FORO GENERAL

Enviado: 15-02-2017 00:33
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Los agentes comprueban las titulaciones de monitores  para evitar competencia desleal con las escuelas oficiales.

Desconocía que en Aragón hubiera policía autonómica No entiendo

A ver si es que les han dicho que vayan a por los autónomos o a por las escuelas distintas a ls monopolios perdón oficiales de cada estación.....

La noticia sale restringida para subscriptores. A ver si alguien que pueda leerla quiere explicarnosla....



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Enviado: 15-02-2017 01:09
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Lawrence_Oates
Los agentes comprueban las titulaciones de monitores  para evitar competencia desleal con las escuelas oficiales.

Desconocía que en Aragón hubiera policía autonómica No entiendo

A ver si es que les han dicho que vayan a por los autónomos o a por las escuelas distintas a ls monopolios perdón oficiales de cada estación.....

La noticia sale restringida para subscriptores. A ver si alguien que pueda leerla quiere explicarnosla....

No es una policía autonómica pero si es una unidad de Policía Nacional que trabaja como tal en esa comunidad autónoma. Es un quiero y no puedo que está instaurado en varias comunidad autónomas como Galicia, Andalucia, Comunidad Valenciana...

Estas unidades dependen funcionalmente de la conubidad autónoma pero orgánicamente del Misterio del Interior.




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Enviado: 15-02-2017 01:13
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Carlos_a
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Lawrence_Oates
Los agentes comprueban las titulaciones de monitores  para evitar competencia desleal con las escuelas oficiales.

Desconocía que en Aragón hubiera policía autonómica No entiendo

A ver si es que les han dicho que vayan a por los autónomos o a por las escuelas distintas a ls monopolios perdón oficiales de cada estación.....

La noticia sale restringida para subscriptores. A ver si alguien que pueda leerla quiere explicarnosla....

No es una policía autonómica pero si es una unidad de Policía Nacional que trabaja como tal en esa comunidad autónoma. Es un quiero y no puedo que está instaurado en varias comunidad autónomas como Galicia, Andalucia, Comunidad Valenciana...

Estas unidades dependen funcionalmente de la conubidad autónoma pero orgánicamente del Misterio del Interior.

Vale.
Cuerpo Nacional de Policía adscrito al gobierno regional como en otros sitios. Ahora me encaja. guiño
Gracias por la aclaración pulgar arriba



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zD
zD
Enviado: 15-02-2017 01:50
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Alguien tiene el reglamento donde se obligue a tener una titulación para ser profesor de esquí de manera independiente? Siempre y cuando no ofrezcas servicios como titulado, digo.


Juraría que alguienme explicó una vez que en España la cosa está malita



_______________________________________________________________________________

El esquí era mejor antes.
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Enviado: 15-02-2017 02:51
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Mientras no miren en los bolsillos de los usuarios...PorretasPorretas

Salud



Ke Trabaje Rita
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Enviado: 15-02-2017 12:56
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Lawrence_Oates
La noticia sale restringida para subscriptores. A ver si alguien que pueda leerla quiere explicarnosla....

Aquí la tienes en Nevasport [www.nevasport.com] pulgar arriba



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Enviado: 15-02-2017 13:50
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Pues me parece muy bien que se actúe contra los piratas pero ya que están allí, hay más cosas que pueden controlar como he dicho en la noticia.



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Enviado: 15-02-2017 14:52
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Igual podían ir por otras estaciones a controlar a la gente que se dedica a fumar porros delante de los niños
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Enviado: 15-02-2017 15:38
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rubo79
Igual podían ir por otras estaciones a controlar a la gente que se dedica a fumar porros delante de los niños

Y a los que toman orujo blanco.



Pero en serio, alguien con la legislación que indique que un autónomo no pueda enseñar a esquiar siempre y cuando no se anuncie como titulado?


Me temo que esta noticia cojea



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El esquí era mejor antes.
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Enviado: 15-02-2017 16:06
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La cosa parece estar bastante clara.

Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.

Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.

Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende que no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.



