NEUS DE LLEIDA

Enviado: 11-10-2016 17:20
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richib
LO QUE TIENE ESCUPIR HACIA ARRIBA.
Denunciaron los propierarios del edificio Port de la Bonaigua ilegalidad acerca de las Normas Urbanísticas y proyecto de la construccion del telecabina y la urbanizacion Val de Ruda y ahora se resuelve condena porque su edificio està construído sobre zona verde.

Sentencia dictada­ por el Juzgado Contencioso-Administrativo­ de Lleida, en relación a la demanda interpuesta contra la comunidad Port de la Bonaigua y el Ayuntamiento de Naut, por la que­ se reclamaba declarar la nulidad de pleno­ derecho de la licencia por la que se construía una parte del edificio Port de la Bonaigua invadiendo una­ zona verde publica, ­ y se declarara la infracción urbanística ­como muy grave.

La Sentencia que estimada la demanda en todos sus pedimentos, sostiene que, según ha­ quedado acreditado en juicio, una parte del edificio Port de la Bonaigua, está construido sobre zona verde, y por lo tanto es­tamos ante una licencia que ha de declararse nula.

Condena al Ayuntamiento a iniciar la trami­tación e incoación del correspondiente expediente de protección­ de la legalidad urba­nística infringida, q­ue no es otra cosa -­en definitiva- que hacer respetar el espacio de zona verde invadido; estamos ante una acción que no prescribe en atención a la gravedad de la infracción.

Dicha sentencia es apelable.


Partiendo de la base de que al parecer la sentencia no es firme. Cabe recurso ante el TSJC. La pregunta es... en caso de confirmarse la primera instancia como se ejecuta esa sentencia? No se puede tirar la parte construida sobre zona verde. Los propietarios, son todos ellos compradores de buena fe. Interesante sentencia. Ya nos informaras como sigue. Pero por una vez me alegro que a los del Port de la Bonaigua se les haya dado a probar de su propia medicina.
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Enviado: 12-10-2016 00:30
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Soy lego en estos temas pero creo que si la sentencia fuese recurrida y el fallo firme la Propiedad vendría obligada a restablecer la zona verde. Y si no lo hiciese ademas de ser multada creo que el Ayuntamiento tendría que a hacerlo por acción sustitutopía y cobrado a los propietarios.
Seguiré informando.
Deseando subir en breve una temporadtía más a Pirineos. Perderse esta época en el valle y alrededores es pecado.
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Enviado: 12-10-2016 00:35
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Acción sustitutoria. ..perdón por la errata
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Enviado: 14-12-2016 18:10
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Hola a todos.
Noticia aparecida en el diario El Segre el 10 de Diciembre.



Saludos.
Richi
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Enviado: 15-12-2016 13:06
Registrado: 11 años antes
Mensajes: 158
¿Qué efectos prácticos tiene la sentencia?

Cita
richib
Hola a todos.
Noticia aparecida en el diario El Segre el 10 de Diciembre.



Saludos.
Richi
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