrado el vigor.

    Lo último que se sabe de eso fue una consulta en marzo de 2021 para la redacción del reglamento.

    Si tienes algún enlace a un sitio que diga que el título VII de esa ley ha entrado en vigor, nos será a todos muy útil para dejarnos engañar. Por el momento, en Andalucía, a diferencia de otras CCAA, no está regulado.


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    • Gracias!
  • #49
    Fecha comentario:
    29/03/2023 18:09
    #49
    Esta claro, si no está reglamentado, está excluido. Cuando salga el reglamento, entonces si, pero mientras, nada de nada. Estoy de acuerdo con Carolo.

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    • Gracias!
  • #52
    Fecha comentario:
    29/03/2023 21:54
    #52
    Un placer maestro

    karma del mensaje: 18 - Votos positivos: 1 - Votos negativos: 0

    • Gracias!
  • #37
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:05
    #37
    #36 No está todavía reglamentado. Pero nada, oye, erre que erre.

    Ponnos un enlace donde diga que entra en vigor, y ya.

    No trato de negarte el derecho a nada, solo me pregunto por qué te registras solo para contestarme y ni te molestas en leer lo que hemos dicho ya. Aquí todo el mundo sabe mi nombre y apellidos porque llevo aquí 25 años. El tuyo no. Así que mis intenciones han quedado demostradas con hechos durante todo este tiempo: ayudar. Que es lo que he hecho siempre.

    Si te quieres entretener, te doy unas pistas para que busques el enlace que te pedimos. Ya hemos dicho que lo último que se sabe de ese reglamento es esto (copio y pego de la web de la JA):

    "...pese al tiempo transcurrido, por el anterior equipo de la Consejería no se había acometida el desarrollo reglamentario en esta materia. Con el cambio de equipo directivo de la Consejería de Educación y Deporte operado en la nueva legislatura, se ha acometido decididamente el desarrollo reglamentario del Titulo VII de la Ley 5/2016, de 19 de Julio, puesto que es una obligación legal (...) mediante Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Promoción del Deporte. Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, se ha acordado la apertura del tramite de consulta pública previa para el procedimiento de elaboración del decreto de desarrollo de la Ley 5/2015, de 19 de julio, del deporte de Andalucía, sobre profesiones del deporte, (...) A tal fin con fecha 30/03/2021 y durante un plazo de doce días la iniciativa se ha publicitado en el portal web de la Junta de Andalucía; estableciéndose un plazo de participación desde el día 31/03/2021 al 23/04/2021."

    Bueno, pues de esto no se sabe nada todavía, pero si das con ella, y pones el enlace, entonces también estrás ayudando a aclarar.

    Y ahora, sí, ya me despido, gracias lectores por la paciencia :+:

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    • Gracias!
  • #40
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:33
    #40
    #38 maádre mía, creo que no lo entiendes. Que no se ha hecho el reglamento todavía. Que el reglamento al que hago referencia en mis anteriores mensajes es posterior a la Ley que repites dale que te pego ¿por qué no hablas con tu asesor y nos ahorras el bucle?

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    • Gracias!
  • #35
    Fecha comentario:
    29/03/2023 14:20
    #35
    #33 Sí, está en el BOE, claro, pero excluye expresamente las profesiones como la enseñanza del esquí, que está a la espera de reglamentación.

    Te acabas de registrar solo para responderme, e ignoro tus intenciones, pero no pareces ni muy informado ni muy preciso aludiendo a leyes que conocemos de sobra.

    Ni siquiera parece que hayas leído bien lo que estamos diciendo, de modo que doy por concluida esta discusión, porque creo haber dicho ya varias veces lo que tenía que decir. Los lectores pueden sacar sus propias conclusiones.

    Muy buenas a todos.

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    • Gracias!
  • #19
    Fecha comentario:
    28/03/2023 11:27
    #19
    #18 snow-boarderline :za!ar:

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  • #24
    Fecha comentario:
    28/03/2023 18:34
    #24
    #23 correcto.
    Pero entonces, hay que definir mejor el término "menores".... que no es lo mismo un veo de 5 años, que de 10. O de 15.

    Y.... digamos que es una normativa de la estación de esquí de sierra nevada. Pero no es algo "sancionable".

