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Lawrence_Oates
Los agentes comprueban las titulaciones de monitores para evitar competencia desleal con las escuelas oficiales.
Desconocía que en Aragón hubiera policía autonómica
A ver si es que les han dicho que vayan a por los autónomos o a por las escuelas distintas a lsmonopoliosperdón oficiales de cada estación.....
La noticia sale restringida para subscriptores. A ver si alguien que pueda leerla quiere explicarnosla....
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Carlos_a
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Lawrence_Oates
Los agentes comprueban las titulaciones de monitores para evitar competencia desleal con las escuelas oficiales.
Desconocía que en Aragón hubiera policía autonómica
A ver si es que les han dicho que vayan a por los autónomos o a por las escuelas distintas a lsmonopoliosperdón oficiales de cada estación.....
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No es una policía autonómica pero si es una unidad de Policía Nacional que trabaja como tal en esa comunidad autónoma. Es un quiero y no puedo que está instaurado en varias comunidad autónomas como Galicia, Andalucia, Comunidad Valenciana...
Estas unidades dependen funcionalmente de la conubidad autónoma pero orgánicamente del Misterio del Interior.
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Lawrence_Oates
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rubo79
Igual podían ir por otras estaciones a controlar a la gente que se dedica a fumar porros delante de los niños
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rubo79
Igual podían ir por otras estaciones a controlar a la gente que se dedica a fumar porros delante de los niños
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Nemancos
La cosa parece estar bastante clara.
Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.
Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.
Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.
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SZM_60
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Nemancos
La cosa parece estar bastante clara.
Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.
Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.
Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.
Hay jurisprudencia, se llama "guía venébolo", y aunque no haya contraprestación económica se le considera responsable si hay algún marrón derivado de la actividad.
Menudos líos ha habido con esto en grupos de montaña amateur.
Solo este pequeño apunte sobre ir alegremente al monte entre amigos, o conocidos.
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zD
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rubo79
Igual podían ir por otras estaciones a controlar a la gente que se dedica a fumar porros delante de los niños
Y a los que toman orujo blanco.
Pero en serio, alguien con la legislación que indique que un autónomo no pueda enseñar a esquiar siempre y cuando no se anuncie como titulado?
Me temo que esta noticia cojea
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Nacho Campos
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SZM_60
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Nemancos
La cosa parece estar bastante clara.
Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.
Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.
Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.
Hay jurisprudencia, se llama "guía venébolo", y aunque no haya contraprestación económica se le considera responsable si hay algún marrón derivado de la actividad.
Menudos líos ha habido con esto en grupos de montaña amateur.
Solo este pequeño apunte sobre ir alegremente al monte entre amigos, o conocidos.
Comenzaré diciendo que me parece perfecto que se elimine el pirateo de las estaciones de esquí. Dentro de este mundo de la nieve no es el único caso. Si atendemos al área de viajes existen los clubes que actúan como agencias sin serlo. Es más en lo que se refiere a la responsabilidad de la organización de un viaje, aunque no haya contraprestación económica si se incurre en responsabilidad y también existe jurisprudencia. Como digo siempre el amigo seguramente no, pero la viuda del amigo, el huérfano del amigo o el amigo del amigo irá a por ti sin dudarlo.
Volviendo al tema de las clases, en Francia no se andan con tonterías. Si estás dando clase y no tienes la titulación requerida, es decir el Eurotest dichoso tienes muchas papeletas de acabar en la Gerndarmería.
Un abrazo
Nacho Campos
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glob
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Nacho Campos
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SZM_60
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Nemancos
La cosa parece estar bastante clara.
Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.
Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.
Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.
Hay jurisprudencia, se llama "guía venébolo", y aunque no haya contraprestación económica se le considera responsable si hay algún marrón derivado de la actividad.
Menudos líos ha habido con esto en grupos de montaña amateur.
Solo este pequeño apunte sobre ir alegremente al monte entre amigos, o conocidos.
Comenzaré diciendo que me parece perfecto que se elimine el pirateo de las estaciones de esquí. Dentro de este mundo de la nieve no es el único caso. Si atendemos al área de viajes existen los clubes que actúan como agencias sin serlo. Es más en lo que se refiere a la responsabilidad de la organización de un viaje, aunque no haya contraprestación económica si se incurre en responsabilidad y también existe jurisprudencia. Como digo siempre el amigo seguramente no, pero la viuda del amigo, el huérfano del amigo o el amigo del amigo irá a por ti sin dudarlo.