La maravilla de un solo copo de nieve supera la sabiduría de un millón de meteorólogos. Francis Bacon



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Enviado: 15-02-2017 16:08
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zD, todas las comunidades tienen regulado como desempeñar las diferentes especialidades deportivas que cuentan con formacion especifica, como el caso del esqui alpino/snowboard, pero es mas, el propio decreto que regula la enseñanza de estas especialidades especifica claramente las atribuciones profesionales de cada ciclo formativo, el TD1 solo puede desarrollar su actividad dentro de una escuela/club..., bajo la supervision de un tecnico y hasta un nivel concreto, y los Td2(tecnicos deportivos) lo pueden hacer ademas de manera autonoma. Solo los tecnicos deportivos estan facultados para ejercer como autonomos, ademas de los requerimientos que los decretos regionales estipulen( seguro RC...)
Espero te lo aclare
Un saludo,
Antonio Serrano
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Enviado: 15-02-2017 16:33
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rubo79
Igual podían ir por otras estaciones a controlar a la gente que se dedica a fumar porros delante de los niños


Y a los que fuman por detrás de los niños, quien los controla???

Salud



Ke Trabaje Rita
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Enviado: 15-02-2017 17:00
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La cosa parece estar bastante clara.

Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.

Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.

Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.

Hay jurisprudencia, se llama "guía venébolo", y aunque no haya contraprestación económica se le considera responsable si hay algún marrón derivado de la actividad.
Menudos líos ha habido con esto en grupos de montaña amateur.
Solo este pequeño apunte sobre ir alegremente al monte entre amigos, o conocidos. pulgar arriba
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Enviado: 15-02-2017 18:19
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La cosa parece estar bastante clara.

Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.

Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.

Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.

Hay jurisprudencia, se llama "guía venébolo", y aunque no haya contraprestación económica se le considera responsable si hay algún marrón derivado de la actividad.
Menudos líos ha habido con esto en grupos de montaña amateur.
Solo este pequeño apunte sobre ir alegremente al monte entre amigos, o conocidos. pulgar arriba

Comenzaré diciendo que me parece perfecto que se elimine el pirateo de las estaciones de esquí. Dentro de este mundo de la nieve no es el único caso. Si atendemos al área de viajes existen los clubes que actúan como agencias sin serlo. Es más en lo que se refiere a la responsabilidad de la organización de un viaje, aunque no haya contraprestación económica si se incurre en responsabilidad y también existe jurisprudencia. Como digo siempre el amigo seguramente no, pero la viuda del amigo, el huérfano del amigo o el amigo del amigo irá a por ti sin dudarlo.

Volviendo al tema de las clases, en Francia no se andan con tonterías. Si estás dando clase y no tienes la titulación requerida, es decir el Eurotest dichoso tienes muchas papeletas de acabar en la Gerndarmería.

Un abrazo
Nacho Campos







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Enviado: 15-02-2017 18:27
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Igual podían ir por otras estaciones a controlar a la gente que se dedica a fumar porros delante de los niños

Y a los que toman orujo blanco.



Pero en serio, alguien con la legislación que indique que un autónomo no pueda enseñar a esquiar siempre y cuando no se anuncie como titulado?


Me temo que esta noticia cojea

no cojea

Aragón tiene desarrollada su ley del deporte, en la que se establece los requisitos necesarios para trabajar legalmente como profesor de deportes de invierno, seas autónomo o contratado

y como Aragón hay más comunidades autónomas que tiene su ley del deporte, y otras la están desarrollando

es decir, alguien que, en este caso en Aragón, esté dando clases de esqui, de snowboard o de fondo sin la tiulación necesaria está en fraude de ley, y por lo tanto puede ser denunciado y multado
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Enviado: 15-02-2017 18:34
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Nacho Campos
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La cosa parece estar bastante clara.

Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.

Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.

Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.

Hay jurisprudencia, se llama "guía venébolo", y aunque no haya contraprestación económica se le considera responsable si hay algún marrón derivado de la actividad.
Menudos líos ha habido con esto en grupos de montaña amateur.
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Comenzaré diciendo que me parece perfecto que se elimine el pirateo de las estaciones de esquí. Dentro de este mundo de la nieve no es el único caso. Si atendemos al área de viajes existen los clubes que actúan como agencias sin serlo. Es más en lo que se refiere a la responsabilidad de la organización de un viaje, aunque no haya contraprestación económica si se incurre en responsabilidad y también existe jurisprudencia. Como digo siempre el amigo seguramente no, pero la viuda del amigo, el huérfano del amigo o el amigo del amigo irá a por ti sin dudarlo.

Volviendo al tema de las clases, en Francia no se andan con tonterías. Si estás dando clase y no tienes la titulación requerida, es decir el Eurotest dichoso tienes muchas papeletas de acabar en la Gerndarmería.