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    • Gracias!
  • #14
    Fecha comentario:
    28/03/2023 09:18
    #14
    #4 Estados Unidos nos lleva años de ventaja. No hay mas que ver las noticias de Nevasport de la semana pasada (https://www.nevasport.com/noticias/art/64521/otra-estacion-de-esqui-en-estados-unidos-que-tampoco-admitira-snowboarders/) , en la que decía que otra estacion se sumaba a no admitir snoboarders en su estación. Gracias a Dios se empieza a ver las cosas claras y a ver si en España empezamos a querernos mas y hacer las cosas serias.

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  • #1
    Fecha comentario:
    27/03/2023 17:50
    #1
    tengo una duda: ¿las sanciones son a los 'profesores intrusos' o a las escuelas de esquí donde los clientes habían contratado las clases?
    No queda claro. gracias.

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  • #11
    Fecha comentario:
    27/03/2023 22:35
    #11
    Y esto???: "31 registradas en relación con la protección de menores"... No se, desconozco de qué va exactamente, pero me parece lo más grave de toda la noticia y pasa inadvertido.... Nos enredamos con el intrusismo, los manteros, los fumetas... Pero esto de la protección de menores si que es serio

    Menudo antro Sierra Nevada

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    • Gracias!
  • #16
    Fecha comentario:
    28/03/2023 09:33
    #16
    #13 yo no tengo ese problema, los míos al ser Discas siempre esperamos al padre o cuidador, pero en las escuelas normales si hay problemas, yo he visto preguntar a los polis a críos pequeños que se los ve claramente, el otro día subían conmigo en la Silla uno de 5 y otro de 6 Solos, y los padres me dijeron que estaban en Pradollano, en fin que pasar pasa, y ahora se están metiendo con ello, y a mi me parece bien 😎

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    • Gracias!
  • #21
    Fecha comentario:
    28/03/2023 14:32
    #21
    Y mucha gente sigue fumando en los remontes y lo permiten claramente los remónteros .
    Cuanto camino nos queda aún ….

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    • Gracias!
  • #22
    Fecha comentario:
    28/03/2023 14:40
    #22
    #12 estas seguro de eso??

    En que normativa se prohíbe y se sanciona que un "menor" no pueda esquiar ""sólo""??

    O te refieres a denunciar a la propria escuela/ monitor por dejar a los menores sueltos cuando deberían de estar a su cargo?
    En ningún caso me parece que un menor cometa la infracción por ello.

    También puede referirse a consumo de alcohol (u otras cosas) por parte de menores. Que suele legislarse con normativa autonómica de protección del menor.

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  • #23
    Fecha comentario:
    28/03/2023 17:31
    #23
    #22 por un lado SN prohíbe subir a menores solos en los medios mecánicos, una cosa es que estén en curso y te pida el profe subir con alguien y otra que estén solos totalmente sin supervision, las escuelas también se quejan, de que no son una guardería, y lo que hacen es llevarlos a la Torre de Control y localizar a sus padres o cuidadores, yo Ignoro si les sancionan o no, pero estarás conmigo, que no se puede tener a críos de 5 o 6 años solos esquiando por SN y tu estar en Pradollano tomando birras😜

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  • #25
    Fecha comentario:
    29/03/2023 08:40
    #25
    #7

    En SN, no dejan dar clase a autónomos, que no están en una Escuela. ?

    Que tienen su web, o similar y den clases (que esten legales).

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  • #27
    Fecha comentario:
    29/03/2023 10:46
    #27
    #26
    A veces no te entiendo, no llego a saber como puñetas te eriges en la voz de Sierra Nevada, se ve que has hecho una encuesta concienzuda y a un número significativo de personas(profesores,remonteros,empresarios ,clientes...) para afirmar con ligereza de un indocumentado, como si estivieras en la barra de un bar, que son odiados por todos los que aqui estamos y son uestra ruina.
    Te has cubierto de gloria hijo!
    Para la próxima encuesta acuérdate de preguntarme por si te interesa saber mi opinión, que en este caso concreto es totalmente opuesta a lo que se supone todos pensamos aqui según tu estdística.
    Un saludo,
    Antonio Serrano

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  • #29
    Fecha comentario:
    29/03/2023 12:26
    #29
    #7
    La profesión de profesor de esquí o snowboard lleva años reglada. Se requiere titulación, aquí tienes el real decreto que lo regula, por si tienes dudas: Real Decreto 319/2000, de 3 de marzo

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  • #31
    Fecha comentario:
    29/03/2023 13:25
    #31
    #30
    Entonces esta debe ser la ley autonómica:
    Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía

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  • #33
    Fecha comentario:
    29/03/2023 14:00
    #33
    #32 la Ley está en el BOE, con todos sus capítulos, también el titulo VII - Del ejercicio profesional del deporte

