FORO GENERAL

Enviado: 26-03-2021 13:32
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Yo no sé porqué analizamos los mensajes televisivos (aunque sean de la ministra), los twiters, y los periódicos... cuando, lo que importa, es el BOE, y es la base que podrás utilizar para recurrir una denuncia por este motivo, si se diera el caso.

Si una comunidad está cerrada, está cerrada, para salir y para entrar. si un ciudadano de esa comunidad no puede salir (a ningún sitio, obviamente, porque no hay una lista de sitios permitidos y otra de no permitidos) sin causa justificada, pues un extranjero tampoco podrá entrar, esto según el BOE.

No es correcto y el BOE está muy claro en este aspecto. Las CC.AA. no tienen competencias para cerrar las fronteras internacionales. Por lo tanto, uno de Huesca, por ejemplo, puede pasar a Francia en coche sin problemas y viceversa. Un francés puede igualmente entrar a Huesca (eso sí, cumpliendo la normativa del otro país por lo que el de Huesca tendrá que llevar una PCR negativa y el francés no podrá desde Huesca ir a Navarra o Lérida . Resulta que solo los Madrileños son los que se fueron sin miedo, porque las fronteras de madrid estaban abiertas. ¿Cómo lo explicas?

Entonces, ¿no solo se mean en nuestra cara? Sino que también nos engañan como a borregos? Quien lo hace realmente? Los medios? Nuestra propia ignorancia?

Ahora bien, si en la tele salen los políticos diciendo que esa medida del BOE no afecta a los extranjeros para entrar... pues no les queda otra que decir que tampoco afecta a españoles para salir. Qué significa eso? Qué no se están aplicando las cosas que se escriben en los BOEs, o que se aplican de la forma que les sale de los huevos en cada momento, de forma arbitraria y cambiante.

No es correcto. Los políticos no dicen que las medidas de BOE no afectan a los extranjeros para entrar. Dicen lo que dice el BOE desde el minuto 1. La página web del tunel de Bielsa (frontera F-E), por ejemplo, lo lleva aclarando desde que se publicó el estado de alarma en el BOE.

[www.bielsa-aragnouet.org]

"La normativa aragonesa es autonómica, por tanto sin aplicación en fronteras internacionales, pero de aplicación con otras fronteras regionales españolas."


Se están meando en nuestra cara, y nosotros lo permitimos, y alguno, hasta lo aplaude, y defiende que la culpa de todo lo que esta pasando, es nuestra!

A mi no se me ocurre otra cosa que hacer vida normal, y recurrir la posible multa alegando el circo que tienen montado, que es todo un sinsentido, porque esto ya es un cachondeo, hombre

Hola "BOE",

Para decir que "no es correcto", creo que deberías justificar y evidenciar por qué no lo es, en vez de simplemente exponer tu interpretación personal u opinión. Las fuentes que pones no son documentos de la normativa oficial, por lo que no dejan de ser igualmente interpretaciones.

Si fuera como dices, no sé entonces qué problema tuvo todo el país estos meses para poder cruzar la frontera internacional y esquiar en Andorra. Lo que dices implica que todo el mundo podría haber ido a Andorra, ya que las fronteras entre países no pueden estar cerradas para nadie, aunque las fronteras de la comunidad si lo estén. ¿quieres decir que miles se han quedado sin esquiar en Andorra u otro país porque no supieron leer el BOE ?

Por cierto, si no sabes usar o te da pereza, los QUOTE, en vez de negrita, usa otro color para que sea más fácil seguir a los remitentes de cada mensaje; como sugerencia.

[www.boe.es]

Articulo 6 Limitación de la entrada y salida en las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía.
(.......)

Artículo 9.1. ..."La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras".

Claro, pero es que es ese artículo 9.1 el que parece que no todo el mundo interpreta bien. Si aplicamos ese artículo como tú indicas, un catalán podría ir a Andorra sin una causa que pertenezca al listado de excepciones, de igual forma que hoy puede llegar un Francés a Cataluña en Avión, porque se tiene en cuenta la frontera nacional, y no la de la autonomía. Es decir, para el francés que entra en Cataluña, pensamos en frontera nacional (que no se puede cerrar), pero para el catalán que se quiere ir a Andorra, pensamos en frontera catalana, y no le dejamos salir.

¿Tú ves esto normal? Y acláranos lo que piensas e interpretas entonces: ¿han estado engañados los Catalanes (y otras comunidades) todo el invierno pensando que no podían salir del país, por no poder salir de su comunidad, cuando realmente sí que podían?

Completando el artículo que pones, que lo has puesto incompleto, y los artículos y párrafos deben leerse enteros...:

<< La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que dicha medida afecte a un territorio con frontera terrestre con un tercer Estado, la autoridad competente delegada lo comunicará con carácter previo al Ministerio del Interior y al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación >>

¿Qué coño significa todo lo de la negrita? ¿nada? ¿tiene alguna implicación? Lo han puesto así para que nadie sepa interpretarlo y ante la duda se #quedenencasa, pero los que lo han escrito y saben la intención, pueden hacer lo que quieran, sin que pueda haber repercusiones (como ahora, que se permite entrar a los extranjeros, y por ende, salir a todo dios al extranjero), porque realmente esto si habría permitido salir a la gente a Andorra? Y ya se han encargado los medios de ayudar a que no se pueda interpretar correctamente?

Entonces, ¿por qué no ha ido la gente a esquiar a Andorra? ¿Por qué solo los madrileños iban?

Como han dicho más arriba, sí, un andaluz, tendría que justificar su presencia en Aragón, pero sería fácil, indicando que su destino es Andorra, que está en tránsito, y que por ello su salida implica solo el cruce de la frontera con Andorra. Pero no necesitaría una causa de la lista de exclusiones a la restricción. Y.... quiero pensar que la restricción de entrar o salir de una comunidad, ahora, no va a depender del medio de transporte utilizado, a ver si ahora va a resultar que en avión puedes salir, pero en barco o en coche, no, y lo vemos normal y todo!

Lo de negrita viene explicado en el artículo 2. Autoridad competente.

Gracias, el artículo que indicas nos viene a decir que es la Comunidad Autónoma quien puede dictar órdenes y disposiciones para aplicar el artículo 6 (entre otros), pero no veo que explique qué significa la frase en negrita, porque no parece decir nada, solo que si la comunidad tiene frontera con otro país, entonces la comunidad lo comunicará al gobierno. Vale, pues nada, lo habrá comunicado, ¿y qué? ¿significa algo a la hora de interpretar que no afecta al régimen de fronteras? Parece que nada.

¿Dónde pone que, donde hay una frontera, desaparece el perímetro de la comunidad autónoma? Porque si es así, todo ciudadano de una comunidad "confinada perimetralmente" podría haberse ido a Andorra por ejemplo, porque al cambiar de provincia, no se aplica porque está en tránsito a un destino donde sí puede entrar, y al cruzar la frontera , no se aplica, por tanto... ¿nos han estado engañando todo el invierno y nos la hemos comido con patatas?

Lo que quiere decir es que el gobierno ha delegado en las comunidades vía Real decretos de estado de alarma ciertas competencias, de ahí lo de autoridad competente delegada, el preside te de cada comunidad es la autoridad competente, el problema es que las fronteras no las ha delegado, con lo que las comunidades limítrofes con países vecinos al no estar cerradas no tienen la competencia y dichas comunidades deben de informar al gobierno para que tome las medidas oportunas para que no entre ni salga nadie sin motivo justificado si tiene cierre perimetral, a su vez el gobierno central debe de informar a Europa para informar a los países afectados y que estos informen a sus ciudadanos.
Qué no se estén haciendo controles no quiere decir que te puedas saltar el cierre perimetral.
Ahora el rollo es en los aeropuertos y puertos, puesto que no están cerradas las fronteras por el acuerdo shengen, al no salir de tu comunidad (las comunidades o provincias que tengan aeropuerto o puertos) puedes coger un vuelo para ir al extranjero sin causa justificada, que es incongruente pues si, pero es así.
Si Andorra tuviese aeropuerto se podría ir desde cualquier ciudad con aeropuerto y no te saltaría ninguna norma.