Un abrazo
Nacho Campos

¿aunque sea por ejemplo de padre a hijo, o de amigo a amigo sin cobrar?, supongo que iran a por los "piratas" que van con afan de lucro



GLOB
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Enviado: 15-02-2017 18:43
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La cosa parece estar bastante clara.

Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.

Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.

Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.

Hay jurisprudencia, se llama "guía venébolo", y aunque no haya contraprestación económica se le considera responsable si hay algún marrón derivado de la actividad.
Menudos líos ha habido con esto en grupos de montaña amateur.
Solo este pequeño apunte sobre ir alegremente al monte entre amigos, o conocidos. pulgar arriba

Comenzaré diciendo que me parece perfecto que se elimine el pirateo de las estaciones de esquí. Dentro de este mundo de la nieve no es el único caso. Si atendemos al área de viajes existen los clubes que actúan como agencias sin serlo. Es más en lo que se refiere a la responsabilidad de la organización de un viaje, aunque no haya contraprestación económica si se incurre en responsabilidad y también existe jurisprudencia. Como digo siempre el amigo seguramente no, pero la viuda del amigo, el huérfano del amigo o el amigo del amigo irá a por ti sin dudarlo.

Volviendo al tema de las clases, en Francia no se andan con tonterías. Si estás dando clase y no tienes la titulación requerida, es decir el Eurotest dichoso tienes muchas papeletas de acabar en la Gerndarmería.

Un abrazo
Nacho Campos

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La cosa parece estar bastante clara.

Si la concesionaria sólo autoriza a una serie de profesores a hacer negocio dando clases en el dominio de la estación que explota, mantiene y acondiciona, esos son los profesores que pueden cobrar por prestar servicio dentro de los dominios de la concesión.

Si no es así y cualquier profesional puede dar clase, lo primero, debe tener la titulación adecuada y en regla; y al mismo tiempo estar de alta en el régimen de la seguridad social como profesor de esquí o lo que corresponda, y al mismo tiempo también contar con el seguro de responsabilidad correspondiente que cubra cualquier accidente o percance derivada de la actividad docente.

Si no cobra porque enseña a un amigo, se entiende no está ejerciendo como profesor sino como amigo al no hber contraprestación. Ahora, si dice que no cobra pero lo cazan dando clase y cobrando en B, entonces no está enseñando a un amigo. Está cometiendo un delito. La cosa parece estar bastante clara.

Hay jurisprudencia, se llama "guía venébolo", y aunque no haya contraprestación económica se le considera responsable si hay algún marrón derivado de la actividad.
Menudos líos ha habido con esto en grupos de montaña amateur.
Solo este pequeño apunte sobre ir alegremente al monte entre amigos, o conocidos. pulgar arriba

Comenzaré diciendo que me parece perfecto que se elimine el pirateo de las estaciones de esquí. Dentro de este mundo de la nieve no es el único caso. Si atendemos al área de viajes existen los clubes que actúan como agencias sin serlo. Es más en lo que se refiere a la responsabilidad de la organización de un viaje, aunque no haya contraprestación económica si se incurre en responsabilidad y también existe jurisprudencia. Como digo siempre el amigo seguramente no, pero la viuda del amigo, el huérfano del amigo o el amigo del amigo irá a por ti sin dudarlo.

Volviendo al tema de las clases, en Francia no se andan con tonterías. Si estás dando clase y no tienes la titulación requerida, es decir el Eurotest dichoso tienes muchas papeletas de acabar en la Gerndarmería.

Un abrazo
Nacho Campos

¿aunque sea por ejemplo de padre a hijo, o de amigo a amigo sin cobrar?, supongo que iran a por los "piratas" que van con afan de lucro

Os voy a poner un ejemplo que todos vamos a entender. La organización de la KDD de Nevasport tiene una organización técnica detrás que da cobertura legal a la misma. Si por un casual Pepe e Iván decidieran hacer la KDD y tuvieramos la mala suerte de que se produjera un incidente grave del tipo que sea podrían tener problemas. El hecho de que AKALI esté detrás aporta esa capa legal que le otorga como agencia de viajes su licencia expedida por la administración y que le obliga como nos obliga a todas las agencias a tener un seguro de responsabilidad civil y un aval o seguro de caución depositado en la Comunidad autónoma y que cubriría esa posible contingencia. El seguro de responsabilidad civil va en base a tu facturación y el aval es de 90000 € en el caso de las minoristas y de 120.000 en el caso de las mayoristas. Si eres mayorista y minosita, pues los dos.