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  • #34
    Fecha comentario:
    29/03/2023 14:00
    #34
    #32 la Ley está en el BOE, con todos sus capítulos, también el titulo VII - Del ejercicio profesional del deporte

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  • #36
    Fecha comentario:
    29/03/2023 14:25
    #36
    #35
    Precisamente hace mención especial a los deportes de riesgo, entre los que se incluye el esquí en todas sus modalidades. No lo excluye de la ley, sino que pide incluso algo más específico pero no al margen de la ley.
    No se que quieres insinuar con que me acabo de registrar, acaso tengo menos derecho a opinar por ser usuario nuevo?
    Porque soy profesional titulado del esquí desde hace 10 años… no se que intenciones tienes tú defendiendo públicamente que el esquí en Andalucía no está regulado y que cualquiera puede estar instruyéndote en un deporte catalogado como de riesgo… no se a quien le haces el favor.

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  • #38
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:21
    #38
    #37
    No se que manera tienes de interpretar la ley, pero no excluye en ningún momento al esquí en ninguna de sus modalidades. Se incluye el listado de deportes de riesgo en el anexo, entre los que se encuentra el esquí alpino y copio donde hace mención especial a los deportes incluidos en tal anexo:

    Artículo 95. Reconocimiento de las cualificaciones profesionales adquiridas en otros Estados de la Unión Europea.
    3. Se podrá exigir a una persona de otro Estado miembro interesada en el ejercicio profesional regulado en esta ley alguna medida compensatoria de las reguladas en la normativa comunitaria y española de aplicación sobre cualificaciones profesionales, en atención a las circunstancias de especialidad y peligrosidad que concurren en las actividades deportivas recogidas en el anexo de esta ley (SE LO PIDEN A LOS DE FUERA PERO NO A LOS DE AQUI?)

    También se reconoce un catálogo de derechos de los consumidores y usuarios de los servicios deportivos, y se regula el reconocimiento de cualificaciones profesionales adquiridas en otros Estados miembros, estableciendo en el anexo de la Ley una enumeración de modalidades y especialidades deportivas consideradas como «deportes de riesgo» por la especialidad o peligrosidad que implica su práctica, pudiendo establecerse para el ejercicio profesional alguna de las medidas compensatorias conforme a la normativa comunitaria y de adaptación estatal en materia de cualificaciones profesionales. Asimismo, se regula el aseguramiento de la responsabilidad profesional mediante la suscripción de un seguro de responsabilidad civil, se crea el Registro Andaluz de Profesionales del Deporte, se detallan las obligaciones de los profesionales del deporte, y se establece la posibilidad de ejercicio a través de sociedades profesionales.

    Disposición final primera
    2. Mediante Decreto del Consejo de Gobierno, se aprobarán las actualizaciones necesarias de las modalidades y especialidades reguladas en el Anexo de esta Ley. (AQUÍ NO DICE QUE QUEDA EXCLUIDO, SIMO AUE SE APROBARÁN ACTUALIZACIONES NECESARIAS PARA LAS MODALIDADES DEL ANEXO, QUE QUIERO ENTENDER, QUE ES LA LEY QUE ESTAS ESPERANDO PARA REGULAR ESPECÍFICAMENTE)


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  • #39
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:32
    #39
    #37
    De hecho, te copio y pego lo que está expresamente excluido de la ley

    Quedan fuera del ámbito de esta ley:

    a) Las profesiones relacionadas con el buceo profesional y las actividades de socorrismo profesional, que se regirán por su normativa específica.

    b) Las profesiones relacionadas con las actividades náutico-deportivas y las actividades que se basan en la conducción de aparatos o vehículos de motor, que se regirán por su normativa específica en los casos en que el ejercicio de dichas actividades sea distinto al mero desarrollo o práctica de las correspondientes modalidades o especialidades deportivas.

    c) Aquellas actividades relacionadas con actividades o modalidades deportivas en las que se determine por la Consejería competente en materia de deporte, mediante el procedimiento que se establecerá reglamentariamente, que no existe riesgo objetivo para la seguridad y la salud de los consumidores destinatarios de los servicios deportivos.

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  • #41
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:39
    #41
    #40

    A ver, REGLAMENTO SERÁ ESPECÍFICO, PERO NO ESTÁ EXCLUIDO EL ESQUÍ DE LA LEY, NO ENTIENDES LO QUE LEES? Porque te lo he copiado tal cual del BOE.
    Reléelo si no te ha quedado claro.