Jajaja, vamos yo flipo, en serio????

Que fuerte, ya no se si quiero quiero ser español, me da vergüenza, estamos como putas cabras! O sea, que resulta que si vas en avion en realidad no estas saliendo del perímetro de tu comunidad, jajajaja, me meo, debe ser que te teletransportas o algo parecido, y ademas en el avion es imposible contagiarse, mientras que en tu coche vas recolectando virus... jajajaja esto era ya lo que nos faltaba

Gracias por la explicacion, no me esperana algo asi, o no queria creer que por aire se puede hacer la misma cosa que por tierra no. Y que pasa con el mar? Podemos ir en barco a andorra??? Jajajaja

Facepalm Colocado - Dope

Es que no es así. No hay diferencia entre viajar en avión, barco o por carretera a la hora de considerar lo que son fronteras nacionales sobre las que las CC.AA. no tienen competencias . Eso sí que sería un sinsentido. Sí que puede haber diferencia en que te exijan PCR o no. Francia lo pide en todos los casos. España solo si llegas en avión o en barco.

Añadir que , además de la subdelegación del gobierno de Huesca (por parte del gobierno central), el consorcio del Tunel de Bielsa (que también afirma que el cierre perimetral de Aragón no afecta a la frontera con Francia) es una entidad publica a cuyo comité ejecutivo pertenecen por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón:

José Luis Soro
Presidente del Consorcio y Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón.
Bizén Fuster
Director General de Carreteras del GA
Carmelo Bosque
Director General de Urbanismo del GA
José Manuel Salvador
Director General de Ordenación del Territorio del GA
José Manuel Bielsa
Presidente de la Comarca de Sobrarbe.
Miguel Ángel Noguero
Alcalde del Ayuntamiento de Bielsa.

En definitiva, el gobierno central y el autonómico reconocen que la frontera con Francia no está cerrada y cruzarla está permitido porque el decreto de la DGA no le afecta. Más claro, agua.

Entonces, nos han engañado! Segun esto , no se le puede negar a un español ir a Andorra, sea de donde sea, si quieres ir a andorra y eres de valencia, en avion (helicoptero... en este caso), sin problema, y en coche no? O si? Para que no dependa del medio de transporte, el de valencia tambien deberia tener ese derecho a salir de su pais y entrar en otro. Si es así, nos han estado engañando, y si no lo lo es... entonces depende del medio de transporte usado: Con confinamiento provincial, un catalan de lleida puede ir a francia y uno de barcelona solo si va en avion, y en coche no? O lo mismo con valencia y aragon confinados, el de teruel puede ir a francia em coche, pero el de valencia solo en avion??
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Yo no sé porqué analizamos los mensajes televisivos (aunque sean de la ministra), los twiters, y los periódicos... cuando, lo que importa, es el BOE, y es la base que podrás utilizar para recurrir una denuncia por este motivo, si se diera el caso.

Si una comunidad está cerrada, está cerrada, para salir y para entrar. si un ciudadano de esa comunidad no puede salir (a ningún sitio, obviamente, porque no hay una lista de sitios permitidos y otra de no permitidos) sin causa justificada, pues un extranjero tampoco podrá entrar, esto según el BOE.

No es correcto y el BOE está muy claro en este aspecto. Las CC.AA. no tienen competencias para cerrar las fronteras internacionales. Por lo tanto, uno de Huesca, por ejemplo, puede pasar a Francia en coche sin problemas y viceversa. Un francés puede igualmente entrar a Huesca (eso sí, cumpliendo la normativa del otro país por lo que el de Huesca tendrá que llevar una PCR negativa y el francés no podrá desde Huesca ir a Navarra o Lérida . Resulta que solo los Madrileños son los que se fueron sin miedo, porque las fronteras de madrid estaban abiertas. ¿Cómo lo explicas?

Entonces, ¿no solo se mean en nuestra cara? Sino que también nos engañan como a borregos? Quien lo hace realmente? Los medios? Nuestra propia ignorancia?

Ahora bien, si en la tele salen los políticos diciendo que esa medida del BOE no afecta a los extranjeros para entrar... pues no les queda otra que decir que tampoco afecta a españoles para salir. Qué significa eso? Qué no se están aplicando las cosas que se escriben en los BOEs, o que se aplican de la forma que les sale de los huevos en cada momento, de forma arbitraria y cambiante.

No es correcto. Los políticos no dicen que las medidas de BOE no afectan a los extranjeros para entrar. Dicen lo que dice el BOE desde el minuto 1. La página web del tunel de Bielsa (frontera F-E), por ejemplo, lo lleva aclarando desde que se publicó el estado de alarma en el BOE.

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"La normativa aragonesa es autonómica, por tanto sin aplicación en fronteras internacionales, pero de aplicación con otras fronteras regionales españolas."


Se están meando en nuestra cara, y nosotros lo permitimos, y alguno, hasta lo aplaude, y defiende que la culpa de todo lo que esta pasando, es nuestra!

A mi no se me ocurre otra cosa que hacer vida normal, y recurrir la posible multa alegando el circo que tienen montado, que es todo un sinsentido, porque esto ya es un cachondeo, hombre

Hola "BOE",

Para decir que "no es correcto", creo que deberías justificar y evidenciar por qué no lo es, en vez de simplemente exponer tu interpretación personal u opinión. Las fuentes que pones no son documentos de la normativa oficial, por lo que no dejan de ser igualmente interpretaciones.

Si fuera como dices, no sé entonces qué problema tuvo todo el país estos meses para poder cruzar la frontera internacional y esquiar en Andorra. Lo que dices implica que todo el mundo podría haber ido a Andorra, ya que las fronteras entre países no pueden estar cerradas para nadie, aunque las fronteras de la comunidad si lo estén. ¿quieres decir que miles se han quedado sin esquiar en Andorra u otro país porque no supieron leer el BOE ?

Por cierto, si no sabes usar o te da pereza, los QUOTE, en vez de negrita, usa otro color para que sea más fácil seguir a los remitentes de cada mensaje; como sugerencia.

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Articulo 6 Limitación de la entrada y salida en las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía.
(.......)

Artículo 9.1. ..."La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras".

Claro, pero es que es ese artículo 9.1 el que parece que no todo el mundo interpreta bien. Si aplicamos ese artículo como tú indicas, un catalán podría ir a Andorra sin una causa que pertenezca al listado de excepciones, de igual forma que hoy puede llegar un Francés a Cataluña en Avión, porque se tiene en cuenta la frontera nacional, y no la de la autonomía. Es decir, para el francés que entra en Cataluña, pensamos en frontera nacional (que no se puede cerrar), pero para el catalán que se quiere ir a Andorra, pensamos en frontera catalana, y no le dejamos salir.

¿Tú ves esto normal? Y acláranos lo que piensas e interpretas entonces: ¿han estado engañados los Catalanes (y otras comunidades) todo el invierno pensando que no podían salir del país, por no poder salir de su comunidad, cuando realmente sí que podían?

Completando el artículo que pones, que lo has puesto incompleto, y los artículos y párrafos deben leerse enteros...:

<< La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que dicha medida afecte a un territorio con frontera terrestre con un tercer Estado, la autoridad competente delegada lo comunicará con carácter previo al Ministerio del Interior y al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación >>

¿Qué coño significa todo lo de la negrita? ¿nada? ¿tiene alguna implicación? Lo han puesto así para que nadie sepa interpretarlo y ante la duda se #quedenencasa, pero los que lo han escrito y saben la intención, pueden hacer lo que quieran, sin que pueda haber repercusiones (como ahora, que se permite entrar a los extranjeros, y por ende, salir a todo dios al extranjero), porque realmente esto si habría permitido salir a la gente a Andorra? Y ya se han encargado los medios de ayudar a que no se pueda interpretar correctamente?

Entonces, ¿por qué no ha ido la gente a esquiar a Andorra? ¿Por qué solo los madrileños iban?