Volviendo al tema de las clases, en Francia no se andan con tonterías. Si estás dando clase y no tienes la titulación requerida, es decir el Eurotest dichoso tienes muchas papeletas de acabar en la Gerndarmería.
Un abrazo
Nacho Campos
¿aunque sea por ejemplo de padre a hijo, o de amigo a amigo sin cobrar?, supongo que iran a por los "piratas" que van con afan de lucro
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glob
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Nacho Campos
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SZM_60
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Nemancos
La cosa parece estar bastante clara.
Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.
Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.
Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.
Hay jurisprudencia, se llama "guía venébolo", y aunque no haya contraprestación económica se le considera responsable si hay algún marrón derivado de la actividad.
Menudos líos ha habido con esto en grupos de montaña amateur.
Solo este pequeño apunte sobre ir alegremente al monte entre amigos, o conocidos.
Comenzaré diciendo que me parece perfecto que se elimine el pirateo de las estaciones de esquí. Dentro de este mundo de la nieve no es el único caso. Si atendemos al área de viajes existen los clubes que actúan como agencias sin serlo. Es más en lo que se refiere a la responsabilidad de la organización de un viaje, aunque no haya contraprestación económica si se incurre en responsabilidad y también existe jurisprudencia. Como digo siempre el amigo seguramente no, pero la viuda del amigo, el huérfano del amigo o el amigo del amigo irá a por ti sin dudarlo.
Volviendo al tema de las clases, en Francia no se andan con tonterías. Si estás dando clase y no tienes la titulación requerida, es decir el Eurotest dichoso tienes muchas papeletas de acabar en la Gerndarmería.
Un abrazo
Nacho Campos
¿aunque sea por ejemplo de padre a hijo, o de amigo a amigo sin cobrar?, supongo que iran a por los "piratas" que van con afan de lucro
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xao
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zD
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rubo79
Igual podían ir por otras estaciones a controlar a la gente que se dedica a fumar porros delante de los niños
Y a los que toman orujo blanco.
Pero en serio, alguien con la legislación que indique que un autónomo no pueda enseñar a esquiar siempre y cuando no se anuncie como titulado?
Me temo que esta noticia cojea
no cojea
Aragón tiene desarrollada su ley del deporte, en la que se establece los requisitos necesarios para trabajar legalmente como profesor de deportes de invierno, seas autónomo o contratado
y como Aragón hay más comunidades autónomas que tiene su ley del deporte, y otras la están desarrollando
es decir, alguien que, en este caso en Aragón, esté dando clases de esqui, de snowboard o de fondo sin la tiulación necesaria está en fraude de ley, y por lo tanto puede ser denunciado y multado
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germinaitor
Nacho en Francia, otro país, otras normas; no admiten titulaciones españolas, o pasas el Eurotest o pa casa. Recuerda lo que pasó con los monitores británicos y titulaciones canadienses como en Andorra.Monopolio o presencia hegemónica de la ESF (ENSA) que a su vez es del estado, las estaciones la mayoría son municipales a través de sociedades de explotación de los remontes. En autopista te dejan ir a 130(si no llueve) o los bomberos (pompeurs) llevan parte del SAMU (ambulancias).
Creo que los TD1 no pueden llevar grupos de un club o realizar entrenamientos, ¿eso también lo controlan?. Controlan cuánto se paga por una hora particular y cuánto pagan al profesor. Controlan que pagas lo mismo sea TD1 o TD3. Como en todo, como en botica y justos por pecadores pero creo que al final el Ayto. de Sallent, propietaria del terreno, accionista de la EEE y accionista de Aramón sacará un reglamento como el de Naut Aran (B, y si no al tiempo; que hará que sea imposible cambiar de estación por parte de los profesores independientes que no posean escuela propia, puesto que tienen que pagar tasas en el propio ayto en el que vana a ejercer, y tener un local en el municipio por escuela (autónomo)más seguro de RC, más gastos(FF), lo que hace difícil que si te planteas hacer temporada en una estación vayas a otra para dar unas clases sueltas.
Que controlen la entrada de menores y aforo a Marchica, el uso de drogas en vía publica, el uso de tabaco y venta de alcohol en recinto deportivo, alcoholemia y documentación de vehículos al cierre de ese establecimiento, nivel de ruido y no a primera hora o en torno a las cinco que es cuando se montan los atascos, que controlen las cadenas o neumáticos de invierno. Lo que no entiendo es que Aramón como tal llame a CNP para realizar unos controles y les hagan caso pero no se digne a llamar a la GC para otros o simplemente haya presencia de esta en un recinto con más de 10.000 personas, y no me refiero al GREIM entrenando, o el horario y descanso de sus trabajadores.