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  • #42
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:41
    #42
    #40

    Yo te menciono la ley, y cogido tal cual, tu una noticia de un periódico… chico. La ley es clara, pone claramente lo que no regula.
    No se que intereses tienes de que cualquier tira bolas de clases de esquí en sierra nevada.

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  • #43
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:46
    #43
    #41 :lol2: diosssss

    Insisto, llama a tu abogado y pregúntale cómo son estos procedimientos. Verás que estás perdiendo el tiempo discutiendo.

    O lee lo que copie del informe de la Junta en el mensaje 37 donde dice expresamente que hay que desarrollar el reglamento y que ya saldrá.

    O, si prefieres, puedes seguir haciéndonos perder el tiempo releyendo leyes que ya habíamos leído. Por cierto, del BOJA, no del BOE.

    Y ya creo que hemos abusado de la buena voluntad e los lectores con este bucle sin sentido. Gracias por tu esfuerzo, de cualquier modo, no dudo que sea con buena intención.

    Muy buena semana a todos.

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  • #44
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:46
    #44
    #40
    Claro que la ley que te menciono es anterior al reglamento que esperas… por eso es lo que lo regula, mientras no lo excluya específicamente ahí está legislado.
    Sino búscame tú en qué momento dice la ley que el esquí en cualquier modalidad queda excluido. Te invito a que me copies y pegues y me ilustres. Que el saber no ocupa lugar

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  • #45
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:52
    #45
    #44 de verdad, llama a tu asesor y que te diga la diferencia entre Ley y el Reglamento que la desarrolla. Verás como estás perdiendo el tiempo :+:

    Sin acritud. Aquí estamos para ayudar a los demás.

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  • #46
    Fecha comentario:
    29/03/2023 15:58
    #46
    #43

    Mira, el Gobierno andaluz está trabajando en una futura ley para regular el funcionamiento de las estaciones de esquí, snowboard y montaña, así como la práctica y seguridad de los deportes de nieve, lo que convertirá a Andalucía en la primera comunidad autónoma de España en legislar a este respecto. Y no porque las otras comunidades no lo tengan regulado, sino porque es algo ESPECIFICO, ahí la novedad.

    De hecho solo te veo a ti defender lo indefendible. La ley es clara, si no la entiendes, da igual, también tienes que cumplirla xD

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  • #47
    Fecha comentario:
    29/03/2023 16:05
    #47
    #46 soy muy cumplidor con las leyes

    Eso sí, intentamos decirle a los lectores que el reglamento que desarrolla la regulación de la profesión todavía no está. Algún día estará, no lo dudo, entonces sí habrá que cumplirlo.

    A ver si así se entiende mejor :lol2:

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  • #48
    Fecha comentario:
    29/03/2023 16:20
    #48
    #47 y dale. Esa ley lo regula, aunque no te guste, a falta de reglamento específico. Aunque no lo entiendas, es así, que parece que estás invitando a cualquier dominguero a ir a sierra nevada a dar clases de esquí.

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  • #51
    Fecha comentario:
    29/03/2023 21:08
    #51
    #50 Mil gracias madruvilla

    La generosidad que mostráis los lectores de nevaspor , compartiendo conocimiento, es lo que nos anima a todos a seguir haciéndolo

    ¡Buena primavera!

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  • #18
    Fecha comentario:
    28/03/2023 11:13
    #18
    #17 Te equivocas con lo de "Snowboard=Drogas".
    Snowboard es sinonimo de drogas, alcohol, incivismo, malaeducación, macarras, accidentes, botellon.

    Y lo de llevar rifle vamos, hay que ser cortito para pensar que es asi o simplemente no haber salido de tu pueblo y solo qedarte con lo que ves en las noticias

    ;)

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  • #53
    Fecha comentario:
    07/04/2023 21:00
    #53
    Pues sí que os habéis metido en un bucle, sí. La discusión empezó sobre si se incurre en un delito de intrusismo tipificado en el código penal cuando se dan clases de esquí a cambio de remuneración sin tener la correspondiente titulación. Y la respuesta es sí.

    No tiene absolutamente nada que ver con el delito de intrusismo si uno está dado de alta en la Seg. Soc. o no; si hace factura o no; o si comete cualquier otra infracción tributaria, laboral o administrativa. Pero si das clases de esquí a cambio de remuneración sin tener la titulación correspondiente estás cometiendo un delito de intrusismo.

    Luego lo de si la ley andaluza ha tenido el correspondiente desarrollo reglamentario o no, es un debate totalmente estéril a estos efectos.

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