Como han dicho más arriba, sí, un andaluz, tendría que justificar su presencia en Aragón, pero sería fácil, indicando que su destino es Andorra, que está en tránsito, y que por ello su salida implica solo el cruce de la frontera con Andorra. Pero no necesitaría una causa de la lista de exclusiones a la restricción. Y.... quiero pensar que la restricción de entrar o salir de una comunidad, ahora, no va a depender del medio de transporte utilizado, a ver si ahora va a resultar que en avión puedes salir, pero en barco o en coche, no, y lo vemos normal y todo!

Lo de negrita viene explicado en el artículo 2. Autoridad competente.

Gracias, el artículo que indicas nos viene a decir que es la Comunidad Autónoma quien puede dictar órdenes y disposiciones para aplicar el artículo 6 (entre otros), pero no veo que explique qué significa la frase en negrita, porque no parece decir nada, solo que si la comunidad tiene frontera con otro país, entonces la comunidad lo comunicará al gobierno. Vale, pues nada, lo habrá comunicado, ¿y qué? ¿significa algo a la hora de interpretar que no afecta al régimen de fronteras? Parece que nada.

¿Dónde pone que, donde hay una frontera, desaparece el perímetro de la comunidad autónoma? Porque si es así, todo ciudadano de una comunidad "confinada perimetralmente" podría haberse ido a Andorra por ejemplo, porque al cambiar de provincia, no se aplica porque está en tránsito a un destino donde sí puede entrar, y al cruzar la frontera , no se aplica, por tanto... ¿nos han estado engañando todo el invierno y nos la hemos comido con patatas?

Lo que quiere decir es que el gobierno ha delegado en las comunidades vía Real decretos de estado de alarma ciertas competencias, de ahí lo de autoridad competente delegada, el preside te de cada comunidad es la autoridad competente, el problema es que las fronteras no las ha delegado, con lo que las comunidades limítrofes con países vecinos al no estar cerradas no tienen la competencia y dichas comunidades deben de informar al gobierno para que tome las medidas oportunas para que no entre ni salga nadie sin motivo justificado si tiene cierre perimetral, a su vez el gobierno central debe de informar a Europa para informar a los países afectados y que estos informen a sus ciudadanos.
Qué no se estén haciendo controles no quiere decir que te puedas saltar el cierre perimetral.
Ahora el rollo es en los aeropuertos y puertos, puesto que no están cerradas las fronteras por el acuerdo shengen, al no salir de tu comunidad (las comunidades o provincias que tengan aeropuerto o puertos) puedes coger un vuelo para ir al extranjero sin causa justificada, que es incongruente pues si, pero es así.
Si Andorra tuviese aeropuerto se podría ir desde cualquier ciudad con aeropuerto y no te saltaría ninguna norma.

Jajaja, vamos yo flipo, en serio????

Que fuerte, ya no se si quiero quiero ser español, me da vergüenza, estamos como putas cabras! O sea, que resulta que si vas en avion en realidad no estas saliendo del perímetro de tu comunidad, jajajaja, me meo, debe ser que te teletransportas o algo parecido, y ademas en el avion es imposible contagiarse, mientras que en tu coche vas recolectando virus... jajajaja esto era ya lo que nos faltaba

Gracias por la explicacion, no me esperana algo asi, o no queria creer que por aire se puede hacer la misma cosa que por tierra no. Y que pasa con el mar? Podemos ir en barco a andorra??? Jajajaja

Facepalm Colocado - Dope

Es que no es así. No hay diferencia entre viajar en avión, barco o por carretera a la hora de considerar lo que son fronteras nacionales sobre las que las CC.AA. no tienen competencias . Eso sí que sería un sinsentido. Sí que puede haber diferencia en que te exijan PCR o no. Francia lo pide en todos los casos. España solo si llegas en avión o en barco.

Añadir que , además de la subdelegación del gobierno de Huesca (por parte del gobierno central), el consorcio del Tunel de Bielsa (que también afirma que el cierre perimetral de Aragón no afecta a la frontera con Francia) es una entidad publica a cuyo comité ejecutivo pertenecen por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón:

José Luis Soro
Presidente del Consorcio y Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón.
Bizén Fuster
Director General de Carreteras del GA
Carmelo Bosque
Director General de Urbanismo del GA
José Manuel Salvador
Director General de Ordenación del Territorio del GA
José Manuel Bielsa
Presidente de la Comarca de Sobrarbe.
Miguel Ángel Noguero
Alcalde del Ayuntamiento de Bielsa.

En definitiva, el gobierno central y el autonómico reconocen que la frontera con Francia no está cerrada y cruzarla está permitido porque el decreto de la DGA no le afecta. Más claro, agua.

Entonces, nos han engañado! Segun esto , no se le puede negar a un español ir a Andorra, sea de donde sea, si quieres ir a andorra y eres de valencia, en avion (helicoptero... en este caso), sin problema, y en coche no? O si? Para que no dependa del medio de transporte, el de valencia tambien deberia tener ese derecho a salir de su pais y entrar en otro. Si es así, nos han estado engañando, y si no lo lo es... entonces depende del medio de transporte usado: Con confinamiento provincial, un catalan de lleida puede ir a francia y uno de barcelona solo si va en avion, y en coche no? O lo mismo con valencia y aragon confinados, el de teruel puede ir a francia em coche, pero el de valencia solo en avion??


Joer,....eres más pesao que una vaca en brazos

Si después de decenas de mensajes en este hilo aún no lo entiendes, yo lo daría por imposible guiño

Un saludo.



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Si una comunidad está cerrada, está cerrada, para salir y para entrar. si un ciudadano de esa comunidad no puede salir (a ningún sitio, obviamente, porque no hay una lista de sitios permitidos y otra de no permitidos) sin causa justificada, pues un extranjero tampoco podrá entrar, esto según el BOE.

No es correcto y el BOE está muy claro en este aspecto. Las CC.AA. no tienen competencias para cerrar las fronteras internacionales. Por lo tanto, uno de Huesca, por ejemplo, puede pasar a Francia en coche sin problemas y viceversa. Un francés puede igualmente entrar a Huesca (eso sí, cumpliendo la normativa del otro país por lo que el de Huesca tendrá que llevar una PCR negativa y el francés no podrá desde Huesca ir a Navarra o Lérida . Resulta que solo los Madrileños son los que se fueron sin miedo, porque las fronteras de madrid estaban abiertas. ¿Cómo lo explicas?

Entonces, ¿no solo se mean en nuestra cara? Sino que también nos engañan como a borregos? Quien lo hace realmente? Los medios? Nuestra propia ignorancia?

Ahora bien, si en la tele salen los políticos diciendo que esa medida del BOE no afecta a los extranjeros para entrar... pues no les queda otra que decir que tampoco afecta a españoles para salir. Qué significa eso? Qué no se están aplicando las cosas que se escriben en los BOEs, o que se aplican de la forma que les sale de los huevos en cada momento, de forma arbitraria y cambiante.

No es correcto. Los políticos no dicen que las medidas de BOE no afectan a los extranjeros para entrar. Dicen lo que dice el BOE desde el minuto 1. La página web del tunel de Bielsa (frontera F-E), por ejemplo, lo lleva aclarando desde que se publicó el estado de alarma en el BOE.

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"La normativa aragonesa es autonómica, por tanto sin aplicación en fronteras internacionales, pero de aplicación con otras fronteras regionales españolas."


Se están meando en nuestra cara, y nosotros lo permitimos, y alguno, hasta lo aplaude, y defiende que la culpa de todo lo que esta pasando, es nuestra!

A mi no se me ocurre otra cosa que hacer vida normal, y recurrir la posible multa alegando el circo que tienen montado, que es todo un sinsentido, porque esto ya es un cachondeo, hombre

Hola "BOE",

Para decir que "no es correcto", creo que deberías justificar y evidenciar por qué no lo es, en vez de simplemente exponer tu interpretación personal u opinión. Las fuentes que pones no son documentos de la normativa oficial, por lo que no dejan de ser igualmente interpretaciones.