En el caso de los profesores de una escuela tienen que tener cobertura tanto personal , como por parte de la escuela.

Como veis las cosas no son tan sencillas

Espero haberlo aclarado mejor ahora.

Un abrazo
Nacho Campos







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Enviado: 15-02-2017 19:05
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Igual podían ir por otras estaciones a controlar a la gente que se dedica a fumar porros delante de los niños

Y a los que toman orujo blanco.



Pero en serio, alguien con la legislación que indique que un autónomo no pueda enseñar a esquiar siempre y cuando no se anuncie como titulado?


Me temo que esta noticia cojea

no cojea

Aragón tiene desarrollada su ley del deporte, en la que se establece los requisitos necesarios para trabajar legalmente como profesor de deportes de invierno, seas autónomo o contratado

y como Aragón hay más comunidades autónomas que tiene su ley del deporte, y otras la están desarrollando

es decir, alguien que, en este caso en Aragón, esté dando clases de esqui, de snowboard o de fondo sin la tiulación necesaria está en fraude de ley, y por lo tanto puede ser denunciado y multado

Buena info.

Está claro que las inspecciones las harán en base a alguna norma legal.




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Enviado: 15-02-2017 20:29
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Nacho en Francia, otro país, otras normas; no admiten titulaciones españolas, o pasas el Eurotest o pa casa. Recuerda lo que pasó con los monitores británicos y titulaciones canadienses como en Andorra.Monopolio o presencia hegemónica de la ESF (ENSA) que a su vez es del estado, las estaciones la mayoría son municipales a través de sociedades de explotación de los remontes. En autopista te dejan ir a 130(si no llueve) o los bomberos (pompeurs) llevan parte del SAMU (ambulancias).

Creo que los TD1 no pueden llevar grupos de un club o realizar entrenamientos, ¿eso también lo controlan?. Controlan cuánto se paga por una hora particular y cuánto pagan al profesor. Controlan que pagas lo mismo sea TD1 o TD3. Como en todo, como en botica y justos por pecadores pero creo que al final el Ayto. de Sallent, propietaria del terreno, accionista de la EEE y accionista de Aramón sacará un reglamento como el de Naut Aran (Bcool smiley, y si no al tiempo; que hará que sea imposible cambiar de estación por parte de los profesores independientes que no posean escuela propia, puesto que tienen que pagar tasas en el propio ayto en el que vana a ejercer, y tener un local en el municipio por escuela (autónomo)más seguro de RC, más gastos(FF), lo que hace difícil que si te planteas hacer temporada en una estación vayas a otra para dar unas clases sueltas.

Que controlen la entrada de menores y aforo a Marchica, el uso de drogas en vía publica, el uso de tabaco y venta de alcohol en recinto deportivo, alcoholemia y documentación de vehículos al cierre de ese establecimiento, nivel de ruido y no a primera hora o en torno a las cinco que es cuando se montan los atascos, que controlen las cadenas o neumáticos de invierno. Lo que no entiendo es que Aramón como tal llame a CNP para realizar unos controles y les hagan caso pero no se digne a llamar a la GC para otros o simplemente haya presencia de esta en un recinto con más de 10.000 personas, y no me refiero al GREIM entrenando, o el horario y descanso de sus trabajadores.


Editado 1 vez/veces. Última edición el 15/02/2017 20:33 por germinaitor.
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Enviado: 15-02-2017 20:54
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germinaitor
Nacho en Francia, otro país, otras normas; no admiten titulaciones españolas, o pasas el Eurotest o pa casa. Recuerda lo que pasó con los monitores británicos y titulaciones canadienses como en Andorra.Monopolio o presencia hegemónica de la ESF (ENSA) que a su vez es del estado, las estaciones la mayoría son municipales a través de sociedades de explotación de los remontes. En autopista te dejan ir a 130(si no llueve) o los bomberos (pompeurs) llevan parte del SAMU (ambulancias).

Creo que los TD1 no pueden llevar grupos de un club o realizar entrenamientos, ¿eso también lo controlan?. Controlan cuánto se paga por una hora particular y cuánto pagan al profesor. Controlan que pagas lo mismo sea TD1 o TD3. Como en todo, como en botica y justos por pecadores pero creo que al final el Ayto. de Sallent, propietaria del terreno, accionista de la EEE y accionista de Aramón sacará un reglamento como el de Naut Aran (Bcool smiley, y si no al tiempo; que hará que sea imposible cambiar de estación por parte de los profesores independientes que no posean escuela propia, puesto que tienen que pagar tasas en el propio ayto en el que vana a ejercer, y tener un local en el municipio por escuela (autónomo)más seguro de RC, más gastos(FF), lo que hace difícil que si te planteas hacer temporada en una estación vayas a otra para dar unas clases sueltas.

