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Última actualización: 18/04/2024 a las 20:46:00 (CET)

Severa condena contra un esquiador por provocar lesiones graves a un niña en Formigal

Severa condena contra un esquiador por provocar lesiones graves a un niña en Formigal
La Audiencia de Huesca ha dictado una importante sentencia que condena por imprudencia a un esquiador que provocó lesiones graves a una niña de si



La Audiencia de Huesca ha dictado una importante sentencia que condena por imprudencia a un esquiador que provocó lesiones graves a una niña de siete años en la estación de Formigal, cuando descendía a gran velocidad por una pista de las instalaciones.



La Audiencia de Huesca ha dictado una sentencia que condena por imprudencia a un esquiador que provocó lesiones graves a una niña de siete años en la estación invernal de Formigal, cuando descendía a gran velocidad por una pista de las instalaciones. Según informaron fuentes judiciales, la resolución del tribunal oscense, que se comunicó a las partes recientemente aunque se ha conocido ahora, es un precedente jurídico contra las conductas imprudentes en la práctica del esquí, que hace responsable único al autor de las lesiones y aporta consideraciones respecto a la conducta a seguir en las pistas por los aficionados.



Los hechos enjuiciados por la Audiencia de Huesca, que revoca una resolución absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Jaca, se refieren a las heridas y secuelas que causó en marzo de 1996 un joven esquiador al chocar contra la niña, cuando bajaba por la pista "bosque", calificada como roja, de alta dificultad.



El tribunal asegura que el esquiador se abalanzó contra la niña a gran velocidad, a pesar de que ésta se ubicaba en un cambio de rasante sin visibilidad que requería una actitud de mayor prudencia a fin de evitar posibles lesiones a terceras personas.



A consecuencia del impacto, la niña sufrió lesiones de las que tardó más de cuatro años en curar y que le dejaron como secuelas, paresia (parálisis) en brazo izquierdo y numerosas cicatrices profundas en la zona afectada, así como repercusiones psíquicas que, según los expertos, le afectarán en el futuro en su vida laboral.




Importante precedente



El fallo de la Audiencia condena al esquiador a una multa de 180 euros por una falta de lesiones por imprudencia, así como a una idemnización a la niña de 138.000 euros, de cuyo pago hace responsables civiles subsidiarias a dos compañías de seguros relacionadas con el denunciado.

Tras tachar de intrascendentes las alegaciones del letrado de la defensa respecto a la situación de la niña en una pista catalogada como roja, el tribunal argumenta que la conducta del denunciado "fue negligente porque el esquiador debe tener visibilidad y adaptar su velocidad a las condiciones generales del terreno".

El contenido de la sentencia fue valorado positivamente por el director de la estación de esquí de Formigal, José María Abós, para quien las instalaciones invernales adolecen en la actualidad de inseguridad jurídica frente a supuestos de responsabilidad civil derivados de accidentes provocados por acciones imprudentes.

El responsable de las instalaciones de Formigal, que se refirió a la resolución judicial como un "importante precedente", dijo que el tribunal sienta las bases para penalizar las conductas imprudentes de esquiadores que actúan, según afirmó, "como si fueran los dueños de las pistas". Abós destacó que "la sentencia es importante porque aporta por primera vez a las estaciones de esquí un apoyo jurídico del que carecemos". Comentó que los responsables de las instalaciones de esquí del país requirieron durante años a la Administración la elaboración de una normativa que permitiera regular el funcionamiento de las estaciones y determinar la conducta de los esquiadores en las pistas.

El director de Formigal, que trasladará la sentencia a la asociación de instalaciones invernales españolas, añadió que la resolución sirve, además, de "toque de atención" para que la gente sepa que las pistas no son suyas y que hay que tener cuidado.

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