Si fuera como dices, no sé entonces qué problema tuvo todo el país estos meses para poder cruzar la frontera internacional y esquiar en Andorra. Lo que dices implica que todo el mundo podría haber ido a Andorra, ya que las fronteras entre países no pueden estar cerradas para nadie, aunque las fronteras de la comunidad si lo estén. ¿quieres decir que miles se han quedado sin esquiar en Andorra u otro país porque no supieron leer el BOE ?

Por cierto, si no sabes usar o te da pereza, los QUOTE, en vez de negrita, usa otro color para que sea más fácil seguir a los remitentes de cada mensaje; como sugerencia.

[www.boe.es]

Articulo 6 Limitación de la entrada y salida en las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía.
(.......)

Artículo 9.1. ..."La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras".

Claro, pero es que es ese artículo 9.1 el que parece que no todo el mundo interpreta bien. Si aplicamos ese artículo como tú indicas, un catalán podría ir a Andorra sin una causa que pertenezca al listado de excepciones, de igual forma que hoy puede llegar un Francés a Cataluña en Avión, porque se tiene en cuenta la frontera nacional, y no la de la autonomía. Es decir, para el francés que entra en Cataluña, pensamos en frontera nacional (que no se puede cerrar), pero para el catalán que se quiere ir a Andorra, pensamos en frontera catalana, y no le dejamos salir.

¿Tú ves esto normal? Y acláranos lo que piensas e interpretas entonces: ¿han estado engañados los Catalanes (y otras comunidades) todo el invierno pensando que no podían salir del país, por no poder salir de su comunidad, cuando realmente sí que podían?

Completando el artículo que pones, que lo has puesto incompleto, y los artículos y párrafos deben leerse enteros...:

<< La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que dicha medida afecte a un territorio con frontera terrestre con un tercer Estado, la autoridad competente delegada lo comunicará con carácter previo al Ministerio del Interior y al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación >>

¿Qué coño significa todo lo de la negrita? ¿nada? ¿tiene alguna implicación? Lo han puesto así para que nadie sepa interpretarlo y ante la duda se #quedenencasa, pero los que lo han escrito y saben la intención, pueden hacer lo que quieran, sin que pueda haber repercusiones (como ahora, que se permite entrar a los extranjeros, y por ende, salir a todo dios al extranjero), porque realmente esto si habría permitido salir a la gente a Andorra? Y ya se han encargado los medios de ayudar a que no se pueda interpretar correctamente?

Entonces, ¿por qué no ha ido la gente a esquiar a Andorra? ¿Por qué solo los madrileños iban?

Como han dicho más arriba, sí, un andaluz, tendría que justificar su presencia en Aragón, pero sería fácil, indicando que su destino es Andorra, que está en tránsito, y que por ello su salida implica solo el cruce de la frontera con Andorra. Pero no necesitaría una causa de la lista de exclusiones a la restricción. Y.... quiero pensar que la restricción de entrar o salir de una comunidad, ahora, no va a depender del medio de transporte utilizado, a ver si ahora va a resultar que en avión puedes salir, pero en barco o en coche, no, y lo vemos normal y todo!

Lo de negrita viene explicado en el artículo 2. Autoridad competente.

Gracias, el artículo que indicas nos viene a decir que es la Comunidad Autónoma quien puede dictar órdenes y disposiciones para aplicar el artículo 6 (entre otros), pero no veo que explique qué significa la frase en negrita, porque no parece decir nada, solo que si la comunidad tiene frontera con otro país, entonces la comunidad lo comunicará al gobierno. Vale, pues nada, lo habrá comunicado, ¿y qué? ¿significa algo a la hora de interpretar que no afecta al régimen de fronteras? Parece que nada.

¿Dónde pone que, donde hay una frontera, desaparece el perímetro de la comunidad autónoma? Porque si es así, todo ciudadano de una comunidad "confinada perimetralmente" podría haberse ido a Andorra por ejemplo, porque al cambiar de provincia, no se aplica porque está en tránsito a un destino donde sí puede entrar, y al cruzar la frontera , no se aplica, por tanto... ¿nos han estado engañando todo el invierno y nos la hemos comido con patatas?

Lo que quiere decir es que el gobierno ha delegado en las comunidades vía Real decretos de estado de alarma ciertas competencias, de ahí lo de autoridad competente delegada, el preside te de cada comunidad es la autoridad competente, el problema es que las fronteras no las ha delegado, con lo que las comunidades limítrofes con países vecinos al no estar cerradas no tienen la competencia y dichas comunidades deben de informar al gobierno para que tome las medidas oportunas para que no entre ni salga nadie sin motivo justificado si tiene cierre perimetral, a su vez el gobierno central debe de informar a Europa para informar a los países afectados y que estos informen a sus ciudadanos.
Qué no se estén haciendo controles no quiere decir que te puedas saltar el cierre perimetral.
Ahora el rollo es en los aeropuertos y puertos, puesto que no están cerradas las fronteras por el acuerdo shengen, al no salir de tu comunidad (las comunidades o provincias que tengan aeropuerto o puertos) puedes coger un vuelo para ir al extranjero sin causa justificada, que es incongruente pues si, pero es así.
Si Andorra tuviese aeropuerto se podría ir desde cualquier ciudad con aeropuerto y no te saltaría ninguna norma.

Jajaja, vamos yo flipo, en serio????

Que fuerte, ya no se si quiero quiero ser español, me da vergüenza, estamos como putas cabras! O sea, que resulta que si vas en avion en realidad no estas saliendo del perímetro de tu comunidad, jajajaja, me meo, debe ser que te teletransportas o algo parecido, y ademas en el avion es imposible contagiarse, mientras que en tu coche vas recolectando virus... jajajaja esto era ya lo que nos faltaba

Gracias por la explicacion, no me esperana algo asi, o no queria creer que por aire se puede hacer la misma cosa que por tierra no. Y que pasa con el mar? Podemos ir en barco a andorra??? Jajajaja

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Es que no es así. No hay diferencia entre viajar en avión, barco o por carretera a la hora de considerar lo que son fronteras nacionales sobre las que las CC.AA. no tienen competencias . Eso sí que sería un sinsentido. Sí que puede haber diferencia en que te exijan PCR o no. Francia lo pide en todos los casos. España solo si llegas en avión o en barco.

Añadir que , además de la subdelegación del gobierno de Huesca (por parte del gobierno central), el consorcio del Tunel de Bielsa (que también afirma que el cierre perimetral de Aragón no afecta a la frontera con Francia) es una entidad publica a cuyo comité ejecutivo pertenecen por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón:

José Luis Soro
Presidente del Consorcio y Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón.
Bizén Fuster
Director General de Carreteras del GA
Carmelo Bosque
Director General de Urbanismo del GA
José Manuel Salvador
Director General de Ordenación del Territorio del GA
José Manuel Bielsa
Presidente de la Comarca de Sobrarbe.
Miguel Ángel Noguero
Alcalde del Ayuntamiento de Bielsa.

En definitiva, el gobierno central y el autonómico reconocen que la frontera con Francia no está cerrada y cruzarla está permitido porque el decreto de la DGA no le afecta. Más claro, agua.

Entonces, nos han engañado! Segun esto , no se le puede negar a un español ir a Andorra, sea de donde sea, si quieres ir a andorra y eres de valencia, en avion (helicoptero... en este caso), sin problema, y en coche no? O si? Para que no dependa del medio de transporte, el de valencia tambien deberia tener ese derecho a salir de su pais y entrar en otro. Si es así, nos han estado engañando, y si no lo lo es... entonces depende del medio de transporte usado: Con confinamiento provincial, un catalan de lleida puede ir a francia y uno de barcelona solo si va en avion, y en coche no? O lo mismo con valencia y aragon confinados, el de teruel puede ir a francia em coche, pero el de valencia solo en avion??


Joer,....eres más pesao que una vaca en brazos

Si después de decenas de mensajes en este hilo aún no lo entiendes, yo lo daría por imposible guiño

Un saludo.
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Yo no sé porqué analizamos los mensajes televisivos (aunque sean de la ministra), los twiters, y los periódicos... cuando, lo que importa, es el BOE, y es la base que podrás utilizar para recurrir una denuncia por este motivo, si se diera el caso.