Que controlen la entrada de menores y aforo a Marchica, el uso de drogas en vía publica, el uso de tabaco y venta de alcohol en recinto deportivo, alcoholemia y documentación de vehículos al cierre de ese establecimiento, nivel de ruido y no a primera hora o en torno a las cinco que es cuando se montan los atascos, que controlen las cadenas o neumáticos de invierno. Lo que no entiendo es que Aramón como tal llame a CNP para realizar unos controles y les hagan caso pero no se digne a llamar a la GC para otros o simplemente haya presencia de esta en un recinto con más de 10.000 personas, y no me refiero al GREIM entrenando, o el horario y descanso de sus trabajadores.

Aquí al final todo son intereses, si cada día a la salida de Marchica reclaman a GC para montar un control de alcoholemia y drogas al final Marchica cierra y Aramon no gana. Si llaman a GC o PN para hacer controles de mo itores "piratas" Aramon gana. En fin, todo muy difícil. Al final los tan odiados Cuerpos de Seguridad son los culpables por acción o por omisión.




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xao
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Enviado: 15-02-2017 21:05
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germinaitor
Nacho en Francia, otro país, otras normas; no admiten titulaciones españolas, o pasas el Eurotest o pa casa. Recuerda lo que pasó con los monitores británicos y titulaciones canadienses como en Andorra.Monopolio o presencia hegemónica de la ESF (ENSA) que a su vez es del estado, las estaciones la mayoría son municipales a través de sociedades de explotación de los remontes. En autopista te dejan ir a 130(si no llueve) o los bomberos (pompeurs) llevan parte del SAMU (ambulancias).

Creo que los TD1 no pueden llevar grupos de un club o realizar entrenamientos, ¿eso también lo controlan?. Controlan cuánto se paga por una hora particular y cuánto pagan al profesor. Controlan que pagas lo mismo sea TD1 o TD3. Como en todo, como en botica y justos por pecadores pero creo que al final el Ayto. de Sallent, propietaria del terreno, accionista de la EEE y accionista de Aramón sacará un reglamento como el de Naut Aran (Bcool smiley, y si no al tiempo; que hará que sea imposible cambiar de estación por parte de los profesores independientes que no posean escuela propia, puesto que tienen que pagar tasas en el propio ayto en el que vana a ejercer, y tener un local en el municipio por escuela (autónomo)más seguro de RC, más gastos(FF), lo que hace difícil que si te planteas hacer temporada en una estación vayas a otra para dar unas clases sueltas.

Que controlen la entrada de menores y aforo a Marchica, el uso de drogas en vía publica, el uso de tabaco y venta de alcohol en recinto deportivo, alcoholemia y documentación de vehículos al cierre de ese establecimiento, nivel de ruido y no a primera hora o en torno a las cinco que es cuando se montan los atascos, que controlen las cadenas o neumáticos de invierno. Lo que no entiendo es que Aramón como tal llame a CNP para realizar unos controles y les hagan caso pero no se digne a llamar a la GC para otros o simplemente haya presencia de esta en un recinto con más de 10.000 personas, y no me refiero al GREIM entrenando, o el horario y descanso de sus trabajadores.

En lo que respecta a la enseñanza hay unos cuantos errores en este texto, empezando por relacionar ESF-ENSA, algo no del todo exacto, siguiendo por la imposibilidad de trabajar en Francia sin el eurotest, algo que obvia la directiva 2005/36/CE, suscrita por este país y otros ocho europeos

Los TD1 pueden llevar grupos de club, y realizar labor de entrenadores de base bajo la supervisión de un TD2 o TD3

Estamos en un ámbito de cierta libertad de precios en cuanto a lo que debe cobrar cualquier trabajador, al margen de su titulación

Naut Arán no tiene ningún reglamento que obligue a los profesionales de la enseñanza, lo sacó y lo tuvo que retirar a instancias del tribunal de competencia, y cualquier profesor independiente puede cambiar de estación siempre que se de de alta en la autonomía de turno como profesional, pero no hay tasa alguna que haya que pagar en ningún ayuntamiento, siendo el único requisito el que el poseedor de los derechos de explotación de los terrenos de la estación lo permita, en este caso la dirección de la estación, y sin que sea necesario formar ninguna escuela
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Enviado: 15-02-2017 21:32
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Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.


Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.


Os escucho!



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xao
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Enviado: 15-02-2017 21:39
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Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.


Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.


Os escucho!

Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte

Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper

Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante

Entiendo que tu amigo no tiene titulación


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Xao, te estaba esperando. Esto es así en todas las comunidades?. Una cosa es que la estación delimite que tengas que ser de una escuela para ejercer y otra que si no hay esa norma, un autónomo dado de alta sin anunciar esa titulación como publicidad, pueda ejercer esa actividad bajo otro nombre.


Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.


Os escucho!

Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte

Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper

Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante

Entiendo que tu amigo no tiene titulación

Y si no hay ley autónomica. Y si no está en estación?

No, no tenía. Y ya lo dejó porque ya tiene titulación haha



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El esquí era mejor antes.


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Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.


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Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.


Os escucho!

Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte

Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper

Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante

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Y si no hay ley autónomica. Y si no está en estación?

No, no tenía. Y ya lo dejó porque ya tiene titulación haha


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Vamos, que si no está en Aragón, sería discutible el tema. Siempre que pague su src y su cuota.


Gracias por el aporte



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Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.


Os escucho!

Dependerá si la comunidad autónoma en la que está la estación en la que tu amigo ejerce ha desarrollado su ley del deporte

Si lo ha hecho tu amigo ejerce de pirata, llame a su actividad enseñanza del esquí o personal shopper

Si lo que hace es enseñar a esquiar cobrando y hay ley autonómica que lo regula se puede dar por jodido, tardará mas o tardará menos, el tiempo que tarde un buen abogado en ponerlo en su punto de mira a instancias de un denunciante

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Y si no hay ley autónomica. Y si no está en estación?

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Gracias por el aporte

Mira que eres plasta

Ley del deporte hay en Aragón, en Andalucía, en Cataluña, en Madrid se está haciendo y creo que existe también en Castilla León

Eso que yo conozca, porque me suena que Asturias también la tiene

De discutible nada
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Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.


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Mira que eres plasta

Ley del deporte hay en Aragón, en Andalucía, en Cataluña, en Madrid se está haciendo y creo que existe también en Castilla León

Eso que yo conozca, porque me suena que Asturias también la tiene

De discutible nada

Interesante todo, la verdad que yo tenía la idea de que solo Cataluña había regulado la profesión, no se si con una ley del deporte o con otra. Pero quizá estos últimos años hayan surgido y me haya quedado desactualizado. Sería muy interesante hacer entre todos un listado de enlaces a estas leyes, para poder echarles un vistazo y conocer los detalles.

Respecto de la noticia... no parece hablar de una "ley del deporte", sino del Departamento de Turismo, que no sé que competencias puede tener el Turismo sobre la educación y la enseñanza.

Respecto de lo que se dice de que puede quedar supeditado a lo que diga "el jefe de la estación", no sé hasta qué punto es así, entiendo que al menos debe existir un reglamento de la estación que determine las condiciones que se deben cumplir, IGUALES PARA TODOS, no mediante un permiso que pueda dar la dirección según se le antoje a una persona (o las que sean) concreta. Sería un incumplimiento de la igualdad de oportunidades en el mercado, en un dominio que es considerado un servicio público y que todos deben tener las mismas oportunidades de explotar, reuniendo los mismos requisitos que se hayan establecido. ¿no? También interesantes enlaces a los reglamentos de cada estación en este aspecto.

Qué os parece? Así tenemos evidencias, en vez de que cada uno diga lo que le parece que es (o que debería ser)
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Sé que en Aragón sí, lo preguntaba porque tengo un amigo en otra situación y no le han podido crujir.


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Ley del deporte hay en Aragón, en Andalucía, en Cataluña, en Madrid se está haciendo y creo que existe también en Castilla León

Eso que yo conozca, porque me suena que Asturias también la tiene

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Perdona si ante tu referencia al documento tras mi pregunta, yo no haya visto esa información y solo haya leído Aragón. Solo hacía falta decirlo. Es en Madrid , Cantabria y Galicia legal ejercer sin titulación? Yo estaré siendo plasta (no pretendo más que saber la realidad) pero no me estás diciendo si fuera de esas ccaa con ley del deporte aprobada, lo es o no.



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