El Gobierno de Andorra, a instancias del Ministerio del Interior, ha aprobado los reglamentos para otorgar 4.070 permisos temporales a trabajadores extranjeros para desarrollar actividades durante la próxima temporada de invierno.
Las cuotas aprobadas afectan a las
estaciones de esquí, el sector hotelero, las agencias de viaje y los comercios de alquiler de material deportivo. El plazo para presentar las solicitudes de autorizaciones comenzará la próxima semana, una vez los reglamentos sean publicados en el Boletín Oficial de Andorra (BOPA), y
concluirá el 15 de abril de 2009.
El Gobierno ha aprobado una cuota de
1.220 autorizaciones para trabajar en las
estaciones de esquí, de las que 845 se podrán conceder a personas de nacionalidades no miembros de la Unión Europea. En el caso del
sector hotelero, se ha aprobado una cuota de
2.500 autorizaciones, de las que 1.250 serán para ciudadanos extracomunitarios. Las
agencias de viaje podrán contar con
50 trabajadores a través de esta cuota, 25 de los cuales podrán ser extracomunitarios. Finalmente, para los
comercios de alquiler de material deportivo se ha aprobado una cuota de
300 autorizaciones, de las que el 50%, es decir, 150, serán para ciudadanos extracomunitarios.
Pensión y alojamiento
Además de incluir el salario mínimo a percibir por los trabajadores, el reglamento también incorpora la relación de los costes de la pensión alimentaria y el alojamiento de los temporeros, establecidos en 6,67€ al día, 39,39€ por semana y 167,93€ mensuales. La normativa establece además, que el trabajador puede cambiar de trabajo, pero siempre en el mismo sector para el que se la haya autorizado.
Las autorizaciones aprobadas estarán vigentes
entre el 1 de noviembre y el 10 de mayo del próximo 2009. Entre los
requisitos contemplados por los reglamentos que aprueban estas cuotas se establece que los trabajadores deberán percibir como mínimo el salario establecido en la Clasificación salarial de inmigración andorrana. Todos los empresarios que firmen una solicitud de autorización de inmigración temporal, al margen de si al final se concede o deniega, deberán
garantizar el pago de los gastos de repatriación del trabajador extranjero a su país de origen cuando sus visados no estén en regla o caduquen, o bien cuando no pueda entrar legalmente a España o Francia.
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