Si una comunidad está cerrada, está cerrada, para salir y para entrar. si un ciudadano de esa comunidad no puede salir (a ningún sitio, obviamente, porque no hay una lista de sitios permitidos y otra de no permitidos) sin causa justificada, pues un extranjero tampoco podrá entrar, esto según el BOE.

No es correcto y el BOE está muy claro en este aspecto. Las CC.AA. no tienen competencias para cerrar las fronteras internacionales. Por lo tanto, uno de Huesca, por ejemplo, puede pasar a Francia en coche sin problemas y viceversa. Un francés puede igualmente entrar a Huesca (eso sí, cumpliendo la normativa del otro país por lo que el de Huesca tendrá que llevar una PCR negativa y el francés no podrá desde Huesca ir a Navarra o Lérida . Resulta que solo los Madrileños son los que se fueron sin miedo, porque las fronteras de madrid estaban abiertas. ¿Cómo lo explicas?

Entonces, ¿no solo se mean en nuestra cara? Sino que también nos engañan como a borregos? Quien lo hace realmente? Los medios? Nuestra propia ignorancia?

Ahora bien, si en la tele salen los políticos diciendo que esa medida del BOE no afecta a los extranjeros para entrar... pues no les queda otra que decir que tampoco afecta a españoles para salir. Qué significa eso? Qué no se están aplicando las cosas que se escriben en los BOEs, o que se aplican de la forma que les sale de los huevos en cada momento, de forma arbitraria y cambiante.

No es correcto. Los políticos no dicen que las medidas de BOE no afectan a los extranjeros para entrar. Dicen lo que dice el BOE desde el minuto 1. La página web del tunel de Bielsa (frontera F-E), por ejemplo, lo lleva aclarando desde que se publicó el estado de alarma en el BOE.

[www.bielsa-aragnouet.org]

"La normativa aragonesa es autonómica, por tanto sin aplicación en fronteras internacionales, pero de aplicación con otras fronteras regionales españolas."


Se están meando en nuestra cara, y nosotros lo permitimos, y alguno, hasta lo aplaude, y defiende que la culpa de todo lo que esta pasando, es nuestra!

A mi no se me ocurre otra cosa que hacer vida normal, y recurrir la posible multa alegando el circo que tienen montado, que es todo un sinsentido, porque esto ya es un cachondeo, hombre

Hola "BOE",

Para decir que "no es correcto", creo que deberías justificar y evidenciar por qué no lo es, en vez de simplemente exponer tu interpretación personal u opinión. Las fuentes que pones no son documentos de la normativa oficial, por lo que no dejan de ser igualmente interpretaciones.

Si fuera como dices, no sé entonces qué problema tuvo todo el país estos meses para poder cruzar la frontera internacional y esquiar en Andorra. Lo que dices implica que todo el mundo podría haber ido a Andorra, ya que las fronteras entre países no pueden estar cerradas para nadie, aunque las fronteras de la comunidad si lo estén. ¿quieres decir que miles se han quedado sin esquiar en Andorra u otro país porque no supieron leer el BOE ?

Por cierto, si no sabes usar o te da pereza, los QUOTE, en vez de negrita, usa otro color para que sea más fácil seguir a los remitentes de cada mensaje; como sugerencia.

[www.boe.es]

Articulo 6 Limitación de la entrada y salida en las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía.
(.......)

Artículo 9.1. ..."La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras".

Claro, pero es que es ese artículo 9.1 el que parece que no todo el mundo interpreta bien. Si aplicamos ese artículo como tú indicas, un catalán podría ir a Andorra sin una causa que pertenezca al listado de excepciones, de igual forma que hoy puede llegar un Francés a Cataluña en Avión, porque se tiene en cuenta la frontera nacional, y no la de la autonomía. Es decir, para el francés que entra en Cataluña, pensamos en frontera nacional (que no se puede cerrar), pero para el catalán que se quiere ir a Andorra, pensamos en frontera catalana, y no le dejamos salir.

¿Tú ves esto normal? Y acláranos lo que piensas e interpretas entonces: ¿han estado engañados los Catalanes (y otras comunidades) todo el invierno pensando que no podían salir del país, por no poder salir de su comunidad, cuando realmente sí que podían?

Completando el artículo que pones, que lo has puesto incompleto, y los artículos y párrafos deben leerse enteros...:

<< La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que dicha medida afecte a un territorio con frontera terrestre con un tercer Estado, la autoridad competente delegada lo comunicará con carácter previo al Ministerio del Interior y al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación >>

¿Qué coño significa todo lo de la negrita? ¿nada? ¿tiene alguna implicación? Lo han puesto así para que nadie sepa interpretarlo y ante la duda se #quedenencasa, pero los que lo han escrito y saben la intención, pueden hacer lo que quieran, sin que pueda haber repercusiones (como ahora, que se permite entrar a los extranjeros, y por ende, salir a todo dios al extranjero), porque realmente esto si habría permitido salir a la gente a Andorra? Y ya se han encargado los medios de ayudar a que no se pueda interpretar correctamente?

Entonces, ¿por qué no ha ido la gente a esquiar a Andorra? ¿Por qué solo los madrileños iban?

Como han dicho más arriba, sí, un andaluz, tendría que justificar su presencia en Aragón, pero sería fácil, indicando que su destino es Andorra, que está en tránsito, y que por ello su salida implica solo el cruce de la frontera con Andorra. Pero no necesitaría una causa de la lista de exclusiones a la restricción. Y.... quiero pensar que la restricción de entrar o salir de una comunidad, ahora, no va a depender del medio de transporte utilizado, a ver si ahora va a resultar que en avión puedes salir, pero en barco o en coche, no, y lo vemos normal y todo!

Lo de negrita viene explicado en el artículo 2. Autoridad competente.

Gracias, el artículo que indicas nos viene a decir que es la Comunidad Autónoma quien puede dictar órdenes y disposiciones para aplicar el artículo 6 (entre otros), pero no veo que explique qué significa la frase en negrita, porque no parece decir nada, solo que si la comunidad tiene frontera con otro país, entonces la comunidad lo comunicará al gobierno. Vale, pues nada, lo habrá comunicado, ¿y qué? ¿significa algo a la hora de interpretar que no afecta al régimen de fronteras? Parece que nada.

¿Dónde pone que, donde hay una frontera, desaparece el perímetro de la comunidad autónoma? Porque si es así, todo ciudadano de una comunidad "confinada perimetralmente" podría haberse ido a Andorra por ejemplo, porque al cambiar de provincia, no se aplica porque está en tránsito a un destino donde sí puede entrar, y al cruzar la frontera , no se aplica, por tanto... ¿nos han estado engañando todo el invierno y nos la hemos comido con patatas?

Lo que quiere decir es que el gobierno ha delegado en las comunidades vía Real decretos de estado de alarma ciertas competencias, de ahí lo de autoridad competente delegada, el preside te de cada comunidad es la autoridad competente, el problema es que las fronteras no las ha delegado, con lo que las comunidades limítrofes con países vecinos al no estar cerradas no tienen la competencia y dichas comunidades deben de informar al gobierno para que tome las medidas oportunas para que no entre ni salga nadie sin motivo justificado si tiene cierre perimetral, a su vez el gobierno central debe de informar a Europa para informar a los países afectados y que estos informen a sus ciudadanos.
Qué no se estén haciendo controles no quiere decir que te puedas saltar el cierre perimetral.
Ahora el rollo es en los aeropuertos y puertos, puesto que no están cerradas las fronteras por el acuerdo shengen, al no salir de tu comunidad (las comunidades o provincias que tengan aeropuerto o puertos) puedes coger un vuelo para ir al extranjero sin causa justificada, que es incongruente pues si, pero es así.
Si Andorra tuviese aeropuerto se podría ir desde cualquier ciudad con aeropuerto y no te saltaría ninguna norma.

Jajaja, vamos yo flipo, en serio????