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germinaitor
Nacho en Francia, otro país, otras normas; no admiten titulaciones españolas, o pasas el Eurotest o pa casa. Recuerda lo que pasó con los monitores británicos y titulaciones canadienses como en Andorra.Monopolio o presencia hegemónica de la ESF (ENSA) que a su vez es del estado, las estaciones la mayoría son municipales a través de sociedades de explotación de los remontes. En autopista te dejan ir a 130(si no llueve) o los bomberos (pompeurs) llevan parte del SAMU (ambulancias).
Creo que los TD1 no pueden llevar grupos de un club o realizar entrenamientos, ¿eso también lo controlan?. Controlan cuánto se paga por una hora particular y cuánto pagan al profesor. Controlan que pagas lo mismo sea TD1 o TD3. Como en todo, como en botica y justos por pecadores pero creo que al final el Ayto. de Sallent, propietaria del terreno, accionista de la EEE y accionista de Aramón sacará un reglamento como el de Naut Aran (B, y si no al tiempo; que hará que sea imposible cambiar de estación por parte de los profesores independientes que no posean escuela propia, puesto que tienen que pagar tasas en el propio ayto en el que vana a ejercer, y tener un local en el municipio por escuela (autónomo)más seguro de RC, más gastos(FF), lo que hace difícil que si te planteas hacer temporada en una estación vayas a otra para dar unas clases sueltas.
Que controlen la entrada de menores y aforo a Marchica, el uso de drogas en vía publica, el uso de tabaco y venta de alcohol en recinto deportivo, alcoholemia y documentación de vehículos al cierre de ese establecimiento, nivel de ruido y no a primera hora o en torno a las cinco que es cuando se montan los atascos, que controlen las cadenas o neumáticos de invierno. Lo que no entiendo es que Aramón como tal llame a CNP para realizar unos controles y les hagan caso pero no se digne a llamar a la GC para otros o simplemente haya presencia de esta en un recinto con más de 10.000 personas, y no me refiero al GREIM entrenando, o el horario y descanso de sus trabajadores.
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zD
Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.
Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.
Os escucho!
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xao
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zD
Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.
Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.
Os escucho!
Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte
Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper
Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante
Entiendo que tu amigo no tiene titulación
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zD
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xao
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Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.
Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.
Os escucho!
Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte
Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper
Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante
Entiendo que tu amigo no tiene titulación
Y si no hay ley autónomica. Y si no está en estación?
No, no tenía. Y ya lo dejó porque ya tiene titulación haha
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xao
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zD
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xao
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zD
Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.
Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.
Os escucho!
Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte
Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper
Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante
Entiendo que tu amigo no tiene titulación
Y si no hay ley autónomica. Y si no está en estación?
No, no tenía. Y ya lo dejó porque ya tiene titulación haha
[derechoymontana.wordpress.com]
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Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.
Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.
Os escucho!
Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte
Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper
Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante
Entiendo que tu amigo no tiene titulación
Y si no hay ley autónomica. Y si no está en estación?
No, no tenía. Y ya lo dejó porque ya tiene titulación haha
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Vamos, que si no está en Aragón, sería discutible el tema. Siempre que pague su src y su cuota.
Gracias por el aporte
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Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.
Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.
Os escucho!
Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte
Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper
Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante
Entiendo que tu amigo no tiene titulación
Y si no hay ley autónomica. Y si no está en estación?
No, no tenía. Y ya lo dejó porque ya tiene titulación haha
[derechoymontana.wordpress.com]
Vamos, que si no está en Aragón, sería discutible el tema. Siempre que pague su src y su cuota.
Gracias por el aporte
Mira que eres plasta
Ley del deporte hay en Aragón, en Andalucía, en Cataluña, en Madrid se está haciendo y creo que existe también en Castilla León
Eso que yo conozca, porque me suena que Asturias también la tiene
De discutible nada
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Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.
Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.
Os escucho!
Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte
Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper
Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante
Entiendo que tu amigo no tiene titulación
Y si no hay ley autónomica. Y si no está en estación?
No, no tenía. Y ya lo dejó porque ya tiene titulación haha
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Vamos, que si no está en Aragón, sería discutible el tema. Siempre que pague su src y su cuota.
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Ley del deporte hay en Aragón, en Andalucía, en Cataluña, en Madrid se está haciendo y creo que existe también en Castilla León
Eso que yo conozca, porque me suena que Asturias también la tiene
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