Que fuerte, ya no se si quiero quiero ser español, me da vergüenza, estamos como putas cabras! O sea, que resulta que si vas en avion en realidad no estas saliendo del perímetro de tu comunidad, jajajaja, me meo, debe ser que te teletransportas o algo parecido, y ademas en el avion es imposible contagiarse, mientras que en tu coche vas recolectando virus... jajajaja esto era ya lo que nos faltaba

Gracias por la explicacion, no me esperana algo asi, o no queria creer que por aire se puede hacer la misma cosa que por tierra no. Y que pasa con el mar? Podemos ir en barco a andorra??? Jajajaja

Facepalm Colocado - Dope

Es que no es así. No hay diferencia entre viajar en avión, barco o por carretera a la hora de considerar lo que son fronteras nacionales sobre las que las CC.AA. no tienen competencias . Eso sí que sería un sinsentido. Sí que puede haber diferencia en que te exijan PCR o no. Francia lo pide en todos los casos. España solo si llegas en avión o en barco.

Añadir que , además de la subdelegación del gobierno de Huesca (por parte del gobierno central), el consorcio del Tunel de Bielsa (que también afirma que el cierre perimetral de Aragón no afecta a la frontera con Francia) es una entidad publica a cuyo comité ejecutivo pertenecen por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón:

José Luis Soro
Presidente del Consorcio y Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón.
Bizén Fuster
Director General de Carreteras del GA
Carmelo Bosque
Director General de Urbanismo del GA
José Manuel Salvador
Director General de Ordenación del Territorio del GA
José Manuel Bielsa
Presidente de la Comarca de Sobrarbe.
Miguel Ángel Noguero
Alcalde del Ayuntamiento de Bielsa.

En definitiva, el gobierno central y el autonómico reconocen que la frontera con Francia no está cerrada y cruzarla está permitido porque el decreto de la DGA no le afecta. Más claro, agua.

Entonces, nos han engañado! Segun esto , no se le puede negar a un español ir a Andorra, sea de donde sea, si quieres ir a andorra y eres de valencia, en avion (helicoptero... en este caso), sin problema, y en coche no? O si? Para que no dependa del medio de transporte, el de valencia tambien deberia tener ese derecho a salir de su pais y entrar en otro. Si es así, nos han estado engañando, y si no lo lo es... entonces depende del medio de transporte usado: Con confinamiento provincial, un catalan de lleida puede ir a francia y uno de barcelona solo si va en avion, y en coche no? O lo mismo con valencia y aragon confinados, el de teruel puede ir a francia em coche, pero el de valencia solo en avion??


Joer,....eres más pesao que una vaca en brazos

Si después de decenas de mensajes en este hilo aún no lo entiendes, yo lo daría por imposible guiño

Un saludo.

Gracias, eres muy comprensivo.

Parece que nadie quiere decir claramente si piensa que nos han engañado, o no, es mas facil insultar. No entiendo lo que os pasa, preferis sutilezas que claridades?

En fin.
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Enviado: 26-03-2021 22:50
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Editado 1 vez/veces. Última edición el 27/03/2021 12:28 por D@vid.
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D@vid
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Ya era hora



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Enviado: 27-03-2021 18:53
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Van algunos meses tarde como siempre
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Pabliius
Enviado: 27-03-2021 21:45
Hola chicos, os veo muy liados con el tema de restricciones y todo eso.
Desde el punto legal y judicial es muy simple. Estamos en un estado de alarma, no de excepción o de sitio. Con lo cual no te pueden restringir tu derecho a la movilidad (art. 19 de la constitución). De ahí que te propongan para sancion y no te multen. Porque no estás incumpliendo ninguna ley.
Es tan simple cómo que la constitución está por encima de todos los reales decretos que están sacando, si existe alguna contradicción al respecto entre dos normas, siempre tiene valor la de mayor rango.
Con la constitución en mano puedes moverte por donde quieras. Si te quieren poner una propuesta de sanción, pues adelante, la recurres (si te llega, ya que se desestiman la mayoría), sales ganando.
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Autoridad
Enviado: 27-03-2021 22:02
Hola chicos, os veo muy liados con el tema de restricciones y todo eso.
Desde el punto legal y judicial es muy simple. Estamos en un estado de alarma, no de excepción o de sitio. Con lo cual no te pueden restringir tu derecho a la movilidad (art. 19 de la constitución). De ahí que te propongan para sancion y no te multen. Porque no estás incumpliendo ninguna ley.
Es tan simple cómo que la constitución está por encima de todos los reales decretos que están sacando, si existe alguna contradicción al respecto entre dos normas, siempre tiene valor la de mayor rango.
Con la constitución en mano puedes moverte por donde quieras. Si te quieren poner una propuesta de sanción, pues adelante, la recurres (si te llega, ya que se desestiman la mayoría), sales ganando.
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Pabliius
Hola chicos, os veo muy liados con el tema de restricciones y todo eso.
Desde el punto legal y judicial es muy simple. Estamos en un estado de alarma, no de excepción o de sitio. Con lo cual no te pueden restringir tu derecho a la movilidad (art. 19 de la constitución). De ahí que te propongan para sancion y no te multen. Porque no estás incumpliendo ninguna ley.
Es tan simple cómo que la constitución está por encima de todos los reales decretos que están sacando, si existe alguna contradicción al respecto entre dos normas, siempre tiene valor la de mayor rango.
Con la constitución en mano puedes moverte por donde quieras. Si te quieren poner una propuesta de sanción, pues adelante, la recurres (si te llega, ya que se desestiman la mayoría), sales ganando.

El estado de alarma está regulado por el artículo 116.2 de la constitución española, al igual que el estado de sitio o excepción regulados en el mismo artículo.
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Enviado: 28-03-2021 16:31
Registrado: 17 años antes
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Hola a todos.. después de realizar el viaje en primera persona os puedo confirmar que

- En Barajas no hay ninguna limitación en la salida fuera de España.
- En Suiza no hay ninguna limitación ni control en la llegada más allá del control de DNI o pasaporte y me da que porque estaban buscando a alguien en concreto
- Si hay control de PCR de salida por parte de las compañías aéreas.

La situación de la nieve es muy muy buena y hoy por fin hemos esquiado con un día espléndido. Me parece hasta mentira. Aquí con el amigo Damien que nos ha llevado por sitios “interesantes” de 4 Vallés




Un abrazo y estáis a tiempo

Nacho Campos







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Enforcer
Enviado: 28-03-2021 16:48
Bienvenido y que lo disfrutes!! 👍👍👍
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Enviado: 29-03-2021 08:42
Registrado: 9 años antes
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Hola a todos.. después de realizar el viaje en primera persona os puedo confirmar que

- En Barajas no hay ninguna limitación en la salida fuera de España.
- En Suiza no hay ninguna limitación ni control en la llegada más allá del control de DNI o pasaporte y me da que porque estaban buscando a alguien en concreto
- Si hay control de PCR de salida por parte de las compañías aéreas.

La situación de la nieve es muy muy buena y hoy por fin hemos esquiado con un día espléndido. Me parece hasta mentira. Aquí con el amigo Damien que nos ha llevado por sitios “interesantes” de 4 Vallés




Un abrazo y estáis a tiempo

Nacho Campos
Joder que envidia Nacho, y que bien que te hayas podido ir con algunos afortunados que os hayan acompañado.
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Enviado: 29-03-2021 12:09
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Buenos días:

Me alegro de que no hayas tenido problemas.

Es incoherente que se pueda ir de vacaciones a otro país, y no a España.

Los hoteles en Asturias cerrados por ley, no podemos ir ni a comer a la casa de un amigo o familar, eso si a otro país si nos dejan.

Menuda panda de políticos que tenemos, que leyes tan incoherentes hacen.

Saludos
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Enviado: 29-03-2021 12:33
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Buenos días:

Me alegro de que no hayas tenido problemas.

Es incoherente que se pueda ir de vacaciones a otro país, y no a España.

Los hoteles en Asturias cerrados por ley, no podemos ir ni a comer a la casa de un amigo o familar, eso si a otro país si nos dejan.

Menuda panda de políticos que tenemos, que leyes tan incoherentes hacen.

Saludos
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JAVIER_AVILES
Buenos días:

Me alegro de que no hayas tenido problemas.

Es incoherente que se pueda ir de vacaciones a otro país, y no a España.

Los hoteles en Asturias cerrados por ley, no podemos ir ni a comer a la casa de un amigo o familar, eso si a otro país si nos dejan.

Menuda panda de políticos que tenemos, que leyes tan incoherentes hacen.

Saludos

Oprimir a los de dentro y engañar a los de fuera, a que te suena?
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Enviado: 29-03-2021 13:09
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Es terrible, sí.

Se llama Espacio Schengen

[ec.europa.eu]

smiling smiley



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Enviado: 29-03-2021 15:00
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Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.
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Enviado: 29-03-2021 16:06
Registrado: 17 años antes
Mensajes: 5.886
Pues el que oueda está a tiempo todavía. Hay mucha mucha nieves y con una condiciones excelentes incluso después de comer y siendo casi abril.

Un abrazo fuerte
Nacho Campos







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Enviado: 29-03-2021 16:22
Registrado: 15 años antes
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Que chorprecha Diablillo
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Enviado: 29-03-2021 16:48
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Pabliius
Hola chicos, os veo muy liados con el tema de restricciones y todo eso.
Desde el punto legal y judicial es muy simple. Estamos en un estado de alarma, no de excepción o de sitio. Con lo cual no te pueden restringir tu derecho a la movilidad (art. 19 de la constitución). De ahí que te propongan para sancion y no te multen. Porque no estás incumpliendo ninguna ley.
Es tan simple cómo que la constitución está por encima de todos los reales decretos que están sacando, si existe alguna contradicción al respecto entre dos normas, siempre tiene valor la de mayor rango.
Con la constitución en mano puedes moverte por donde quieras. Si te quieren poner una propuesta de sanción, pues adelante, la recurres (si te llega, ya que se desestiman la mayoría), sales ganando.

El estado de alarma está regulado por el artículo 116.2 de la constitución española, al igual que el estado de sitio o excepción regulados en el mismo artículo.
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Pabliius
Hola chicos, os veo muy liados con el tema de restricciones y todo eso.
Desde el punto legal y judicial es muy simple. Estamos en un estado de alarma, no de excepción o de sitio. Con lo cual no te pueden restringir tu derecho a la movilidad (art. 19 de la constitución). De ahí que te propongan para sancion y no te multen. Porque no estás incumpliendo ninguna ley.
Es tan simple cómo que la constitución está por encima de todos los reales decretos que están sacando, si existe alguna contradicción al respecto entre dos normas, siempre tiene valor la de mayor rango.
Con la constitución en mano puedes moverte por donde quieras. Si te quieren poner una propuesta de sanción, pues adelante, la recurres (si te llega, ya que se desestiman la mayoría), sales ganando.

El estado de alarma está regulado por el artículo 116.2 de la constitución española, al igual que el estado de sitio o excepción regulados en el mismo artículo.

Gracias por el apunte Autoridad. la verdad es que es interesante notar que el tercer párrafo puede ser interpretado de diferentes maneras, según quien lo haga y sus intereses. Así, según lo leo, tal cual, sin añadir ninguna elucubración, yo solo entiendo lo siguiente:

- Es posible que me esté desplazando, y me encuentre con una valla cerrando una carretera, o un control que me diga, << por aquí no se pude pasar, y no es algo que dependa de una situación que previsiblemente será corregida,, no, no se puede pasar y punto >>, o con mensajes del tipo << aquí no se puede estar, ni hoy ni dentro de un mes, así que le informo de que no vuelva, porque seguiremos aquí impidiendo la estancia >>.

- Tanto la valla cerrando una carretera, como el control impidiendo el paso, o la permanencia, es algo que sin estado de alarma no puede darse, (o si se diera, sería denunciable, y también por otro lado, podrías desobedecer, o quitar tú mismo la valla si tienes medios).

- Ahora bien, una vez en estado de alarma, y aceptado que podemos encontrarnos estas situaciones, y que no deberemos sorprendernos si nos topamos con ellas, NO SIGNIFICA que el hecho de que uno vaya a un lugar, no encontrándose con vallas ni con controles que te impidan el paso o la permanencia, implique delito, ni siquiera una falta administrativa, tu simplemente, vas, y si te encuentras una situación que generalmente desobedecerías (por ejemplo, no se puede subir al puerto de Navacerrada porque no le sale de los huevos a Pablo Iglesias, pues rodeas el control y desobedeces, que es diferente de "No se puede subir al puerto temporalmente porque hay hielo y existe un peligro demostrable, tangible y evidente", en cuyo caso, sí que obedeces.

- Además, cuando no se puede subir al puerto por hielo, no nos lo dicen por la tele, dejando abierta la carretera, y diciendo "el que suba al puerto, multa! " . Hemos visto mil veces cómo se ponen las limitaciones a la movilidad: de la misma forma en que se ponen los cortes de carreteras por nieve o hielo, no sacando un BOE.

- Lo que quiere decir el texto que nos enseñas es que no podremos desobedecer dicha limitación si nos la encontramos, aunque no tenga una causa concreta asociada ni esté justificada de forma directa con ese corte en concreto, mientras que sin el estado de alarma, sí podríamos desobedecerla si no tiene una justificación y si la limitación no está condicionada a la desaparición del motivo que la causa, como en el ejemplo, el hielo en la carretera y que no tienes cadenas.

Ahora bien, quien quiere interpretar que un acceso se corta diciéndolo en la tele y sacando un boe ambiguo e imposible de interpretar, y, quien no haga caso de estas dos cosas, pues te multo, y después me enfado y no respiro... allá él !

Y, edito, coincidencias de la vida, justo acabo de escribir este rollo, y me encuentro esto por las redes: risasrisasrisas




Editado 3 vez/veces. Última edición el 29/03/2021 16:58 por DGATD1.
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Enviado: 29-03-2021 18:01
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Pues el que oueda está a tiempo todavía. Hay mucha mucha nieves y con una condiciones excelentes incluso después de comer y siendo casi abril.

Un abrazo fuerte
Nacho Campos
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Nacho Campos
Pues el que oueda está a tiempo todavía. Hay mucha mucha nieves y con una condiciones excelentes incluso después de comer y siendo casi abril.

Un abrazo fuerte
Nacho Campos

YA he visto alguna foto desde Mont Fort con el dia despejado y soleado Banana esquí




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Navarra
Enviado: 29-03-2021 18:15
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.
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asturcbm
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.

Y Navarra
Karma: 10 - Votos positivos: 1 - Votos negativos: 0
Enviado: 29-03-2021 18:30
Registrado: 6 años antes
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asturcbm
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.

Y Navarra
Cierto si. Se me olvidó.
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Enviado: 29-03-2021 19:40
Registrado: 15 años antes
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Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.
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asturcbm
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.




A ver si lo he entendido bien: ¿Siendo catalán puedo ir a Andorra a esquiar por el morro? Me da a mi que la receta me la llevaría... Aunque durmiendo en el Alt Urgell ahora sí se puede...
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Enviado: 29-03-2021 21:00
Registrado: 6 años antes
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asturcbm
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.




A ver si lo he entendido bien: ¿Siendo catalán puedo ir a Andorra a esquiar por el morro? Me da a mi que la receta me la llevaría... Aunque durmiendo en el Alt Urgell ahora sí se puede...
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FerranF
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asturcbm
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.




A ver si lo he entendido bien: ¿Siendo catalán puedo ir a Andorra a esquiar por el morro? Me da a mi que la receta me la llevaría... Aunque durmiendo en el Alt Urgell ahora sí se puede...

Puesss, es lo que nos han enviado, por correo electrónico.

No lo voy a colgar por razones obvias, pero es lo que pone.
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Enviado: 29-03-2021 21:02
Registrado: 12 años antes
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asturcbm
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.




A ver si lo he entendido bien: ¿Siendo catalán puedo ir a Andorra a esquiar por el morro? Me da a mi que la receta me la llevaría... Aunque durmiendo en el Alt Urgell ahora sí se puede...
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FerranF
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asturcbm
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.

A ver si lo he entendido bien: ¿Siendo catalán puedo ir a Andorra a esquiar por el morro? Me da a mi que la receta me la llevaría... Aunque durmiendo en el Alt Urgell ahora sí se puede...

El mensaje al que respondes no dice eso, dice que solo si vas vía aeropuerto Avilés - Andorra, es decir, en helicóptero.... porque pista de aterrizaje en Andorra, creo que no hay. Aprovecha y dile que te deje en algún pico, es buen momento para hacer heliesquí.

Pero ya que te pones a montar a un Avión, pregunta a Nacho por algo en Suiza o por donde ande él... que puede ser buen momento


Editado 1 vez/veces. Última edición el 29/03/2021 21:04 por DGATD1.
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Enviado: 29-03-2021 21:04
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asturcbm
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.




A ver si lo he entendido bien: ¿Siendo catalán puedo ir a Andorra a esquiar por el morro? Me da a mi que la receta me la llevaría... Aunque durmiendo en el Alt Urgell ahora sí se puede...
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Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.




A ver si lo he entendido bien: ¿Siendo catalán puedo ir a Andorra a esquiar por el morro? Me da a mi que la receta me la llevaría... Aunque durmiendo en el Alt Urgell ahora sí se puede...

No se yo si se puede...

[www.ara.ad]



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Enviado: 29-03-2021 21:20
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No se aclaran!
Como todo esto es un sinsentido,jamás podrá haber medidas claras y coherentes...



S S
. S .
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Enviado: 29-03-2021 22:33
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asturcbm
Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.




A ver si lo he entendido bien: ¿Siendo catalán puedo ir a Andorra a esquiar por el morro? Me da a mi que la receta me la llevaría... Aunque durmiendo en el Alt Urgell ahora sí se puede...
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Aquí nos acaban de mandar hoy de Delegación del Gobierno lo siguiente:

Españoles con aeropuerto con líneas internacionales, pueden salir sin problema, sin más trámite que el que le pida el pais o región de destino. Independientemente de cómo esté su CCAA.

Españoles con frontera terrestre limítrofe con Francia (País vasco, Aragon y Cataluña) pueden salir sin problema cumpliendo la normativa francesa. Independientemente de cómo esté su CCAA.

El resto no puede hacer nada.

Ale, a tragar.




A ver si lo he entendido bien: ¿Siendo catalán puedo ir a Andorra a esquiar por el morro? Me da a mi que la receta me la llevaría... Aunque durmiendo en el Alt Urgell ahora sí se puede...

Andorra no es zona Schengen, por lo que me temo que esto no aplica en su caso.
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Enviado: 29-03-2021 23:02
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El comunicado de Delegación dice "el extranjero"... no nos diferencia schengen de no schengen...

De hecho, el madrileño puede marchar por Barajas a Suiza, o a Méjico si quiere.

Pero vamos.... que igual en Cataluña interpretan otra cosa.
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Cazafantasmas
Enviado: 30-03-2021 10:08
Hola chicos, os veo muy liados con el tema de restricciones y todo eso.
Desde el punto legal y judicial es muy simple. Estamos en un estado de alarma, no de excepción o de sitio. Con lo cual no te pueden restringir tu derecho a la movilidad (art. 19 de la constitución). De ahí que te propongan para sancion y no te multen. Porque no estás incumpliendo ninguna ley.
Es tan simple cómo que la constitución está por encima de todos los reales decretos que están sacando, si existe alguna contradicción al respecto entre dos normas, siempre tiene valor la de mayor rango.
Con la constitución en mano puedes moverte por donde quieras. Si te quieren poner una propuesta de sanción, pues adelante, la recurres (si te llega, ya que se desestiman la mayoría), sales ganando.
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Pabliius
De ahí que te propongan para sancion y no te multen. Porque no estás incumpliendo ninguna ley.

Con la constitución en mano puedes moverte por donde quieras.


🤣🤣🤣🤣🤣🤣🤣🤣
Esto es lo que les pasa a los negacionista, que cuando vienen de Ganimedes y llegan al planeta Tierra no saben ni lo que dicen.
Me recordaba a los que cuando los detenían gritaban eso de "habrás corpus". Ridículo y sinsentido total.

Hablan de leyes y derecho y no han pasado ni por la puerta de la facultad.
No saben lo que dicen, ni tiene sentido.
No se puede demostrar tanta ignorancia en tan pocas palabras.
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GGJJ
Enviado: 30-03-2021 10:52
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DGATD1
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Pabliius
Hola chicos, os veo muy liados con el tema de restricciones y todo eso.
Desde el punto legal y judicial es muy simple. Estamos en un estado de alarma, no de excepción o de sitio. Con lo cual no te pueden restringir tu derecho a la movilidad (art. 19 de la constitución). De ahí que te propongan para sancion y no te multen. Porque no estás incumpliendo ninguna ley.
Es tan simple cómo que la constitución está por encima de todos los reales decretos que están sacando, si existe alguna contradicción al respecto entre dos normas, siempre tiene valor la de mayor rango.
Con la constitución en mano puedes moverte por donde quieras. Si te quieren poner una propuesta de sanción, pues adelante, la recurres (si te llega, ya que se desestiman la mayoría), sales ganando.

El estado de alarma está regulado por el artículo 116.2 de la constitución española, al igual que el estado de sitio o excepción regulados en el mismo artículo.

Gracias por el apunte Autoridad. la verdad es que es interesante notar que el tercer párrafo puede ser interpretado de diferentes maneras, según quien lo haga y sus intereses. Así, según lo leo, tal cual, sin añadir ninguna elucubración, yo solo entiendo lo siguiente:

- Es posible que me esté desplazando, y me encuentre con una valla cerrando una carretera, o un control que me diga, << por aquí no se pude pasar, y no es algo que dependa de una situación que previsiblemente será corregida,, no, no se puede pasar y punto >>, o con mensajes del tipo << aquí no se puede estar, ni hoy ni dentro de un mes, así que le informo de que no vuelva, porque seguiremos aquí impidiendo la estancia >>.

- Tanto la valla cerrando una carretera, como el control impidiendo el paso, o la permanencia, es algo que sin estado de alarma no puede darse, (o si se diera, sería denunciable, y también por otro lado, podrías desobedecer, o quitar tú mismo la valla si tienes medios).

- Ahora bien, una vez en estado de alarma, y aceptado que podemos encontrarnos estas situaciones, y que no deberemos sorprendernos si nos topamos con ellas, NO SIGNIFICA que el hecho de que uno vaya a un lugar, no encontrándose con vallas ni con controles que te impidan el paso o la permanencia, implique delito, ni siquiera una falta administrativa, tu simplemente, vas, y si te encuentras una situación que generalmente desobedecerías (por ejemplo, no se puede subir al puerto de Navacerrada porque no le sale de los huevos a Pablo Iglesias, pues rodeas el control y desobedeces, que es diferente de "No se puede subir al puerto temporalmente porque hay hielo y existe un peligro demostrable, tangible y evidente", en cuyo caso, sí que obedeces.

- Además, cuando no se puede subir al puerto por hielo, no nos lo dicen por la tele, dejando abierta la carretera, y diciendo "el que suba al puerto, multa! " . Hemos visto mil veces cómo se ponen las limitaciones a la movilidad: de la misma forma en que se ponen los cortes de carreteras por nieve o hielo, no sacando un BOE.

- Lo que quiere decir el texto que nos enseñas es que no podremos desobedecer dicha limitación si nos la encontramos, aunque no tenga una causa concreta asociada ni esté justificada de forma directa con ese corte en concreto, mientras que sin el estado de alarma, sí podríamos desobedecerla si no tiene una justificación y si la limitación no está condicionada a la desaparición del motivo que la causa, como en el ejemplo, el hielo en la carretera y que no tienes cadenas.

Ahora bien, quien quiere interpretar que un acceso se corta diciéndolo en la tele y sacando un boe ambiguo e imposible de interpretar, y, quien no haga caso de estas dos cosas, pues te multo, y después me enfado y no respiro... allá él !

Y, edito, coincidencias de la vida, justo acabo de escribir este rollo, y me encuentro esto por las redes: risasrisasrisas


pues menos mal que no has añadido ninguna elucubración. Al final te vas a hacer de querer y todo
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